15. Diciembre 2012

Nuevas licencias FM en Murcia y la proteccion de Datos Personales: 9 cuestiones basicas

Debido a la inminente convocatoria del concurso público para 51 licencias de Radio FM en Murcia, y la conexión entre los medios de comunicación y el tratamiento de los datos personales, la PROTECCION DE DATOS EN LA RADIO FM adquiere mucha importancia que debido a:

• El impacto del 2.0 en las estaciones de radio FM.
• La implicación de los datos personales en la nueva sociedad del conocimiento
• Las sanciones que está imponiendo la Agencia de Protección de Datos

La sistemática de esta guía consiste en plasmar las respuestas a las preguntas que los responsables de las emisoras de Radio FM se hacen ante la aplicación de la LODP.

1.- ¿Quiénes pueden ser sancionados?

Según el artículo 43 de la LOPD, están sujetos al régimen sancionador de la LOPD:
• Los Responsables de los ficheros; es decir, aquellas emisoras de radio que tratan datos personales de forma directa, como los de sus empleados o de sus clientes.
• Los Encargados del tratamiento; es decir, aquellas entidades que tratan datos personales por encargo de la emisora, por ejemplo, la gestoría que hace las nóminas de los empleados de la radio, o el call-center que atiende las llamadas de los clientes de la emisora.

2.- ¿Pueden ser multadas las radios gestionadas por las administraciones públicas? (RNE, Radios públicas autonómicas y locales públicas)

No reciben multas. Puesto que las sufragarían los ciudadanos de forma indirecta, pero la AEPD deberá exigir las medidas a adoptar para solucionar la infracción. También podrá  abrir un procedimiento disciplinario a los funcionarios de la Radio pública.

3.- ¿Se puede multar a un ciudadano?

A los ciudadanos traten datos dentro de su esfera personal o familiar, no. Cualquier otro tratamiento o recogida de datos personales, podría ser sancionable.

4.- ¿Qué actividades en mi emisora pueden ser multadas?

El artículo 44 de la LOPD establece 3 tipos de infracciones, diferenciadas en 3 grados: leve, grave y muy grave.

Infracciones leves:
• No inscribir o no tener correctamente inscritos los ficheros en el Registro General de Protección de Datos. Una gran cantidad de ficheros inscritos en el RGPD tienen defectos o campos sin rellenar que actualmente son obligatorios.
• No poner la cláusula informativa LOPD en todas las vías de entrada de datos personales. Sólo se apreciará esta infracción en los casos en que no sea necesario el consentimiento inequívoco, ya que en los supuestos en los que sí es necesario, la infracción será grave o, en su caso, muy grave.
• No tener un contrato con el Encargado del tratamiento con las cláusulas exigidas por la Ley.

Infracciones graves:
• Incumplir el Principio de Calidad del artículo 4 de la LOPD que, en suma, significa que los datos tienen que ser correctos y actualizados, y deben ser utilizados para la finalidad para la cual se recogieron.
• Tratar o ceder datos sin consentimiento inequívoco del afectado cuando éste sea necesario (salvo que sean datos especialmente protegidos)
• Vulnerar el deber de secreto con respecto a los datos personales, como por ejemplo, publicarlos en Internet sin consentimiento.
• Impedir o poner trabas al ejercicio de los derechos reconocidos por la LOPD (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
• No implantar correctamente las medidas de seguridad
• No hacer caso de los requerimientos de la AEPD u obstruir su función inspectora

Infracciones muy graves:
• Tratar datos de forma engañosa o fraudulenta.
• Tratar o ceder datos especialmente protegidos sin el consentimiento necesario.
• No cesar en el tratamiento de los datos cuando la AEPD haya declarado ilícito tal tratamiento.
• Efectuar transferencias internacionales de datos sin cumplir con las obligaciones de la LOPD.

5.- Mi emisora de Radio FM cometió una infracción hace años cuando no sabíamos nada de esta Ley. ¿Me pueden multar?

Las infracciones tienen un plazo de prescripción: 1 año para las leves, 2 para las graves y 3 para las muy graves (siempre desde la fecha de comisión de la infracción). Superado este plazo, no se pueden sancionar.

6.- ¿Cuáles son las multas a las que me enfrento?

En principio, el importe de las multas debe seguir el siguiente baremo:
• Infracciones leves: 900 euros - 40.000 euros
• Infracciones graves: 40.000 euros - 300.000 euros
• Infracciones muy graves: 300.000 euros - 600.000 euros

7.- Accidentalmente mi emisora cometió una infracción grave, ¿me van a multar con 40.000 euros o con 300.000 euros?

La AEPD puede apreciar algunas circunstancias atenuantes o agravantes a la hora de graduar una sanción:
• El carácter continuado de la infracción.
• El volumen de los tratamientos efectuados.
• La vinculación de la actividad de la radio con los tratamientos de datos de carácter personal.
• El volumen de negocio de la radio infractora.
• Los beneficios obtenidos como consecuencia de la infracción cometida.
• El grado de intencionalidad.
• La reincidencia de infracciones idénticas.
• La naturaleza de los perjuicios causados.
• Que con anterioridad a la infracción la radio tuviera procedimientos adecuados de actuación en la recogida y tratamiento de los datos de carácter personal. Y la infracción es consecuencia de una anomalía en el funcionamiento de tales procedimientos.

8.- ¿Cuándo es posible rebajar la cuantía de la sanción?

La AEPD podrá rebajar la multa un escalón (multar como leve una infracción grave, o como grave una infracción muy grave), en los siguientes casos:
• Cuando concurran varias circunstancias atenuantes de las expuestas.
• Cuando se haya corregido el defecto que dio origen a la infracción.
• Cuando se aprecie mala fe por parte del denunciante, provocando la infracción.
• Cuando el infractor reconozca espontáneamente su culpabilidad.
• Cuando se haya producido un proceso de fusión por absorción y la infracción fuese anterior a dicho proceso, no siendo imputable a la entidad absorbente (esto quiere decir que, en la compra de una empresa, podríamos ser multados por las infracciones anteriores de la empresa, por lo que es recomendable prever un régimen de responsabilidades muy fino en el contrato que regule tal operación).

9.- ¿Es posible otra opción aparte de la sanción?

Excepcionalmente, la AEPD podrá aplicar la figura del Apercibimiento. En tal caso, en lugar de abrir procedimiento sancionador, la AEPD exigiría la subsanación de la infracción en un plazo máximo. En caso de subsanarse correctamente, se archivaría el expediente.
Para ello, tienen que concurrir las siguientes circunstancias:
• Que sea una infracción leve o grave (las muy graves no podrán disfrutar de tal posibilidad).
• Que la emisora no haya sido multada previamente en materia de Protección de Datos.

 

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15. Diciembre 2012

La Justicia Federal argentina declara constitucional las medidas antimonopolio de la Ley 26.522 de Medios Audiovisuales

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal nº 1 de Buenos Aires rechazo la accion de inconstitucionalidad promovida por las entidades: Grupo Clarin S.A., Arte Radiotelevisivo Argentino S.A., Cablevision S.A., Multicanal S.A., Radio Mitre, S.A., y Teledigital Cable S.A., frente al Gobierno de la Nacion por la que se solicitaba la anulacion de los articulos 41, 45, 46 (segundo parrafo), 161 de la Ley 26.522 de Medios Audiovisuales. En concreto se solicitaba la inaplicabilidad de esos articulos sobre las licencias y señales de las que eran titulares al momento de entrar en vigor la Ley.

En el pronunciamiento que declaró constitucional la Ley de Medios Audiovisuales, tambien se ordenó el levantamiento de la medida cautelar que frenaba la desinversión mediática en un fallo que el Grupo Clarín, el mayor multimedia argentino, ya ha anunciado que recurrirá.

Con esta Sentencia, se declara la plena vigencia del regimen juridico antimonopolio de la Ley 26.522 por el que se obliga a los grupos mediáticos a deshacerse de las licencias de radio y televisión que excedan el máximo previsto por la norma, aprobada por el Congreso hace tres años.

El juez rechazó "la acción declarativa de inconstitucionalidad" promovida por el Grupo Clarín y ordenó "el inmediato levantamiento de todas las medidas cautelares dictadas en el presente proceso", según el fallo publicado por el Centro de Informaciones Judiciales en su página web.

"No podía ser que una ley de la democracia esté frenada durante tres años. Es un día para celebrar", declaró a la televisión C5N Martín Sabbatella, titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca).

El Grupo Clarín anunció que recurrirá el fallo.

"La decisión desconoce flagrantes violaciones a los derechos constitucionales de libertad de expresión, igualdad ante la ley, legalidad, propiedad y libre competencia", dijo la compañía en un comunicado.

Para Clarín, el fallo del juez Alfonso "no permite ningún avance del Gobierno sobre las licencias del Grupo Clarín" ya que, a juicio de su equipo legal, el levantamiento de la cautelar no será efectivo hasta que se pronuncie la Cámara Federal Civil y Comercial.

Sabbatella discrepó del grupo mediático y opinó que con el fallo "se terminan las cautelares" y "a partir de ahora se aplicará la ley integralmente, como tenía que haber sido el primer día".

El fallo del juez supone un espaldarazo al Gobierno de la presidenta Cristina Fernández en la batalla judicial que mantiene contra Clarín, después de que la semana pasada la Cámara Federal en lo Civil y Comercial prorrogase la medida cautelar.

Tras esa decisión, la mandataria arremetió con dureza contra los jueces y les exigió "independencia no solo sea del poder político sino también del poder de las corporaciones".

El titular de la Afsca recordó que, a excepción de Clarín, todos los grupos mediáticos que exceden el límite de licencias impuesto por la ley han presentado un plan de adecuación voluntario y aseguró que el ente regulador analizará ahora cómo hacer "que todos cumplan la ley", aunque no dio más detalles.

En declaraciones previas, Sabbatella avanzó que si algún grupo no presentaba un plan voluntario, el Estado sacaría a concurso público aquellas licencias que excediesen el tope.

La Ley de Medios Audiovisuales fija para los medios privados de difusión nacional un máximo del 35% del mercado en cobertura de televisión de aire y un 35 % de abonados en televisión de cable, 10 licencias de radio, 24 licencias de televisión por cable y una de televisión por satélite.

Según un informe de la Afsca, Clarín debería desprenderse de más de 200 licencias de televisión por cable, donde posee el 58,61 % de los abonados y también desinvertir en radio y televisión analógica.

Clarín sostiene que no desinvertirá y considera que la normativa contiene artículos elaborados como "un traje a medida" con el objetivo de "desguazar" al mayor grupo multimedia del país.

Accede a la Sentencia:

http://www.cij.gov.ar/adj/pdfs/ADJ-0.944719001355520873.pdf
 

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14. Diciembre 2012

Publicado el Informe del Sector de las Telecomunicaciones de 2011 por la ONTSI

El objetivo principal del Informe del Sector de las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y de los Contenidos en España 2011, es conocer la situación actual y la evolución de las principales características estructurales y económicas de la fabricación TIC, el comercio TIC, las actividades informáticas, las telecomunicaciones y los contenidos, con una muestra representativa de 2.420 empresas con sede en España y con la mayor facturación de cada actividad TIC

Algunos de los principales datos del informe referidos al sector son los que se refieren:

- El número de empresas activas en 2010 era de 29.979, un 1,7% menos que en el año anterior. El 69% de las empresas corresponden al Sector TIC y el 31% restante son empresas del sector de los Contenidos.

- La facturación en 2011 fue de 100.828 millones de euros, con un descenso respecto a 2010 del 2,5%. Las empresas del sector TIC suponen el 83,9% del total, siendo las de Servicios TIC las que aportan mayor volumen de cifra de negocios con un 79,9% de la facturación total del sector.

- En 2011, las empresas TIC y de los Contenidos dieron empleo a 444.680 personas, un 1,6% menos que en 2010. Más de las tres cuartas parte del personal ocupado (79,9%) corresponde al Sector TIC, y el resto (20,1%) corresponde a las empresas de Contenidos. Destacan las empresas de

- Actividades Informáticas que, con 237.802 empleados, aportan más de la mitad del personal ocupado de todo el sector (53,5%).

- Las empresas TIC y de los Contenidos invirtieron más de 17.877 millones de euros durante 2011, un 8,9 % más que el año anterior. Las mayores inversiones las realizaron las empresas de Actividades Informáticas y los Operadores de Telecomunicaciones con 7.221 millones de euros y 5.399 millones de euros respectivamente. Estos valores suponen más del 70% de todo el Sector de las TIC y los Contenidos.

- El valor añadido bruto a precios de mercado estimado superó los 60.000 (60.172) millones de euros en 2011, lo que representa el 5,7% del PIB nacional.

-El saldo comercial del sector TIC en 2011 fue negativo, ascendiendo a 8.626 millones de euros, con un porcentaje de exportaciones respecto a las importaciones del 53,5%. Las exportaciones fueron de 9.908 millones de euros. Las importaciones ascendieron a 18.534 millones de euros
 

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13. Diciembre 2012

Argentina: Se exige que el 33% de las licencias de Radio FM se destinen a emisoras comunitarias

Los medios comunitarios y alternativos de Argentina exigen que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), cumpla su función: Garantizar su correcta aplicación y el otorgamiento del 33% de licencias que la ley prevee para los medios sin fines de lucro.

De esta forma, se evitarían situaciones como las que están sufriendo FM La Caterva 97.3 (CABA- Barracas) y Radio La Quinta Pata 93.3 (Ciudad de Córdoba), y otros tantos medios de comunicación en todo el país que actualmente se encuentran interferidas por empresas mediáticas o sufren persecuciones de diversa índole, sostiene la la Red Nacional de Medios Alternativos -RNMA.

Tras el llamado a licitación realizada por el AFSCA en Rioja para una sola frecuencia para emisoras sin fines de lucro, Paola de Radio Voces, aseguró que el 7D no garantiza que la situación para los medios populares, alternativos y comunitarios vaya a cambiar.
“Es una guerra más entre monopolios, y la justicia tiene que hacer lo que debe hacer, cumplir la ley, tanto con las radios que están excedidas en su número de licencias, como con el 33% que hay que garantizar a las sin fines de lucro. Además de que sabemos que no hay una descripción específica dentro de la ley de las comunitarias, que estamos dentro de un paquete donde generalmente las más chicas llevamos las de perder”, advirtió.
En el marco de la trasmisión especial que realiza RNMA, Paola contó que hasta el momento el AFSCA de La Rioja abrió solo dos licencias, una para una frecuencia comercial y otra para sin fines de lucro y que no pudieron acceder debido a la falta de dinero y a las demasiadas exigencias técnicas por cumplir.

Finalmente, la frecuencia para sin fines de lucro fue adjudicada a una radio evangelista, dice. “Es porque RNMA pide que se especifique las radios comunitarias en particular para no tener competir con otros actores tan poderosos como cualquier representante de cualquier credo religioso, en comparación con nuestros medios”.
En cuanto al funcionamiento del AFSCA en La Rioja, Paola especificó que “para reservar el 33% primero hay que hacer un plan técnico que releve todas las frecuencias que están ocupadas y no. En La Rioja no han avanzado en nada de eso, de hecho la oficina del AFSCA está en el mismo lugar en el que funcionaba el ex COMFER, y atienden las mismas personas. Así de paralizada y dormidas están las cosas en la provincia. No se ha avanzado en nada más que en estos dos concursos”.

Franco Galvani de FM La Pujante, la radio comunitaria de Lavalle en Mendoza que funciona en la 93.3, manifestó que se encuentran sin licencia “pero estamos en búsqueda de la misma, estuvimos a punto de presentarnos con los papeles por el artículo 49, pero resulta que teníamos que estar a más de 30 kilómetros de la capital de Mendoza y estamos a 28,9, o sea es algo totalmente técnico”, señaló Galvani.

La Pujante que funciona dentro de una biblioteca popular es un proyecto en común de varias personas, entre ellas un grupo de mujeres que trabaja en género y una organización de trabajadores rurales.
Javier de Radio La Negra y de Pueblo TV de El Bolsón contó que en la Patagonia los medios comunitarios son pocos, que algunos como las radios Alas y Pocahullo tiene una notable historia. Saludó la aparición de nuevas señales como las de pueblos originarios, consideró que estos tienen “muchas cosas para comunicar. Hay mucha desinformación respecto a sus luchas, es un buen paso. Seguiremos construyendo el perfil comunitario para que nos vean como un sector que no puede estar en el mismo lugar que otros sin fines de lucro”, dijo.

“Los medios populares, alternativos, comunitarios y los trabajadoros de prensa somos la otra cara del 7D. La que pluraliza los discursos y las voces. Los que cuando los medios de los poderosxs callan, hablamos. Cuando mienten, denunciamos. Salimos a la calle, cubrimos, luchamos, y exigimos mejores condiciones para nuestros medios”, enfatiza RNMA.

“Durante más de 30 años nos organizamos y denunciamos la Ley de Medios de la dictadura acordando en que debemos democratizar las comunicaciones. Así impulsamos y participamos de los debates para llegar a una nueva ley que realmente democratice los discursos”, sostiene RNMA.

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13. Diciembre 2012

Los prolegómenos del concurso de radio FM de Murcia.

Ante la inminente convocatoria del concurso público para la adjudicación de 51 licencias de radio FM en Murcia, numerosas emisoras, televisiones, periódicos y empresas de comunicación se mantienen expectantes para conocer el contenido exacto de las bases legales. Por eso se hace necesario conocer cómo se gestan las licitaciones de radio, y qué trámites se realizan para dar lugar a las bases que regulan el acceso a las licencias audiovisuales. Díez & Romeo ha hecho un análisis sobre ello.

Los inicios: Norma Marco de la CCAA.

Desde la aprobación de la Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual (LGCA), algunas CCAA han optado por dictar un Decreto especifico audiovisual y otras por aprobar las bases directamente en su competencia de ejecución de la normativa básica del Estado. Este ha sido el caso de Murcia, Valencia, y Castilla y León, a diferencia de Canarias (julio de 2010), País Vasco (noviembre de 2011) Navarra (febrero de 2012) y Galicia (marzo de 2012).

Las bases del concurso público

La publicación de las bases del concurso público determina el pistoletazo de salida para el acceso a las licencias audiovisuales. Pero ¿cuál es el proceso que precede a la aprobación de dichas Bases?
El proceso de elaboración de las bases se divide en tres fases: (i) la propuesta de borrador; (ii) el informe jurídico sobre su legalidad; y (iii) la aprobación final por la administración.

En primer lugar, la autoridad audiovisual elabora un borrador de bases para presentarlo a las instancias correspondientes y, sobre todo, para que las examine el cuerpo de abogados de la CCAA. Junta a este documento se adjunta la Memoria Justificativa que explica la necesidad de convocar el concurso de la FM. El contenido de ambos documentos se remite a los servicios jurídicos para su análisis.

En segundo lugar, los servicios jurídicos analizan cuidadosamente si el borrador de bases se ajusta a la legalidad audiovisual vigente. Una vez terminado el trabajo, realizan un informe de Legalidad sobre los aciertos y fallos que tiene el texto, proponiendo la corrección de los artículos defectuosos. En esta misma fase se estudia si el concurso supone algún gasto para la Región de Murcia.

Finalmente, la administración de la CCAA realiza las correcciones plasmadas en el informe jurídico y procede a publicar el contenido final de las bases del concurso público.

No hay que olvidarse que estamos hablando de la regulación de los medios de comunicación como instrumento del ejercicio de la libertad de información y expresión. Y por esa sensibilidad constitucional se requiere un mínimo de rigurosidad al respecto.
 

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11. Diciembre 2012

El Gobierno Vasco fulmina el concurso de la radio FM en el último Consejo de Gobierno

El Ejecutivo vasco ha acordado este martes anular el concurso para adjudicar 34 licencias radiofónicas de FM para no tener que realizar las adjudicaciones "con el gobierno en funciones y a punto de ser relevado" y evitando así "maniatar" al futuro ejecutivo que podrá "definir los criterios y condiciones" para la adjudicación de este paquete de frecuencias en FM".

El pasado mes de febrero el Consejo de Gobierno aprobó la orden de la consejera de Cultura, Blanca Urgell, que establecía las bases del concurso público para el otorgamiento de 34 licencias radiofónicas en FM, de las que once estaban reservadas para emisoras con programación íntegramente en euskara. La adjudicación provisional de estas licencias motivó malestar de varios grupos de comunicación.

En rueda de prensa, la portavoz del Ejecutivo autonómico ha explicado que, aunque el concurso se encontraba en una fase "muy avanzada" de tramitación, el gobierno socialista, siguiendo principios de "prudencia y responsabilidad", ha rechazado conceder las licencias "con el gobierno en funciones y a punto de ser relevado".

En este sentido, ha defendido que el Gobierno de Patxi López se ha caracterizado por su "apuesta por la transparencia informativa y por el rigor de los procedimientos de contratación", por lo que han acordado "ser coherentes hasta el final".

Mendia ha recordado que la convocatoria para adjudicar las frecuencias de radio se realizó con el margen de tiempo suficiente para que el gobierno culminara su concesión, pero ha indicado que los retrasos de baremación y valoración de las propuestas presentadas -- realizada por una empresa externa-- y el adelanto de las elecciones ha motiva esta decisión del Gobierno en funciones.
"La resolución de un concurso tan importante y sensible, habría tenido que producirse en uno de los últimos consejos de este gobierno, dando lugar a interpretaciones", ha reconocido.

"No maniatar"

Por ello, en lugar de dejar el concurso en su última fase para que fuera el gobierno entrante quien procediera a la adjudicación final de las frecuencias, el Gobierno socialista ha decidido "no maniatar" con esta opción al futuro ejecutivo "asignándole el papel de mero ejecutor".
"Hemos acordado anular el concurso con el fin de que el gobierno entrante pueda definir desde el principio, los criterios y condiciones para la adjudicación de este paquete de frecuencias de FM", ha indicado.

Finalmente, ha lamentado las "molestias" que esta situación pueda causar a las empresas y entidades que habían participado en el concurso aunque cree que gran parte de la documentación presentada seguirá siendo válida para el concurso que se presente "en un futuro próximo".

Fuente: Europa Press

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10. Diciembre 2012

Diez & Romeo analiza para Opergame la modificación legislativa para la implantación del proyecto Eurovegas

Tras la modificación de la nueva ley que el gobierno regional de Madrid realizó a cuenta del nuevo proyecto de 'Eurovegas', los casinos que deseen obtener la licencia de apertura tendrán que presentarse a concurso y alegar interés turístico para la localidad donde desee situarse. Así se desprende del documento que el bufete de abogados Diez & Romeo ha elaborado para Opergame.

En la segunda parte del amplio reportaje que ofrecemos sobre las modificaciones realizadas por la Comunidad de Madrid a raíz del proyecto de 'Eurovegas', desvelamos los requisitos que los casinos de la región tendrán que reunir para acceder a concurso. Entre estos criterios, se encuentra "el interés socioeconómico, la generación de empleo y el interés turístico del proyecto", indica el documento elaborado por Jaime Rodriguez, del bufete de abogados.

Criterios de valoración.-

En concreto, los criterios que valorará la Comunidad de Madrid son:
■La solvencia técnica y económica de los promotores y el programa de inversiones a realizar.
■El interés socioeconómico, la generación de empleo y el interés turístico del proyecto.
■El informe del Ayuntamiento del Municipio donde se pretenda instalar.
■La oferta de ocio complementaria.
■El convenio específico que proponga el solicitante.
■La generación de empleo y las medidas propuestas para apoyar la estabilidad y calidad del mismo.

"Normalmente, se penaliza a los proyectos que no contienen propuesta ni información alguna respecto a un determinado criterio de valoración", segura Rodriguez.
Al ser una concesión otorgada por concurso público, la administración decide en base a la denominada discrecionalidad técnica (concepto jurídico amplio que exige una motivación desmesurada). Rodriguez añade que, por la experiencia que tienen, "las decisiones basadas en concesiones (en múltiples ámbitos, no solo en casinos) pueden ser muy contestadas en los Tribunales, ya que en muchas ocasiones se han dictado sentencias que anulan las concesiones por falta de motivación."

¿Qué son casinos para la Comunidad de Madrid?
Con la modificación de la nueva ley muchos aspectos, el gobierno regional determinará el número y distribución geográfica de los casinos. La Comunidad de Madrid los define como: locales o establecimientos autorizados para la práctica de todos o algunos de los siguientes juegos:
- Ruleta francesa.
- Ruleta americana.
- Bola o "boule".
- "Black Jack".
- Treinta y cuarenta.
- Punto y banca.
- Ferrocarril, "Baccara" o "Chemín de Fer".
- "Baccara" a dos paños.
- Dados.
- Póker, en los términos que se establezca reglamentariamente.
- Los desarrollados mediante Máquinas de azar.
- Otros que puedan autorizarse reglamentariamente

Documentos a presentar

Diez & Romeo destaca que para concursar como Proyecto de Casino en sí mismo, los demandante tendrán que presentar, además de los documentos habituales, la oferta de ocio y el fomento del empleo previsto. Esto son algunos de los documentos destacados:

■Plan operativo previsto.
■Proyecto técnico que cumpla con los requisitos del pliego de bases.
■Informes preliminares emitidos por una o varias entidades designadas a estos efectos por la Comisión de Control del Juego.
■Informe del Ayuntamiento donde se vaya a instalar el casino.
■Certificación que acredite el sistema de control interno del casino
■La oferta de ocio y el fomento del empleo previsto.

Fuente: Opergame

 

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10. Diciembre 2012

¿LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA O DERECHO FARMACÉUTICO? ANÁLISIS

Desde la legislación aparecen en la profesión farmacéutica dos conceptos íntimamente relacionados, que debemos definir y analizar: el derecho farmacéutico y la legislación farmacéutica. El primero, es un conjunto heterogéneo de disposiciones que regulan directa o indirectamente la actividad farmacéutica. No puede considerarse una rama independiente del derecho, pero sí es posible, a efectos prácticos, ordenar sistemáticamente las disposiciones que lo regulan. Por ello, surge esta nueva rama dentro del derecho sanitario, en la que se ubica además, la legislación farmacéutica, legislación que todo farmacéutico debe conocer y aplicar en su actividad científico-profesional que, por otra parte, evoluciona vertiginosamente.

En el presente trabajo estudiaremos dichos conceptos. Una tarea como ésta requiere, desde el inicio, las herramientas metodológicas más adecuadas. La principal a lo largo de toda la exploración es el afán de acotar al máximo los temas tratados, guiado por la necesidad de presentar este tipo de investigaciones documentadas legislativamente. La metodología utilizada es la seguida normalmente en los trabajos de legislación farmacéutica, en los que los diversos boletines oficiales, donde se publican las disposiciones legales, constituyen las fuentes primarias, así como literatura crítica del tema.

Diferencias fundamentales entre derecho farmacéutico y legislación farmacéutica. Comentarios de diferentes expertos

La legislación farmacéutica es el conjunto de las normas reguladoras de los medicamentos y de la actividad profesional farmacéutica en toda su extensión, expuesto de manera sistemática y ordenada (14). El farmacéutico debe conocerla y saber los derechos que le da y los deberes que le asigna (15).

La legislación farmacéutica se centra, en primer lugar, en las normas legales que guían al profesional farmacéutico en la oficina de farmacia, y en segundo lugar, en las normas legales que afectan la actividad farmacéutica en lo referente al diseño, obtención, conservación, distribución y dispensación de medicamentos (16).

El derecho farmacéutico, por su parte, abarca el estudio de las disposiciones legales referentes a la farmacia, su aplicación, prácticas, las interpretaciones de la jurisprudencia y las sentencias doctrinales y administrativas que surjan, asumiendo los principios generales del derecho. Su estudio es un análisis jurídico y jurisprudencial privativo de los abogados (17), pero su resultado es indispensable para la consulta del profesional farmacéutico ya que ''(...) la profesionalidad de los farmacéuticos está inmersa en el contexto de la sociedad y esto [los] obliga no sólo a conocer sus obligaciones y derechos, sino a defenderlos y difundirlos en beneficio propio y de la sociedad circundante'' (18).

Así pues, el derecho farmacéutico abarca en su totalidad la legislación farmacéutica, en la cual el profesional farmacéutico se apoya para realizar con dignidad y eficiencia su labor profesional (19 - 21), tanto en la oficina de farmacia como en todo el ciclo de vida del medicamento.

Veamos cómo definen algunos autores el concepto de derecho farmacéutico; González Pérez, 1972 (22) afirma:

(...) no puede hablarse de un Derecho Farmacéutico como rama independiente del Derecho. Como no puede hablarse de Derecho Agrario, de Derecho Urbanístico, de Derecho Aéreo, ni de tantas y tantas otras divisiones del Derecho con pretensiones de autonomía. Pero sí es posible, a efectos prácticos, ordenar con cierto sistema aquellas disposiciones que regulan, directa o indirectamente, alguno de esos objetos. De este modo se facilitará el conocimiento y manejo de aquellas disposiciones a aquel sector de la realidad social (...) Es un conjunto heterogéneo de disposiciones que regulan directamente o indirectamente la actividad farmacéutica, pudiendo definirse en sentido estricto como aquel sector del Derecho Administrativo que regula la actividad farmacéutica.

Cierto es que ningún autor ha definido con claridad el concepto y la dimensión de derecho farmacéutico (23). Algunos simplemente lo mencionan, como es el caso de los profesores Valverde y Pérez, 1979 (24). En 1991, María Victoria de Dios Vietez habló de ''código de derecho farmacéutico'' (25), pero en gran medida desde 1997 la evolución del concepto de derecho farmacéutico ha estado ligada al de legislación farmacéutica. Además, autores de cierto prestigio en el mundo universitario, como José María Suñé y Susana Alba Romero, lo nombran pero en ningún caso revindican su autonomía. Lo más novedoso al respecto se encuentra en la obra de María del Carmen Vidal Casero (26), que reconoce que la expresión ''derecho farmacéutico'' suscita controversia, porque existen diferentes puntos de vista sobre este concepto, tanto en el ámbito legal como en el académico, y el tema es debatido por expertos en ambas materias. Para algunos autores se trata de una rama del derecho que abarca la actividad específica de los profesionales de la farmacia (27), mientras que para otros, como es el caso de esta última autora, abarca todas las actividades relacionadas con los medicamentos y las oficinas de farmacia (28).

Por tanto, para comprender mejor los conceptos de derecho farmacéutico y legislación farmacéutica es indispensable aclarar una serie de términos.

La jurisprudencia es el conjunto de las decisiones de los órganos judiciales y tribunales en el ejercicio de la función jurisdiccional, y más concretamente, la interpretación constante y uniforme de los preceptos legales contenidos en esas decisiones (28).

La jurisprudencia no es la fuente del derecho en sentido formal, sino solamente las leyes y reglamentos; pero las resoluciones dictadas por los tribunales (en el mismo sentido y reiteradamente) se toman en cuenta en casos similares posteriores (29), pudiendo ser normativa o imponerse como obligatoria en lo sucesivo (30). Valverde apunta: ''(...) la acción del derecho explica 'en concreto' lo que las leyes dicen 'en abstracto', y es el medio por el que la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, adquieren contornos precisos, eficacia concreta y consistencia real'' (21).

En el derecho farmacéutico, el derecho se trata como término rector, siendo la farmacia el término regido (31). El objeto de estudio es la farmacia y sus relaciones con otros campos, dirigidas por las normas legales (32). Ahora bien, casi todas las ramas del derecho tendrán que intervenir en la actividad farmacéutica, independientemente de los campos y problemas jurídicos de su ámbito. Su imperativo esencial es la salud pública, y es ésta la causa de que la actividad farmacéutica esté sometida al derecho (33).

Importante es atender a las palabras de Valverde: ''(...) la prioridad de los intereses de la salud pública constituye el principio esencial que domina las reglas particulares del derecho farmacéutico'' (34); y también merece ser escuchado Tuccari: ''(...) sirve, ante todo, para preservar la salud de los individuos, por lo que la actividad farmacéutica está sometida a reglas de derecho y a otras consideraciones que afectan a la sociedad (...)'' (33).

En conclusión, el derecho farmacéutico está ligado a las instituciones jurídicas más diversas, y esa diversidad lo obliga a participar en diferentes ramas del derecho (35). Además es importante señalar que el dominio del derecho farmacéutico no es exclusivo de los profesionales farmacéuticos, porque su actividad estará relacionada también con las de otros profesionales, e incluso pacientes en cuanto tienen que ver con los procesos farmacéuticos y con los medicamentos (36).

Así pues, es indispensable establecer algunas características generales de los términos de estudio, tanto del derecho farmacéutico como de la legislación farmacéutica.

La faceta dominante en el derecho farmacéutico es el derecho administrativo (37), disciplina que trata de las relaciones jurídicas del Estado con el administrado, es decir, el conjunto de normas y principios que se refieren a la farmacia y que rigen sus instituciones administrativas; además, determina la competencia de estas autoridades sobre las instituciones de la farmacia, así como los derechos y obligaciones de los particulares con ella. No pueden olvidarse sus aspectos ligados al derecho privado (como personas físicas), ni al derecho civil, ya que los farmacéuticos son civilmente responsables de las oficinas de farmacia (38).

El derecho farmacéutico está formado por un conjunto de normas jurídicas muy dispersas, enmarcadas en casi todas las ramas del derecho (39, 40), pero principalmente en el público, por lo que ha de estar comprendido dentro del derecho sanitario. Ésta es la parte del derecho administrativo que rige la actividad del Estado, encaminada al cumplimiento de la función sanitaria (41).

Como no es nuestra intención llevar a cabo un estudio jurisprudencial, no vamos a entrar en este debate; simplemente citaremos algunas reflexiones de autores versados en este tema, para tratar de extraer conclusiones.

Afirma Castillo:
El ingente contenido del derecho sanitario necesariamente ha de tener relación con otras ramas del ordenamiento jurídico (...) [el derecho sanitario es] el conjunto de normas y principios que se refieren a la sanidad pública, es decir, la actuación del Estado para proteger y fomentar la salud pública, evitar o curar la enfermedad y que mejore la especie (42).

Señala JM Suñe: ''La legislación farmacéutica española debe de estar en continua revisión, pues el campo sanitario evoluciona paralelamente a lo político y a lo socioeconómico'' (43).

Finalmente, deseo destacar la obra de González Bueno (44), Manual de Legislación Farmacéutica, que recoge y actualiza estos temas de tanto interés para la farmacia y la formación de sus profesionales. En el año 2011, en colaboración con Puerto Sarmiento, publicó el Compendio de Historia de la Farmacia y Legislación Farmacéutica, en el que adaptan la Legislación Farmacéutica como materia del actual curriculum de farmacia (45).

Por ello, aunque la materia sea muy amplia, el profesional o el jurista han de apoyarse en ella y llegar a conclusiones racionales. Sin embargo, en numerosas ocasiones se pide consejo a asociaciones profesionales (incluso a los colegios profesionales), debido al desconocimiento del tema (46).

En España han de destacarse dos asociaciones punteras en este campo: Asedef (Asociación Española de Derecho Farmacéutico) y Eupharlaw (European Pharmaceutical Law Group). La primera ha publicado una monografía dedicada íntegramente al derecho farmacéutico, donde colaboran numerosos profesionales especialistas en el tema (47); por su parte, Eupharlaw publica periódicamente una revista electrónica (Eupharlaw News), que revisa la actualidad del derecho sanitario (48).

En la mayoría de los casos, los órganos encargados de aprobar tales normas desconocen aquello sobre lo que normatizan. Del mismo modo que la administración pública necesita no sólo de los servicios del jurista (49) sino de técnicas de todo tipo que contribuyen con sus conocimientos y capacidades especiales (49, 50) a establecer normas, en esta área es necesario el apoyo de otras ciencias (51), como las naturales, las históricas, las médicas, y por supuesto, las farmacéuticas.
 

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10. Diciembre 2012

Diez & Romeo consigue anular varias sanciones por un total de 360.001 € y el precinto de instalaciones a 2 emisoras de TDT

Hace unos pocos días los medios se hacían eco de la proliferación de los canales de TDT irregulares en el espectro español, con especial incidencia en Andalucía. Sin embargo, las propias autoridades ven como sus intentos de sancionar son anulados por jueces y Tribunales. O incluso por la propia administración que pretende sancionar. Tal es el caso de dos emisoras de TDT a las que se les calificaba presuntamente de ilegales.

En el primer caso, una emisora de TDT de Barcelona, el Ministerio de Industria decidió iniciar el 23 de noviembre de 2012, un procedimiento sancionador contra la entidad por carecer de la preceptiva autorización. Se le imputaban 2 infracciones que podrían dar lugar a una multa de 60.000 € con el precinto y cierre de la emisora. Tras el análisis correspondiente, se presentaron las alegaciones donde, al margen de otras fundamentaciones, se vino a pedir que el Ministerio demostrara la autoría de las emisiones y las competencia para sancionar. No fue posible. De ahí que el 5 de diciembre pasado la propia Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) decidiera cerrar el expediente sancionador en la primera oportunidad que tuvo de comunicarse con la emisora.

Concretamente la resolución dictamina:

“I.- Proceder al SOBRESIMIENTO del expediente sancionador y ARCHIVO de las actuaciones, por los motivos expresados en el Fundamento de Derecho II”

En el segundo caso, los hechos se remontan al mismo 23 de noviembre del pasado año, en el que se incoó el proceso sancionador nº 218/2011. Se trataba de una televisión con alta penetración en la provincia de Valladolid. Los funcionarios le imputaron (i) la utilización de frecuencias sin concesión demanial y (ii) la instalación de estaciones radioeléctricas sin autorización, y propusieron una sanción de 300.000 € y precinto de la emisora. No obstante, tras la intervención de los letrados de Diez & Romeo, la propia SETSI no tuvo más remedio que archivar el expediente sancionador.

La decisión de cerrar un expediente sancionador por la propia autoridad que lo inicia desvela las dificultades de las administraciones al aplicar el nuevo marco legal de telecomunicaciones. De ahí que los letrados más especializados deban de demandar la máxima rigurosidad a la hora de sancionar el incumplimiento de la legalidad vigente.

Los Tribunales de Justicia ya lo han dejado claro en los últimos pronunciamientos: si se pretende sancionar y cerrar un medio de comunicación se deben seguir todos los pasos necesarios con la máxima severidad. Y desde Diez & Romeo continúan detectándose fallos importantes. De ahí que nuevamente se haya neutralizado, en menos de 15 días, la intención del Ministerio de Industria de imponer 60.000 € y 300.000 € a dos emisora de TDT. Y sin necesidad de acudir a la vía judicial.

Cada vez son más numerosas las anulaciones de las decisiones sancionadoras de las autoridades audiovisuales y de telecomunicaciones por no respetar las formalidades exigidas en la legislación audiovisual. Hecho que es fácilmente detectable por los expertos en la materia.

Con estas 2 decisiones, el cuerpo de letrados de Díez & Romeo obtiene un nuevo éxito en defensa de sus clientes, liberando del pago de 360.000 €, permitiendo proteger las emisiones y aportar claridad sobre aquellos medios que continúan a la espera de pronunciamientos judiciales por ser indebidamente sancionados.

 

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9. Diciembre 2012

Licencias FM Murcia 2012: Innimente convocatoria de concurso público y análisis Diez & Romeo

El Gobierno regional tiene previsto convocar, entre diciembre y enero, el concurso para la adjudicación de 51 nuevas emisoras de frecuencia modulada (FM) en la Región de Murcia, con el cual se completará el mapa de la FM regional tal como prevé el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

Los municipios con más licencias a concurso son Alcantarilla, que contará próximamente con cinco nuevas radios, Lorca y Puerto Lumbreras, en cada uno de los cuales se adjudicarán tres licencias. Sin embargo, el municipio de Murcia no dispone de nuevas licencias y en Cartagena sólo habrá disponible una por lo que es necesario verificar técnicamente zonas de cobertura a los efectos de elección de las demarcaciones a licitación.

Este nuevo concurso es de especial relevancia dado que completará el mapa radiofónico regional, lo que significa que representa la última oportunidad para las emisoras alegales para regularizar su situación así como a otros proyectos audiovisuales incipentes que deseen emitir en FM en la Región.

Por último, debe hacerse constar que las licencias se otorgan por 15 años prorrogables y a partir de la segunda anualidad se pueden alquilar o vender, por lo que puede suponer una inversión interesante en un momento económico complicado como el que vivimos.

Diez & Romeo, como firma especializada en el sector, pone a su disposición un experimentado equipo pluridisciplinar para afrontar este concurso público en las mejores condiciones.

Hemos analizado los pormenores de los requisitos de los proyecto. Accede al Dossier en el siguiente link:

http://www.diezromeo.com/sites/default/files/Concurso_FM_Murcia.pdf  
 

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8. Diciembre 2012

El Gobierno anula la propuesta de adjudicación de las licencias FM en Euskadi

Según ha trascendido de las fuentes del Ejecutivo Patxi López, el Gobierno vasco en funciones dejará sin adjudicar las licencias de radio de FM, pese a que a primeros de octubre realizó una propuesta de adjudicación que va a quedar sin efecto. Así, Euskadi se convierte en otra comunidad a la que se le atragantan las adjudicaciones audiovisuales.

No olvidemos que varios Tribunales han anulado numerosas decisiones administrativas sobre las licencias de TDT y radio FM en los últimos años. Lo más sonado ha sido las Sentencias del Tribunal Supremo anulado las concesiones de la TDT en Valencia y Canarias. En esta última comunidad, los miembros de la Mesa de Evaluación se encuentran imputados por un presunto delito de tráfico de influencias en el reparto de licencias de FM en Canarias.

I.- La Tramitación del concurso

El Gobierno vasco convocó a primeros de año el concurso para adjudicar 34 licencias de Frecuencia Modulada, de las que 11 estaban reservadas para emisoras con programación íntegramente en euskera.

En la tramitación correspondiente se procedió al examen del sobre nº 1 y a la valoración del Sobre nº 2 (ofertas). Durante las labores de análisis de los proyectos, la Mesa de Valoración, que tenía 6 meses para adjudicar las 34 licencias en juego, solicitó el 12 de septiembre, una prórroga de 6 meses más para resolver. Sin haber transcurrido un mes, el pasado 4 de octubre, se aprobó la propuesta de adjudicación de las licencias de comunicación radiofónica. Tras ello, solo quedaba el trámite de la publicación definitiva en el Boletín Oficial del País Vasco para ser consideradas definitivas. No obstante, el cambio de ejecutivo parece ser el detonante del replanteamiento de la decisión.

La propuesta de adjudicación por parte del Gobierno Vasco causó cierta crítica en el sector audiovisual:

• Proximidad de las Elecciones con posible cambio de Gobierno.
• Rapidez repentina, a pesar de haber de que se había solicitado una prórroga 25 días antes.

A pesar de ello, fuentes del Gobierno vasco han defendido en declaraciones a Efe y a Europa Press, la propuesta de adjudicación manifestando que siempre que hay un reparto no se contenta a todos y porque varios de los grupos que se han quejado "no cumplimentaron correctamente el pliego de condiciones". No obstante, finalmente el ejecutivo socialista ha decidido dejar sin valor la adjudicación provisional, de manera que tendrá que ser el nuevo gobierno el que decida cómo afrontar la adjudicación de las citadas emisoras.

II.- Posibles soluciones.-

Tras la anulación de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Valoración, el Gobierno entrante tendrá diversas opciones:

• Volver a convocar el concurso público con unas nuevas bases

• Realizar una nueva adjudicación sobre las ofertas que fueron admitidas

• Mantener la relación de preseleccionados

Ahora tan sólo saber que decisión se tomará para conocer las consecuencias jurídicas aplicables al sector radiofónico del País Vasco.

Más noticias e información están a su disposición en

Twitter: @Diezromeo
 

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7. Diciembre 2012

Los Presupuestos fijarán cuánto se pagará por el nuevo canon digital

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada -el conocido como nuevo canon digital- con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que este Real Decreto regulará y fijará quiénes son los beneficiarios de la compensación equitativa por copia privada, con cuánto han de ser compensados, cómo se va a determinar la cuantía, qué porcentajes van para soportes sonoros, audiovisuales y libros y la asignación a las entidades de gestión para su posterior reparto.

Según ha apuntado, la cuantía será fijada y abonada a ejercicio vencido y se fijará cada año en los Presupuestos Generales del Estado.

Sáenz de Santamaría ha recordado que una de las primeras medidas aprobadas por Gobierno fue suprimir el canon digital, por el cual las entidades de gestión de derechos de autor recaudaban una serie de cantidades por los aparatos tecnológicos que compraban los ciudadanos.

Esa ley modificó el sistema y lo sustituyó por una compensación equitativa por copia privada a través de los Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, el Real Decreto aprobado este viernes "permitirá llevar a cabo esa compensación y cumplir con la obligación que impone la normativa comunitaria de abonar la compensación por copia privada a los titulares de los derechos de propiedad intelectual", en palabras de la vicepresidenta.

Fuente: El Mundo

 

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7. Diciembre 2012

Un Real Decreto instaura de nuevo el canon digital

Mediante un nuevo Real Decreto, el Consejo de Ministros del gobierno español aprobará hoy mismo un nuevo mecanismo para compensar a los autores y creadores por la copia privada. Vuelve a España el canon digital que fue eliminado el pasado 31 de diciembre, como informan en Internautas.

Once meses y una semana. Es el tiempo que ha pasado desde que se suprimió el polémico canon digital que tantas protestas levantó durante la época del anterior gobierno del PSOE, hasta que una nueva artimaña del gobierno actual permite recuperarlo. Batiendo todos los récords de la historia de la democracia en cuanto a aplicaciones de la figura del Real Decreto, como también hizo el mes pasado permitiéndose expropiar los dominios .es, el gobierno español vuelve a conceder a autores y creadores la compensación equitativa por copia privada, amparándose en la Ley de Propiedad Intelectual de 1987, mientras que se acaba de perfilar y aprobar el borrador de la reforma de dicha ley.

Esta vez, de una forma más injusta que con el formato anterior. Antes la prestación consistía en lo recaudado en concepto de canon que pasaba por un tasa que aumentaba el precio de soportes susceptibles de contener grabaciones de archivos protegidos por derechos de autor, o incluso copias privadas: CD’s, DVD’s, pen-drive’s USB, teléfonos móviles, reproductores MP3, etc. Ahora en cambio el canon pasará a ser universal, lo pagaremos todos los contribuyentes, pues está recogido como una partida propia en el proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado.

Concretamente, para este año se emitirá una compensación de 5 millones de euros, misma cantidad que se desembolsará dentro de un año, en 2013. Se aplica esta carga al conjunto de la ciudadanía, una práctica que ya ponen en práctica algunos países nórdicos con coyunturas económicas mucho más favorables a los ciudadanos que la española, y que el ministro Wert, como Ministro de Educación, Cultura y Deporte, no ha dudado en importar a España en un contexto de recortes sociales y grandes sacrificios por parte de la ciudadanía.

Fuente/Autor: Javier Lacort
 

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7. Diciembre 2012

La CNC incoa expediente sancionador a Prisa, Telefónica y Mediapro por la explotación del fútbol

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador al operador DTS, propietaria de Canal + (Prisa), Telefónica y Mediapro por "posibles" prácticas "restrictivas" a la competencia en la explotación de derechos de retransmisión de fútbol en la televisión de pago.
En una nota, la CNC señala que las citadas compañías habrían podido llevar a cabo "prácticas contrarias a la competencia" en el sector audiovisual. El presente expediente tiene origen en diversas denuncias provenientes de Cableuropa, Tenaria, Telecable Asturias, R Cable y Telecomunicaciones Galicia, Euskaltel y Orange, entre otras.

Éstas empresas consideran que se habrían podido producir posibles infracciones de la normativa de competencia en relación con la explotación de los canales "Canal+ Liga" y "Canal+ Liga de Campeones".

Tras un periodo de información reservada, la CNC ha acordado ahora la apertura de un expediente sancionador a DTS, Telefónica y Mediapro.

En primer lugar, la CNC considera que existen indicios de una infracción por parte de DTS, consistente en un abuso de su posición de dominio en el mercado de reventa de derechos audiovisuales de Liga y Copa del Rey de fútbol, en particular, al establecer condiciones "inequitativas" y "discriminatorias" a la hora de comercializar a nivel mayorista el canal "Canal+ Liga".

Asimismo, la Dirección de Investigación ha apreciado indicios de infracción, derivada de los acuerdos y actuaciones concertadas entre DTS y Telefónica a la hora de explotar los canales Canal+ Liga y Canal+ Liga de Campeones, que podrían estar excluyendo "injustificadamente a terceros operadores de televisión de pago".

Por último, la Dirección de Investigación entiende que existen indicios de una infracción derivada del acuerdo de puesta en común y explotación de los derechos audiovisuales de Liga y Copa del Rey de fútbol para las temporadas 2012/2013 a 2014/2015 entre DTS (Canal+) y Mediapro. En este caso, según la CNC, podría haber una restricción de la competencia que podría no estar justificado objetivamente.

A partir de ahora se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.

 

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6. Diciembre 2012

Mexico sacará a concurso 2 licencias de TDT de ambito nacional

La licitación de 2 cadenas nacionales de televisión abierta se llevará a cabo en 5 meses como máximo, anunció ayer Gerardo Ruiz Esparza, Secretario de Comunicaciones y Transportes.

"Las dos cadenas (de televisión), el Presidente (Enrique Peña Nieto) fue muy claro, en los próximos 3, 4, 5 meses máximo (se publicarán las bases y convocatoria de la licitación), y creo están las condiciones", dijo en su primera conferencia como titular de la dependencia.
Las bases de la licitación ya son discutidas por el pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
Ruiz Esparza fue cuestionado también sobre la relación del nuevo Gobierno con Televisa, la banda 2.5 GHz y Telmex, entre otros temas de interés nacional."De legalidad y equidad es la relación con las televisoras", se limitó a señalar Ruiz Esparza sobre el primer punto.

Con relación a la banda de 2.5 GHz, la cual es óptima para ofrecer servicios de banda ancha móvil, indicó que el rescate de la misma es un procedimiento en marcha, pero no descartó que pudiera suspenderse de llegar a un acuerdo con los concesionarios.

"Tiene que continuar. Son cuestiones legales que tienen que respetarse. Deseo que podamos llegar a un buen acuerdo donde todos ganemos: quienes tienen las concesiones y el Estado.
"El tema de suspender (el rescate de la banda de 2.5 GHz), si se logran las condiciones equitativas entre el Estado y, desde luego, que las acepten los concesionarios, yo no veo por qué no se puedan suspender. Yo creo que ése es el tema fundamental: se podrán suspender si se logran esos equilibrios", afirmó.

Sobre el cambio en el título de concesión de Telmex para que pueda ofrecer televisión de pago, indicó que depende de la empresa y que están abiertos para dialogar con ella.
 

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6. Diciembre 2012

Telemadrid sufre una caída de un 37% de la inversión publicitaria

El sector de la televisión pública vive momentos de acuciante crisis. En los últimos tres años las cadenas regionales han perdido 3,3 puntos de cuota de pantalla. Sin audiencia no hay anunciantes y ello ha llevado a que la inversión publicitaria se haya desplomado el último año, con una bajada de un 36% en las televisiones autonómicas, según datos de Barlovento Comunicación.

El caso de Telemadrid es especialmente delicado. La inversión publicitaria ha caído un 37% con respecto a lo presupuestado y el ente ha anunciado que prevé cerrar 2012 con una deuda de 280 millones. Los ingresos por publicidad descenderán aún más el próximo año, de 19 millones a 15 millones, siguiendo las previsiones. En el año 2003 Telemadrid cubría con los ingresos de publicidad el 50% de su presupuesto. Ocho años después, en 2011 no llegaba al 27%. A todo ello hay que sumar el descenso en la financiación de la Comunidad de Madrid, pese a que en 2012 ha llevado a cabo un “rescate” económico del ente aportando 127 millones de euros, que se reducirán a 71 millones para este 2013.

La audiencia es mínima y cae en picado. Hace tan solo tres años Telemadrid tenía el doble de share que el pasado mes de noviembre, que cerró con un 4,8 %. La plantilla sobredimensionada forma parte de lo que el director general de Radio Televisión Madrid, Antonio Sánchez, ha determinado como un modelo televisivo “desfasado”. Las principales consecuencias de dicho desfasamiento recaerán sobre la plantilla con un posible ERE que afectaría a cerca del 80% de la plantilla (925 trabajadores).

La Unión Temporal de Empresas (UTE) Deloitte-Cuatrecasas, elegida por la cadena para llevar a cabo un plan de viabilidad, ha elaborado un presupuesto austero para Telemadrid que propone una plantilla de 180 trabajadores y un coste de 14 millones, manteniendo el gasto en las partidas de los sueldos de los principales directivos de la cadena. En cuanto a la programación, habrá tres ediciones de informativos, reemisión de programas y se externalizarán producciones de éxito como Madrileños por el Mundo y Madrid Directo, atendiendo a lo planteado por la consultora Deloitte. Espacios con grandes inversiones publicitarias como los partidos de fútbol o los toros desaparecerán de la parrilla, según ha explicado la cadena a Europa Press, para eliminar el coste de derechos audiovisuales.

Fuente: Marketing Directo

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6. Diciembre 2012

Se crea la Comisión para el estudio de un nuevo modelo de financiación del cine

Hoy miércoles, 5 de diciembre, se ha constituido la Comisión para el estudio de un nuevo modelo de financiación de la cinematografía y del audiovisual, que está integrada por el conjunto de departamentos ministeriales con competencias en este ámbito, así como por el sector de la cinematografía y del audiovisual. Durante el encuentro se han creado varios subgrupos de trabajo.

En la reunión constitutiva de hoy han participado el secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle, y la directora general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), Susana de la Sierra, en calidad de presidente y secretaria de la nueva Comisión, respectivamente.

Por parte de la Administración General del Estado, han acudido representantes de los ministerios de Presidencia y Vicepresidencia del Gobierno; Economía y Competitividad; Hacienda y Administraciones Públicas; Industria, Energía y Turismo; así como de AC/E (Acción Cultural Española) y del ICAA. Por parte de la industria del cine y del audiovisual han estado presentes miembros de FORTA, Ono, CONECTA, Prisa TV, UTECA (que ha estado representada por Mediaset España y Antena 3), TVE, FAPAE, Academia del Cine, FEDICINE, FECE, CIMA, AEC, PROA y el Gremio de Empresarios del Cine de Cataluña. Todos los asistentes han destacado la importancia histórica de reunir por primera vez a los diferentes sectores y a todos los departamentos ministeriales implicados directa o indirectamente en la financiación del cine y del audiovisual. Igualmente, han señalado la cordialidad que ha presidido el encuentro.

Entre los avances producidos en esta primera reunión figura la propuesta de creación de varios grupos de trabajo para abordar, en principio, tres grandes áreas: Incentivos fiscales; Ayudas directas; e Inversión en cine por parte de las televisiones. Adicionalmente, se tiene previsto tratar otras cuestiones conexas, como es la reflexión en torno a los nuevos modelos de negocio del sector, teniendo en cuenta el proceso de convergencia tecnológica.

Los grupos de trabajo estarán integrados por representantes de todos los sectores afectados. El punto de partida de estos grupos serán los trabajos que el ICAA ha desarrollado en los últimos meses en estrecha colaboración con el sector. La Comisión actuará como centro de debate y ámbito de decisión. La Comisión espera alcanzar un acuerdo en torno al nuevo modelo de financiación del cine y del audiovisual para finales de la primavera o principios de verano. Posteriormente, deberá ser sometido a discusión parlamentaria. La próxima reunión de la Comisión está prevista para el 6 de febrero de 2013. A la reunión ha asistido el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, que ha destacado la importancia del formato de este encuentro.

 

Fuente: Cineporlared
 

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5. Diciembre 2012

Diez & Romeo analiza las Funciones de la nueva Comisión de Control de Juego creada por la Comunidad de Madrid

En relación a las últimas informaciones sobre la modificación fiscal en la Comunidad de Madrid a cuenta del proyecto 'Eurovegas', Opergame ofrecerá a sus lectores, a través de Jaime Rodriguez, abogado en el bufete Diez y Romeo, un amplio reportaje sobre diferentes cuestiones que tienen que ver con algunas de las nuevas actuaciones que llevará a cabo el gobierno regional, como por ejemplo: la creación Comisión de Control de Juego, la nueva figura de los Centros Integrados de Desarrollo (CID), los requisitos que se necesitarán los casinos para acceder a concursos.

En esta primera parte del reportaje aclararemos las funciones y las competencias del nuevo órgano de Control de Juego, organismo al que el gobierno regional de Madrid le atribuye el ejercicio de las potestades públicas en relación con la actividad del juego tanto en los CID como en el resto de establecimientos de juego.

Se trata, por tanto, de una comisión que se configura como un Organismo Regulador, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.  En este sentido, Rodriguez aclara que será un organismo funcionalmente independiente en el ejercicio de sus competencias, aunque está adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid. Deberá velar por el adecuado funcionamiento del sector del juego y garantizar la efectiva disponibilidad y prestación de servicios competitivos en beneficio de los usuarios. "Como principio rector, la Comisión deberá luchar por la integridad, seguridad, fiabilidad y transparencia de las operaciones de juego", señala el abogado.

La finalidad de esta comisión sería la de regular con disposiciones necesarias el desarrollo y ejecución de las normas del proyecto de Ley y su desarrollo reglamentario, así como velar por el cumplimiento de las normas. Esto, en palabras de Rodriguez, se traduce en: "autorizar, supervisar, controlar, y sancionar tanto el desarrollo como explotación y comercialización de los juegos, además de las actividades previstas en el ámbito de aplicación de esta Ley."

Las funciones de la Comisión serán:
■La regulación básica de los juegos autorizados en los CID o en los demás establecimientos autorizados en la Comunidad de Madrid.
■Inclusión de nuevos juegos y modificaciones en su regulación en el Catálogo de Juegos de los CID, presentadas por los titulares de las autorizaciones.
■Dictar resoluciones e instrucciones relativas a cualquier actividad de juego autorizada en los CID
■Informar sobre cualquier proyecto de ley o decreto que pueda tener un impacto en cualquier actividad relacionada con el juego, con carácter previo a su aprobación por la Comunidad de Madrid.
■Controlar la liquidez y solvencia de las entidades autorizadas y establecer requisitos mínimos en sus disponibilidades de tesorería para el pago de premios.
■Denegar o autorizar los nuevos juegos en el Catálogo de Juego del CID.
■Denegar la practica de un juego si contraria al orden público
■Conceder o denegar las autorizaciones para los CID
■Analizar si se cumplen los requisitos para ser titulares de autorizaciones para CID
■Revocar y extinguir las autorizaciones de CID
■Obtener la comunicación previa para que los CID se puedan publicitar
■Controlar los medios técnicos y humanos dispuestos para limitar el acceso y la participación de menores, incapacitados, etc..
■Resolver las reclamaciones de los usuarios
■Custodiar los depósitos de los premios obtenidos por personas que no pueden participar.
■Homologar los modelos de máquinas de juego o dispositivos automáticos aptos para la realización de juegos usados dentro de los CID
■Aprobar las instrucciones relativas al uso de fichas en los CID
■Certificación favorablemente del cumplimiento de los requerimientos técnicos exigidos para la realización de la actividad de juego en el CID
■Gestionar el Registro de los CID
■Identificar a los administradores, empleados, directivos, representantes, mediadores o apoderados de las empresas autorizadas para el desarrollo de las actividades de juego en CID
■Inspección de la actividad y las instalaciones
■Imponer Sanciones

En lo que se refiere a las competencias con carácter general que tendrá la Comisión estará la de ordenación y gestión de juego atribuidas legalmente para el desarrollo, cumplimiento de la normativa singular de juego, y vigilancia y control administrativo necesario. Por otro lado, tendrá competencias exclusivas como: la gestión del Registro de Juego de los CID y publicidad del Catálogo resultante del mismo, la supervisión y colaboración en el cumplimiento de las disposiciones que se dicten en relación con la actividad del juego por administraciones de ámbito nacional o supranacional que resulten de aplicación en la Comunidad de Madrid, así como de la legislación de prevención de blanqueo de capitales y de prevención de la financiación del terrorismo, sin perjuicio de las competencias de otros órganos administrativos.

La Comisión también se reserva el derecho a la resolución de reclamaciones de los usuarios, o frente a ellos, relacionadas con el juego en los CID, al que las reglas de funcionamiento de los citados centros habrán de atenerse necesariamente. Se entiende, también, que entre sus competencias exclusivas se incluye la de gestionar la reclamación relacionada con promociones, concursos, torneos o cualquier otra actividad complementaria o relacionada con el juego.

No se aclaran cuestiones como la fecha de funcionamiento de la Comisión o quiénes la formarían.

 

Fuente: Opergame

 

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4. Diciembre 2012

La película “La mujer del eternauta”, asesorada por Díez & Romeo, obtiene 7 candidaturas a los Goya.

El film La Mujer del Eternauta, una obra audiovisual que ha apostado por el asesoramiento jurídico de Díez & Romeo Abogados, ha sido seleccionada como candidata a 7 premios Goya:

• Mejor película Producción: Frida Films,S.L.
• Mejor dirección: Adán Aliaga
• Mejor música original Vincent Barrière
• Mejor dirección de producción Sergio Frade
• Mejor dirección de fotografía Pere Pueyo
• Mejor montaje Aurora Sulli
• Mejor película documental Producción: Frida Films,S.L.

El documental “La mujer del eternauta” del español Adán Aliaga es un retrato de Elsa Sánchez, viuda de Oesterheld, quien resultó desaparecido por la dictadura argentina.

La negativa del escritor a despojarse de sus ideales es un elemento clave para comprender este trabajo que recibió el Premio del Público en el segundo festival de cine online de Filmotech, el portal de visionados de pago de Egeda, la entidad española de derechos de autor.
 

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4. Diciembre 2012

La carga fiscal de las telecomunicaciones se situa en un 10,8% y supera a los países de nuestro entorno

La carga tributaria del sector de las telecomunicaciones en España es notablemente superior al de los países de nuestro entorno, situándose en el 10,8% del negocio total del sector, frente al 6,9% de la media de los países más importantes de Europa, como Alemania, Francia, Reino Unido e Italia, según un estudio que Redtel, la patronal de las operadoras de telecomunicaciones con red propia ha encargado a PwC.

Además de ese ratio sobre los ingresos totales, el informe de PwC, que ha sido presentado por el presidente de Redtel, Miguel Ángel Canalejo, destaca que la carga tributaria sobre beneficios se sitúa en el 43,7% por ciento en España frente al 30,6% de Reino Unido o el 31,2% de Alemania.
El informe destaca que en España se está pagando, por parte de los operadores, el 37,6% del coste total de RTVE, sin beneficiarse de la supresión de la publicidad en la cadena publica, mientras que las cadenas de televisión están pagando sólo el 5,2%, cuando son beneficiarias directas de la inexistencia de publicidad en la cadena publica. Canalejo alertó sobre esta tasa, que está recurrida en los tribunales, y que previsiblemente será declarada nula por parte de las autoridades comunitarias.

De hecho, Francia, que ha instaurado una tasa similar, ha provisionado 1.300 millones de euros en el borrador de presupuestos de 2013, ante la posibilidad, cada vez más cercana, de que la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sea favorable a los operadores. En España, si hubiera que devolver la tasa que ya han pagado los operadores desde 2009, supondría alrededor de 800 millones de euros, contando con los pagos de 2012.

También la tasa radioeléctrica, con la que se grava la disposición de frecuencias radioeléctricas, es la más cara por megahercio en Europa. Y además, existe una discriminación entre el precio del megahercio que pagan las operadoras y el que pagan otros usuarios de las frecuencias como, por ejemplo, las televisiones

Fuente: Expansión

 

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