Si has trabajado durante años como funcionario interino, personal estatutario o laboral temporal y la Administración acaba de cesarte, conviene revisar tu situación cuanto antes. Los plazos para recurrir pueden ser breves y el cese puede abrir distintas vías de reclamación.
El cese de un funcionario interino o trabajador temporal de la Administración no significa necesariamente que ya no pueda reclamarse una situación previa de abuso de temporalidad.
En Díez & Romeo Abogados analizamos tanto las circunstancias del cese como los años de servicios prestados, los nombramientos acumulados, la plaza ocupada y los procesos selectivos realizados.
Me han cesado como interino: ¿qué debo revisar?
Lo primero es comprobar por qué se ha producido el cese.
El Estatuto Básico del Empleado Público establece causas específicas para la finalización del nombramiento de los funcionarios interinos y limita temporalmente determinados nombramientos por vacante.
Por eso, tras recibir una resolución de cese conviene estudiar:
- la fecha y causa exacta del cese;
- cuánto tiempo llevabas trabajando;
- si has ocupado la misma plaza durante años;
- si has encadenado distintos nombramientos;
- si las funciones desarrolladas eran estructurales;
- si la plaza ha sido cubierta por un funcionario de carrera;
- si participaste en un proceso de estabilización;
- y si previamente existía abuso de temporalidad.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cese?
No existe un único plazo aplicable a todos los interinos.
Dependerá de si estamos ante personal funcionario, estatutario o laboral, de la resolución recibida y de la acción que se pretenda ejercitar.
Por eso, ante un cese, no es aconsejable esperar. Determinadas acciones pueden estar sometidas a plazos especialmente breves.
En el caso del personal laboral, por ejemplo, algunas acciones relacionadas con la extinción del contrato pueden tener un plazo de 20 días hábiles.
En funcionarios interinos y personal estatutario, en cambio, habrá que examinar la resolución administrativa y determinar la vía de recurso procedente.
¿Puedo reclamar si llevaba años como interino?
Puede ser posible.
Una relación temporal prolongada, especialmente cuando se han cubierto durante años necesidades permanentes de la Administración, puede justificar el análisis de una posible situación de abuso.
El Tribunal Supremo ha abordado supuestos en los que trabajadores interinos ocupaban puestos estructurales durante periodos prolongados, aunque también ha señalado que la existencia de abuso no genera automáticamente una indemnización en todos los casos.
Por eso, no basta con contar los años trabajados. Hay que reconstruir jurídicamente toda la relación.
¿Puedo recibir una indemnización después del cese?
Depende del supuesto.
La Ley 20/2021 contempla determinadas compensaciones económicas relacionadas con el incumplimiento de los límites máximos de temporalidad y con ciertos ceses derivados de procesos de estabilización.
En algunos casos, la compensación legal puede alcanzar 20 días de retribuciones fijas por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, pero no se reconoce automáticamente a cualquier interino que haya sido cesado.
En Díez & Romeo hemos analizado específicamente esta cuestión en: Indemnización de funcionarios interinos por cese y abuso de temporalidad.
También puedes consultar: Indemnización por abuso de temporalidad: ¿puede reclamar un interino?
¿Y si quiero reclamar fijeza?
El cese también puede hacer necesario estudiar cómo accediste al puesto y qué procesos selectivos has superado.
La fijeza no es automática por haber trabajado muchos años como interino, pero la forma de acceso al empleo público puede ser determinante al valorar las posibilidades jurídicas existentes.
Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía:
¿Puedo reclamar fijeza si soy interino? Guía práctica 2026
¿Te han cesado? No dejes pasar los plazos
Si acabas de recibir una resolución de cese después de años trabajando para una Administración Pública, la fecha de notificación importa.
Una revisión temprana permite determinar:
- si el cese puede recurrirse;
- qué plazo resulta aplicable;
- si existió abuso de temporalidad;
- si procede estudiar una indemnización;
- y qué vía judicial corresponde.
En Díez & Romeo Abogados estudiamos reclamaciones de funcionarios interinos, personal estatutario y trabajadores temporales de las Administraciones Públicas.
¿Te han cesado? Comprueba cuanto antes si puedes reclamar.







