Las licencias de radio digital se convocarán en Valencia por Sentencia judicial

El pasado 16 de noviembre de 2021 se ha dictado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que condena a la Generalitat Valenciana a convocar el concurso de licencias vacantes de radiodifusión sonora digital. El número de licencias de radio que sacarán a concurso varía en función de cada provincia. En Alicante saldrán 30 licencias, en Castellón 36 y en Valencia 66.

Los hechos se remontan a las peticiones realizadas por varias entidades con aspiraciones a ser emisoras de radio en 2018. Desde entonces numerosos prestadores buscaban una vía para acceder a las licencias que tiene la C. Valenciana sin adjudicar, a pesar de la demanda existente de medios de comunicación. Se invocaron los derechos de libertad de expresión e información, así como el pluralismo informativo para terminar solicitando a la Generalitat que liberase las licencias audiovisuales sacándolas a concurso público. Sin embargo la Administración denegó tal solicitud manteniendo las licencias de radio digital sin adjudicar.

Con esta decisión se condenaba a los prestadores a no poder desarrollar su actividad de radio, dado que la falta de licencia se sanciona con 100.000 € y precinto de las instalaciones.

Ante ello, desde DIEZ Y ROMEO ABOGADOS se asesoró a las distintas emisoras acudir a la vía judicial, hecho que se llevó a la práctica con la interposición de numerosos recursos contenciosos-administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En concreto ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, atribuyéndose el estudio de los distintos pleitos a los Magistrados designados.

Tras los diferentes trámites procedimentales, las emisoras, representadas por DIEZ Y ROMEO terminaron imponiéndose a la administración ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana. El fallo ha estimado la demanda y, en consecuencia, ha anulado la denegación de la convocatoria de licencias de radio digital.  Su resolución es clara:

“Debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la desestimación presunta por la Secretaria Autonómica de Comunicaciones de Presidencia de la Generalidad Valenciana de la solicitud de convocatoria de concurso público para el otorgamiento del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora digital terrestre integradas en los bloques de frecuencias asignados a la Comunidad Valenciana, y en consecuencia se anula y deja sin efecto, y en su lugar se declara la pertinencia de proceder a la convocatoria del concurso público de las licencias audiovisuales de radiodifusión sonora digital terrenal sin otorgar, y la pertinencia de iniciar el procedimiento de adjudicación de las referidas licencia (…)”

Además la Sentencia para dar la razón a la emisora, en su fundamento Jurídico 1º resalta que:

“Examinadas todas las sentencias citadas se entiende por este Tribunal, que resuelven cuestiones idénticas a las que nos ocupa, Con ello, debemos concluir que los preceptos en que se ampara la solicitud de convocatoria de concurso públicos para la adquisición de licencias se ajusta a la interpretación sistemática del artículo 27 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, relativo a los concursos para la concesión de licencias de prestación de servicios audiovisuales”

Este fallo alivia a las emisoras que tienen su actividad paralizada por falta de convocatoria de concursos de licencias de radio digital.

El resultado obtenido por DIEZ Y ROMEO ha sido inestimable y confirma una vez más la necesidad de contar con una defensa legal especializada en el ámbito audiovisual y telecomunicaciones que pueda detectar y neutralizar posibles bloqueos del mercado radiofónico provocados por la inactividad de las autoridades audiovisuales.