La fijeza de los interinos en 2026 vuelve a ocupar el centro del debate jurídico. Las últimas resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo cuestionan si España dispone de medidas realmente efectivas para sancionar el abuso de temporalidad en el empleo público.
Desde Díez & Romeo Abogados vemos que el escenario jurídico ha cambiado y determinados empleados públicos pueden disponer de nuevas vías para reclamar.
La sentencia Obadal cuestiona el sistema español
El 14 de abril de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la sentencia Obadal, asunto C-418/24.
El TJUE consideró que determinadas medidas españolas no son adecuadas para sancionar el abuso cuando no permiten eliminar sus consecuencias ni disuadir a la Administración de repetirlo.
Entre las medidas cuestionadas se encuentran:
- las indemnizaciones sometidas a límites insuficientes;
- los procesos selectivos abiertos que no garantizan una reparación al afectado;
- y los sistemas de responsabilidad administrativa ambiguos o de difícil aplicación.
La sentencia no reconoce la fijeza automática, pero exige una respuesta efectiva, proporcionada y disuasoria frente al abuso.
¿Puede reconocerse la fijeza a un trabajador temporal?
La respuesta depende del tipo de relación y de la forma de acceso al empleo público.
La posición puede ser más favorable para el personal laboral temporal que haya:
- superado un proceso selectivo convocado para acceder a una plaza fija;
- quedado sin plaza únicamente por el número limitado de vacantes;
- desempeñado posteriormente funciones equivalentes;
- y sufrido una contratación temporal abusiva.
No es suficiente con llevar muchos años trabajando ni con formar parte de una bolsa temporal.
En Díez & Romeo Abogados consideramos esencial revisar las bases de la convocatoria, las calificaciones, la lista definitiva de aprobados y la correspondencia entre la plaza convocada y el puesto desempeñado.
Funcionarios interinos y personal estatutario
La situación de los funcionarios interinos y del personal estatutario es más compleja.
La adquisición de la condición de funcionario de carrera está sujeta a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Por ello, la jurisprudencia continúa rechazando, con carácter general, la transformación automática de un funcionario interino en funcionario de carrera.
No obstante, sí puede estudiarse:
- la existencia de abuso de temporalidad;
- la impugnación de un cese;
- la exclusión indebida de una plaza de estabilización;
- la reclamación de daños acreditados;
- y otras medidas de protección frente al uso abusivo de nombramientos temporales.
Cada expediente necesita un análisis individualizado. En esta materia, copiar una demanda estándar suele ser la manera más rápida de obtener una sentencia también estándar: desestimatoria.
Europa mantiene la presión sobre España
La Comisión Europea remitió en abril de 2026 un dictamen motivado a España por considerar insuficiente la protección de determinados trabajadores del sector público frente al uso abusivo de relaciones temporales sucesivas.
España recibió un plazo para responder y adoptar medidas. En caso contrario, la Comisión puede llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esta actuación confirma que la temporalidad en el empleo público español sigue siendo objeto de supervisión europea.
Nueva sentencia sobre las plazas de estabilización
El Tribunal Supremo también ha estimado parcialmente un recurso contra la oferta adicional de estabilización de la Administración General del Estado.
La sentencia de 2 de julio de 2026 declaró la nulidad parcial del Real Decreto 1227/2023 por no incluir determinadas plazas que debían formar parte de la oferta de estabilización.
La resolución no concede directamente la fijeza a las personas afectadas, pero demuestra que las ofertas de estabilización pueden ser impugnadas cuando omiten plazas que legalmente debían incluirse.
¿Quién debería solicitar una valoración?
Desde Díez & Romeo Abogados recomendamos estudiar el caso cuando concurra alguna de estas situaciones:
- más de tres años ocupando una plaza estructural;
- sucesión continuada de contratos o nombramientos;
- aprobación de una oposición sin obtener plaza;
- exclusión de una plaza de un proceso de estabilización;
- cese reciente o próximo;
- utilización reiterada de nombramientos temporales para funciones permanentes;
- o trato desigual respecto del personal fijo.
El número de años es importante, pero no suficiente. La viabilidad dependerá de los nombramientos, la plaza ocupada, la forma de acceso y los actos administrativos que puedan recurrirse.
Documentación necesaria
Para valorar una reclamación sobre fijeza de interinos en 2026, resulta conveniente aportar:
- contratos o nombramientos;
- resoluciones de cese;
- vida laboral;
- certificado de servicios prestados;
- bases y resultados de oposiciones;
- identificación de la plaza;
- documentación de los procesos de estabilización;
- y comunicaciones de la Administración
Conclusión
La última hora sobre la fijeza de los interinos en 2026 no supone que todos los empleados temporales se conviertan automáticamente en fijos.
La novedad es que Europa vuelve a cuestionar la eficacia del sistema español, mientras los tribunales empiezan a reconocer consecuencias más relevantes en determinados supuestos.
En Díez & Romeo Abogados analizamos individualmente la temporalidad abusiva, las oposiciones superadas, las plazas de estabilización y las posibles acciones administrativas o judiciales.
¿Es usted interino y lleva años ocupando una plaza estructural?
Solicite una valoración jurídica a Díez & Romeo Abogados. Revisaremos su documentación, la naturaleza de sus nombramientos y las posibilidades reales de reclamación.







