31. Julio 2013

Dos CCAA más se adecuan a la nueva legislacion audiovisual: Cantabria y Extremadura

El mes de julio ha sido bastante fructífero en cuanto a la adecuación de las CCAA al nuevo orden audiovisual. Cantabria publicó en el BOC del pasado viernes, 26 de julio, el Decreto 46/2013, de 11 de julio, sobre Servicios de Comunicación que afecta exclusivamente a su ámbito regional. El 30 de julio, Extremadura anunció la aprobación de su Decreto Audiovisual, pendiente tan solo de su publicación en el DOE.

Con Cantabria y Extremadura ya son 7 CCAA las que han desarrollado las nuevas pautas legales sobre medios de comunicación que introdujo la Ley, 7/2010, de 31 de Marzo, General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

El objetivo buscado por los Decretos audiovisuales, es la de derogar formalmente una normativa autonómica ya que se basaba en una legislación estatal derogada desde el 2010. De este modo, ambas CCAA ajustan su legislación al nuevo régimen jurídico instaurado con la promulgación de la LGCA. Los textos normativos pretende ordenar y actualizar la legislación audiovisual cántabra y extremeña vigente, hasta ahora dispersa, incompleta y obsoleta, y amparar los nuevos modelos de negocio y condiciones de las oferta derivados de la ampliación de redes y nuevas tecnologías.

I.- Respuesta normativa a la evolución del sector audiovisual.-

El sector audiovisual ha experimentado una rápida evolución, por la implantación de la tecnología digital y la irrupción de internet. Este escenario facilita el acceso de los usuarios a dichos servicios, y ocasiona la fragmentación de las audiencias que ha variado los modelos de negocio. Tanto en radio como en televisión.

Con los nuevos Decretos, Cantabria y Extremadura tratan de despejar las incertidumbres jurídicas del sector y dar seguridad a las empresas de radio y televisión. Así se conseguirá proteger al ciudadano de posiciones dominantes de opinión o de restricción de accesos a contenidos universales de gran interés o valor

II.- Cantabria y Extremadura cierran la adecuación a la nueva legislación.-

El primer paso en la adaptación del marco jurídico autonómico se logró con las transformaciones en licencias audiovisuales de las antiguas concesiones administrativas de Televisión Digital Terrestre (TDT) y de radiodifusión sonora en FM.

Con el Decreto 46/2013, de 11 de julio, en Cantabria y el Decreto de Extremadura (aún no publicado en el DOE), se introducen en los ordenamientos autonómicos la realidad de los servicios no lineales (que usan el cable, satélite, internet mediante Protocolo IP, o dispositivos móviles para su difusión) además de satisfacer las necesidades de modernización y simplificación de la regulación de los tradicionales servicios lineales. Al mismo tiempo, se recogen expresamente las notas que definen el denominado tercer sector audiovisual: las comunicaciones comunitarias sin ánimo de lucro.

Al igual que Canarias, Navarra, País Vasco, Galicia, La Rioja, y Aragón (en proyecto), Extremadura y Cantabria se adhieren a esta nueva configuración normativa del sector audiovisual televisivo y radiofónico, promoviendo el clima de liberalización del sector audiovisual que impera en la realidad social contemporánea. A partir de ahora, la regulación estará presidida por cinco principios vertebradores.

1.- Liberalización del sector audiovisual radiofónico.

Se produce una modulación en el régimen de los servicios de comunicación radiofónica de carácter comercial y comunitario, dado que pasan de ser servicios públicos esenciales a servicios de interés general prestados en régimen de libre concurrencia.

2.-Se reducen las licitaciones a las licencias radiofónicas que usen el espectro

Los Decretos traen consigo la limitación de la exigencia de concursos públicos para obtener las habilitaciones, puesto que tan sólo aquellas actividades audiovisuales que requieran la utilización de las ondas hertzianas serán objeto de licitación. Todas las demás tan sólo precisarán una comunicación previa.

3.- Modificación formal de la vigencia de las licencias: 15 años

La nueva vigencia temporal de las licencias audiovisuales de radio y TDT cántabras y extremeñas cambia sustancialmente, ya que a tenor del nuevo Decreto tendrán una duración de 15 años, en lugar de los 10 anteriores.

4.- No aplicación de Legislación de Contratos Públicos.

Al igual que en el resto de CCAA que han adaptado su régimen audiovisual, Cantabria y Extremadura no aplicará la legislación de contratos del Sector Público a los concursos de licencias de Radio FM y TDT que se convoquen. Desde ahora las normas de aplicación serán los Decretos Audiovisuales, la Ley General de Comunicación Audiovisual y la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria y Extremadura serán los hitos a tener en cuenta para la interpretación del desarrollo de las nuevas licencias.

5.- Más capacidad de transmitir licencias

Lo que supone más facilidad para que los titulares de licencias en Cantabria y Extremadura las puedan vender o alquilar una vez transcurridos 2 años. En este sentido la autorización ya no es discrecional sino reglada. Es decir, si cumples con los requisitos, la administración no se puede negar.

 

III.- Un avance de cómo serán los futuros concursos.-

Los textos destinan una gran parte de su articulado a reglamentar como será el otorgamiento de las nuevas licencias audiovisuales.  Los medios que utilicen las ondas hertzianas tendrán que pasar por un concurso público si quieren obtener licencia para operar.

El escenario legal planteado en el Decreto 46/2013, de 11 de julio, en Cantabria (Extremadura no ha sido publicado) avanza con carácter general los aspectos relacionados con: (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar por los licitadores (Sobre 1 donde se recoge la documentación administrativa y Sobre 2, conformado por la Oferta Técnica), (iii) los criterios de valoración, que al menos, deberán ser (art. 12):

a) la viabilidad económica y estructural de la emisora.
b) las características técnicas y operativas del proyecto.
c) las características de la emisión y programación.
d) el compromiso de no transmitir la licencia durante un periodo determinado siempre
que sea superior al de 2 años establecido en el artículo 29.2.a) de la LGCA.
e) la aportación a la pluralidad de la oferta de prestadores de comunicación audiovisual.

En relación con lo composición de la Mesa de Valoración, se establece que habrán de ser 7 personas, entre las cuales habrá de estar un letrado adscrito a la Dirección General del Servicio Jurídico y un interventor del Gobierno de Cantabria (art. 10 del Decreto 46/2013). Del mismo modo, se establece la posibilidad de acudir a asesores externos para evaluar los proyectos técnicos de radio y televisión. Pero sí se prevé que en el caso de que ninguna de las ofertas no alcance los requisitos exigidos se podrá declarar desierto el concurso o alguna de las licencias en juego. Una vez analizados los proyectos, se formulará propuesta de adjudicación de licencias.

El plazo que se tiene para notificar la resolución de los concursos será de 6 meses, al igual que en todas las convocatorias previas.

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30. Julio 2013

Extremadura adecua su legislacion al nuevo ordenamiento audiovisual

El Ejecutivo extremeño ha aprobado el decreto de Comunicación Audiovisual de la Comunidad autónoma de Extremadura que regula el ejercicio de las competencias que corresponden a la administración regional en relación con los servicios de comunicación audiovisual (radio y televisión) que se prestan en el ámbito de la comunidad autónoma. En el texto se definen los servicios de comunicación audiovisual radiofónicos, televisivos y conexos e interactivos como "servicios de interés general que se prestan en el ejercicio del derecho a la libre expresión de ideas, del derecho a comunicar y recibir información, del derecho a la participación en la vida política y social y del derecho a la libertad de empresa y dentro del fomento de la igualdad, la pluralidad y los valores democráticos". Se excluyen de la aplicación del decreto las redes y servicios de comunicaciones electrónicas utilizados para el transporte y difusión de la señal de los servicios de comunicación audiovisual, sus recursos asociados y los equipos técnicos necesarios para la recepción de la comunicación audiovisual; y las personas físicas o jurídicas que únicamente difundan o transporten la señal de programas audiovisuales cuya responsabilidad editorial corresponde a terceros, según ha informado el Ejecutivo extremeño tras la celebración del Consejo de Gobierno.

También las comunicaciones audiovisuales sin carácter económico, a excepción de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro, así como los servicios que no constituyan medios de comunicación en masa, es decir, que no estén destinados a una parte significativa del público y no tengan un claro impacto sobre él, y en general cualesquiera actividades que no compitan por la misma audiencia.

Finalmente, estarán excluidos los sitios web de titularidad privada y los que tengan por objeto contenido audiovisual generado por usuarios privados, así como el ente público 'Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales', que se rige por su normativa específica.

Con la aprobación de este decreto la Comunidad Autónoma adapta su legislación propia en la materia (Decreto 131/1994 de 14 de noviembre que regulaba el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonoras; el Decreto 12/1999 de 26 de enero que regulaba el procedimiento para la renovación de las concesiones de FM y el Decreto 36/2006 de 21 de febrero, por el que se regulaba el régimen del servicio público de TDT local) a la Ley estatal de Comunicación del año 2010.

 

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29. Julio 2013

La retirada de los canales de televisión planea sobre los medios

El ministro de Industria, José Manuel Soria, ya ha sido informado desde vicepresidencia del Gobierno de que a partir de ahora, quien va a manejar los tiempos en los temas candentes con los grupos mediáticos va a ser Soraya Sáenz de Santamaría. De ella depende la ejecución de la sentencia del Supremo y ahora también va a controlar la implantación del Dividendo Digital, dos procesos en marcha que mantienen en vilo a los grandes grupos de comunicación y que han provocado su enfrentamiento directo contra el Gobierno.

Aún arden los rescoldos del último incendio provocado en el seno del Gobierno por el enfrentamiento entre Soria y Cristóbal Montoro a costa de la reforma energética, e Industria ya cuenta con otra vía de agua abierta. Ahora no se trata del kilovatio, sino del Dividendo Digital, el proceso por el cual los países europeos utilizarán algunas de las frecuencias ahora destinadas a la Televisión Digital Terrestre (TDT) para reforzar los servicios de telefonía móvil avanzada.

El Ministro de Industria sigue empeñado en adelantar en un año la llegada a España de ese Dividendo Digital. En Europa se ha fijado la fecha límite en el 1 de enero de 2015 y Soria quiere que nuestro país sea la avanzadilla de entre sus vecinos y lo aplique el 1 de enero de 2014.

Los fabricantes y los grupos de comunicación y televisión se han opuesto en rotundo a las "innecesarias prisas del ministro por hacer todo un año antes y presumir, no sabemos de qué, en Bruselas", en palabras de uno de los afectados.

De la guerra abierta ya está informada la vicepresidencia, precisamente en un momento en el que algunos grupos mediáticos están siendo muy críticos con las políticas de recortes de Rajoy y los escándalos de corrupción en el PP. Sáenz de Santamaría y su equipo están sopesando si merece la pena seguir cabreando aún más a un sector tan sensible y tan al borde de la quiebra como el de las televisiones o es mejor contemporizar, no adelantar el Dividendo Digital y poner en valor ese gesto, señalan fuentes del entorno del Ejecutivo.

Los grandes grupos mediáticos temen perder dos multiplex, uno por la sentencia del Supremo y otro por el adelanto del Dividendo Digital

Porque los grandes perdedores de la llegada del Dividendo Digital son los grupos mediáticos: Antena 3 (más La Sexta), Mediaset (Telecinco y Cuatro), Sogecable, VEO TV (El Mundo) y Net TV (Vocento), que van a perder un múltiplex y tendrán que apretar la misma programación en menos espacio radioeléctrico.

Pero además, sobre ellos pesa la espada implacable del Supremo (y de Soraya, pues es el Gobierno el que tiene que ejecutar la sentencia), que en diciembre pasado declaró nulo el acuerdo de julio de 2010 del Consejo de Ministros por el que se entregó un múltiplex completo (con capacidad para emitir cuatro canales convencionales) a Antena 3, Telecinco, Sogecable, Veo7, Net Televisión y La Sexta por no ser "conforme a derecho".

La sentencia provocó verdadero pavor entre esos grupos, algunos de ellos en situación de quiebra técnica por la brutal caída de ingresos de publicidad por la crisis. Pero más pavor aún les dio la decisión del Consejo de Ministros que en marzo pasado acordó ejecutar esa sentencia.

Desde entonces, el tira y afloja entre los grupos mediáticos y el Gobierno ha sido digno de seguimiento, especialmente por el alto nivel crítico o el sospechoso peloteo, según el caso, desplegado por todos ellos en torno a la figura de Rajoy.

Su mano derecha, la vicepresidenta, avisó en ese Consejo de Ministros que se aplicaría la Ley y los grandes grupos perderían otro múltiplex más (el que les quita el Dividendo y el de la sentencia). Mientras tanto, el ministro Soria ha seguido haciendo la guerra por su cuenta y no ha dado marcha atrás en su guerra con todo el sector, excepto con los operadores de telefonía móvil que callan a la espera de recibir sus nuevas frecuencias para los servicios 4G.

La guerra es tal que la patronal del sector, Ametic, mandó a finales de mayo una dura carta a la vicepresidenta pidiéndole que frenara a su ministro y alertando de la supuesta pérdida de 50.000 empleos por culpa del Dividendo Digital.

No se sabe si la carta ha tenido o no efecto en el Ejecutivo, pero lo que sí confirman fuentes políticas es que Sáenz de Santamaría está manejando los tiempos para tratar de atar en corto a los grupos mediáticos con la amenaza de ejecución de la sentencia y el posible aplazamiento de la llegada del Dividendo hasta el 1 de enero de 2015, en contra de lo que defiende Soria.

 

Fuente: Vox Populi

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29. Julio 2013

Murcia amplia el plazo para resolver el concurso de la FM por 6 meses

La Región de Murcia  ha dictado una resolución por la que se amplía el plazo inicial para resolver el concurso público de 51 licencias de radio FM que vencía el pasado 28 de julio. Con esta nueva actuación se aplaza la resolución del concurso hasta el próximo 28 de enero de 2013. 6 meses más de los inicialmente concedidos por las bases reguladoras del procedimiento selectivo.

La resolución se ha adoptado el pasado 26 de julio de 2013, y se ha dado a conocer en el día de hoy, 29 de julio, por notificación a los interesados.

Las razones que esgrime la CARM son:

El excesivo número de ofertas presentadas al concurso, 421.
La complejidad de las propuestas a analizar
Petición razonada de la Comisión Técnica que asesora a la Mesa de Valoración

Por estos motivos se impide a la administración cumplir con los plazos previstos, de ahí que se amplíe el plazo de 6 meses.

Este tipo de medidas no suponen ninguna novedad ya que la mayoría de las comunidades autónomas han ampliado el plazo para resolver las concesiones por la misma motivación: la ingente cantidad de proyectos presentados para un número limitado de licencias. .

Así, el plazo para resolver queda fijado para el próximo 28 de enero de 2013

 

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28. Julio 2013

La Justicia condena a una tienda por venta ilícita de videojuegos y 'chipeo' de consolas

El responsable de una tienda de Jerez de la Frontera ha visto confirmada una condena de 2011 a seis meses de prisión por la Audiencia Provincial de Cádiz, que considera probado que el condenado vendía videojuegos 'piratas', y le reprocha la distribución de consolas modificadas para poder cargar juegos no autorizados.

Según la propia sentencia, por un lado la Audiencia de Cádiz señala que los indicios hallados durante la investigación inicial -videojuegos copiados y situados en la zona de venta y no en el domicilio del condenado, con carátulas fotocopiadas, y que hubiera más de una copia de varios juegos- indican que no eran copias de seguridad sino que estaban destinadas a su comercialización.

Por otro lado, la sentencia entra a interpretar el artículo 270.3 del Código Penal para indicar que la tenencia y comercialización de 'chips' que modifican consolas es punible, tal y como había resuelto el juez de la primera instancia. Se trata de una interpretación que, sin embargo, no coincide con otros casos anteriores en los que se ha juzgado el 'chipeo' de consolas.
Así, la Audiencia de Cádiz estima que, aunque la redacción actual de este artículo se refiera a "cualquier medio específicamente destinado" a suprimir o neutralizar las protecciones anticopias, esto no significa "exclusivamente destinado".

Es decir, los magistrados aseguran que el uso y la distribución de estos 'chips' puede vulnerar la propiedad intelectual aunque esos dispositivos permitan más funciones aparte de jugar a juegos 'pitaras' (como convertir la consola en un ordenador, por ejemplo), y pese a que la propia Directiva 1/125/CEE hable de que los dispositivos tengan el "uso único" de eliminar la protección anticopia.
La razón que da la Audiencia de Cádiz es que, de otro modo, "supondría reconocer de facto el derecho a lesionar los derechos del titular de propiedad intelectual o industrial copn la sola acción de ampliar las funciones de la videoconsola. No tiene justificación alguna [...] que pueda provocar la desaparición del derecho de otro sólo porque decide incrementar las funciones de una videoconsola".

'Programa político criminal racional'

Incluso los magistrados van más allá en su interpretación y aseguran que "la decisión de beneficiar al autor de la perturbación disminuyendo los derechos legalmente adquiridos por el titular de los mismos es claramente contraria a cualquier programa político criminal racional".
En la sentencia se justifica además que existe intención por parte del condenado el cual, "aún cuando persiguiera la finalidad de una ampliación de las funciones de la videoconsola que no resulte ilícita, [...] se tuvo que representar el carácter antijurídico del acto y no obstante decidió realizarlo, con lo que se constata la existencia de dolo ínsito en su conducta".
El condenado, cuyas siglas son S. M. P., también deberá pagar un total de 585 euros a varias compañías denunciantes, en concepto de indemnización por daños y perjuicios.

La patronal lo celebra

En una nota, la patronal del videojuego aDeSe ha celebrado esta decisión, de la que remarca que "el magistrado considera que la instalación y la comercialización de estos 'chips', a pesar de que puedan tener otros usos legales como el incremento de las funciones de una videoconsola, provoca la desaparición del derecho de propiedad intelectual mediante la desprotección de programas. Esta finalidad y no otra, supone la razón de la adquisición del producto".
Dicha patronal pone sus esperanzas en la próxima reforma del Código Penal impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, cuyo anteproyecto prevé hasta tres años de cárcel por el 'chipeo' de las consolas.

"aDeSe recuerda que se han dictaminado anteriormente sentencias contradictorias a este respecto debido a la ambigüedad del actual Código Penal acerca del carácter delictivo de estos dispositivos", afirma la nota, y añade: "Ante esta dificultad de interpretación, aDeSe muestra su apoyo a la actual reforma que está impulsando el Ministerio de Justicia para clarificar los términos. De este modo, el nuevo Código Penal se adaptará a las directivas europeas sobre Propiedad Intelectual y se evitará que España sea el único país europeo donde se distribuyen estos dispositivos impunemente".

Fuente: Pablo Romero. El Mundo

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28. Julio 2013

¿Cómo proteger mejor nuestros datos 'online'?

"¡Oh, esta web parece maja! A ver… voy a crearme una cuenta para curiosear un poco de qué va. Ah mira, para móvil y todo. Es de pago, va... por un euro no pasará nada. Que pesados con los formularios... ¡Buf! ¿Por qué me piden el número de móvil? Hala, descargando... ¡Listos!"

Mientras, en algún lugar recóndito, alguien se frota las manos con esos datos personales entregados voluntaria y hasta alegremente. No pasaría nada si se quedaran sólo en los dominios de la empresa o servicios que hemos solicitado. Ahora bien, ¿qué harán realmente con ellos? ¿Quedarán cerrados a cal y canto en un creativo Excel? ¿Los perderán? ¿Los robarán? ¿Los pasarán a más empresas de su grupo? ¿Los venderán al mejor postor en un mercado secundario?

Y si no, ¿por qué todo el mundo recibe tanta basura en la carpeta 'spam'? Sin duda, algo pasa con los datos personales de millones de usuarios y su mercadeo, para el beneficio de empresas o intereses de los gobiernos. Seguro que si la Agencia Nacional de Seguridad de EEUU llama a la puerta de casa, poco se puede hacer para esconder los datos personales. Sin embargo, es posible ponérselo más complicado. O bien uno se puede armar con filtros contra intrusos o contra empresas sedientas de nuestros datos personales.

En los pasillos del MIT hace tiempo que trabajan con la protección de datos personales en Internet. El fenómeno ha cobrado mucha relevancia, además, tras las revelaciones de Edward Snowden y la cucharada que metió el Gobierno estadounidense en los datos personales de los ciudadanos.

Uno de los últimos desarrollos que han despertado el interés del reputado instituto consiste en una herramienta 'online', llamada MaskMe, que permite al usuario esconder sus datos personales en cualquier gestión online.

Por ejemplo, si uno se de alta en un formulario que pide la cuenta de correo electrónico, ya no tiene por qué facilitarla. MaskMe crea un correo alias (del estilo 98989sj989@gfhf.com) que irá a parar a la empresa o servicio que he solicitado. Así, tendrá los datos del alias pero nunca los personales. La empresa se pensará que el usuario nuevo es el alias y nos dirá "Hola, 98989sj989@gfhf.com! Gracias por tu interés".

Además, toda comunicación que envíe la empresa o servicio solicitado llegará al correo personal pero siempre rebotada desde MaskMe. Dichos correos tendrán la confirmación de envío vía MaskMe y un enlace para borrarse del servicio en caso de que el cliente aburra con correos sucesivos.

Por último, MaskMe incluye un panel de control con todos los servicios a los que uno se haya dado de alta y permite darse de baja desde la herramienta.

Se da el caso que MaskMe asigna un alias distinto para cada una de los servicios o productos solicitados. Esto es muy útil a la hora de saber qué empresas han vendido los datos a terceras personas, puesto que podemos reconocer qué mensajes de Spam se envían con un alias u otro.

MaskMe es una extensión gratuita para Chrome o Firefox y únicamente se activa  al navegar por un formulario. La herramienta es gratuita para alias de correo electrónico. Por 5 dólares al mes se puede acceder a la misma mecánica para compras 'online' -de modo que oculta el número treal de la tarjeta de crédito- o con números de teléfono alias. Asimismo, MaskMe existe como aplicación móvil para Android y iOS.

Desde el Blog de Abine,  la compañía creadora de MaskMe sentencian: "Las empresas quieren conocer desesperadamente nuestro yo real para sacar tajada. ¿Pero porqué darles a conocer nuestros datos? Si das a conocer tu verdadera información online, no hay beneficio alguno para ti, usuario". Además, aseguran que trabajan para "trasladar el poder de la Red hacia el usuario que es a quien le debe pertenecer".

Fuente: Carlos Betriu. El Mundo

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28. Julio 2013

Los licitadores de la TDT en Uruguay son convocados a una audiencia pública

Los proyectos de las nueve empresas que se presentaron al llamado de Televisión Digital Terrestre Montevideo Comercial se publicaron este viernes 19 en el sitio web de Presidencia de la República.

El próximo miércoles 31 de julio habrá una audiencia pública en la que los concursantes expondrán sus proyectos y cualquier persona podrá formular preguntas y críticas.

Dentro de las propuestas, existen canales generalistas, canales de información, canales infantiles, y formas novedosas de producción y de participación de las audiencias.

Todos los proyectos son analizados por la Comisión Honoraria Asesora Independiente (Chai), conformada por representantes de los trabajadores, de las organizaciones sociales y académicas, de los empresarios y del Gobierno.

Antes de mediados de agosto la Chai deberá elevar un informe al Ministerio de Industria, Energía y Minería, que junto con Presidencia de la República tomarán la decisión final respecto de la asignación de las frecuencias.
 

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27. Julio 2013

Cantabria ya tiene Decreto Audiovisual

El Boletín Oficial de Cantabria publicó el pasado viernes el decreto del Gobierno regional sobre Servicios de Comunicación Audiovisual que tiene por objetivo ordenar y actualizar la norma audiovisual y el propio sector.

El Decreto, con 38 artículos repartidos en seis capítulos, trata de adecuar la normativa en Cantabria al nuevo régimen jurídico establecido con la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, y de ordenar y actualizar la norma audiovisual y el propio sector.

Se ha elaborado tras un procedimiento de información pública en el que ha participado el sector así como la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y el Consejo de Estado.

Contempla aspectos como la consideración de los servicios de comunicación audiovisual como servicios de interés general en lugar de servicios públicos y, en línea con esta idea, la liberalización de los servicios de comunicación audiovisual de carácter comercial y comunitario, exigiendo solamente el concurso público a aquellos que utilicen el dominio público radioeléctrico.

La nueva normativa sirve para establecer las pautas que se seguirán para valorar los proyectos que se presenten a las nuevas licencias de televisión y de radio en futuras convocatorias.

En este sentido, el artículo 14 del Decreto recoge el procedimiento de otorgamiento y establece los criterios mínimos que se valorarán en los concursos públicos, entre ellos la viabilidad económica y estructural de la emisora, las características técnicas y operativas del proyecto, las características de la emisión y programación y el compromiso de no transmitir la licencia durante un periodo determinado.
 

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25. Julio 2013

El CAC recibe 221 solicitudes para las 23 frecuencias de la FM

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) ha recibido un total de 221 solicitudes en relación con el concurso público para la adjudicación de 23 licencias de radio en frecuencia modulada (FM). El número de solicitudes recibidas es provisional, dado que todavía pueden llegar por correo certificado, dentro del plazo establecido. Las 221 ofertas las han presentado 41 licitadores, cada uno de los cuales opta a un número variable de licencias.

 El periodo de presentación de proposiciones comenzó el 31 de mayo, al día siguiente de la publicación del anuncio de la licitación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), y finalizó ayer, 23 de julio. 
 
 El CAC deberá resolver el concurso en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la publicación de la convocatoria en el DOGC, sin perjuicio de eventuales ampliaciones de plazo, de conformidad con la normativa vigente. 
 
 El objeto del concurso son 23 licencias de radio en FM destinadas a la explotación comercial. Todas las frecuencias, salvo la correspondiente al 95.8 MHz (Tremp), fueron asignadas en 2006 a la prestación del servicio público audiovisual por parte de las entidades locales y su gestión se atribuyó al Consorci de Comunicació Local. En 2011, a raíz de un recurso de la Associació Catalana de Radiodifusió (ACR), el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dispuso que estas frecuencias fueran objeto de nueva asignación conforme a derecho. Mediante el Decreto de 2 de abril de este año, el TSJC declaró firme la sentencia dictada. 
 
En cuanto a la frecuencia restante -95.8 MHz (Tremp)-, la concesión correspondiente la otorgó el Gobierno de la Generalitat a la sociedad Ràdio 13 de Catalunya, SAU, en 1995 y quedó extinguida en 2010. 
 
Las bases del concurso convocado por el CAC establecen la siguiente puntuación: propuesta tecnológica, 80 puntos; propuesta económica, 80 puntos; propuesta de programación, 210 puntos, y propuesta estructural, 80 puntos. 
 
Desde que el CAC asumió las competencias plenas sobre los títulos habilitantes para la prestación de servicios audiovisuales ha convocado dos concursos: en 2008 convocó y resolvió un concurso de 83 frecuencias de radio en FM, de acuerdo con el régimen concesional vigente en ese momento; el segundo es el actual concurso público de 23 frecuencias, que, de acuerdo con la transformación de los títulos habilitantes establecida por la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual (LGCA), se lleva a cabo en régimen de licencia. 
 
 Las licencias de radio se adjudicarán por un plazo de 15 años, sin perjuicio de sus posibles renovaciones previstas en el artículo 28 de dicha Ley.

Fuente: Tecnonews
 

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18. Julio 2013

El TS se pronuncia a favor del Reglamento de Publicidad Televisiva

El Tribunal Supremo acaba de pronunciarse, en sentencia del pasado 12 de julio, a favor de la legalidad del Real Decreto 1624/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en lo relativo a determinados aspectos la comunicación comercial televisiva.

El citado Real Decreto fue recurrido por Mediaset alegando que el desarrollo reglamentario se extralimitaba imponiendo reglas que van más allá de la propia ley y de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual, y solicitando la anulación de buena parte de su articulado. Concretamente, en lo referido al concepto de “hora de reloj” para establecer el límite publicitario, la autopromoción, las telepromociones, el patrocinio y las comunicaciones comerciales asociadas a la retransmisión de eventos deportivos.

Contra ese recurso se personaron tanto la Abogacía del Estado como la Asociación Española de Anunciantes (AEA) y la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC).
Con posterioridad, Mediaset consideró un error la parte de su recurso relativa a las telepromociones, solicitando el desestimiento en lo relativo a dicha parte.

La sentencia admite el desistimiento parcial del operador televisivo, pero falla en contra de todos sus demás argumentos. Partiendo de la naturaleza de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual como norma de mínimos, el TS considera que el Gobierno está legitimado para introducir normas más estrictas en la Ley General de la Comunicación Audiovisual y que en ningún caso el Reglamento va más allá, indebidamente, de lo que establece la propia Ley.

En este sentido, avala la interpretación del concepto de “hora de reloj” como “hora natural” para establecer el tiempo máximo de emisión publicitaria en televisión (12 minutos), afirmando que esa interpretación es más neutral, dota de mayor seguridad jurídica a anunciantes y cadenas, facilita el control y garantiza en mayor medida la protección de los intereses de los espectadores.

En relación a la autopromoción, el Tribunal acepta que la restricción de 5 minutos por hora de reloj es más estricta de lo establecido por la Directiva, pero reconoce que lo recogido en el Reglamento en relación a este tema se adecua a la Ley y ayuda a evitar abusos y utilizaciones improcedentes de la autopromoción.

La sentencia considera ajustado a derecho, y por motivos similares, el desarrollo reglamentario en materia de patrocinio y de colocación de la publicidad en la retransmisión de eventos deportivos, dando así la razón a la Asociación de Usuarios de la Comunicación, a la Asociación Española de Anunciantes y a la Abogacía del Estado en su oposición al recurso.

Para AUC, se trata de una sentencia de gran importancia, que aumenta la seguridad jurídica en el ámbito de la publicidad televisiva, afectando positivamente a la defensa de los consumidores ante posibles excesos de saturación en la emisión de comunicaciones comerciales. La Asociación, con todo, lamenta que la aceptación del desistimiento de Mediaset no haya permitido al Tribunal pronunciarse sobre el controvertido tema de las telepromociones televisivas, ni se haya considerado tampoco pertinente plantear una cuestión prejudicial sobre esta materia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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18. Julio 2013

Navarra adjudica 6 nuevas televisiones (2 de ellas autonómicas)

Seis de los siete proyectos televisivos presentados a los concursos de licencias de televisión digital terrestre (TDT) tanto autonómica (dos canales) como local (veinte canales, cuatro en cada una de las cinco demarcaciones establecidas para Navarra por el Ministerio de Industria) convocados el pasado mes de agosto han sido propuestos por la Mesa de Valoración para que se les conceda la correspondiente licencia.

Se trata de:

- canales de TDT autonómica: Abian Komunikazioa S.L. (74,55 puntos sobre 100) y Asociación Cultural Xaloa (71,20).

- canales locales demarcación Pamplona: Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea S.A. (73,50/100), Abian Komunikazioa S.L (72,15) y Asociación Cultural Xaloa (66,85).

- canal local demarcación Tafalla: Zona Media Televisión (50/100).

Los cuatro promotores de estos seis proyectos televisivos (dos de las operadoras presentadas a concurso, Abian Komunikazioa S.L. y la Asociación Cultural Xaloa, han obtenido licencia tanto autonómica como local para Pamplona) han sido requeridos por la Dirección General de Comunicación, conforme a los pliegos del concurso, para aportar en un plazo de quince días hábiles la documentación administrativa precisa para que se puede elevar al Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales la propuesta hoy formulada por la Mesa de Valoración, de modo que la concesión de la licencia pueda ser efectiva a lo largo del próximo mes de agosto.

El concurso de las licencias de TDT en Navarra

El concurso de carácter autonómico, que comprende dos canales digitales de televisión contenidos en el múltiplex de cobertura autonómica canal 62, se convocó al quedar vacantes ambos canales tras presentar Canal 4 Navarra Digital S.A. en marzo de 2012 su renuncia a la licencia que ostentaba para la gestión de estos servicios audiovisuales.

Sólo uno de los proyectos televisivos presentados a la TDT autonómica, el de Vaughan Radio S.L., ha quedado fuera de la propuesta formulada por la Mesa de Valoración, dado que los 63,04 puntos obtenidos le sitúan como tercera oferta (dos licencias licitadas).

Por su parte, el concurso de licencias de cobertura local comprendía veinte canales contenidos en los cinco múltiplex de cobertura local de las siguientes demarcaciones: Estella (canal 25), Pamplona (canal 38), Sangüesa (canal 45), Tafalla (canal 31) y Tudela (canal 42). Este concurso tenía su origen en la renuncia presentada en enero de 2012 por Televisión Popular de Navarra S.A. a las licencias que poseía para cada una de estas demarcaciones.

En este caso, la Mesa de Valoración ha propuesto el otorgamiento de licencia a los cuatro proyectos televisivos presentados (tres para Pamplona y uno para Tafalla). El resto de las demarcaciones, Estella, Tudela y Sangüesa, han quedado desiertas al no haberse presentado proyecto televisivo alguno.

Criterios de valoración

La Mesa de Valoración de ambos concursos ha estado formada por un equipo multidisciplinar en el que se han incluido tres periodistas, un economista y una ingeniera de telecomunicaciones, además de los dos miembros (un letrado y un interventor) que establece el Decreto Foral 5/2012, sobre servicios de comunicación audiovisual en la Comunidad Foral de Navarra.

Los criterios de valoración de los dos concursos han sido muy similares, aunque presentaban alguna diferencia en función de las distintos ámbitos de cobertura. Ambos se agruparonn en tres categorías principales: la oferta televisiva, con hasta el 55% de la puntuación; la generación de economía y empleo, un 30%; y la adecuación e innovación técnica, un 15%.

El bloque del proyecto televisivo ha sido el apartado de puntuación más importante. Se ha valorado aquí la diversidad y calidad en la programación ofertada, que, en el caso del concurso de ámbito autonómico, debía combinar una parrilla con espacio para la producción propia (10 puntos); programación sobre Navarra (15 puntos), y otros contenidos propuestos por el licitador (15 puntos) que configuraran ofertas atractivas para la ciudadanía. Para velar por el enriquecimiento del espectro televisivo, se creó otro subapartado que valoró los proyectos que no disponían de licencia de TDT (5 puntos), mientras que un último subapartado servía para promocionar contenidos en vascuence de producción propia en vascuence (5 puntos).

Por su parte, en el concurso de televisiones locales, la programación local y sobre Navarra se ha valorado con 20 puntos, mientras que desaparecía el concepto de nuevo licitador, al no existir ninguna licencia adjudicada en este momento, y se valoraba con 5 puntos el compromiso de no transmitir la licencia durante el periodo de vigencia de la misma. El resto ha sido igual al concurso autonómico.

El apartado de generación de economía (30 puntos) contenía la misma puntuación para ambos. En este epígrafe se analizaron la solidez y coherencia del proyecto de televisión desde el punto de vista del personal, así como de los recursos económicos y financieros, con el fin de garantizar una oferta viable y solvente. El baremo previó 15 puntos para los proyectos económico-financieros aportados por los licitadores (8 puntos para el modelo organizativo; 5 para el presupuesto financiero; y 2 para los estados financieros previsionales) y otros 15 para el fomento del empleo, de ellos 12 para los puestos de trabajo que garantiza la empresa televisiva y otros 3 para la contratación de discapacitados y la externalización de tareas a centros especiales de empleo y de inserción sociolaboral.

Finalmente, se han otorgado hasta 15 puntos a la adecuación e innovación técnica de las solicitudes presentadas. Se perseguía que los proyectos adjudicatarios tuvieran garantías de ofrecer un servicio televisivo de calidad, que incorpore nuevas tecnologías y ofrezca el mayor respeto posible al medio ambiente. La calidad y adecuación de los estudios de producción, así como de las unidades móviles previstas (infraestructuras de servicio en el caso de televisiones locales) tuvieron una puntuación de 6 puntos, mientras que el plan de despliegue y la calidad del servicio se valoraron con 3 puntos (4 puntos en el concurso de televisiones locales), y las innovaciones tecnológicas (compromiso de ofrecer los contenidos a través de internet y tecnología 2.0, etc.) con hasta 6 puntos (5 puntos en el concurso de cobertura local).

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17. Julio 2013

Israel lanza un nuevo canal todo noticias i24news

"Internacional, Información, Independencia, Interacción, Innovación...hay muchas razones por las que decidimos acompañar la letra 'i' al logo de noticias durante las 24 horas", dicen desde el canal que a las 20.00h (19.00, hora peninsular) ha emitido su primer informativo desde una moderna sede en el viejo Yafo, al sur de Tel Aviv.

A través de sus canales en árabe, inglés y francés, i24news aspira ser una alternativa a las grandes cadenas internacionales de información. Una opción televisiva desde Israel postulándose quizá como la respuesta más directa a la poderosa cadena qatarí Al Yazira.

Tras dos semanas de retraso en el inicio de la emisión, los 150 periodistas, técnicos y productores de la empresa sienten hoy que hacen historia. Así lo cree el director ejecutivo y una de las almas espirituales y financieros del canal, Frank Melloul.

El que fuera director de Desarrollo y Estrategias de France 24 rechaza la comparación con Al Yazira. "No compartimos los mismos valores. Creo que es bueno escuchar otra voz desde Oriente Medio y desde un país democrático. No creo que Qatar sea una democracia. La diferencia con el resto de cadenas internacionales es que somos una empresa privada y no recibimos un euro de un país o de un partido", responde Melloul a ELMUNDO.ES en la amplia sala de redacción dividida en tres grandes espacios con sus respectivos platos en función del idioma. Poco antes de inaugurarlos oficialmente, reunió a sus efectivos para agradecerles su trabajo y sobre todo animarles ante lo que les viene encima. 24 horas de noticias intentando abrirse camino en un sector tan poco seductor a nivel económico.

"Estamos muy emocionados ante la primera emisión", decía esta mañana la conocida periodista árabe israelí, Lucy Harish, elegida para presentar el informativo estrella en inglés de i24news.

Preguntamos a Melloul si no se trata realmente de un brazo de propaganda de Israel y que a fin de cuentas defiende unos intereses determinados como lo hace Al Yazira. "No. No tenemos ninguna agenda política ya que no recibimos ni un euro de Israel. France 24 sirve al Gobierno francés, BBC es del Gobierno británico, RT es del presidente ruso Putin, Al Yazira sirve los intereses del emir de Qatar", explica antes de añadir: "Hasta ahora uno podía ver las noticias desde el punto de vista de estos y otros países. Ahora, nosotros aportamos el ángulo israelí sin que sea propaganda. También queremos que el mundo conozca Israel en todas sus facetas políticas, culturales, económicas y sociales sin limitarse sólo al conflicto".

Curiosamente la cadena no puede ser vista todavía en Israel debido a un contencioso con el organismo regulador de la televisión local ya que el millonario Patrick Drahi, uno de los principales donantes de i24news, es el dueño del sistema de cables israelí HOT.

Melloul afirma que espera confeccionar "una importante red de corresponsales en todo el mundo". Cada 30 minutos, un boletín. Más allá del contenido marcado por noticias, debates y magazines, Melloul estaba preocupado hoy por los aspectos técnicos que recomendaron aplazar su lanzamiento en dos semanas. Problemas habituales de un parto que ha sido, como muchos, esperado y complejo. El "hospital" del puerto de Yafo ha dado a luz una nueva criatura mediática y sin fronteras.

 

Fuente: El Mundo

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17. Julio 2013

El Tribunal de Cuentas detecta irregularidades contables en las televisiones autonómicas

El Tribunal de Cuentas ha hallado deficiencias en la contabilidad de los organismos públicos de radiotelevisión de Galicia, País Vasco, Islas Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid. Las anomalías están detalladas en el ‘Informe de fiscalización del sector público autonómico. Ejercicios 2008 y 2009’, aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas el pasado 27 de junio.

En el informe se señala que la Radiotelevisión de Galicia (CRTVG) ha estado celebrando "un significativo número de sesiones extraordinarias", concretamente, un 65% de las ordinarias, lo que ha provocado que pierdan en cierto modo su carácter de excepcionalidad. Referido a las cuentas del ejercicio de 2008, el informe subraya que "el restultado positivo inicial de 86.841 euros se convirtiese en pérdida de 27.107.707 euros». Para hacer frente a las reclamaciones del personal de las empresas productoras contratadas y de los propios trabajadores del grupo, la dirección se provisionó por contingencias laborales un importe de 3,1 millones. Pero el tribunal apunta que esto es consecuencia de una inadecuada gestión. Todo esto, impide una valoración de su labor como servicio público.

En cuanto al Ente Público de Islas Baleares, el tribunal destaca que "no consta acuerdo de aprobación de las cuentas anuales de 2009», ejercicio, en el que la Administración regional se subrogó "en la deuda con entidades de crédito de la radiotelevisión por 169.000 miles de euros, importe que se ha contabilizado como aportación de socio".

Sobre la radiotelevisión vasca, comenta que ETB suscribió 5.082 contratos temporales con 268 trabajadores, con un procedimiento «que no garantiza el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad».

En la Comunidad Valenciana, el informe observa deficiencias en la preceptiva autorización de la Consejería de Economía para la cobertura de vacantes, contratación de personal temporal y pago de ciertos complementos retributivos en la radiotelevisión autonómica.

Sobre Telemadrid, el informe no habla de una anomalía de la dirección, sino que menciona que se presupuestaron e imputaron como activos financieros aportaciones al ente público Radio Televisión Madrid por importe de 23,3 millones de euros para compensación de pérdidas «que deberían haberse registrado como transferencias de capital».

 

Fuente: El Mundo

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17. Julio 2013

Nuevo informe del Observatorio Europeo del Audiovisual sobre la televisión conectada

La compra de televisores inteligentes está despegando en Europa y los legisladores europeos se enfrentan a los desafíos legales de esta nueva tecnología, que puede llegar a estar tan presente en nuestros hogares como los actuales aparatos de televisión. El estudio IRIS del Obervatorio, “¿Leyes diferentes para un mismo contenido?”, recoge la situación sobre la convergencia  de la legislación y los  contenidos de la televisión conectada.

El inicio del informe, a cargo de  Alexander Scheuer del Instituto Europeo de Medios de Saarbrücken (EMR),  se centra en los desafíos que plantea la televisión conectada en el marco legislativo de la UE. Tras ofrecer el panorama de la tecnología actual en los Smart TV, Scheuer analiza las implicaciones prácticas de la televisión conectada para los proveedores de contenidos y consumidores. Así, se  pone de relieve la multiplicidad de formas en las que se pueden proporcionar contenidos, destacando que  en la era de la televisión conectada la noción tradicional de la televisión parece obsoleta.

 A continuación  Scheuer apunta  las áreas de publicidad, servicios de contenido y protección de los menores, para determinar si el actual marco regulatorio cubre adecuadamente los nuevos servicios convergentes, y si las reglas son las mismas para el contenido lineal y no lineal. Explica que en materia de publicidad el principal instrumento jurídico para la regulación de los servicios audiovisuales, la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual,  "crea diferencias significativas en los niveles de regulación, con normas menos estrictas para los servicios de medios no lineales”.

También cuestiona si la regulación de la televisión en Europa es una práctica bien establecida “los proveedores de servicios audiovisuales a la carta tienen una atención menos rigurosa, en parte,  porque en algunos países no existen instrumentos para examinar a cada proveedor ".

A continuación y sobre la regulación de la tecnología, el trabajo analiza los  cuatro instrumentos que influyen en la televisión conectada: la Directiva de Servicios de Medios sobre contenidos, la Directiva de Comercio Electrónico para Servicios de Transmisión, el "paquete de telecomunicaciones” de servicios y redes de comunicación electrónica y, finalmente, la Directiva sobre Equipos Radioeléctricos y Dispositivos de Telecomunicación.

Scheuer concluye que "el debate sobre los dispositivos convergentes [...] se ha intensificado en los últimos cinco años” . A pesar de que no encuentra ninguna presión especial para reformar la ya compleja estructura de los instrumentos legales con incidencia en la televisión conectada, predice "un fascinante de debate, que se espera se intensifique tras las elecciones al Parlamento Europeo y el nombramiento de un nueva Comisión en 2014".

La Sección Informes de este estudio,  este informe ofrece una instantánea de la evolución jurídica en Alemania, Francia, Reino Unido e Italia respecto a la convergencia de medios. También analiza la reciente sentencia de un tribunal alemán sobre los límites de contenidos a la carta que pueden ofrecer los organismos públicos de radiodifusión, así como  la publicación de dos nuevos informes franceses de la televisión conectada. Por otra parte, en Reino Unido se acaba de publicar un informe sobre la convergencia de medios; mientras que en Italia,  la protección de los menores está detrás de las actuales reflexiones sobre la adopción de normas relativas a los aspectos técnicos de los servicios VoD.

Por último, en la Sección Zoom la nueva directora ejecutiva del Observatorio, Susanne Nikoltchev,   explica uno de los aspectos más debatidos en materia de convergencia: el papel de los medios públicos en un entorno conectado.   El artículo examina los instrumentos jurídicos del Consejo de Europa y el marco regulador de la de los medios de comunicación de servicio público en la UE.

Nikoltchev examina cuestiones específicas  de la normativa nacional, tales como el uso de pruebas de  valor público, aspectos vinculados al derecho de la competencia o la prestación de los organismos de radiodifusión en el vídeo bajo demanda; llegando a la conclusión de que se espera que las autoridades reguladoras nacionales desempeñen un papel destacado en el proceso de establecimiento de las competencias de los medios públicos. "Es posible que tengan que se abanderados y asumir varias funciones como reguladores, controladores, supervisores o  reformistas. Y tendrán que crecer en paralelo a la tecnología que va a seguir dictando la velocidad y la dirección de todos los estos cambios".

Fuente: Cineytele

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