Hasta hace muy poco, solicitar una excedencia voluntaria por interés particular era un derecho denegado sistemáticamente al personal temporal. La Administración alegaba que la «temporalidad» del contrato era incompatible con una pausa laboral.
La reciente sentencia del TSJ de Madrid de 2026, impulsada por la labor jurídica de despachos como Díez & Romeo, marca un precedente histórico en la equiparación de derechos.
Claves de la Sentencia del TSJ de Madrid
Esta resolución judicial fundamenta que no puede existir una diferencia de trato injustificada entre un funcionario de carrera y un interino:
- Igualdad de trato: Se aplica la Directiva Europea para garantizar que el interino tenga los mismos derechos de conciliación que el fijo.
- Derecho a la «pausa» laboral: El personal interino puede ahora solicitar excedencias para proyectos personales o profesionales sin perder su vínculo con la Administración.
- Reserva de posición: La sentencia protege la situación del trabajador para que su reincorporación sea efectiva y sin penalizaciones en bolsa.
No seas un funcionario de segunda. Si te han denegado una excedencia alegando que eres interino, en Díez & Romeo tenemos la jurisprudencia de 2026 de nuestra parte para revertir esa decisión.
¿Te han denegado una excedencia por ser interino? Reclama hoy mismo
La ley ya no ampara la discriminación hacia el personal temporal. Gracias a la Sentencia del TSJ de Madrid de 2026, contamos con la herramienta jurídica definitiva para que puedas conciliar tu vida personal y profesional sin miedo a perder tu puesto.
Si necesitas una excedencia voluntaria y la Administración te pone trabas, en Díez & Romeo hacemos valer tus derechos con la jurisprudencia más reciente.







