Indemnizado con 350.000 euros un paciente que perdió una pierna por un diagnóstico tardío

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha condenado al Servicio Cántabro de Salud (SCS) a indemnizar con 350.000 euros a un paciente, al que tuvieron que amputar la pierna izquierda por el retraso en el diagnóstico de los problemas arteriales que provocaron la pérdida del miembro.

De este modo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha estimado la reclamación que el paciente interpuso ante el Gobierno regional, pero ha rebajado la cantidad que solicitaba inicialmente por los daños sufridos, que era de 1.411.720 euros.

La sentencia explica que en Reumatología del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla "se conocía" el historial del paciente, así como "el intento, frustrado por él mismo, de realizar los estudios necesarios que hubieran permitido un diagnóstico certero en 2002".

Los magistrados consideran que el hecho de que el paciente hubiera rechazado esos estudios en 2002 "no es excusa" para la "inmediata" realización de las pruebas en 2004, a la vista de los antecedentes que tenía.

La Sala de lo Contencioso Administrativo recuerda que los pacientes tienen derecho a la asistencia sanitaria de acuerdo con los conocimientos médicos de que se disponga en ese momento.

En este sentido, recalca que en 2004 el estado de la ciencia y la técnica sí permitían el diagnóstico de la patología del enfermo, de la que además "ya se sospecha en Reumatología desde 2002", añade.

"Sin embargo, no se tuvieron en cuenta esos antecedentes y se permitió que transcurriera un tiempo esencial que hubiera tal vez evitado el final producido", subraya el tribunal.

Por ello, señala que no puede exigirse al recurrente que "deba soportar las consecuencias de la dilación de la Administración" en cuanto a la adopción de medidas diagnósticas.