29. Noviembre 2008

Se dicta la primera Sentencia sobre el derecho a morir en Corea del Sur

La sentencia de un tribunal surcoreano a favor del derecho a morir de una mujer de 75 años que se encuentra en estado vegetativo constituye el primer caso de eutanasia en Corea del Sur y se suma a la lista de una media docena de países que ya permiten o toleran esta práctica.

Un tribunal civil surcoreano ha aceptado la demanda presentada por los hijos de la mujer, apellidada Kim, para que se desconecte el aparato de respiración artificial de su madre, en coma desde febrero pasado y sin posibilidad de recuperación, en un caso de "eutanasia pasiva".

La sentencia judicial ha generado en Corea del Sur, un país de mayoría budista y numerosa población cristiana, una polémica a favor y en contra, al igual que ha sucedido en otros países cuando ha surgido el debate sobre la eutanasia como una muerte digna.

En Corea del Sur no existe una ley que reconozca la eutanasia, pasiva o activa, y este fallo judicial es el primero a favor de derecho a morir de un paciente en estado terminal. Y aunque el tribunal ha dejado claro que esta sentencia supone un caso aislado, y no una aprobación de la eutanasia en general, expresa a la vez su deseo de que sirva de punto de partida para que se inicie un debate sobre la muerte digna y se establezca una ley al respecto.

Par su sentencia, el tribunal alegó dos aspectos: la anciana no puede recuperar su conciencia ni sobrevivir sin la ayuda de un aparato, por lo que el actual tratamiento médico no podría nunca facilitar su recuperación.

Además, consideró que la señora Kim había manifestado su voluntad de morir dignamente en lugar de estar atada a un respirador, por lo que todo induce a pensar que "habría expresado su preferencia" por morir a seguir en la situación actual.
La situación en otros países
La eutanasia activa mediante el uso de drogas u otros métodos letales es legal en Holanda y en Bélgica, mientras que otros países autorizan fórmulas como el suicidio asistido -Suiza y el estado de Oregón (EEUU)- o la eutanasia pasiva.

El estado estadounidense de Oregón fue el primer lugar del mundo donde se legalizó en 1994 con una ley, que entró en vigor en 1997 y que autoriza a los médicos a prescribir drogas letales a pacientes en fase terminal con seis meses de esperanza de vida que lo solicitaran. Desde que entró en vigor ha sido usada por 200 enfermos terminales.

Sin embargo, el primer país del mundo en legalizar la eutanasia activa propiamente dicha fue Holanda en 2001, aunque era 'tolerada' desde 1984. El ejemplo de Holanda fue seguido posteriormente por Bélgica que en 2002 despenalizó la eutanasia para adultos bajo estrictas condiciones. Una ley similar fue aprobada en el Parlamento de Luxemburgo en 2008.

Actualmente, el suicidio asistido está permitido en Suiza donde incluso hay una asociación, 'Dignitas', que se dedica a ayudar a morir, lo que ha propiciado los viajes para morir allí de ciudadanos de otros países que no autorizan esta práctica.

En Japón fue autorizado por la Corte Suprema en 1995, aunque sólo bajo determinadas condiciones. En Colombia fue reconocido en 1997 por la Corte Constitucional como un derecho para enfermos terminales.

En Francia la polémica resurgió en 2003 a raíz de la historia del joven tetrapléjico Vincent Humbert al que su madre ayudó a morir. Este caso contribuyó a que el Parlamento galo aprobara en 2005 una ley que reconoce el derecho a "dejar morir", aunque no autoriza la eutanasia activa, algo que este mismo año demandó la paciente Chantal Sèbire.

En el Reino Unido se presentó en 2006 un proyecto de ley que trataba de legalizar la eutanasia voluntaria pero fue bloqueado en la Cámara de los Lores. En los últimos años, también se han presentado propuestas similares en California (EEUU) y México.

Las voces más críticas contra la eutanasia proceden del Vaticano, que considera moralmente inaceptable la provocación directa e indirecta de la muerte de una persona y equipara la eutanasia activa a una forma de asesinato.

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29. Noviembre 2008

El TSJ de Madrid anula la adjudicación de concesiones de TDTL en la Comunidad de Madrid

La Sección 8ª de la Sala de lo Contenciso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha hecho públicas, el viernes 28 de noviembre, cuatro Sentencias que declaran nula la orden por la que se concedieron 30 concesiones de TDT, de ámbito local, el 5 de agosto de 2005.

El Tribunal, en las 4 sentencias, ha revocado el reparto dada "la ausencia de motivación mínima imprescindible justificativa de la baremación", es decir, por no haberse argumentado de las licencias a las distintas adjudicatarias.

Tanto el procedimiento originado por Canal Uve Guadalajara (Rº 91/07), como el que aglutina a las empresas de Localia TV Madrid, Comunicación y Medios Audiovisuales, Tele Alcalá y Telenoroeste (Rº 825/05), así como los de Centro de Estudios Profesionales de Imagen y Sonido S.L., y Telesierra S.L., han tenido el mismo desencadenate: declarar nulo el otorgamiento de concesiones de TDT por no cumplir el requisito de motivación inicial.

Tres años después de su adjudicación, el Tribunal declara probado que la Mesa de Contratación que evaluó las distintas ofertas no ponderó los criterios exigidos conforme al pliego de bases del concurso. El órgano de contratación deberá ahora realizar una nueva baremación (distinta a la anterior), aplicando objetivamente los criterios valoradores establecidos en los pliegos, y decidir nuevamente sobre los proyectos presentados en un plazo de dos meses.

Una de las cuatro Sentencias, la del procedimiento Rº 91/07, establece expresamente que todas las televisiones existentes en Madrid que hayan licitado, ya tengan concesión o no, se encuentran en la misma situación legal que tenían antes de resolver el concurso.

La Comunidad de Madrid anunció ayer que no recurrirá la sentencia y que presentará en el plazo dado por el Tribunal la valoración empleada para calificar las ofertas.

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27. Noviembre 2008

El apagón analógico en 2010 le viene grande a España

Nuestro país está poco o nada preparado para el apagón analógico que se producirá en 2010. Es la principal conclusión del estudio anual de tendencias del sector audiovisual realizado por la empresa Time Consultants para el IESE y presentado esta mañana en la Asociación de la Prensa de Madrid.

El 60% de los líderes del sector audiovisual entrevistados (presidentes, consejeros delegados y directores generales) consideran que la penetración de la TDT en la fecha prevista será muy difícil y que nuestro país no está preparado para ello, opinión especialmente crítica entre los operadores de TV privada y las entidades de carácter local.

Las principales causas para esta opinión negativa sobre la implantación de la TDT en España son las dificultades para conseguir una cobertura amplia (48,5%), la falta de confianza en la fecha del apagón analógico (48,5%) y la falta de interés en la TDT de ciertos operadores (43,4%), que prefieren perpetuar la situación actual.

Una amplia mayoría de la muestra cree, de forma bastante unánime, que los canales de la TDT estatales para resultar atractivos deberían apostar primero por contenidos temáticos y eventos deportivos. “Actualmente faltan contenidos y mejor calidad en la TDT”, afirmó Lourdes Olive, de la empresa Time Consultants, que ha elaborado el estudio.

La mayoría de los agentes del sector consultados consideran que el modelo de TDT implantado en España, que supone pasar de 8/10 canales a unos 40/50, es poco o nada sostenible a nivel económico. Dos de las principales críticas son la falta de apuesta clara por os servicios interactivos y las dificultades para financiar tantos canales mediante la vía publicitaria clásica. En este sentido, Joaquim Triadú, profesor del IESE y vicepresidente del Centro SP-SP del IESE, afirmó que “la fórmula del TDT del PPV (Pay Per View) se va a tener que regular con una cierta urgencia, porque es un paso necesario e imposible de evitar”.

El estudio también refleja la opinión de los líderes del sector respecto al futuro de la TV pública. La mayoría de los entrevistados (64,9%) muestra su desacuerdo con la afirmación de que la TV pública se justifica únicamente por motivos de identificación nacional (lingüísticos o culturales). Además el 60% de los directivos consultados considera que la TV pública no debería competir en contenidos con la TV privada.

Nuevos formatos
Según los entrevistados en el estudio, los nuevos formatos en el sector audiovisual que cobrarán mayor importancia para el usuario en los próximos cinco años son, en este orden: Internet, TDT y TV por Internet. A cierta distancia, las autoproducciones – tipo ‘Youtube’-, y en último lugar se sitúa la TV por móvil, seguida de cerca de la TV por cable.

Por último, el estudio ha recogido la opinión de los responsables de las empresas en relación a la piratería en el sector audiovisual. El 67,9% de los entrevistados no cree que sea piratería descargarse contenidos de Internet para autoconsumo. Asimismo, la mayoría de los consultados, sobre todo expertos/especialistas está en desacuerdo con que se cobre un canon por descargarse contenidos. Los operadores de TV privada parecen más partidarios de esta medida. También es significativo, que el 60% de los entrevistados considere que no se debe poner límites a la tecnología para proteger a los autores.

24-11-2008 Carlos García-León. Expansión

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27. Noviembre 2008

La Audiencia Provincial retiene el dinero de la entrevista a Roldán

La Audiencia Provincial de Madrid ha aceptado la petición del abogado Marcos García-Montes, que ejerce la acción popular en el denominado 'caso Roldán', y ha ordenado el embargo del dinero percibido por el ex director general de la Guardia Civil por la entrevista que concedió a Telecinco, en la que el ex convicto abordó los hechos que le llevaron a prisión.En un comunicado, García-Montes explica que la Audiencia Provincial ha solicitado que la cadena de televisión informe en el plazo de "dos días" de la cantidad económica  que obtuvo Luis Roldán por la entrevista emitida el pasado día 14 de noviembre, así como la puesta a disposición del Tribunal de la misma.

El abogado avisa de que en el caso de que el ex director del Instituto Armado haya recibido ya el dinero por su intervención en el programa, interpondrá una querella por alzamiento de bienes y solicitará que se suspendan los posibles beneficios penitenciarios.

Sin embargo, fuentes próximas a Roldán afirman que el ex convicto no cobró nada más que los gastos de acudir a la grabación. Esto es, unos 600 euros en dietas por el viaje.

El abogado formulará esta medida como consecuencia "de la burla que supone al Estado y los contribuyentes percibir cantidades sin haber abonado la responsabilidad civil" y ante "la imposibilidad de embargar los miles de millones de pesetas que desaparecen en Singapur por la opacidad fiscal y estatal del país".

García-Montes solicitó a la Audiencia Provincial, el pasado 14 de noviembre, el embargo del importe obtenido por Roldán y que además "librara urgente fax para que se remita a la cadena de televisión fotocopia del contrato" y "se practicara la diligencia prenombrada por parte de la Unidad de Policía Judicial adscrita a la Audiencia Provincial de Madrid".

La Unión de Guardias Civiles (UGC) también presentó una denuncia ante la Audiencia Provincial de Madrid para exigir la retención de la cantidad que Telecinco habría pagado a Roldán por la entrevista, realizada por María Teresa Campos, y emitida la noche del 14 de noviembre a las 22.45 horas.

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17. Noviembre 2008

Se crea un nuevo sistema de transporte de células vivas para la investigación

El nuevo método, patentado por esta compañía ubicada en el Parc Científic de Barcelona, se basa en el empleo de un medio semisólido, que presenta más ventajas que los sistemas de transporte actuales en un medio líquido, en el que la calidad de la célula empeora, o con células congeladas, que usan la mayoría de empresas biotecnológicas, pero que resulta complicado y costoso.

Fuentes de Advancell han señalado que el hecho de ser la única empresa en el mundo que cuenta con este innovador método de transporte celular puede abrirle las puertas a nuevos mercados, como el americano, y a comercializar junto con otras compañías reactivos celulares procedentes de estas empresas.

También han explicado que el primer reactivo que utiliza esta tecnología, y que distribuyen en colaboración con la empresa Tebu Bio, se está comercializando en Europa con gran éxito y sus ventas ya superan los 700.000 euros.

Advancell ha presentado recientemente un plan estratégico a cinco años con el que pretende quintuplicar su valor y alcanzar los 15,5 millones de euros de facturación en 2013, y convertirse en una de las empresas de referencia en el sector biotecnológico a nivel internacional.

Entre los principales objetivos de este plan figura la expansión de las ventas de sus reactivos celulares, así como el avance en fases clínicas de sus desarrollos terapéuticos.

Advancell es una empresa biotecnológica con tecnología propia e innovación continuada, que investiga sobre necesidades no resueltas en salud y bienestar, y que se nutre de descubrimientos del entorno académico para mejorarlos, desarrollarlos y explotarlos en el mercado.

La compañía posee tres divisiones: Advancell Therapeutics, dedicada al desarrollo de fármacos innovadores mediante la búsqueda de nuevas aplicaciones para moléculas ya conocidas, Advancell Alternative Testing, que usa métodos 'in vitro' basados en células para predecir la eficacia, la seguridad y el mecanismo de acción de moléculas en desarrollo, y Advancell Nanosystems, que emplea la nanomedicina para tratar y prevenir enfermedades.

Actualmente, sus proyectos en fase clínica se centran en nanomedicinas para el tratamiento de la psoriasis y en el desarrollo de un nuevo medicamento huérfano para la Leucemia Linfocítica Crónica.

La compañía Advancell está ubicada en el Parc Científic de Barcelona y posee centros de investigación en la Universidad de Santiago de Compostela y en el Hospital La Fe, en Valencia.

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17. Noviembre 2008

Los tumores cerebrales podrán ser detectados mediante un análisis de sangre

Como si fuesen exploradores que se lanzan a reconocer el terreno de 'avanzadilla', los tumores liberan pequeñas membranas capaces de alterar el tejido que los rodea para facilitar la propagación del cáncer. Estas microvesículas (denominadas exosomas) se liberan al torrente sanguíneo, donde podrían llegar a ser identificadas y detectadas mediante un análisis de sangre. Un trabajo publicado en 'Nature Cell Biology' demuestra que es posible localizar estas células en la sangre para diagnosticar a tiempo un agresivo cáncer del cerebro, el glioblastoma.Este hallazgo, que aún debe ser validado en otros estudios, y está más cerca de momento de los avances en ciencia básica que de las aplicaciones clínicas, podría algún día permitir detectar esta letal enfermedad mediante un análisis de sangre en lugar de por los métodos invasivos que hoy siguen siendo necesarios (como es la biopsia cerebral).

Como explica el equipo dirigido por Xandra Breakefield, del Hospital General de Massachusetts (en EEUU), estas microvesículas se asemejan a pequeños sacos que se desprenden del tumor y van cargados de algunas sustancias. Entre ellas, ciertas proteínas angiogénicas y moléculas que le permiten ir 'allanando el terreno' en los tejidos circundantes para facilitar la expansión de las células sanguíneas. Es decir, manipulan el entorno para favorecer el crecimiento del tumor, burlando la vigilancia del sistema inmune.

Entre otras cosas, estas sustancias facilitan la invasión por parte de las células malignas y alteran la vasculatura normal para ir facilitando la creación de nuevos vasos sanguíneos (que aporten nutrientes y oxígenos al tumor). Además, estos 'emisarios' van transmitiendo la información genética del glioblastoma a las células receptoras, facilitando la aparición de metástasis. Aunque hasta ahora se sabía que formaban parte importante del sistema de comunicación de célula a célula, es la primera vez que se analiza con profundidad la información que transportan.

Lo que el trabajo ha demostrado es que estos 'sacos' contienen proteínas y ADN mensajero (ARN) que podrían ayudar a detectar la presencia de un glioblastoma en el cerebro y facilitar la mejor elección del tratamiento para estos pacientes. "El análisis detallado del contenido de los exosomas permitió identificar factores que podrían facilitar la propagación del cáncer, o que indican una vulnerabilidad a ciertos fármacos en particular", señala el equipo en una nota de prensa.

"El glioblastoma libera exosomas en cantidades suficientes para atravesar la barrea hematoencefálica [que precisamente impide que las sustancias tóxicas lleguen al cerebro]", explica Johan Skog, otro de los firmantes. "Ahora hemos sido capaces de aislarlos, analizarlos y ver si pueden emplearse como biomarcadores para guiar el tratamiento y evaluar la respuesta [del paciente a la terapia]".

Para ello comenzaron analizando tres tumores cerebrales. Con este material verificaron que efectivamente las células malignas liberaban microvesículas 'transportadoras' de sustancias capaces de desencadenar la proliferación celular. Hasta el punto de que cuando cultivaron los exosomas junto a células sanas, éstas incorporaron en su material genético el procedente del tumor.

En una segunda fase, analizaron una muestra de tejido tumoral y una gota de plasma sanguíneo procedente de 25 personas diagnosticadas con un glioblastoma; en ambos materiales pudieron aislar los exosomas. En algunos casos, estas microvesículas permitieron detectar incluso una mutación en el receptor del factor de crecimiento epidermal (EGFR, según sus siglas en inglés) característica de un subtipo de cáncer. Concretamente en dos pacientes la mutación sí fue hallada en las exosomas pero no en las biopsias.

En realidad, concluyen, las microvesículas podrían servir para detectar cambios genéticos causados por la progresión de un tumor con sólo una pequeña muestra de sangre; "seguramente independientemente del tipo de cáncer o de donde esté localizado". Incluso, apuntan, los exosomas podrían ser útiles para transportar agentes terapéuticos, es decir, para la administración de fármacos.

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15. Noviembre 2008

La emisora pública Canarias Radio deberá cambiar su nombre

El Juzgado de lo Mercantil en Las Palmas ordenó ayer estimar las medidas cautelares consistente en el cese de la actividad que presentó Prensa Ibérica contra las emisiones de Canarias Radio (la emisora pública canaria, inaugurada el 30 de mayo) por la similitud de su nombre con Radio Canarias, emisora que desde los años ochenta tiene registrada y en activo el grupo Editorial Prensa Canaria. La emisora puede continuar su programación siempre y cuando no lo haga con su nombre actual. En su auto, la jueza aprecia "la confusión que para los consumidores puede acarrear las denominaciones de Radio Canarias y Canarias Radio".

No es la primera vez que se toman medidas de este estilo dado que no se puede utilizar la reputación asociada por los oyentes a una radio determinada por una de nueva implantación. Esta es la razón subyacente de la doctrina de evitar la concurrencia de distintas denomizaciones comerciales con una silitud tal que produzca confusión a los usuarios. En este caso los radioyentes.

 Una vez que las emisoras se vean afectadas por nuevas radios con nombres comerciales similares deberán acudir inmediatamente a la justicia puesto que podrán paralizar a las nuevas radios que, con un nombre parecido, pueda generar confusión a los oyentes.

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14. Noviembre 2008

Localia cesará su actividad

El grupo Prisa ha comunicado el pasado jueves el cese de actividad de la cadena de televisiones locales Localia TV, que afectará a entre 250 y 300 personas, y ha achacado esta situación a la crisis económica y a la caída de la inversión publicitaria. Una de esas televisiones está en Toledo capital, donde tomó el relevo a Canal 4, y también en Albacete, Cuenca, Ciudad Real y Las Pedroñeras.

Este grupo de comunicación, que ya ha comunicado esta información a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha precisado además que ha tomado esta decisión ante "las dificultades y la incoherencia" que presenta el marco regulatorio actual, informa El Confidencial.com.

Ha lamentado además la "saturación" de licencias de TDT y el "desordenado" desarrollo del sector, "que imposibilitan la viabilidad del proyecto". El comunicado señala que a la falta de flexibilidad de dicho marco, se unen la crisis económica y la caída de la inversión publicitaria, sin perspectiva de recuperación a corto y medio plazo. "El incumplimiento de los plazos en la concesión de licencias y la arbitrariedad política con la que se han resuelto algunos concursos de TDT regional, han agravado la situación de forma determinante", finaliza la nota.

La red de televisiones locales impulsada por el grupo Prisa, tuvo un 18,6% menos de ingresos por publicidad y un 10% menos de ingresos de explotación, según su informe trimestral publicado recientemente. El margen de EBITDA de la cadena ha sido de -12,5 millones de euros, unas pérdidas que han obligado a la compañía de medios a cerrar.

Localia comenzó sus emisiones a principios del año 2000 y en la actualidad cuenta con un centenar de emisoras ubicadas en las principales ciudades españolas. El proyecto surgió antes de que Prisa empezara a emitir con Cuatro y, después de la concesión, pasó a un segundo plano. Localia estaba hasta ahora presente en el 84% de las poblaciones con más de 50.000 habitantes, y la idea incial era conseguir un canal nacional a partir de una red múltiple de emisiones locales, con programaciones coordinadas.

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12. Noviembre 2008

Adjudicadas 83 emisoras de radio FM en Cataluña

El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), en sesión celebrada el pasado 7 de noviembre, adjudicó 83 concesiones de radio en frecuencia modulada. La adjudicación ha sido realizada a través del sistema de concurso público abierto.
El CAC ha analizado un total de 1.279 solicitudes, correspondientes a 73 licitadores, que ha arrojado el siguiente resultado. El Grupo Godó ha sido el máximo beneficiario de las adjudicaciones con un total de 17 licencias a la sociedad Radiocat XXI (Rac 1), seguido del Grupo Flaix con 10 licencias. Otros beneficiarios han sido el Grupo Teletaxi con 9, las mismas que la cadena SER, RKOR Ràdio ha obtenido 5 licencias, Onda Cero 3 y Ràdio Estel 4 adjudicaciones.
Los grandes desfavorecidos han sido Kiss FM, Grupo UNEDISA (El Mundo), la cadena COPE, Onda Rambla y Punto Radio que habiendo apostado fuertemente por su posicionamiento en Cataluña, no han obtenido ninguna licencia. Ya han anunciado su intención de recurrir el reparto.
Pese a las distintas lecturas del reparto proyectadas por el sector,  estamos ante la primera adjudicación de concesiones de radiodifusión, en la que la convocatoria y la resolución se ha realizado exclusivamente por una autoridad independiente de regulación del audiovisual. Se pretende seguir el modelo existente en la mayoría de países de la Unión Europea, donde la adjudicación de concesiones de radio y televisión ha dejado de ser competencia de los Gobiernos.
Las frecuencias objeto del concurso fueron las reservadas para Cataluña de acuerdo con el Plan Técnico Nacional de radiodifusión, aprobado por el Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, y la resolución PRE/3315/2006, de 17 de octubre.

entidades adjudicatarias

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12. Noviembre 2008

El programa tecnológico de Barack Obama

La estratégica utilzación de Internet por la campaña del senador por Illinois fue clave para llevarle a la Casa Blanca. Barack Obama ha dado a la Red un papel fundamental, entre otras cosas por su programa electoral en lo que respecta a las nuevas tecnologías. Distintos medios de comunicación consideran que el sector tecnológico no ha estado a la altura en los últimos años y necesita un impulso, por lo que el cambio -repetido hasta la saciedad en la campaña electora norteamericana- también puede llegar a Internet.

The Inquirer realiza un pequeño análisis y se pregunta si el presidente electo podrá cumplir sus promesas. Compromisos que se basan en cinco ejes:

1. Neutralidad en la Red: Establecer normas y leyes para que todos los proveedores de servicios y empresas de telecomunicaciones trabajen en igualdad de condiciones. La regulación llegaría mediante leyes federales.

2. Penetración de la banda ancha: Es uno de los puntos que requieren mayor inversión puesto que contempla la mejora en infraestructuras de EE UU. Un cambio que debe posibilitar el avance a nivel de términos de velocidad de acceso a la Red, EE UU se encuentra en la posición número 15

3. Espectro inalámbrico: Obama prometió una revisión exhaustiva de los actuales usos del espectro inalámbrico. Además, quiere que los organismos gubernamentales controlen de forma más exhaustiva el espectro inalámbrico.

4. Externalización: El entonces candidato demócrata prometió la eliminación de las exenciones fiscales para las empresas que externalicen la producción, "pero que gracias a nuevas políticas con los visados, incrementará la contratación de ingenieros altamente capacitados y científicos para aumentar la competitividad", asegura The Inquirer.

5. Seguridad y privacidad: Obama aseguró que habría nuevas medidas para restringir el uso de la información personal en la Red, por ejemplo en los historiales médicos o la lucha contra el spam y el phishing.

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6. Noviembre 2008

El Gobierno vasco adjudica a Telebilbao la TDT de Barakaldo

Telebilbao será la cadena que gestionará la Televisión Digital Terrestre de Barakaldo tras el fracasado intento de los ayuntamientos socialistas de la comarca por llevar adelante un proyecto para tener un canal televisivo propio. El Gobierno vasco concedió ayer al canal bilbaino la licencia que habían dejado libre las administraciones locales en el Consejo de Gobierno al ser la primera suplente de la lista.

Esta adjudicación pone fin a la polémica cuestión de la TDT de Ezkerraldea. El Ejecutivo vasco concedió el 17 de julio de 2007 el permiso a Barakaldo, Portugalete y Santurtzi para la prestación de este servicio. Sin embargo, la iniciativa pronto se vino abajo.

Tras el cambio de gobierno en la localidad marinera, el nuevo alcalde del PNV, Ricardo Ituarte, anunció rápidamente que su municipio abandonaba este proyecto por su alto coste, que se estimaba en 1,2 millones de euros anuales a abonar a partes iguales entre las tres localidades. Apenas unas semanas después, los grupos municipales del PP en Barakaldo y Portugalete sumaban sus votos a los de la oposición para sentenciar el plan argumentando además que no quedaba clara su pluralidad desde el punto de vista ideológico. El Consistorio fabril mantuvo la esperanza hasta última hora pero al final tuvo que renunciar a la licencia.

La portavoz del Gobierno vasco, Miren Azkarate, explicó ayer que en la comarca de Ezkerraldea existían numerosas solicitudes para la gestión indirecta del canal que no pudieron ser atendidas, por lo que se ha acordado conceder la frecuencia a Telebilbao por ser la primera suplente de la lista.

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5. Noviembre 2008

Se niega la apelación de Telma Ortiz en defensa de su imagen

La Audiencia Provincial de Toledo ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Telma Ortiz Rocasolano, hermana de la Princesa Letizia, y su pareja, Enrique Martín Llop, contra el auto dictado en mayo pasado que se opuso a la adopción de medidas cautelares en defensa de su imagen y privacidad.En un auto de 24 páginas fechado el 3 de noviembre y difundido hoy, la sección primera de la Audiencia Provincial rechaza uno por uno los fundamentos de la apelación al auto dictado por la juez María Lourdes Pérez Padilla el pasado 15 de mayo y condena a la pareja al pago de las costas, cifradas de unos 45.000 euros.

El auto de la Audiencia señala la inexistencia de la "apariencia de buen derecho" y, sobre todo, caución (reclamación de daños y perjuicios), ni siquiera solicitada por los demandantes, bastaría para rechazar la apelación.

Sin embargo, ahonda en extenso en los fundamentos de derecho del auto de la juez Pérez Padilla y, aunque el presidente y los tres magistrados autores del auto dicen abrigar dudas sobre si Telma Ortiz es o no un personaje de proyección pública, "nos hemos limitado -dicen- a exponer cuál es la consideración de la jurisprudencia española".

"Esas dudas generales", prosiguen, "se nos acrecientan si se tiene en cuenta que la Sra. Ortiz Rocasolano sí tiene, con independencia de su asistencia a actos protocolarios u oficiales, una cierta proyección pública".

Telma Ortiz, agrega, al intervenir en actos sociales y oficiales "ha dado pie a considerar que por actos propios, al responder a cuestiones de tipo íntimo, se ha colocado en una situación de mayor relieve social, sin bien que de modo muy limitado".

"Todo lo dicho lleva consigo que esta Sala no pueda afirmar ni negar, del modo tan tajante a como se recoge en el auto recurrido, si en este caso se da o no la condición de persona con proyección pública puesto que ni por la jurisprudencia, contradictoria (...), ni por el contenido de la actividad de Dª Telma Ortiz, cabe sostener una posición clara".

Telma Ortiz y su pareja, Enrique Martín, emprendieron una guerra judicial contra la prensa rosa. La hermana de la Princesa de Asturias presentó a través de sus representantes legales en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo una solicitud en la que pedía al juez que instase los medios a que "se abstuvieran de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir" imágenes o instantáneas suyas o de su pareja.

La juez de primera instancia número 3 de Toledo, María Lourdes Pérez Padilla, denegó la petición  en un auto de ocho páginas en el que afirmaba que, "sin hacer referencia" al parentesco de Telma Ortiz con su hermana Letizia, Princesa de Asturias, señalaba que era "evidente" la "inviabilidad jurídica" de su solicitud.

La juez subrayó la aparente contradicción de que Telma Ortiz y su pareja, Enrique Martín-Llop, defendieran ser personas "sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que participan de hechos y actos que sí la tienen".

Fernando Garrido, abogado de Telma Ortiz, presentó un recurso contra el auto  que denegó las medidas cautelares, insistiendo en que esas medidas cautelares tenían por objetivo el de "impedir la injerencia en la cotidianeidad de los demandantes de quienes desean conseguir, por puro interés económico, imágenes foto o videográficas sin interés general", y apunta que "la relevancia comunicativa no puede confundirse con la simple satisfacción de la curiosidad ajena".

El escrito de recurso elaborado por el Despacho Garrido Abogados recogía jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, relativa a la consideración que ambas instancias tienen de quienes pueden ser considerados personajes públicos, notorios, de proyección pública o privados.

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4. Noviembre 2008

Concebir embriones libres de cáncer a la espera de ser autorizado

Javier nació a mediados de octubre en Sevilla. Las células madre de su cordón umbilical servirán para curar a su hermano Andrés, que padece una enfermedad congénita, la beta talasemia mayor, de la que él mismo está libre gracias al diagnóstico genético preimplantacional. Pero, ¿qué ocurriría si sus genes llevasen impresa una predisposición a algún tipo de cáncer? ¿Es ético utilizar esta técnica para prevenir tumores hereditarios? Los oncólogos españoles lo han debatido recientemente y dos familias esperan una decisión. Nadie duda de que el tema suscita aún importantes cuestiones éticas y legales. La técnica, autorizada en España desde hace años, permite analizar los preembriones concebidos mediante una fecundación 'in vitro' para ver si son portadores de determinadas alteraciones genéticas e implantar en el útero materno únicamente aquellos que están libres de dicha herencia.

En la actualidad, se calcula que un 5%-10% de todos los cánceres tienen carácter hereditario, es decir, son consecuencia de mutaciones germinales en ciertos genes que aumentan la susceptibilidad a enfermar en el futuro. En total, se conocen alrededor de 40 genes implicados en este tipo de síndromes hereditarios poco frecuentes, pero aunque la cuestión ha empezado ya a surgir en las consultas de consejo genético, no hay constancia de que el método se haya empleado aún en ningún centro público.

"Al menos en los síndromes más frecuentes, como el de mama y el de colon", según confirmó la doctora Ana Polo, del Hospital Sant Pau de Barcelona, en una jornada organizada recientemente en Madrid por la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) y el Instituto Roche.

Joan Brunet, coordinador de la sección SEOM de Cáncer Hereditario y Consejo Genético, reconoce que desde hace siete u ocho años ha aumentado el número de parejas que acuden a las consultas con este dilema. "Se trata de gente sana, que sabe que es portadora de esta presdisposición, y que se encuentra en edad fértil", apunta a elmundo.es. Y de la misma manera que este diagnóstico preimplantacional ya se aplica desde hace años a otras enfermedades genéticas de manera rutinaria, ¿dónde está el límite para emplearlo en el caso de tumores?".
Tres condiciones
De hecho, Brunet no quiere dar ejemplos concretos y prefiere ceñirse a la ley 14/2006 que ha regulado más en detalle esta cuestión recientemente. Según el artículo 12 de este texto, el diagnóstico preimplantacional únicamente es legal para enfermedades graves, con muchas probabilidades de desarrollarse en los primeros años de vida, y con una alta tasa de mortalidad por falta de tratamientos. "¿Qué se entiende por grave? Algunos síndromes hereditarios entran claramente dentro de esta definición, pero ¿qué ocurre con una mujer joven, que quiere tener hijos y cuya madre, tía y hermana han muerto jóvenes por el cáncer de mama? Eso es lo que estamos intentando determinar con este tipo de debates", apunta.

Julio Martín, director del laboratorio de enfermedades del Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI), prefiere hablar de 'neoplasias' en lugar de cáncer, y recuerda que existen muchos síndromes ("poco frecuentes") que se manifiestan con una proliferación celular irregular. "Como la neoplasia múltiple endocrina de tipo 2 A, un carcinoma de la glándula tiroidea, y que tiene una penetrancia del 95%, es decir, que las personas portadoras desarrollaban la enfermedad con mucha probabilidad", explica.

En este centro, se han realizado ya siete diagnósticos de esta enfermedad que han acabado en cuatro gestaciones. Igual que otros 14 diagnósticos de neurofibromatosis tipo 1 (que provoca la aparición de múltiples fibromas dérmicos, complicaciones óseas -displasia vertebral, escoliosis -, posibles malformaciones en la cara, y en un 50% de los casos, retraso en el aprendizaje), que han culminado en cinco embarazos, dos de ellos aún en curso.

En ambos ejemplos, se trata de patologías con un patrón hereditario dominante, es decir, que el riesgo de que los hijos de los afectados hereden la misma mutación que sus padres es del 50%. "Estas personas han visto la enfermedad en su familia, generación tras generación, y antes de disponer de esta posibilidad algunas de ellas incluso decidían no tener hijos".
Informe de la comisión
Según explican fuentes del Ministerio de Sanidad, las comunidades autónomas están autorizando la técnica siempre que la solicitud cumpla las tres condiciones del artículo 12. Sólo en caso de duda solicitan el informe (favorable o desfavorable) de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, que debería evaluar caso por caso tras revisar la documentación pertinente (mutación, historia familiar...). Aunque por el momento, añaden, aún no han tenido que pronunciarse en ninguna solicitud de este tipo; probablemente porque los trámites todavía no han traspasado las 'fronteras' autonómicas.

"El departamento catalán de Salud tiene un grupo asesor que informa sobre la conveniencia o no de enviar la solicitud a la comisión nacional", añade por su parte Josep Maria Busquets, secretario del comité de Bioética de Cataluña (dependiente de la Generalitat). De manera que "este tipo de solicitudes [tipo BRCA] requieren la autorización del departamento de Salud, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida". Busquets, añade que por el momento sólo se ha recibido una petición, "a la que se ha solicitado documentación complementaria".

Martín confirma que el IVI ha realizado dos consultas para las que aún espera respuesta. "Una, por un varón portador del gen BRCA1, que podía suponer para sus futuras hijas un mayor riesgo de cáncer de mama. La segunda, para una mujer con mutación en el gen BRCA2 y cuyo árbol genealógico mostraba una penetrancia de casi el 100%", explica. La razón para consultar estos casos y no el resto de síndromes neoplásicos, explica, es que nunca antes se ha utilizado en España el diagnóstico preimplantacional para cáncer de mama. "Los embriones portadores de la mutación no tienen porqué desarrollar la enfermedad en el futuro, de manera que nos vemos más respaldados solicitando este informe".

Las principales dudas (éticas y legales), coinciden todos los especialistas, surgen en el caso de familias con una fuerte penetrancia de los genes relacionados con algunos tumores de mama y de colon, que no se desarrollan hasta la edad adulta, y que no todos los portadores llegan a manifestar.

En general, los especialistas coinciden en que el uso de esta técnica para genes oncológicos debería estar sujeto a una serie de requisitos, "que pasan necesariamente por la consulta de consejo genético, la intervención de un equipo multidisciplinar, la valoración del riesgo de transmisión del tumor hereditario, la implementación de un estudio genético y el asesoramiento sobre medidas de detección precoz o prevención disponibles", según la nota de prensa de la SEOM sobre este foro de debate.

El uso del diagnóstico genético para casos de cáncer ya está aprobado en el Reino Unido desde 2006, aunque cada caso debe ser autorizado uno por uno, tras valorar la historia familiar, el tipo de mutación y otras circunstancias. En el caso español, el proceso sería el mismo, como explica Mónica Parriego, responsable del laboratorio de diagnóstico preimplantacional del USP Instituto Universitario Dexeus de Barcelona, donde aún no han tramitado ningún DGP relacionado con el cáncer.
Poco frecuentes
"Si la solicitud se saliese de los tres supuestos que marca la ley, la comisión debería evaluar cada caso y emitir un informe favorable o desfavorable", explica esta especialista a elmundo.es. "Aunque finalmente son las comunidades las encargadas de autorizarlo".

La técnica requiere extraer una o dos células del embrión cuando se encuentra en la fase de mórula (es decir, está formado aún por sólo de ocho a 12 células). Por cada célula se puede analizar una única patología, mientras que el resto del embrión sigue en cultivo a la espera de conocer el diagnóstico y pueda ser transferido a la madre. "No hacemos un 'barrido' a ver qué error encontramos, sino que estudiamos a la familia y acudimos exactamente a la mutación que causa la enfermedad en los progenitores", aclara Parriego. De hecho, la ley prohibe expresamente la selección positiva, es decir, la elección del embrión más fuerte, más inteligente, o el que tenga los ojos de un determinado color.

Brunet reconoce que es probable que algunas parejas se echen atrás después de informarse y conocer los riesgos y las limitaciones de la técnica. Por ejemplo, el tratamiento hormonal necesario para la reproducción asistida que puede aumentar el riesgo de cáncer de mama, los costes económicos, el tiempo, la burocracia o la probabilidad de que finalmente el embrión elegido no 'agarre' con éxito en el útero materno. "El debate es necesario", concluye, al tiempo que recuerda que la mayor parte de los tumores son de tipo esporádico y no hereditarios.

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4. Noviembre 2008

Convocado el concurso de TDT regional en Castilla y León

La Junta de Castilla y León ha publicado en el BOCYL de ayer lunes, la Resolución de 31 de octubre de 2008, de la Consejería de Fomento, por la que se anuncia la convocatoria del concurso público para la adjudicación de una licencia de TDT de ámbito autonómico (TDTA).

La Junta, que con esta medida da un paso decisivo en la configuración del mapa de medios audiovisuales de la Comunidad, fija, a partir de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín, un mes para la presentación de ofertas, plazo que finaliza el proximo 3 de diciembre.

CARACTERISTICAS ESPECIALES

Una de las particularidades es que Castilla y León ha sido la primera comunidad en convocar un concurso de TDT con la nueva Ley de Contratos Públicos (Ley 30/2007, de 30 de octubre) por lo que esta licitación exigirá de un conocimiento global del Derecho de la Contratación Pública en materia Audiovisual.

Otra peculiariedad es que la resolución del concurso tendrá un único adjudicatario que obtendrá la concesión para la explotación conjunta e inseparable de 2 canales digitales  integrados el múltiple digital autonómico asignado a Castilla y León. Ello permitirá la prestación del servicio público de televisión digital terrestre, en abierto, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La concesión comprende tanto la habilitación para la explotación del servicio como la gestión de los centros de emisores y de la red de transporte y difusión necesarios para la prestación del servicio con los estándares de cobertura y calidad establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas.

CRITERIOS DE ADJUDICACION

La mesa de contratación premiará a la mejor propuesta sobre 100 puntos, y valorará las ofertas en base a tres parámetros: propuesta de programación: 50 puntos; propuesta técnica: 30 puntos; y propuesta económica: 20 puntos. Estos criterios suponen la primacía de la calidad de los contenidos (50% de la concesión) sobre el resto de los bloques, no por ello menos importantes.

Con esto la Comunidad de Castilla y León pretende situarse a la vanguardia en el fomento de la programación como eje fundamental de la introducción de la Televisión Digital Terrestre (TDT) en el conjunto de la región, más aún, teniendo en cuenta que Soria ha sido elegida por el Gobierno central como territorio para pilotar el llamado apagón analógico.

DOS CANALES.

La licencia de TDT autonómica habilitará al adjudicatario para la gestión de 2 de los 4 canales digitales que integran el MUX autonómico de Castilla y León. Uno de estos canales realizará sus emisiones de forma unitaria, sin desconexiones territoriales durante todo el horario de su programación, y el otro realizará sus emisiones de forma mixta, de modo que parte de su programación se lleve a cabo mediante desconexiones territoriales de ámbito provincial y programación específica.
Toda la información relativa a la convocatoria, a los plazos y a los pliegos de condiciones podrán consultarse en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es.

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2. Noviembre 2008

Promulgada la Ley que refuerza la seguridad de los productos químicos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para aumentar el control y la protección de los ciudadanos y el medio ambiente con respecto a sustancias y productos químicos.
Esta normativa, propuesta por los ministerios de Sanidad y Consumo; Industria, Turismo y Comercio y Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, modifica el reglamento ya existente sobre notificación de productos nuevos y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, para adaptarse a la normativa europea.

En concreto, la nueva legislación se enmarca dentro del reglamento REACH, una normativa que regula la comercialización de sustancias químicas en el ámbito europeo y fija un sistema integrado único para su registro, evaluación y autorización. De este modo, ningún producto que no esté notificado en ese registro único podrá comercializarse en la UE.

Hasta el momento, la notificación de una sustancia sólo se realizaba en el país europeo que la comercializaba por primera vez (y a partir de los 10 kg de producción). Sin embargo, a partir de ahora será obligatorio registrar en la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos toda las sustancias químicas que se empleen, independientemente de que ya estén en el mercado o se comercialicen por primera vez.
Notificación de sustancias peligrosas
Por otro lado, este reglamento también establece cómo ha de ser la comunicación, la información de los peligros y la manera de utilizar las sustancias químicas de forma segura en todo el proceso de producción y comercialización.

Además, a través de esta normativa también se regula la autorización de sustancias que necesitan especial atención, como son las cancerígenas, las mutagénicas y las tóxicas para la reproducción.

Del mismo modo, según ha anunciado el Ministerio de Sanidad, el nuevo reglamento también prevé la posibilidad de restringir o frenar la fabricación, comercialización o empleo de una determinada sustancia de origen químico.

El Gobierno también ha aprobado el anteproyecto de ley que establece un régimen sancionador para los casos en los que se incumpla esta normativa. Así, será punible comercializar sustancias químicas sin registro previo o sin la ficha de seguridad obligatoria; la falta de implantación por el solicitante del registro o del usuario de las medidas de control del riesgo; no conservar durante 10 años la información necesaria para cumplir con las obligaciones del reglamento y ponerla a disposición de las autoridades competentes.

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