En Diez & Romeo Abogados la defensa del Inicio de Expedientes sancionadores es el pan nuestro de cada día.
Los hay de todos los tipos, colores y materias, pero como Abogados expertos en Derecho Administrativo y en expedientes sancionadores, defender un expediente administrativo sancionador con éxito requiere una estrategia meticulosa. Aquí tienes algunas claves esenciales:
1. Revisión inicial del expediente
Identificación de irregularidades: Revisa la notificación de inicio del procedimiento. Comprueba si cumple con los requisitos legales: fecha, órgano competente, hechos imputados, normativa aplicable y plazo para alegaciones.
Acceso completo al expediente: Solicita acceso al expediente completo, incluyendo todos los documentos en los que la administración basa su decisión.
2. Análisis de los hechos y la base jurídica
- Verificación de los hechos: Examina si los hechos descritos en el expediente están suficientemente probados o documentados.
- Fundamentación jurídica: Confirma que la norma aplicada es correcta y vigente, y analiza si la conducta imputada encaja realmente en la infracción tipificada.
3. Revisión del procedimiento administrativo
- Cumplimiento de plazos: Comprueba que se hayan respetado los plazos legales en cada fase del procedimiento.
- Garantías procedimentales: Verifica que se hayan respetado los derechos del administrado, como el derecho de audiencia, la presunción de inocencia, y el acceso a pruebas.
4. Análisis de las pruebas
- Pruebas de cargo: Examina si las pruebas presentadas por la administración son suficientes, pertinentes y obtenidas legalmente.
- Pruebas de descargo: Prepara y aporta pruebas que refuten los hechos imputados, como testigos, documentos o informes técnicos.
5. Estrategia argumentativa
- Alegaciones iniciales: Presenta argumentos sólidos durante la fase de alegaciones, centrándote en errores de forma, fondo o pruebas.
- Principios de proporcionalidad y prescripción: Invoca estos principios si la sanción propuesta es excesiva o si ha transcurrido el plazo de prescripción de la infracción.
6. Resolución y recursos
- Revisión de la resolución: Una vez dictada la resolución, revisa si incluye motivación suficiente, fundamentos jurídicos claros y una correcta valoración de pruebas.
- Interposición de recursos: Si es desfavorable, considera interponer recursos administrativos (reposición o alzada) o acudir a la vía contencioso-administrativa.
7. Plazos generales para resolver
- Plazo máximo establecido normativamente:
- Si la normativa específica del procedimiento fija un plazo, este será el aplicable. En muchos casos, los reglamentos sectoriales determinan plazos concretos.
- Plazo general supletorio (art. 21 LPACAP):
- En ausencia de un plazo específico, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses, salvo que una norma con rango de ley disponga otro diferente.







