El CAC establece el sistema de relación por vía telemática con las radios y televisiones

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) ha puesto en funcionamiento, desde el 5 de mayo, el sistema de envío de información y documentación por vía telemática eaCat, una plataforma cuyo objetivo es facilitar y agilizar las comunicaciones con los prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Cataluña.
Mediante esta iniciativa, el CAC se adapta a la normativa vigente, en cumplimiento de los artículos 25 y 54 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña, que establece la obligación de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual a utilizar mecanismos de firma electrónica reconocida en las relaciones con el CAC. Asimismo, el CAC se adapta al artículo 45 de la Ley del Estado 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, que establece la obligación por parte de las administraciones a utilizar y aplicar técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el ejercicio de sus actividades y competencias.
Por otra parte, el objetivo del CAC es que el eaCat se convierta en la plataforma a través de la que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual envíen toda la información y documentación derivada del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 22/2005 y de las instrucciones que la desarrollan.
Concretamente, los documentos que pueden enviarse son los siguientes: instrucción general del Consejo del Audiovisual de Cataluña sobre la presencia de la lengua y la cultura catalanas y el aranés en los medios de comunicación audiovisual
- Cuotas de emisión de música cantada en catalán o aranés de los prestadores de servicios de televisión.
- Cuotas de emisión de música cantada en catalán o aranés de los prestadores de servicios de radio.
- Presencia de la cultura catalana en los prestadores de servicios de radio.
- Presencia de la cultura catalana en los prestadores de servicios de televisión.
Los prestadores de servicios de radio y televisión que todavía no se hayan adherido a la plataforma encontrarán toda la documentación necesaria en la web del CAC (www.cac.cat), y deberán enviarla al Consorcio Administración Abierta de Cataluña. Mientras, pueden enviar sus comunicaciones según las formas establecidas por la Ley de procedimiento administrativo (de forma presencial en el Registro General del CAC, por correo certificado o por burofax).
Con el fin de facilitar el uso del servicio, el CAC entregó a los prestadores un CD con vídeos explicativos en los que se concretan los pasos que deben seguirse, así como un manual sobre la plataforma eaCat. Dicho material está actualmente disponible en la web del Consejo.
El eaCat es una plataforma de servicio, gestionada por el Consorcio Administración Abierta de Cataluña, orientada a facilitar la comunicación entre las administraciones catalanas, es decir, un canal bidireccional de comunicación electrónico seguro, tanto a escala jurídica como técnica, entre las administraciones. El eaCat permite la existencia de tramitaciones telemáticas con plena validez jurídica y seguridad técnica entre las administraciones catalanas adheridas.