La fijeza de los interinos en 2026 ha entrado en una nueva etapa después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24, Obadal, y de las posteriores sentencias dictadas por el Tribunal Supremo.
Durante años, la cuestión se planteaba casi siempre de la misma forma: si una Administración utilizaba abusivamente contratos temporales, el trabajador podía ser reconocido como indefinido no fijo, pero no necesariamente como fijo.
Ese esquema ha cambiado.
El TJUE ha declarado que mantener al trabajador en una relación indefinida no fija no constituye una sanción adecuada cuando esa solución conserva la naturaleza temporal de la relación y mantiene al afectado en una situación de precariedad.
El Tribunal Supremo ha empezado después a concretar las consecuencias de esta doctrina en España.
Y la conclusión más importante es esta:
no existe una conversión automática de todos los trabajadores temporales en fijos, pero sí existen situaciones en las que la fijeza puede ser reconocida.
Qué ha dicho realmente el TJUE en el asunto Obadal
La sentencia Obadal parte de la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, incorporado a la Directiva 1999/70/CE.
Esta norma obliga a los Estados miembros a establecer medidas eficaces para prevenir y sancionar la utilización abusiva de relaciones temporales sucesivas.
El problema analizado por el TJUE era muy concreto.
Una trabajadora del sector público había encadenado contratos temporales durante años y los tribunales españoles habían reconocido su condición de indefinida no fija.
El TJUE considera que esa respuesta no basta.
¿Por qué?
Porque el trabajador continúa sometido a una relación que puede extinguirse cuando la plaza sea cubierta definitivamente.
Es decir, desaparece formalmente parte de la temporalidad, pero permanece la inseguridad sobre la continuidad del empleo.
Por eso, el Tribunal de Justicia concluye que la conversión en indefinido no fijo no permite, por sí sola, sancionar debidamente el abuso ni eliminar sus consecuencias.
Obadal también cuestiona las indemnizaciones automáticas y los procesos de estabilización
La sentencia va más allá.
El TJUE analiza varias respuestas utilizadas en España frente a la temporalidad abusiva y cuestiona que sean suficientes por sí mismas.
Entre ellas:
- la declaración de indefinido no fijo;
- determinadas indemnizaciones limitadas;
- el régimen de responsabilidad de las Administraciones;
- y los procesos selectivos o de estabilización abiertos de manera general.
En particular, el Tribunal señala que una indemnización sometida a determinados límites puede no reparar íntegramente abusos especialmente prolongados.
También considera insuficiente que el trabajador tenga simplemente la posibilidad de participar en un proceso selectivo junto con otros aspirantes, porque puede no participar o puede participar y no obtener plaza.
Por tanto, la estabilización y la celebración de oposiciones no eliminan automáticamente el abuso sufrido durante los años anteriores.
Qué hizo después el Tribunal Supremo
La primera gran respuesta llegó con la STS 475/2026, de 11 de mayo, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social.
Esta sentencia resulta especialmente importante porque establece una distinción que desde entonces está marcando numerosos procedimientos.
No todos los trabajadores temporales que han sufrido abuso se encuentran en la misma situación.
La clave está, entre otras cuestiones, en cómo accedieron previamente al empleo público.
Caso 1: superaste una oposición o proceso selectivo para personal fijo, pero no obtuviste plaza
Este es actualmente uno de los escenarios más favorables.
El Tribunal Supremo ha reconocido la fijeza cuando concurren estas circunstancias:
- el trabajador participó en un proceso selectivo para acceder a personal fijo;
- superó las pruebas;
- no obtuvo plaza porque otros candidatos tenían una puntuación superior;
- posteriormente continuó siendo contratado temporalmente;
- y esa temporalidad acabó convirtiéndose en abusiva.
En estos casos, el Supremo entiende que la persona ya ha acreditado los principios de igualdad, mérito y capacidad exigidos para acceder al empleo público fijo.
Por ello, si después la Administración utiliza abusivamente la contratación temporal, puede reconocerse la relación laboral fija.
Este es uno de los principales cambios prácticos producidos tras Obadal.
Aprobar una oposición sin plaza puede ser ahora decisivo
Por eso, una de las primeras preguntas que debe hacerse a cualquier trabajador temporal es:
¿ha participado alguna vez en un proceso para obtener una plaza fija y lo aprobó aunque no consiguiera plaza?
Puede haber ocurrido hace muchos años.
Las bases de aquella convocatoria, las calificaciones y los resultados pueden convertirse ahora en documentos esenciales.
Oposición aprobada sin plaza: cuándo puede reconocerse la fijeza
Caso 2: existe abuso, pero nunca se superó un proceso para personal fijo
Aquí la solución cambia.
El Tribunal Supremo mantiene que la existencia de abuso no permite convertir automáticamente en fijo a un trabajador que nunca superó un proceso selectivo para acceder al empleo público fijo conforme a igualdad, mérito y capacidad.
Pero eso no significa que el abuso quede sin consecuencias.
Las sentencias posteriores a Obadal están consolidando otra respuesta:
declaración del abuso + indemnización específica destinada a repararlo.
Esto es particularmente importante porque el trabajador puede tener derecho a reclamar esa reparación aunque continúe trabajando y todavía no haya sido cesado.
¿Ha desaparecido el indefinido no fijo?
La respuesta requiere precisión.
La sentencia Obadal no dice simplemente que toda persona indefinida no fija se convierta en fija.
Lo que afirma es que convertir una temporalidad abusiva en una relación indefinida no fija no constituye una respuesta suficiente frente al abuso, porque mantiene la precariedad.
Y el Tribunal Supremo ha asumido expresamente este planteamiento.
Las sentencias de julio de 2026 señalan que, cuando existe abuso comprendido en la cláusula 5 de la Directiva, ya no puede utilizarse el indefinido no fijo como solución final frente a ese abuso.
Indefinido no fijo tras Obadal: qué cambia en 2026
¿Cuándo existe abuso de temporalidad?
No basta con ser temporal.
Debe existir una utilización abusiva de la contratación o de la relación temporal.
El Tribunal Supremo sigue utilizando como referencia especialmente relevante las relaciones que alcanzan una duración inusualmente o anormalmente larga.
En determinados contratos para cubrir temporalmente una vacante, la jurisprudencia laboral sigue manejando, como regla general, el plazo de tres años, salvo circunstancias que justifiquen suficientemente una duración superior.
Pero cada expediente debe reconstruirse individualmente:
- duración total;
- número de contratos;
- interrupciones;
- causa formal de cada contrato;
- funciones efectivamente realizadas;
- carácter estructural del puesto;
- procesos convocados para cubrirlo;
- y comportamiento de la Administración.
¿Qué indemnización puede reclamarse después de Obadal?
Este es otro de los cambios importantes de 2026.
Cuando existe abuso pero no puede reconocerse la fijeza, el Supremo admite la necesidad de una indemnización específica por abuso de temporalidad.
Esta indemnización no debe confundirse con la indemnización que pueda corresponder posteriormente por el cese.
Pueden existir, por tanto, conceptos diferentes.
La reparación del abuso debe valorar las circunstancias concretas del trabajador y los perjuicios que realmente ha soportado.
La jurisprudencia posterior a Obadal menciona, entre otros factores:
- duración de la situación abusiva;
- número de contratos;
- funciones realizadas;
- pérdida de oportunidades profesionales o económicas;
- incertidumbre padecida;
- y daños efectivamente acreditados.
Indemnización por abuso de temporalidad: qué puede reclamar un interino
¿Puedo reclamar aunque siga trabajando?
Sí.
Uno de los cambios más relevantes de esta nueva doctrina es que no siempre es necesario esperar al cese.
Si la relación continúa pero ya existe una situación de abuso, puede estudiarse una reclamación dirigida a obtener:
- reconocimiento del abuso;
- fijeza, cuando concurran los requisitos;
- o indemnización por los perjuicios ocasionados.
Esperar al cese puede no ser necesario y, en determinados casos, tampoco resultar conveniente.
¿Qué ocurre si ya he sido estabilizado y ahora soy fijo?
Tampoco debe darse automáticamente por cerrado el asunto.
El Tribunal Supremo ha señalado en 2026 que una persona puede haber sufrido abuso durante años y posteriormente adquirir la condición de fija.
En ese supuesto, la estabilización posterior no borra necesariamente el periodo anterior de temporalidad abusiva.
Hay resoluciones del Supremo que consideran indemnizable el periodo comprendido entre el momento en que aparece el abuso y la fecha en que finalmente se alcanza la fijeza.
Por eso, las personas que han sido estabilizadas recientemente también deberían revisar su relación anterior.
¿Obadal afecta también a los funcionarios interinos?
Aquí hay que introducir una precisión importante.
El asunto Obadal se refiere directamente a personal laboral temporal del sector público.
Por eso no debe trasladarse automáticamente la solución laboral a funcionarios interinos o personal estatutario temporal.
En estos colectivos también pueden existir situaciones de abuso de temporalidad derivadas de la Directiva 1999/70/CE, pero cambian:
- el régimen jurídico;
- la jurisdicción competente;
- las consecuencias del abuso;
- y la forma de plantear la reclamación.
La expresión “fijeza de interinos” se utiliza de forma muy amplia, pero jurídicamente hay que distinguir siempre entre:
personal laboral temporal, indefinidos no fijos, funcionarios interinos y personal estatutario temporal.
Abuso de temporalidad: cómo reclamar si eres interino
Qué documentos conviene revisar en 2026
Tras Obadal, la estrategia ya no puede limitarse a contar los años trabajados.
Conviene reconstruir toda la relación:
- contratos o nombramientos;
- vida laboral;
- certificado de servicios prestados;
- bases de procesos selectivos;
- exámenes y calificaciones;
- procesos para personal fijo que se hayan superado sin plaza;
- bolsas de empleo;
- concursos de estabilización;
- resoluciones de nombramiento;
- sentencia previa como indefinido no fijo, si existe;
- fecha de estabilización;
- cese, si ya se produjo;
- y documentación que permita acreditar daños económicos o profesionales.
Especialmente importante es localizar antiguas oposiciones aprobadas sin plaza.
En algunos casos puede ser el elemento que marque la diferencia entre una reclamación exclusivamente indemnizatoria y una reclamación de fijeza.
La última hora sobre fijeza de interinos en 2026
La situación jurídica ha cambiado sustancialmente durante 2026.
Después de Obadal y de las sentencias posteriores del Tribunal Supremo podemos resumir el escenario así:
No existe una fijeza automática para todos los empleados públicos temporales.
Pero tampoco puede mantenerse que el abuso quede suficientemente solucionado declarando al trabajador indefinido no fijo.
Cuando la persona superó anteriormente un proceso selectivo para personal fijo, pero no obtuvo plaza, y posteriormente sufrió abuso de temporalidad, la nueva jurisprudencia permite reconocer la fijeza.
Cuando no existe ese proceso previo, puede no proceder la fijeza, pero el abuso debe recibir una respuesta efectiva y puede generar derecho a una indemnización específica.
Y la estabilización posterior tampoco elimina necesariamente el derecho a reclamar por los años anteriores.
La clave en 2026 ya no es preguntar únicamente:
“¿Cuántos años llevo de interino?”
La pregunta correcta es:
“¿Cómo accedí, qué procesos selectivos superé y qué abuso concreto ha cometido la Administración durante mi relación temporal?”
En Díez + Romeo Abogados analizamos expedientes de personal laboral temporal, indefinidos no fijos, funcionarios interinos y empleados públicos estabilizados para determinar si existe abuso de temporalidad y qué vía puede plantearse en cada supuesto.
Abogados para interinos: fijeza, indemnización y abuso de temporalidad
Preguntas frecuentes sobre la fijeza de interinos en 2026
¿Obadal convierte automáticamente a los interinos en fijos?
No. Obadal exige una sanción efectiva frente al abuso, pero no establece una conversión automática general de todos los temporales en fijos.
¿Cuándo puede reconocerse la fijeza?
En el ámbito laboral público, el Tribunal Supremo ha reconocido la fijeza cuando existe abuso y el trabajador había superado previamente un proceso selectivo para personal fijo, aunque no hubiera obtenido plaza.
¿Aprobar una bolsa de empleo temporal es suficiente?
No necesariamente. El Supremo distingue entre superar una selección destinada a contratación temporal y superar un proceso dirigido al acceso a empleo fijo.
¿Puedo reclamar si sigo trabajando?
Sí. La reclamación por abuso y sus consecuencias no exige necesariamente esperar al cese.
¿Puedo reclamar si ya he estabilizado?
Puede ser posible. La adquisición posterior de la condición de fijo no elimina necesariamente el abuso sufrido durante los años anteriores.
¿Ser indefinido no fijo sigue solucionando el abuso?
No cuando esa declaración mantiene al trabajador en una relación temporal y no elimina las consecuencias del abuso. Esta es precisamente una de las principales conclusiones de Obadal.







