División en el Tribunal Constitucional ante los Recursos de amparo de las emisoras que piden licencias de radio digital (DAB+)
Sentencia con gran debate.
La radio digital ha sido motivo de discusión en la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 89/2023, de 18 de julio. El fallo ha desestimado el Recurso de amparo de una emisora de radio que pedía la convocatoria de concursos de licencias DAB, pero ha dado lugar a una controversia que resolverá el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con la defensa articulada por Diez & Romeo Abogados.
Muy sintomático es la división que ha provocado la irrupción de la tecnología digital de la Radio en los magistrados. Para resolver se tuvo que convocar al Pleno donde los 11 miembros debatieron a fondo para dictar una sentencia que apoyaron 7 magistrados. Los otros 4 jueces emitieron votos particulares separándose de la mayoría.
El conflicto.
Los hechos se remontan a 2018, cuando las radios solicitaron a las CCAA la convocatoria de los concursos públicos de licencias de radio digital vacantes. Varios motivos impulsaron esas peticiones: la creciente iniciativa privada ante el escaso número de licencias, la disponibilidad del espectro y la implantación de la libertad de presa en el mundo digital. Además, las autoridades tienen la obligación legal de licitar las licencias audiovisuales sin adjudicar.
Sin embargo, muchas CC.AA., salvo Extremadura, Baleares y Navarra, se negaron a sacar a concurso las licencias disponibles.
Tras un periplo por distintos tribunales, una emisora pidió amparo al TC invocando el derecho a crear los medios de comunicación indispensables para ejercer la libertad de expresión (opiniones) y comunicación veraz (informaciones). El llamado Derecho de Antena.
¿Razón? por la negativa de La Rioja a convocar el concurso público de licencias de Radio Digital DAB amparándose en un argumento formal: el transcurso de un plazo incumplido por la pasividad de la administración, que dio lugar al decaimiento del espectro radioeléctrico de competencia estatal.
Demoledores votos particulares de los magistrados.
Entre los 4 votos particulares, hay 2 discrepantes con la sentencia de los Altos Magistrados Dª María Luisa Balaguer Callejón y D. Ramón Sáez Valcárcel, que analizan a fondo la cuestión.
Ambos jueces concluyen que no convocar los concursos de licencias de radio digital infringe el derecho a crear medios de comunicación regulado en la Constitución.
Para la magistrada Balaguer, el derecho de antena se ha visto suspendido por la inactividad de La Rioja al no sacar a concurso las licencias DAB. Algo que no es compatible con el derecho de la Unión Europea, ni con el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas.
Por su parte, el magistrado Sáez considera que la inactividad de la Administración no demuestra que no hubiera espectro radioeléctrico suficiente y, por eso, se ha impedido el ejercicio del derecho fundamental a comunicar y recibir información audiovisual del art. 20.1.d de la Constitución.
Al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
Nuestro bufete ha propulsado la entrada en España de la Radio Digital ( DAB+) para que sea una realidad.
A la vista de los argumentos jurídicos existentes, varias emisoras de Radio digital ya están preparando los Recursos al TEDH con sede en Estrasburgo, a través de nuestro Despacho Díez & Romeo, para lo cual cuentan con un plazo de 4 meses.