30. Noviembre 2012

La segunda pantalla llega a la radio: ¿mejoran las redes sociales la audiencia?

Twitter empieza a sustituir al patio de vecinos y a la fotocopiadora de la oficina como lugar para comentar los contenidos de los medios: los usuarios ya no esperan a que termine un programa para hablar de él, quieren hacerlo en tiempo real y con una segunda pantalla: la del smartphone, la tableta o el portátil.
Bien es cierto que la televisión es el medio estrella y consigue, casi a diario, que los programas del Prime Time se sitúen entre los trending topics del momento. Sin embargo, la radio también está sabiendo aprovechar el potencial de las redes sociales en general. Analizamos la influencia del social media en este medio tan tradicional.

Los social media en los medios de comunicación

En España, la fiebre por convertir Twitter en una segunda pantalla empezó a despuntar en 2010 con el estreno de la polémica serie de Telecinco sobre los príncipes de Asturias, “Felipe y Letizia”. Desde entonces el ascenso ha sido imparable. Los medios no solo han sido conscientes de lo importante que es “protagonizar” esta conversación dando de alta sus perfiles en las distintas redes, sino incluso incorporando el famoso hashtag con el que seguir qué se dice en un momento determinado.
En los primeros meses de 2012 las emisoras de radio de nuestro país eran ya conscientes de la repercusión que tenían en redes sociales y se publicaban notas de este tipo: “Onda Cero sigue creciendo en redes sociales. Información actualizada, sugerencias, dudas, exclusivas de los programas nos colocan líderes con más de 73.000 fans, dejando a una considerable distancia a su inmediato competidor, Cadena Ser, con algo más de 55.000 fans. Por su parte, el perfil corporativo de Onda Cero en twitter, aglutina más de 14.000 seguidores, habiendo tenido un importante crecimiento en los últimos meses (40% más en los últimos tres meses según datos de WildFire)”, y otros tantos en los perfiles de cada programa.

Pero la importancia de las redes no solo lo dan los datos. Los profesionales de los medios también son conscientes de ello. Así, la periodista Susanna Griso, considera que las redes sociales en general y Twitter en particular sirve de indicador de los temas que suscitan más interés en la audiencia:  ”Lo que más me gusta de Twitter es esa libertad con la que todo el mundo puede entrar a opinar sobre lo que tú has dicho“.
Recordemos que el 62% de las personas que ven TV en el mundo usan al mismo tiempo las redes sociales, según un estudio realizado por Ericsson. De radio no hay estudios concretos, pero sí que se esta generando una nueva corriente, en la que se crean secciones concretas, se consulta lo que se dice en redes sobre un tema en particular e incluso se citan opiniones de Twitter en el aire. En este sentido, la llamada telefónica a la audiencia, que aún perdura, cede espacio a las redes sociales. Ahora bien, ¿mucha interacción es sinónimo de éxito? Distintos estudios han puesto de manifiesto que un programa genere muchos tweets y comentarios de Facebook antes o durante de su difusión no implica necesariamente que tenga muchos oyentes.

¿El éxito de los programas de radio pasa por las redes sociales?

Pero, ¿el social media favorece mayores audiencias en los programas radiofónicos? Si nos remitimos a las cifras, por programas, la SER es la emisora favorita por los españoles, según la última oleada del Estudio General de Medios (EGM). En su antena se emiten los espacios más escuchados de todo el dial, con Hoy por hoy al frente de todos. A pesar de ser el programa más escuchado, sin embargo, no es el programa con más seguidores: su competidor directo por franja horaria, Herrera en la Onda, cuenta con algo más de 52.500 seguidores en Twitter, mientras que el líder Hoy por Hoy, no alcanza los 34.000. Algo parecido pasa con Julia en la Onda y su competidor directo, La Ventana, ambos programas con algo más de 35.000 seguidores y con cifras similares, a pesar de que las audiencias no lo son.
Y es que, siguiendo a Greg Kahn, director de desarrollo de negocios de Optimedia USA, tener muchos seguidores en redes sociales no es sinónimo de éxito en las ondas. Asegura que los tweets, los ‘Me Gusta’ de Facebook, las búsquedas de Google y el ranking en Klout son un reflejo de los esfuerzos que hace un determinado medio en marketing online, pero que no constituyen un buen indicador de la audiencia.

¿Mucha interacción es sinónimo de éxito?

Sin embargo, tal y como indica el Wall Street Journal puede que los datos no sean un buen indicador de cuántos oyentes tiene un programa, pero “sí son una herramienta valiosa para saber cuán implicados están los espectadores”, lo cual “permite diseñar campañas de publicidad más específicas”. E incluso permite que se genere un mayor debate y, a la larga, mayor exposición. Pero no mayor audiencia. Tengamos en cuenta, en todo caso, que es recomendable explotar la conversación que han abierto con espectadores o con oyentes, en el caso de la radio. La interacción no puede tomarse como sinónimo de éxito pero sí que ayuda a generar un ansiado engagement, que pueda derivar, a largo plazo, en mayores cuotas de audiencia.

Del mismo modo, las redes sociales se han convertido en el nuevo escenario en el que se enfrentan periodistas de distintos programas, lo cual favorece, indirectamente, que sus respectivos programas sean protagonistas indirectos y, en definitiva, estén presentes en la “conversación social”. El último es el vivido entre Julia Otero y Herman Tertsch con un rifirrafe que acaba con descalificaciones personales. Al margen de esto, las redes sociales reviven la radio. Así lo destaca, Gabriela Warkentin, asesora en áreas de comunicación estratégica, redes sociales y nuevos escenarios de consumo cultural, quien considera que “con las redes sociales la radio recupera algo que le era propio: la conversación“.
La experta en medios de comunicación y redes sociales también añade que “en el pasado la radio era un medio que te acompañaba, que estaba contigo. Ahora vuelve a este punto inicial con las redes sociales, que son espacios de conversación. La radio es capaz de incluir temas e incidir en temas que se está conversando”. Y recomienda que “hay hay que tener un equipo que atienda a las redes sociales”. Por tanto, ¿estamos viviendo una nueva etapa, de renovación de la radio, gracias a las redes sociales?

 

Fuente: Zenith Multimedia

 

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30. Noviembre 2012

Cada radio deberá pagar 85 euros por partido para retransmitir el fútbol: Decisión de la CMT

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha fijado la cuantía que deberán recibir los clubes de fútbol en 85 euros por partido y radiodifusor, para las competiciones de 1ª División (Liga BBVA), 2ª División (Liga Adelante) y Copa S.M. el Rey (excepto la final), frente a los 98 euros establecidos inicialmente.

La CMT, explica en una resolución difundida ayer, ha considerado únicamente los costes directamente atribuibles al mantenimiento de las cabinas y otros servicios necesarios para garantizar el derecho a comunicar información.
Entre estos servicios figuran el consumo eléctrico, la limpieza, la seguridad, el mantenimiento general, la amortización del mobiliario y el control de los accesos y las acreditaciones.

En aplicación de este criterio, se ha analizado toda la información de costes suministrada por los clubes de fútbol y la Liga, "revisando a la baja determinados costes de amortización", informa la CMT.
Las partes deberán ahora regularizar las cantidades satisfechas desde el inicio de las competiciones.

La compensación económica fijada definitivamente por la CMT equivale a 77.605 euros por radiodifusor, en el supuesto de que acceda a todos los partidos de la temporada de la primera y la segunda división y la Copa de S.M. el Rey (excepto la final).

La Liga de Fútbol había planteado una compensación económica de 708.000 euros.

El pasado mes de junio, diversas radios, entre ellas, la Corporación de Radio y Televisión Española, la Cadena Ser, Radio Popular, Uniprex, Radio Marca y la Federación de radios y televisiones autonómicas (FORTA) presentaron un conflicto en la CMT por la imposibilidad de llegar a un acuerdo con la Liga de Fútbol Profesional (LFP) sobre la cuantía que debían abonar por acceder a los estadios de fútbol para la retransmisión en directo de los partidos.

Según establece la Ley General Audiovisual, la CMT es la encargada de resolver los conflictos que puedan surgir entre las radios y los titulares de los derechos a la hora de fijar la compensación económica por el ejercicio de su derecho de acceso a los estadios, y el Real Decreto Ley 15/2012 establece los criterios para determinar dicha compensación.

 

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28. Noviembre 2012

COFETEL resuelve la licitación de decodificadores y/o antenas digitales para la recepción de TDT en Tijuana

El día de hoy, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) emitió el fallo de la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-009D00001-N10-2012 para la contratación de “los servicios de visita y en su caso, entrega e instalación de decodificadores y/o antenas digitales, para la recepción de las señales de televisión digital terrestre, en los domicilios ubicados en la ciudad de Tijuana, Baja California, calificados como Hogares Objetivo”.

A las 16:00 horas, con la presencia de representantes de algunas de las empresas interesadas, dio inicio la sesión para ingresar el fallo al sistema CompraNet y darlo a conocer a los participantes. En dicho fallo se estableció que la empresa “Teletec de México S.A. de C.V.” fue la adjudicada para la ejecución de los servicios motivo de dicha licitación, toda vez que ofreció las mejores condiciones técnicas y económicas en este procedimiento.

La COFETEL evaluó cuidadosamente las propuestas presentadas e hizo el mayor esfuerzo para garantizar las condiciones de equidad en el proceso, atendiendo a la metodología establecida en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, respecto a precios convenientes y no aceptables.

La Comisión manifiesta su más amplio reconocimiento a la Secretaría de la Función Pública, entidad que acompañó a la COFETEL en todo el proceso de la licitación y con la que se verificó exhaustivamente el proceso de presentación de propuestas mediante el sistema CompraNet, a fin de garantizar la equidad y libre concurrencia de las empresas licitantes.

La COFETEL recibió 8 propuestas técnicas y económicas de parte de empresas interesadas en ofrecer el servicio objeto de la licitación. De las propuestas presentadas, 3 fueron desechadas por insuficiencias técnicas y una más por haber intentado firmar su propuesta de manera electrónica fuera del plazo establecido en la convocatoria, según consta en los registros del sistema CompraNet. Por lo tanto, únicamente fueron consideradas para la evaluación las propuestas económicas de 4 empresas.

La empresa ganadora iniciará los trabajos para prestar los servicios motivo de la licitación, de acuerdo al “calendario de servicios” propuesto por la misma.

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25. Noviembre 2012

La Audiencia Nacional da vía libre a la distribución de la película “La Mula”

El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 11 de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que da vía libre a la distribución de la película “La Mula”, paralizada desde el año 2010 por infracción de la Ley del Cine

De esta manera, la resolución da la razón a la productora Gheko Films y  desestima el recurso interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre del Ministerio de Cultura, por la concesión de la calificación de la obra cinematográfica “La Mula”, así como la atribución a la misma de la nacionalidad española.

La resolución judicial desestima la “declaración de lesividad“ reclamada por el Ministerio y apoyada en la alteración del proyecto original por la llegada de un segundo director, la desaparición  de uno de los guionistas, del director de fotografía y del compositor de música, así como la omisión de datos relativos al presupuesto.

Sin embargo, el juez rechaza tal argumento ya que “no toda alteración del proyecto original ha de determinar la no concesión de la nacionalidad española, pues la posición jurídica de la Administración podría llegar al resultado absurdo de denegar el certificado de nacionalidad cuando el cambio de algunos de los autores de la obra lo haya sido incluso para incrementar la participación española en la producción”.

Explica que lo que exige la norma a la hora de otorgar la nacionalidad es la proporción de participación entre los coproductores de la película, tanto en el aspecto económico, como en el técnico y artístico. “Es decir, en buena lógica con su carácter de normas de fomento de la cinematografía española”, concluye.

 

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25. Noviembre 2012

Los Jueces hacen cumplir el derecho de rectificación en las redes sociales

El mes pasado, el juzgado de primera instancia de Pamplona obliga a publicar un fallo en Twitter, la plataforma en la que se cometió el acto ilícito. Esta resolución abre el camino a un nuevo medio de difusión de sentencias.
Publico este tuit en cumplimiento de la sentencia de 11-10-12 del juzgado de 1ª instancia 5 de Pamplona, que declara que los tuits que remití el 18-03-11 vulneran el honor de Doña Uxue Barkos”. Ana Pineda, exconcejal de UPN, tuvo que publicar este mensaje en su cuenta de Twitter como parte de una condena por intromisión ilegítima en el honor de la edil de Nafarroa Bai.

No es la primera vez que los tribunales se ocupan de cuestiones como la difamación en las redes sociales. Sin embargo, sí es novedoso que un juez decida que el derecho de rectificación se ejecute vía red social y no en un medio de comunicación tradicional, como es habitual. En este caso, el objetivo del magistrado ha sido utilizar el mismo medio en el que se produjo el acto ilícito para restablecer el honor de la demandante y que el fallo llegue a las mismas personas que leyeron los mensajes inapropiados.

La novedosa sentencia plantea sin embargo diversos interrogantes que, sin duda, se solventarán en futuros casos en los que se vuelvan a ver involucradas las redes sociales. Entre las incognitas más relevantes estarían la pérdida de control sobre el cumplimiento del fallo, el no sufragar los gastos de publicación de la rectificación –algo que sí ocurre en los medios impresos, por ejemplo– o la posibilidad de retuiteo del fallo en otras cuentas, lo que podría afectar al derecho al olvido de la condenada.

El mejor medio
“El juez ha estimado que Twitter era el mejor medio de difusión en este caso, pero quizá debería haber sido más explícito a la hora de explicar las formas de cumplir la sentencia”, asegura Francisco Pérez Bes, vicepresidente de la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía TIC (Enatic).

“El problema con la difusión en las redes sociales es que el juez pierde el control y la posibilidad de verificación del cumplimiento del fallo y depende de la buena fe del condenado para cumplirlo. En un futuro, si un magistrado decide utilizar una red social para publicar un fallo, debería conocer todas las características de ésta y ser mucho más específico en la manera de hacerlo”, añade Pérez Bes.

Por otro lado, el fallo obligaba a la condenada a mantener el tuit en su timeline (listado cronológico de mensajes) durante dos meses, sin tener en cuenta su actividad en Twitter. “Si el usuario publica muchos tuits al día, la sentencia nunca llegará a tener la publicidad necesaria”, explica.

El juez tampoco tuvo en cuenta un cierre de la cuenta o la posibilidad de retuiteo de la sentencia por otros usuarios. Este último aspecto implicaría que la condenada perdiese la capacidad de eliminar el texto de la red social tras los dos meses. “Si el fallo apareciera en otra cuenta de Twitter, la acusada se podría convertir en afectada y acudir a los tribunales para hacer valer su derecho al olvido. Así podría eliminar una condena que si no le perseguirá siempre en Internet”, concluye el vicepresidente de Enatic.

Facebook pide perdón por los errores cometidos
Los usuarios de redes sociales pueden utilizarlas para llevar a cabo actos ilegales. Sin embargo, muchas veces son las plataformas las que cometen errores y tienen que rectificar. En los últimos meses Facebook, por ejemplo, ha tenido que lidiar con dos asuntos polémicos. La solución en ambas ocasiones fue pedir perdón a los usuarios y rectificar rápidamente.

El primer suceso implicó el cambio automático del correo electrónico original de los usuarios a un novedoso @facebook.com. El objetivo era que los clientes de la plataforma pudieran comunicarse entre ellos de una forma más fácil. Sin embargo, la compañía estadounidense no consultó ni informó a nadie y por eso tuvo que dar marcha atrás.

El otro caso tuvo lugar hace apenas dos meses, cuando Facebook dejó al descubierto mensajes privados de sus usuarios. La empresa achacó el error a un cambio de norma en una herramienta de la red social. Además, solicitó a sus ingenieros que examinaran lo ocurrido y éstos confirmaron que los mensajes en cuestión eran antiguas publicaciones, que habían sido anteriormente visibles en los perfiles de los usuarios.

Fuente: Expansión

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25. Noviembre 2012

5 conceptos básicos del nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT que libera el Dividendo Digital.

El sector de la televisión digital está unos continuos cambios derivado por la eclosión de las nuevas tecnologías y recurrente fenómeno de la innovación tecnológica. La regulación ha de estar al corriente de esos cambios, de ahí que se esté elaborado el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la TDT y la liberación del dividendo digital

Este nuevo texto normativo que pronto verá la luz trae consigo una nueva serie de conceptos que es necesario conocer para estar la corriente de la nueva sistemática legal.

Profesionales, Ingenieros, Empresarios, y Funcionarios Públicos deberán conocer la definición legal de estos conceptos con el objetivo de familiarizarse con la intención del regulador.

En Diez & Romeo hemos preparado este breve glosario con el fin de clarificar la regulación televisiva que viene:

Canal radioeléctrico: porción del espectro radioeléctrico que se utiliza para la difusión desde una estación radioeléctrica de una señal de televisión. Se suele llamar también frecuencia radioeléctrica.

Red de frecuencia única: conjunto de estaciones radioeléctricas que permite cubrir una cierta zona del territorio, llamada zona de servicio, utilizando la misma frecuencia o canal radioeléctrico en todas las estaciones.

Múltiple digital: señal compuesta para transmitir un canal o frecuencia radioeléctrica y que, al utilizar la tecnología digital, permite la incorporación de las señales correspondientes a varios canales de televisión y de las señales correspondientes a varios servicios asociados y a servicios de comunicaciones electrónicas.

Canal de televisión: conjunto de programas de televisión organizados dentro de un horario de programación que no puede ser alterado por el público.

Área geográfica: zona del territorio cubierta desde el punto de vista radioeléctrico por el centro principal de difusión, los centros secundarios que tomen señal primaria de dicho centro y los centros de menor entidad que no tomen señal primaria del centro principal pero tengan cobertura solapada con él o con alguno de sus centros secundarios.
 

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25. Noviembre 2012

Los anunciantes rechazan las propuestas de pacto lanzadas en UTECA “hasta que no haya verdadera competitividad”

Los anunciantes son reticentes a las ofertas de pacto sectorial que lanzaron los ponentes en la jornada anual de UTECA “hasta que en España no haya una verdadera competitividad”, refiriéndose al acuerdo de fusión entre Antena 3 y La Sexta “suavizado” por el Gobierno y contra el criterio de la CNC, según han asegurado en El Programa de la Publicidad. Además, todos confirman una subida de precios conjunta entre los dos actores del duopolio Antena 3 y Mediaset desde el mes de octubre.

En la jornada anual de UTECA celebrada esta semana, tanto televisiones privadas como el Gobierno y las productoras hablaron de la convivencia para alcanzar un pacto audiovisual. En esta jornada, organizada bajo el lema “La Televisión y la Industria Audiovisual, Claves para el Desarrollo de un Sector Estratégico”, el presidente de UTECA Antonio Fernández-Galiano alertó de que la inversión publicitaria en televisión se ha reducido casi a la mitad desde 2007, y no hay perspectivas de mejora para 2013.

“La situación publicitaria es más crítica de lo que nadie había sospechado nunca, y sólo el proceso de fusión de las televisiones privadas les ha permitido no agravar significativamente la ya de por sí crítica situación de los medios de comunicación convencionales”, afirmó Fernández-Galiano. “Hay que llevar a cabo una revisión del modelo de comercialización de la publicidad en televisión”, añadió Luis Jiménez (Deloitte).

Para anunciantes y agencias fue especialmente sorprendente la apreciación de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, al asegurar que no son “ajenos a que son muchos y graves los problemas del sector y todos los actores que operan en este ámbito. No debemos ver en ello motivos para el desaliento sino razones para el cambio. La evolución de los datos no permite ver una mejoría inmediata pero sí un proceso de transformación complejo del que debe salir fortalecido. Cambio motivado por una serie de factores que están cambiando el modelo tradicional de televisión como fragmentación de audiencias a consecuencia de la pluralidad de canales tras la implantación de la TDT. Cambios en los hábitos de consumo de la televisión, motivado por la migración de la audiencia más joven a internet”.

La vicepresidenta también habló de la integración de todas las plataformas en el futuro de la televisión en el que operadores de televisión, de telecomunicaciones, de red, industria audiovisual, instaladores, ciudadanos y televisiones online tendrán un largo proceso por delante, pero en la que olvidó mencionar a los anunciantes.

 

Fuente: Marketing Directo

 

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24. Noviembre 2012

El nuevo Plan Tecnico Nacional de la TDT y la liberación del dividendo digital: Breve análisis

El nuevo replanteamiento de la normativa de la TDT

Desde que se hizo público el proyecto del nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT, se ha constatado que el Gobierno está tratando de conciliar la distribución de los múltiples de la TDT y la liberación del dividendo digital. La eliminación de canales que comporta este nuevo Real Decreto ha puesto en pie de guerra a los distintos actores del sector.
No obstante, para comprender los motivos del replanteamiento de la nueva regulación de la TDT, se han de entender las nuevas circunstancias que se han dado lugar a ello:

1.- La Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2012, por la que se establece un primer Programa de Política del Espectro Radioeléctrico.
Tal resolución exige que los Estados Miembros deben de garantizar que la banda del dividendo digital esté disponible para servicios de comunicaciones electrónicas antes del 1 de enero de 2013. Lo cual obliga a España a anticipar lo antes posible que esta banda de frecuencias esté a disposición de las nuevas redes móviles. Las razones:
• No retrasar su despliegue en relación a otros países de la Unión Europea.
• Evitar generar una desventaja para las empresas y ciudadanos españoles.

2.- La aprobación de la atribución de la banda de frecuencias de 694 a 790 MHz en la Región 1 al servicio móvil en coprimario con los servicios de radiodifusión en la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones celebrada en Ginebra, del 23 de enero al 17 de febrero de 2012.

3.- Las reticencias a la ejecución del Plan marco de 17 noviembre de 2011.
Atendiendo a lo anterior, se aprobó el Plan de impulso de la televisión digital terrestre y de la Innovación Tecnológica, a través del Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2012. Y entre sus objetivos se encuentran:
• Simplificar el proceso de liberación del dividendo digital evitando molestias y costes a los ciudadanos
• Anticipar el despliegue de las nuevas redes de telefonía móvil

Posiciones del sector.-

Por eso en estas últimas semanas tanto, autoridades, operadores, televidentes e industria han mantenido posiciones diferenciadas al respecto.
Por un lado, se encuentra la postura de la Industria y de los operadores nacionales de televisión privada, que muestran en contra del proyecto de Plan Técnico Nacional de la TDT. Los motivos

• La exclusión de canales disponibles supondrá una caída en las inversiones del sector.
• La redistribución pretendida comprometerá los puestos de trabajo de una industria que está exportando.
• El Gobierno no se comprometió a asumir los costes de la transición en el proyecto de nuevo Plan técnico de la TDT

En el mismo bando se sitúan los televidentes/usuarios puesto todo apunta a que deberán de asumir que van a asumir, una vez más,  los costes de antenización en las comunidades de vecinos.

El otro gran posicionamiento, lo ocupan el Gobierno y las compañías de telefonía, puesto que el nuevo proyecto de Plan Técnico Nacional de TDT incide en:
• El adelanto del calendario inicialmente plasmado
• La facilitación del despliegue de nuevas redes de telefonía móvil de 4G
• Las nuevas innovaciones tecnológicas de la TDT
• El impulso de la nueva oferta de emisiones en HD
 

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22. Noviembre 2012

El procedimiento para la reasignación de dominios .es

La nueva Instrucción sobre “reasignación de nombres de dominio de interés general” tiene por objeto regular el procedimiento para la reasignación de los nombres de dominio en aquellos casos en que se haya producido un registro abusivo de los mismos, desarrollando las normas específicas de procedimiento del Plan Nacional de Nombres de Dominio.

La Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico dispone (Disposición Adicional Sexta, apartado Tres) que: "la asignación de nombres de dominio de Internet bajo el .es se realizará de conformidad con los criterios que se establecen en esta disposición, en el Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet, en las demás normas específicas que se dicten en su desarrollo por la autoridad de asignación y, en la medida en que sean compatibles con ellos, con las prácticas generalmente aplicadas y las recomendaciones emanadas de las entidades y organismos internacionales que desarrollan actividades relacionadas con la gestión del sistema de nombres de dominio de Internet.”
El Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (.es), aprobado por la Orden ITC/1542/2005, de 19 de mayo, afirma en su apartado segundo que “la gestión del Registro se efectuará en función del interés general, asegurando su seguridad, y con arreglo a los principios de calidad, eficacia, fiabilidad y accesibilidad”.

Cada cierto tiempo, surge la necesidad de recuperar nombres de dominio “.es” que han sido registrados por personas o entidades privadas y que presentan un elevado interés general. En muchas ocasiones estos nombres de dominio se registran con fines especulativos y provocan confusión con el titular asignado y el sujeto que verdaderamente representa el interés general asociado a ese concreto nombre de dominio.
La Instrucción prevé que, en el caso de que se detecte que un nombre de dominio presenta un elevado interés general, el presidente de Red.es pueda, mediante resolución motivada, declarar de forma excepcional el nombre de dominio como de interés general. Una vez emitida esta resolución, Red.es cancelará el nombre de dominio y lo reasignará en favor del sujeto que represente el interés general.

No es una expropiación
La persona (física o jurídica) que registra un nombre de dominio directamente relacionado con el interés general, sin representarlo, dispone del uso (nunca de la propiedad) de un recurso público que legítimamente no le corresponde. Por esta razón bajo ningún concepto puede hablarse de una “expropiación forzosa”, sino de “reasignación”.

El nuevo procedimiento de reasignación cuenta con las mayores garantías de seguridad jurídica para los titulares de nombres de dominio. Se dará audiencia al antiguo titular, que, además, será compensado por los gastos en que incurrió para su registro. Y, en cualquier caso, el afectado por la reasignación dispondrá de la vía del recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales.

 

http://www.nic.es/media/2012-11/1353058798063.pdf

 

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22. Noviembre 2012

Con 20 o 30 segundos por anuncio de TV no se llega al consumidor

Con el título de ‘¿Cómo alargar la vida de tus GRPs?’ se ha celebrado en el Milk Studio de Madrid un evento organizado por TAPTAP Networks, en el que se ha hablado sobre las tendencias del ámbito móvil, así como las posibilidades que ofrece este dispositivo para las marcas.
Álvaro del Castillo, fundador de TAPTAP Networks, ha explicado que nos encontramos ante una realidad completamente diferente gracias al móvil. Lo define como un medio de gran cobertura ya que todo el mundo tiene uno. A la vez afirma que “es algo muy personal, convirtiéndose en un canal ‘premium’ para alcanzar al consumidor”.

El principal problema que existe actualmente se desprende de dos factores. Por un lado está la fragmentación, sobre todo en televisión, donde existen multitud de canales, de tal modo que los consumidores están totalmente dispersos. Además, existe mucho ruido alrededor del usuario, por lo que es mucho más complejo lograr alcanzarle, necesitando una investigación más profunda.

En esta situación irrumpen los teléfonos inteligentes, con una enorme tasa de penetración en nuestro país, ya del 63%. Y la mayor parte de los usuarios navega a la vez que están viendo la televisión.

La parte móvil tradicionalmente ha intentado extraer algo del presupuesto dedicado a la televisión. “Esto es erróneo, el móvil es un medio que potencia la televisión” afirma. La televisión es un medio unidireccional y el móvil es bidireccional. Así puede medirse el impacto televisivo que se ha conseguido de un modo más real.
“Es necesario un cambio de mentalidad” continúa. El móvil ofrece datos reales y además existe la posibilidad de crear una conversación real, alargando la vida del GRP, interesando al consumidor acerca de la marca. “El móvil completa y cierra el círculo que comienza con la televisión”.

Fausto Fernández, director comercial y de desarrollo de negocio de TAPTAP Networks, ha comentado que “los 20 ó 30 segundos de un anuncio de televisión son insuficientes para alcanzar al consumidor”. Generalmente el anunciante quiere tener una interacción más amplia, un mayor contacto con el consumidor, que es lo que al final consigue las ventas.
Hay que pensar en el móvil no como una pequeña pantalla, sino como un punto de entrada para muchas otras opciones”.

Fausto ha explicado además cómo Shazam for TV consigue un impacto enriquecido, aportando mayores datos a la marca. Funciona uniendo el anuncio de televisión con la aplicación de móvil, fomentando la interactuación del usuario. Numerosas marcas han utilizado esta plataforma, como Trina & Maldita Nerea, Axe, Fox Crime o Marcilla. Los objetivos perseguidos eran diferentes, desde conseguir aumentar el número de ‘likes’ en Facebook hasta realizar una acción de muestras gratuitas. Sin embargo, todas ellas lograron una mayor interactuación del usuario.
El anunciante ya no sólo quiere ver si el usuario participa o no, sino también comprobar cómo lo está haciendo”, ha concluido.

Fuente: Marketing Directo

 

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22. Noviembre 2012

Los dispositivos conectados y las redes sociales, el pilar de la atención al cliente para 2013

Las nuevas soluciones analíticas, las métricas multicanal y la mejora de herramientas de colaboración serán aspectos clave en 2013a medida que las empresas empiecen a notar la presión por entender y prever las necesidades del consumidor siempre conectado. Y es que las marcas tendrán que dar un paso adelante para añadir estas capacidades rápidamente a su negocio, o si no arriesgarse a quedar atrás.Según el último informe de tendencias para 2013 de Ovum, los equipos de respuesta en social media se desplazarán a los centros de contacto, demostrando la necesidad de mejores herramientas de gestión de redes sociales. Además, se espera un crecimiento de alrededor del 21% en la monitorización de redes sociales dentro de las funciones de atención al cliente en los próximos cinco años.

Por otro lado, se espera que próximamente el auto-servicio móvil se haga más inteligente y los clientes puedan hacer una llamada desde una aplicación móvil, además de que será más fácil transferir una solicitud de una aplicación de auto-servicio a voz, chat o email.

Otras aplicaciones tradicionalmente aisladas como la gestión de resultados, la inteligencia empresarial o el feedback de clientes se integrarán en las analíticas de “voz del consumidor” para ayudar a las empresas a ver y comprar datos en diferentes estadios del ciclo de vida del consumidor. En los próximos años muchas empresas empezarán a integrar una mezcla de servicios de atención al cliente basados en la nube y en premisas, aunque la mayoría seguirá con sistemas de distribución de llamadas automatizados en el futuro más cercano por las inversiones y la mentalidad ya existentes.

“Las empresas tienen que apoyar a los clientes de hoy ofreciendo respuestas oportunas y precisas a través de los canales móviles, web y de voz. Para tener éxito, tienen que dirigirse a las necesidades de los consumidores en cada estadio del ciclo de vida del cliente, y apoyar e integrar los datos internamente”, explicó Aphrodite Brinsmead, analista senior de Ovum. “Tiene sentido que las empresas creen equipos de experiencia de cliente colaborativos para alinear tecnología y estrategias de datos en productos, tecnologías de la información, marketing y apoyo a los clientes”.

Fuente: Marketing Directo

 

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21. Noviembre 2012

Condenado en EEUU por acceder en 2010 a datos de 120.000 usuarios de iPad

Un jurado federal estadounidense condenó a un hombre de Nueva York por su intrusión, hace dos años, en los servidores de AT&T y el 'robo' de direcciones de correo electrónico y otros datos personales de unos 120.000 usuarios de iPad de Apple.

Andrew Auernheimer, de 27 años, fue declarado culpable por un jurado de Newark, Nueva Jersey, de un cargo de conspiración para acceder a los servidores sin autorización, así como de un delito de robo de identidad, afirmó el procurador Paul Fishman.
El acusado se enfrenta a un máximo de cinco años de prisión y multa de 250.000 dólares (casi 196.000 euros) por cada cargo. Otro acusado, Daniel Spitler, se declaró culpable de los mismos cargos en junio de 2011 y está a la espera de sentencia.
Todo ello, a pesar de que el propio operador AT&T reconoció en 2010 la existencia de un fallo de seguridad en la red que da servicio al iPad, y que provocó una reacción del Gobierno de EEUU encaminada a aumentar los controles de seguridad en la Red.

Cómo actuaron
Los fiscales dijeron que Auernheimer y Spitler estaban afiliados a Goatse Security, un grupo de 'hackers' que trata de interrumpir contenido y servicios en línea.
Según el fiscal, los condenados usaron un programa, 'Account Slurper', diseñado para buscar coincidencias entre direcciones de 'e-mail' e "identificadores de tarjetas de circuitos integrados" de iPads de usuarios. También asegura el fiscal que se utilizó la "fuerza bruta" para extraer datos de los usuarios que accedieron Internet a través de la red de AT&T.

Los acusados comunicaron los resultados y la información robada a la página web Gawker, que publicó un artículo que incluía los nombres de personajes bien conocidos cuyos correos electrónicos habían sido comprometidos, incluyendo la periodista Diane Sawyer de ABC News, el alcalde de Nueva York Michael Bloomberg y el actual alcalde de Chicago, Rahm Emanuel, dijo la Fiscalía.
Entre los usuarios afectados figuraban, además, personal militar, personal del Senado y de la Cámara de Representantes de EEUU, del Departamento de Justicia, del de Seguridad Nacional y de la NASA, así como ejecutivos de la empresa privada, como The New York Times, el Dow Jones, o el grupo Condé Nast.

Tor Ekeland, abogado de Auernheimer, dijo que su cliente estaba en libertad bajo fianza, y planeaba apelar la sentencia.
"No estamos de acuerdo con la interpretación de los fiscales de lo que constituye el acceso no autorizado a un ordenador bajo la Ley de Fraude y Abuso", dijo Ekeland en una entrevista telefónica. Calificó además de "extremadamente expansiva" la interpretación de los fiscales de hacen de la ley federal
AT&T tiene un acuerdo con Apple en Estados Unidos para proporcionar servicios inalámbricos en el iPad. Para cerrar la brecha de seguridad, la compañía decidió cerrar temporalmente la función que provee la dirección de correo electrónico.

Fuente: El Mundo

 

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21. Noviembre 2012

El Consell pide explicaciones al Govern sobre la mala cobertura de la TDT

La consellera de Nuevas Tecnologías de Formentera, Silvia Tur, remitió ayer una carta al director general de Innovación y Desarrollo tecnológico del Govern balear, Antonio Mateos Sastre, en la que exige la puesta en marcha del repetidor de la Televisión Digital Terrestre (TDT) de Sant Ferran, que cubre la zona de es Pujols, Punta Prima y Sant Ferran. Además solicita que se realice una completa revisión del actual sistema de las frecuencias de la TDT en toda la isla ya que existen serios desajustes que impiden ver determinados canales en algunas zonas. La consellera recordó que el repetidor de la Sant Ferran montado hace dos años en el recinto del depósito de agua de esta población no ha entrado todavía en funcionamiento, a pesar de las reiteradas demandas del Consell para su conexión a la red eléctrica, que todavía está pendiente.

El delegado del Govern balear en Formentera, José Manuel Alcaraz, anunció hace poco que el presupuesto de la Comunitat Autonòma de 2013 incluye la correspondiente partida para ese enlace eléctrico. Sin embargo la consellera recordó que esas obras estaban previstas para este año.

En cuanto a la mala cobertura de los canales televisivos que en general se reciben en Formentera la consellera apuntó que recientemente se ha producido una reorganización de frecuencias de TDT que el Estado ha licitado entre operadores privados de telefonía móvil para cubrir la demanda de 4G.
En este sentido el Consell celebra el avance tecnológico pero le preocupa que sea a costa de la mala recepción de los canales de televisión. De hecho algunos canales que antes se veían sin mayores problemas han desaparecido de la frecuencia a la que se mueven los televisores digitales.

Diario de Ibiza

 

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20. Noviembre 2012

UTECA alerta sobre la caida de la inversión publicitaria en los medios

El presidente de la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA), Antonio Fernández-Galiano, ha advertido de que la inversión publicitaria en el conjunto de los medios de comunicación caerá previsiblemente este año un 50 por ciento en comparación con 2007 y espera que el plan en el que trabaja el gobierno para liberar el dividendo digital no suponga “costes adicionales” para el sector, según recoge Europa Press.
“La situación es mucho más crítica de lo que nadie podía pensar”, ha subrayado el presidente de la asociación de televisiones privadas durante la inauguración de la jornada anual de UTECA, en la que ha señalado que la caída de la inversión publicitaria en números brutos “retrotae” al conjunto de los medios convencionales “algunos decenios”.

Sobre el proceso de liberación del dividendo digital, en el que el Gobierno trabaja actualmente, Galiano ha subrayado la “voluntad de diálogo” manifestada por el Ejecutivo, aunque ha indicado que se trata de “un diálogo no exento de sacrificio” para el sector. En este sentido, ha esperado que en “justa correspondencia” a la “inequívoca voluntad de colaboración” de las cadenas privadas, “el proceso de migración se complete sin costes” que las televisiones no están “en condiciones de asumir” y “sin problemas tecnológicos” para los ciudadanos.
Por otro lado, ha reconocido el “apoyo mostrado” por el Gobierno “a los procesos de reordenación del sector”, que han sido una de las formas “más útiles de garantizar una cierta viabilidad” y “determinantes” para que la televisiones comerciales “no hayan agravado la ya de por sí crítica situación de los medios comerciales”.

Por último, espera que se reforme el actual sistema de propiedad intelectual, para acabar con los “privilegios que han venido disfrutando las sociedades de gestión” y asegurar los derechos de los compradores de esos derechos, como son las televisiones.

 

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20. Noviembre 2012

iCmedia celebra el foro `Televisión híbrida: Operadores, Reguladores y Usuarios´

El próximo 22 de noviembre, iCmedia (Federación de Asociaciones de Consumidores de los Medios) celebrará su V Foro bajo el epígrafe “La televisión híbrida: Operadores, Reguladores y Usuarios”.

Este V Foro iCmedia se configura como punto de encuentro y reflexión de todos los agentes implicados en un nuevo horizonte audiovisual que la televisión conectada representa: operadores, fabricantes, reguladores, productores, anunciantes y usuarios.

¿Qué cambios introduce la Tv híbrida? ¿Cuáles son las perspectivas reales de implantación en España? ¿Qué tipo de servicios generará? ¿Qué nuevos modelos de negocio pueden plantearse? ¿Cuáles son las consecuencias para el usuario? ¿Tengo que cambiar de televisor?
Y, junto con las oportunidades que las nuevas pantallas interactivas representan, surgen también las dudas sobre el entorno regulatorio más adecuado: ¿qué riesgos representan para la calidad de los contenidos? ¿Cómo se protegerán en este nuevo entorno los derechos de los usuarios y en particular los de los públicos más vulnerables, los niños?

Para tratar de todas estas cuestiones, iCmedia ha convocado a Carlos Romero Duplá, Subdirector General de Contenidos para la Sociedad de la Información, y Borja Adsuara, Director General de Red.es, quienes expondrán el punto de vista del regulador, mientras que José Luis Vázquez, Presidente de AEDETI, o Francisco José Asensi, Director de Desarrollo de Negocio de RTVE, entre otros especialistas, analizarán los retos a que se enfrentan la industria audiovisual y las cadenas con la televisión híbrida
Una de las mesas redondas del Foro contará con la participación de Roger Loppacher, Presidente del CAC, y Guillermo Cánovas, de Protégeles. Junto con otros expertos, abordarán las nuevas necesidades de protección del usuario de estas nuevas plataformas, en especial de la audiencia infantil.

Fuente: Cine y Tele

 

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19. Noviembre 2012

El CAA frente a los anuncios de productos milagro: Hasta la fecha 22 actuaciones

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) informa de que acumula hasta el momento un total de 22 actuaciones con motivo de la emisión de publicidad de productos milagro en las televisiones bajo su ámbito competencial.

Se trata, según explica en un comunicado el CAA, de un tipo de publicidad expresamente prohibida en nuestro ordenamiento jurídico que, sin embargo, varias televisiones andaluzas y estatales están emitiendo, según ha detectado el Consejo a través de su sistema de seguimiento de medios.
El pasado mes de octubre, el Consejo inició una campaña de control sobre comunicaciones comerciales que podrían considerarse ilícitas, centrada en la publicidad de los denominados productos milagro. Un concepto que abarca una serie indeterminada de productos, sustancias y servicios con pretendida finalidad sanitaria que no se ajustan a criterios de veracidad y que pueden suponer además un fraude a los consumidores. Su comercialización y publicidad está regulada específicamente en nuestra legislación.

Así, el Real Decreto 1907/1996 de productos-milagro prohíbe la publicidad o promoción en televisión de productos, materiales, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria que sugieren propiedades específicas adelgazantes o contra la obesidad, que aportan testimonios de profesionales sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos como medio de inducción al consumo, y que utilizan el término natural como característica vinculada a pretendidos efectos preventivos o terapéuticos.

En su último Pleno, el CAA aprobó requerir a los operadores locales 'Canal Luz Huelva' y '20 TV' (canal digital 54 de la demarcación de Sevilla) el cese de la emisión de los anuncios de los parches adelgazantes 'Hollywood Patch', y también a 'Canal Luz Huelva', el cese de emisión de los anuncios del 'Té chino del Dr. Ming'. Estos anuncios se estaban emitiendo además en horario protegido y son los mismos que el pasado mes de octubre dieron lugar a cuatro requerimientos de cese dirigidos a tres operadores de televisión local (Ver-T, Tele Sevilla y Fuengirola TV), tras la constatación de que se trataba de anuncios de productos milagro.

Además, el CAA recuerda que el hecho de que su emisión se produjera en la franja horaria de protección infantil (entre las 6.00 y las 22.00 horas) incurre en una infracción de la Ley General de Comunicación Audiovisual que prohíbe emitir en esta franja anuncios de productos o servicios dedicados al culto al cuerpo y que puedan fomentar el rechazo a la autoimagen (cirugía y tratamientos de estética o productos adelgazantes).
Asimismo, el artículo 44.3 de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias establece que no podrán publicitarse las actividades o productos sanitarios no autorizados, o sobre los que no exista evidencia de sus efectos beneficiosos y prohíbe la publicidad de productos y servicios de carácter creencial y de productos-milagro.

A estos requerimientos de cese emitidos por el CAA, se suman, por un lado, el estudio de comunicaciones comerciales de otros productos con pretendida finalidad sanitaria, cuya emisión ha sido detectada en varios operadores locales, por si incurrieran en los supuestos tipificados en el Real Decreto de productos milagro. Y por otro lado, el Consejo ha abierto un periodo de información previa con objeto de dar audiencia a la RTVA para que formule las alegaciones que considere oportunas sobre la emisión de comunicaciones comerciales de 'Alcachofa de Laón' que el operador ha retirado tras emitir hasta 33 inserciones de esta publicidad entre el 1 y el 9 de octubre en horario infantil.

Al analizar esta publicidad, el CAA concluye que encaja en los supuestos previstos en el decreto de productos milagro, pues atribuye propiedades específicas e inmediatas adelgazantes al producto, derivadas de los efectos naturales depurativos, desintoxicantes y saciantes de la alcachofa, como indica la voz en 'off' del anuncio: "Con la Alcachofa de Laón baja hasta 3 kilos en una semana. Demostrado. Alcachofa de Laón ayuda a favorecer la pérdida de grasa, a saciar el hambre".

A diferencia de los anuncios del té chino y de los parches adelgazantes, los de Alcachofa de Laón no incluyen testimonios de profesionales sanitarios, de personas conocidas o de pacientes reales o supuestos para inducir al consumo. Pero la locución sí persuade al espectador de que la efectividad del producto está científicamente contrastada y que está avalado por un profesional sanitario.
El Consejo ha determinado además que este anuncio incurre en sexismo puesto que solo aparecen mujeres como consumidoras de este producto, recurre a las imágenes del cuerpo ideal y escultural, siempre femenino, y la locución dirige este producto directamente a la mujer: "Y espera, si quieres otras 14 unidades para tu marido, tu hermana, tu madre o tu amiga, aprovecha y llévate el segundo pack con un descuento sensacional".

Por todo ello, el CAA ha abierto un periodo de información para que el operador autonómico pueda dar clarificar las diferentes cuestiones planteadas sobre la emisión de comunicaciones comerciales prohibidas al tratarse de un producto adelgazante en horario de protección infantil, que encaja en la descripción que nuestra legislación tipifica como productos milagro y que además incurre en la transmisión de estereotipos sexistas, al dirigirse únicamente a la mujer.

En el marco de estas acciones emprendidas por el CAA centradas en el control de la publicidad de los llamados productos milagro, el Pleno acordó remitir estos requerimientos de cese a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, a la Dirección General de Consumo y a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, adscrita al Ministerio de Sanidad, al tratarse de administraciones con competencias en el control de la seguridad y eficacia de los productos sanitarios, su comercialización y publicidad.

 

Fuente: El Mundo

 

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19. Noviembre 2012

Breve análisis del Decreto audiovisual de La Rioja

En el día de hoy se ha publicado en el BOR el Decreto 64/2012, de 9 de noviembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual y el registro de prestadores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La finalidad del Decreto audiovisual, es la de adecuar su legislación al nuevo régimen jurídico instaurado con la promulgación de la Ley, 7/2010, de 31 de Marzo, General de Comunicación Audiovisual (LGCA). El texto normativo pretende ordenar y actualizar la legislación audiovisual riojana vigente, hasta ahora dispersa, incompleta y obsoleta, y amparar los nuevos modelos de negocio y condiciones de las oferta derivados de la ampliación de redes y nuevas tecnologías.

I.- Respuesta normativa a la evolución del sector audiovisual.-

El sector audiovisual ha experimentado una rápida evolución, por la implantación de la tecnología digital y la irrupción de internet. Este escenario facilita el acceso de los usuarios a dichos servicios, y ocasiona la fragmentación de las audiencias que ha variado los modelos de negocio. Tanto en radio como en televisión.

Con el nuevo Decreto, La Rioja cumple así la función de regular y ordenar los criterios que despejen incertidumbres jurídicas y den seguridad a las empresas. Así se conseguirá proteger al ciudadano de posiciones dominantes de opinión o de restricción de accesos a contenidos universales de gran interés o valor

II.- La Rioja cierra la adecuación a la nueva legislación

El primer paso en la adaptación del marco jurídico autonómico se logró con el Acuerdo de Consejo de Gobierno de La Rioja de 19 de agosto de 2010, mediante el cual se procede a la transformación en licencias de las antiguas concesiones de Televisión Digital Terrestre (TDT) y de radiodifusión sonora en FM.

Con el Decreto 64/2012, de 9 de noviembre, se introduce en el ordenamiento autonómico la realidad de los servicios no lineales (que usan el cable, satélite, internet mediante Protocolo IP, o dispositivos móviles para su difusión) además de satisfacer las necesidades de modernización y simplificación de la regulación de los tradicionales servicios lineales. Al mismo tiempo, se recogen expresamente las notas que definen el denominado tercer sector audiovisual.

Al igual que Canarias, Navarra, País Vasco, Galicia, y Cantabria (en proyecto), La Rioja se adhiere a esta nueva configuración normativa del sector audiovisual televisivo y radiofónico, promoviendo el clima de liberalización del sector audiovisual que impera en la realidad social contemporánea. A partir de ahora, la regulación estará presidida por cinco principios vertebradores.

1.- Liberalización del sector audiovisual radiofónico.
Se produce una modulación en el régimen de los servicios de comunicación radiofónica de carácter comercial y comunitario, dado que pasan de ser servicios públicos esenciales a servicios de interés general prestados en régimen de libre concurrencia.

2.-Se reducen las licitaciones a las licencias radiofónicas que usen el espectro
El Decreto trae consigo la limitación de la exigencia de concursos públicos para obtener las habilitaciones, puesto que tan sólo aquellas actividades audiovisuales que requieran la utilización de las ondas hertzianas serán objeto de licitación. Todas las demás tan sólo precisarán una comunicación previa.

3.- Modificación formal de la vigencia de las licencias: 15 años
La nueva vigencia temporal de las licencias audiovisuales de radio y TDT riojanas cambia sustancialmente, ya que a tenor del nuevo Decreto tendrán una duración de 15 años, en lugar de los 10 anteriores.

4.- No aplicación de Legislación de Contratos Públicos.
Al igual que en el resto de CCAA que han adaptado su régimen audiovisual, La Rioja no aplicará la legislación de contratos del Sector Público a los concursos de licencias de Radio FM y TDT que se convoquen. Desde ahora el Decreto 64/2012, la Ley General de Comunicación Audiovisual y la Ley del patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja serán los hitos a tener en cuenta para la interpretación del desarrollo de las nuevas licencias.

5.- Más capacidad de transmitir licencias
Lo que supone más facilidad para que los titulares de licencias en La Rioja las puedan vender o alquilar una vez transcurridos 2 años. En este sentido la autorización ya no es discrecional sino reglada. Es decir, si cumples con los requisitos, la administración no se puede negar.

III.- Un avance de cómo serán los futuros concursos.-

El texto destina una gran parte de su articulado a reglamentar como será el otorgamiento de las nuevas licencias audiovisuales.  Los medios que utilicen las ondas hertzianas tendrán que pasar por un concurso público si quieren obtener licencia para operar.

El escenario legal planteado en el Decreto avanza con carácter general los aspectos relacionados con: (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar por los licitadores (Sobre 1 donde se recoge la documentación administrativa y Sobre 2, conformado por la Oferta Técnica), (iii) los criterios de valoración, que al menos, deberán ser (art. 8):

• Condiciones de la emisión y programación
• Viabilidad económica de la emisora
• Características técnicas del proyecto
• Fomento del empleo

En relación con lo composición de la Comisión de Valoración, no se establecen los miembros ni a la posibilidad de acudir a asesores externos para evaluar los proyectos técnicos de radio y televisión. Pero sí se prevé que en el caso de que ninguna de las ofertas no alcance los requisitos exigidos se podrá declarar desierto el concurso. Una vez analizados los proyectos, se formulará propuesta de adjudicación de licencias.
El plazo que se tiene para notificar la resolución de los concursos será de 6 meses, al igual que en todas las convocatorias previas.

IV.- La distribución del Decreto

El nuevo Decreto audiovisual consta de 25 artículos, una Disposición Transitoria, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales. Tales preceptos están estructurados en cuatro Títulos, bajo los epígrafes respectivos de:

  • Título I ‘Disposiciones Generales’
• Título II ‘Prestación de Servicios de Comunicación audiovisual’
• Título III ‘Inspección, Control y Ejercicio de la Potestad sancionadora’.
• Título IV ‘Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de La Rioja’.

El Título I, ‘Disposiciones Generales’, establece el objeto y finalidad de la norma jurídica, así como el ámbito de aplicación de la misma. Establece también los servicios que quedan excluidos del Decreto como los sitios web de titularidad privada o las comunicaciones audiovisuales sin carácter económico, entre otros.

El Título II regula al régimen jurídico del acceso de prestación de los servicios de comunicación audiovisual y define qué es servicio de interés general. Además se regula el paso del régimen actual de autorizaciones y de concesiones para la gestión indirecta del servicio público hacia otro sistema basado en el deber de comunicación previa y el otorgamiento de licencia. En este apartado también se regulan los principios que tienen que presidir la tramitación de los concursos de licencias audiovisuales. Así, servicios liberalizados y carentes de regulación como el cable, satélite, o internet se regirán por el deber de comunicación previa, mientras que en los supuestos de utilización de ondas hertzianas terrestres, en la medida que el espectro radioeléctrico se considera un recurso demanial de carácter escaso, se precisa la intervención administrativa a través de la licencia. Esta licencia tendrá un periodo de duración determinado de 15 años, susceptible de prorroga automática, excepto para aquellos supuestos que, conforme a la regulación estatal, no se renueva automáticamente, sino que se debe convocar concurso para su otorgamiento.

En el Título III se recogen los instrumentos que garantizan la supervisión y la protección activa de los servicios de comunicación audiovisual. La función inspectora está igualmente detallada con una especial mención al contenido que deben tener las actas de inspección levantadas por los funcionarios del Gobierno de La Rioja. Sino consta el contenido legal establecido la labor de los inspectores será anulada.
El régimen sancionador está contemplado en el Decreto de un modo particular, ya que se prevé la suspensión de las emisiones que no gocen de la preceptiva licencia (art. 18). Se fija  como obligación registrar todos los programas y comunicaciones comerciales emitidas bajo pena de sanción de no hacerlo.

Por ultimo, el nuevo texto autonómico, en el Titulo IV, refunde en un único Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de La Rioja los dos que había hasta el momento, uno para los servicios radiofónicos y otro para los prestadores de servicios de Televisión Digital Terrestre (TDT), y define su naturaleza administrativa, carácter público y declarativo.

 

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18. Noviembre 2012

Acuerdo entre Google y la FTC: Pagará 17,7 millones de multa en EEUU

Un tribunal estadounidense aprobó el acuerdo entre Google y la Comisión Federal de Comercio (FTC) por el cual la firma tecnológica pagará 22,5 millones de dólares (17,7 millones de euros) por el 'espionaje' que hizo de datos de usuarios del navegador Safari de Apple.

La suma es adecuada, señaló la juez Susan Illston en una audiencia en San Francisco, según informan los medios. La sanción, la más alta jamás aplicada a una empresa, es tan elevada porque Google incumplió directrices expresas de la FTC, se dijo cuando se anunció el acuerdo en agosto pasado.
Google encontró una forma de dejar 'cookies' sin el consentimiento del usuario en el navegador Safari, que usan los iPhones, iPads y PC. Las 'cookies' son pequeños archivos que registran datos que permiten seguir en gran medida el comportamiento en la red de un ordenador o dispositivo conectado.

El 'Wall Street Journal' fue el que reveló esta práctica a la opinión pública. Google se defendió alegando que no se trataba de informaciones personales.
El caso se relaciona con el funcionamiento de Safari. El navegador de Apple no permite la activación de 'cookies' de manera estándar de terceras partes, como empresas de publicidad 'online'. El usuario tiene que autorizarlo de forma activa si quiere que se activen, algo que hacen pocos.
Google evadió este sistema a propósito al añadir un código a sus 'cookies' que hacían que Safari pensara que el usuario había hecho una excepción para esa 'cookie' y la admitía.

Esto ocurrió durante varios meses en 2011 y 2012. El caso fue descubierto por un investigador universitario que se dio cuenta de lo que ocurría.

Fuente: El Mundo
 

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17. Noviembre 2012

Un informe del AFSCA exige un Plan de adecuación a algunos los medios para adecuarse a la Ley de Medios

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), difundió el pasado 14 de noviembre un informe en el que puntualizó qué grupos mediáticos tendrán que presentar un plan de adecuación para adaptarse a la Ley de medios.

El titular de la Afsca, Martín Sabbatella, advirtió que "después del 7D el Estado actuará para que se cumpla la ley".

En su documento, la Afsca determinó dos conjuntos de grupos mediáticos que deben adecuarse a la ley: aquellos que deben hacerlo por "condiciones de admisibilidad" y aquellos que deben hacerlo porque se exceden en la cantidad de licencias o en la porción del mercado.

Sobre estos últimos, las empresas que están en infracción de la ley de medios porque superan el 35% de participación en el mercado mediático (ya sea por la cobertura o por los abonados a los servicios de cable), son el Grupo Clarín, Uno Medios, Cadena 3, Telefé y Grupo Prisa.

En tanto, Grupo Clarín y Uno Medios (manejado por el ex ministro del Interior menemista José Luis Manzano y por el empresario Daniel Vila), incumplen la ley de medios ya que tienen más de 24 licencias de televisión. Y Cadena 3, el grupo de Jorge Ricardo Nemesio y Radiocadena Eco, lo hacen ya que tienen más de 10 licencias en el espectro radioeléctrico. El informe hace especial hincapié en puntualizar que el grupo de Héctor Magnetto tiene 237 licencias de televisión por suscripción y el Grupo Uno, 55.

Respecto a los que no cumplen las "condiciones de admisibilidad", el ente que maneja Sabbatella menciónó a cuatro grupos. Uno Medios fue señalado porque "posee vinculación societaria con Andes Energía PLC, que presta servicio público en el sector energético de mendoza". Lo mismo le ocurre al Grupo ICK, dado que su titular presta servicio público en Santiago del Estero.

El español Grupo Prisa, se encuentra en infracción ya que es subsidiario de un grupo extranjero. Por último, Pampa Difusora, no cumple con el artículo 24 de la Ley, ya que "uno de los socios se desempeñó como funcionario durante un gobierno de facto" y porque además es manejado por una funcionaria pública.

Otro conjunto de medios se encuentra por fuera de la ley, señala el Afsca, son aquellos que brindan servicio satelital con otras licencias, los que cuentan con señales televisivas y a su vez ofrecen servicios de suscripción a la televisión (entre estos se menciona a Grupo Clarín, Uno Medios, Telecentro, C5N y DirecTV) e aquellos por incompatibilidades a nivel local.

Acceda al Informe: http://www.afsca.gob.ar/wp-content/uploads/2012/11/AFSCA-Estado-de-situaci%C3%B3n-de-los-grupos-de-medios.pdf

 

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17. Noviembre 2012

México anuncia para el martes los ganadores de licencias de TDT

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) informó que el próximo 20 de noviembre se darán a conocer los ganadores de la licitación para la contratación de los servicios de visita y, en su caso, entrega e instalación de decodificadores y/o antenas digitales para la recepción de las señales de digitales en Tijuana, Baja California, donde se prevé el primer apagón analógico del servicio de televisión abierta el 16 de abril de 2013.

A través de un comunicado, el regulador informó que en su sesión plenario del día de ayer (14-11-12), los comisionados integrantes del pleno fueron informados de los avances en la licitación de dichos decodificadores.
Destaca que de 25 empresas registradas, se recibieron 8 propuestas que están en revisión. El fallo será este 20 de noviembre”, dijo.
De acuerdo con información de EL UNIVERSAL, el proceso de Televisión Digital Terrestre (TDT), mejor conocido como apagón analógico, requerirá 17 mil millones de pesos desde el inicio hasta el apagón general que, según las previsiones, será en diciembre de 2015.

El año entrante se requerían 2 mil 400 millones de pesos, adicionales a 360 millones de pesos de Tijuana, para asegurar la provisión de decodificadores digitales y/o antenas en Mexicali, Juárez, Monterrey, Nuevo Laredo, Reynosa y Matamoros.
En la sesión de hoy se asignó el canal 42 como canal de uso temporal, para la transición a Televisión Digital Terrestre (TDT) de la estación XHPTP-TV del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA), en Tapachula, Chiapas.

Por otra parte, Cofetel aprobó un manual que provee criterios y metodología de separación contable por servicio aplicable a concesionarios de redes públicas, el cual se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: El Universal

 

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