En medio de la adecuación de la regulación del juego presencial y online, y con la presión de la industria para racionalizar las tases sobre el juego, se ha hecho pública la resolución de 21 de diciembre de 2012, del Director General de Comercio y Empresa, por la que se convoca un concurso público para el otorgamiento de la autorización de la instalación y explotación de un casino de juego en Mallorca
Diez & Romeo, como firma experta en preparación de concursos públicos para el acceso de las nuevas licencias de juego realiza un análisis de las bases del nuevo concurso para la implantación de un Casino en Mallorca.
I.- Los requisitos previos para optar a la autorización
Para poder concurrir a la licitación tanto las empresas constituidas o en fase de constitución constitución, deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser una sociedad anónima.
• Tener la nacionalidad de cualquiera de los países de la Unión Europea.
• Contar con objeto social único y exclusivo de explotación del casino de juego.
• Gozar de un capital social mínimo de 4.808.096,83 euros, totalmente suscrito y desembolsado. La cuantía no podrá disminuir durante la existencia de la sociedad.
• Las acciones de la empresa han ser nominativas.
• Respetar los límites de las inversiones extrajeras en España en caso de haber participación de capital extranjero.
• Tener administración colegiada, siempre siendo los administradores personas físicas.
II.- Documentación a presentar
Como es habitual en este tipo de licitaciones, la documentación se estructura en dos sobres, Sobre nº 1, donde el licitador aporta la documentación que acredita la aptitud para poder ser titular de la autorización; y el Sobre nº 2: la Oferta Técnica que será valorada
La oferta técnica tendrá que recoger los siguientes apartados:
• Certificado del Registro de la Propiedad de los solares y, en su caso, del edificio donde se haya de instalar el casino de juego.
• Estructura organizativa y funcional del casino de juego, y de los actos artísticos, culturales, espectáculos, congresos y otros que se proponen organizar.
• Planos y proyecto básico del casino de juego.
• Estudio sobre el impacto urbanístico y paisajístico del proyecto.
• Relación de medidas de seguridad a instalar en el casino
• Propuesta económico-financiera
• Memoria descriptiva sobre la calidad de las instalaciones y los servicios complementarios que se presten.
• Fomento de empleo y plan de formación del personal.
• Acreditación del interés del proyecto como oferta complementaria de carácter turístico.
• Informe de instituciones financieras que acredite su solvencia económica y financiera.
III.- La tramitación: ¿Cuáles son los pasos a dar?
Los solicitantes tendrán un plazo para presentar solicitudes de 4 meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. También se publicará un anuncio indicativo de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La documentación se presentara por cuadruplicado
La administración procederá a la apertura del sobre nº 1 transcurridos 15 días desde la expiración del plazo de presentación de las solicitudes. Si se observara algún defecto subsanable, se concederá un plazo de 15 días para que subsane la falta o adjunte los documentos preceptivos.
Una vez subsanadas las deficiencias y elaborada la relación definitiva de solicitudes admitidas, se dará traslado de esta a los ayuntamientos interesados y al Consejo Insular de Mallorca para que emitan el informe.
Finalmente, se procede a la valoración de ofertas hasta su adjudicación
IV.- Los Criterios de valoración
Los 100 puntos máximos que se pueden otorgar se repartirán conforme a los criterios de valoración que a continuación se detallan:
• Interés del proyecto como oferta complementaria de carácter turístico: 20 puntos.
• Garantías personales y financieras de los participantes en el concurso, así como la experiencia en proyectos similares: 15 puntos.
• La calidad de las instalaciones y los servicios complementarios que se presten así como el programa de inversiones en cuanto a su incidencia social y económica para la comunidad autónoma de las Illes Balears: 15 puntos.
• Generación de puestos de trabajo y plan de formación del personal y recursos humanos con los que se cuenta: 20 puntos.
• Impacto urbanístico y paisajístico del proyecto: 10 puntos.
• Distancia a núcleo de población residente: 5 puntos.
• Aportaciones financieras en favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, 1 punto por cada 10.000,00, con un máximo de 15.
Los criterios sobre los cuales se valorarán las ofertas serán aplicados en base al concepto de discrecionalidad técnica que asiste a la administración y tan solo letrados expertos pueden depurar adjudicaciones indebidas