• Por lo menos eran 3 entidades las que han impugnado en el Tribunal Supremo la adjudicación de 6 canales de televisión digital terrestre (TDT) otorgados por el Consejo de Ministros el pasado 16 de octubre.

    Ahora se le une la Asociación Española de Anunciantes (AEA) que ha recurrido judicialmente por entender que la adjudicación ha fortalecido el duopolio que ejercen Mediaset y Atresmedia. Ambos grupos acumulaban antes de obtener las nuevas licencias, 11 canales de televisión, que sumaban más del 50% de la audiencia y casi el 90% de la publicidad del sector. AEA considera que aumentar el peso de los dos principales grupos audiovisuales no favorece la competencia e imposibilita de facto la supervivencia de los competidores actuales, al mismo tiempo que impide la consolidación en el mercado de los competidores entrantes.

    Los distintos recursos contencioso-administrativo combaten el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 16 de octubre que resolvió el concurso público para la adjudicación de 6 licencias de nuevos canales de TDT. Tres licencias, en tecnología de alta definición, recayeron en Atresmedia, Mediaset y Real Madrid. Los otros tres canales, en definición estándar, fueron otorgadas a la productora Secuoya, Radio Blanca (Kiss TV) y 13 TV.

    Para la AEA, en la adjudicación del concurso no se han tenido en cuenta dos aspectos: por un lado, "la excesiva concentración de la oferta en dos grupos mediáticos, formando un duopolio que aglutina más del 86% de la inversión publicitaria"; y por otro, que ambos grupos han sido sancionados por las autoridades de competencia por el incumplimiento de los compromisos que asumieron en su día para que dichas autoridades de competencia autorizaran sus respectivas fusiones.

    Asimismo, añade que "no tiene sentido que la misma autoridad que sanciona por grave incumplimiento a una cadena de televisión por contravenir repetidas veces las condiciones y compromisos de dichas fusiones, premie a este conglomerado de poder con la adjudicación de nuevos canales que incrementan aún más su posición de dominio en el mercado".

    "Desde la AEA llevamos muchos años luchando por la competencia en el sector audiovisual", comenta la directora general de la entidad, Lidia Sanz. "Entendemos que el duopolio en malo y la falta de competencia también es mala, para la publicidad y para los propios medios". Sanz recuerda las reiteradas resoluciones de las autoridades de la competencia respecto a la fusión de Antena 3 y La Sexta, en las que observa que el proceso de concentración "ha empeorado la presión competitiva" del mercado de la televisión.

    Compartir
  • Los servicios jurídicos de DÍEZ Y ROMEO han logrado el archivo de un expediente sancionador iniciado por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Ministerio de Industria, Energía y Turismo).

    La administración acusaba a una emisora musical con gran cobertura en Madrid de causar interferencias a varias frecuencias RNE lo que hubiera comportado, al menos, una multa de 30.000,00 € por cada dial interferido.

    Tras la intervención de DÍEZ Y ROMEO ni siquiera ha sido necesario acudir a la vía judicial, ahorrándose la emisora los costes de un procedimiento an los Tribunales de justicia.

    La relevancia de esta decisión es muy destacada ya que deja claro que la administración debe hacer los máximos esfuerzos para demostrar la producción de interferencias perjudiciales. No bastan meros indicios o pruebas sin la suficiente contundencia para determinar la autoría de una interferencia a RNE.

    De este modo, la emisora de radio puede seguir su actividad atendiendo a la audiencia consolidada que tiene en Madrid y en toda España.

    El resultado obtenido para el cliente de DÍEZ Y ROMEO, confirma la necesidad de contar con una defensa jurídica especializada en materia audiovisual.

    Compartir
  • El organismo regulador aeronáutico mexicano, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), emitió la circular CO AV-23/10 R2, la cual menciona las condiciones que los operadores deberán acatar para manipular aeronaves no tripuladas o drones.

    El organismo señaló que lo anterior tiene como objetivo afianzar la regulación del uso de los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS, por sus siglas en inglés), mejor conocidos como drones, de forma segura, armonizada y fluida.

    En un comunicado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), indicó que el documento contiene las limitaciones, leyes, reglamentos, normas federales y locales, que deben seguir los operadores en tierra, sean personas físicas o morales, y disponer de una normatividad comparable a la de las operaciones de aeronaves tripuladas.

    Explicó que se divide en dos vertientes: por el peso de las aeronaves y por su uso, ya sea recreativo o comercial.

    En el primer caso, se clasifican en tres categorías: de dos kilogramos (kg) o menos (RPAS Micro); más de dos kg y hasta 25 kg (RPAS Ligero), y de 25 kg en adelante (RPAS Pesado).

    Cuando su uso sea recreativo y tenga un peso de 2 kilogramos, solo podrán usarse en clubes de aeromodelismo y no exceder los 161 kilómetros por hora (km/hr).

    La circular subraya que en caso de ser de uso comercial, con peso superior a 25 kg, sólo podrán volar en los términos y condiciones permitidos, además de que la persona que lo manipule deberá contar con una autorización de operación

    Establece también que los drones podrán ser operados en áreas que no estén clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y únicamente durante el día.

    Sin importar el motivo, no podrán dejar caer y/o aventar objeto o material que pueda lesionar a personas o propiedades.

    El operador de RPAS en cualquier categoría o tipo de uso que desee efectuar operaciones fuera de los requerimientos y limitaciones indicadas, deberá realizar su solicitud a la aprobación de la autoridad aeronáutica.

    La DGAC aclaró que esta circular, que entró en vigor el 8 de abril del 2015, sustituye a la de 2010, y está disponible en la siguiente página de la SCT:

    http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC/00%20Aeronautica/CO_AV_23_10_R2.pdf

    Compartir
  • La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a TVE, a la productora del programa Entre todos (Proamagna) y su director a Nicolás Díaz Bustos a indemnizar con 15.000 euros a un menor discapacitado al que utilizó en la emisión de este programa del 21 de octubre de 2013 por los daños y perjuicios ocasionados al considerar que se vulneraron los derechos a la imagen y a la intimidad personal y familiar.

     El programa, conducido por la presentadora Toñi Moreno, trataba de casos de personas que pasan por dificultades económicas para los que se solicitaba ayuda financiera en directo a su audiencia. Se emitió desde el 26 de agosto de 2013 hasta que fue retirado de la parrilla el 27 de junio de 2014, en medio de fuertes críticas de diversos colectivos sociales.

     La sentencia, del pasado 10 de diciembre, revisa un fallo anterior del juzgado número 6 de primera instancia de Tarragona que aunque condenó a TVE y a la productora a retirar cualquier vídeo del programa por considerar probado que se vulneró el derecho a la intimidad y la propia imagen del menor, desestimó la petición de indemnización que solicitaba la Fiscalía. El juez argumentó que, tras un informe pericial de tres sicólogos, se había constatado que el niño no presenta actualmente “sintomatología reactiva” derivada del impacto de ver aquel programa.

     La Audiencia no comparte este razonamiento puesto que al reconocer que se ha producido “una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen y en el derecho a la intimidad personal y familiar del menor, la ley presume la existencia de un perjuicio el cual debe ser indemnizado”.

    El nuevo fallo, tras precisar que el programa se emitió en horario de tarde, a partir de las 16 horas, en la cadena pública nacional TVE y registró una cuota de pantalla del 8,1%, señala que “ la lesión efectivamente producida en el menor con dicha intromisión ilegitima debe calificarse de grave, no solo por el medio de difusión nacional en que se realice, sino también por los datos revelados del menor identificado, y por el cariz morboso dada a la información en numerosos momentos con revelación de aspectos innecesarios para la finalidad pretendida por el programa”.

    Entre esos detalles escabrosos que aparecieron en la emisión están la esquizofrenia de la madre y el intento de la misma de asfixiarlo con una almohada mientras estaba jugando; la retirada de la custodia el miedo que tiene el niño a la misma y la minusvalía del menor y los cuidados que precisaba.

     La Audiencia desestima los recursos de TVE y la productora contra la sentencia del juzgado de primera instancia, y confirma la condena de retirada del vídeo del programa. La productora Proamagna produce actualmente el programa de entrevistas que dirige Bertín Osborne En la tuya o en la mía.

    Compartir
  • El uso de los Drones, uno de los regalos estrella de estas Navidades, puede dar lugar a la imposición de sanciones administrativas de bastante entidad. Los Drones, son catalogadas como aeronaves pilotadas por control remoto (RPAs), así lo define la normativa aeronáutica que está siendo aplicada por la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA).

    En consecuencia a los vuelos recreativos (hobby) con drones están completamente prohibidos en zonas urbanas o sobre aglomeraciones de personas como parques, jardines públicos o privados, calles, playas, conciertos, bodas o manifestaciones. No se puede volar el Dron de noche, ni cerca de aeropuertos y aeródromos, ni en zonas de parapente, paracaidismo o helipuertos. La AESA señala claramente en su web que "Sólo se pueden volar los drones en zonas adecuadas para ello, como son las zonas de vuelo de aeromodelismo, zonas despobladas, etc.". Y siempre de día, con el dron a la vista en todo momento y a una altura menor de 120 metros.

    Con la entrada en vigor del Real Decreto 8/2014, de 4 de julio, la AESA ha abierto 24 expedientes sancionadores en España contra operadores y usuarios de drones. Las multas suman un importe total de 185.500 euros. La sanción más baja que ha impuesto AESA en este campo es de 300 euros. Y la más alta, de 21.000 euros. Las principales causas de sanción es no ser un operador habilitado y el sobrevuelo de zonas no permitidas.

    AESA en su registro de operadores tiene inscritos a 940 empresas en España con habilitación para poder operar drones y realizar «actividades aéreas de trabajos técnicos o científicos», la gran mayoría para fotografía o filmaciones aéreas. También se usan para la minería, la obra pública, la restauración de edificios o el control de plagas.

    El uso de un dron para vuelos recreativos o por hobby no precisa de habilitación por la AESA, pero debe cumplir unas normas de seguridad, y por eso los daños y perjuicios que ocasionen las RPAs son responsabilidad de quien lo maneja. Todo ello sin perjuicio de las sanciones, fijadas por el artículo 55 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

    Para las personas físicas las sanciones leves oscilan entre 60 euros y 45.000 euros. Las graves van de 45.001 a 90.000 euros. Y las muy graves van de 90.001 a 225.000 euros. Para las personas jurídicas, las sanciones leves se mueven entre 4.500 y 70.000 euros. Las graves, de 7.001 a 250.000 euros. Y las muy graves empiezan en 250.001 euros y pueden llegar a los 4,5 millones de euros.

    La restricción al vuelo incontrolado de drones tiene en EEUU un exponente. Desde el 21 de diciembre de 2014, cualquier ciudadano estadounidense que tenga un dron de entre 250 gramos y 25 kilos ha de registrarlo antes de empezar a usarlo en el exterior. De lo contrario, se enfrenta a multas de hasta 250.000 dólares y tres años de cárcel.

    Fuente: El Levante

    Compartir
  • La Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca) señaló hoy entre sus principales demandas para la próxima legislatura la reforma de la Ley Audiovisual y una "equidad" de trato con las 'telecos' que operan en el negocio televisivo.

    La patronal que agrupa a las principales cadenas de televisión en abierto de ámbito estatal difundió un comunicado en el que desgrana sus "propósitos" para los próximos cuatro años, en los que espera que el nuevo Gobierno "afronte de una forma racional, eficaz y beneficiosa para el interés general importantes retos para este sector".

    En primer lugar, aboga por la reforma de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) que se aprobó en 2010 en la etapa de gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. A su juicio, se trata de una norma que "nació anticuada y que se ha mostrado claramente insuficiente para garantizar la estabilidad jurídica de las televisiones".

    Muestra de ello, asegura que son "el innecesariamente demorado proceso de liberación del Dividendo Digital y las vicisitudes jurídicas originadas por defectos normativos que llevaron al cierre de nueve canales de TDT y que pusieron en peligro otros ocho".

    Uteca apuesta por una reforma "que fortalezca el régimen de licencias, eliminando limitaciones innecesarias y asegurando la reserva a los licenciatarios del espectro radioeléctrico necesario para ofrecer a los ciudadanos un servicio de televisión de alta calidad, con capacidad para abordar las evoluciones tecnológicas en el marco de una opción gratuita".

    "Igualdad de trato"

    Las televisiones en abierto también aluden a sus competidoras en el pago, las teleoperadoras y sus compromisos legales. "Con la irrupción de nuevos actores que compiten directamente con la TDT por audiencia, contenidos y mercado publicitario, parece más que razonable demandar una revisión crítica de las condiciones exigidas a esas plataformas alternativas", sostiene Uteca.

    La entidad que preside Luis Enríquez cree que la neutralidad tecnológica debe llevar aparejada la equidad en las obligaciones, tanto económicas como de funcionamiento, y por ello, "es necesaria una reforma que prevea la igualdad de trato para todas las formas de distribución, sean abiertas o de pago, -porque el mercado de oferta de los contenidos audiovisuales es único, más allá de diferencias tecnológicas- considerando la incompatibilidad entre la financiación mediante publicidad con otras fuentes como presupuestos públicos o cuotas de suscripción".

    En cuanto a la obligación de las televisiones de destinar un 5% de sus ingresos a la financiación de películas (6% en el caso de TVE y las autonómicas), también pide una revisión.

    Uteca se queja de que el denominado 'canon del cine' es una norma "que no tiene carácter general en Europa", que "se encuentra cuestionada jurídicamente al haberse manifestado dudas sobre su constitucionalidad por el Tribunal Supremo? y que "limita a las productoras de las televisiones la condición de tales relegándolas a una condición de meras financiadoras".

    "Esta anomalía", apunta el comunicado, "hace urgente y necesaria una revisión de la Ley del Cine que otorgue a las televisiones un trato de equidad en obligaciones y derechos con las productoras cinematográficas integradas en grupos audiovisuales calificados como independientes".

    'No' a la publicidad en TVE

    Uteca también espera para esta legislatura una "revisión general" de la Ley de Protección Intelectual "que la adapte a la realidad digital y ajuste los múltiples derechos reconocidos por la ley española a los países de nuestro entorno, sin los actuales excesos que implican dobles y hasta triples pagos por un mismo uso, así como la recaudación injustificada por las entidades de gestión de remuneraciones atribuidas pero no remuneradas a creadores extranjeros".

    Sobre una hipotética vuelta de la publicidad a TVE, Uteca le pide al nuevo Gobierno que lo descarte, porque "supondría no solo una distorsión del mercado publicitario, y el consiguiente daño a los operadores privados, sino también un perjuicio para la propia televisión pública, que con sus actuales niveles de audiencia, no llegaría a obtener por la venta de sus espacios publicitarios una cifra similar a la que ahora ingresa por las aportaciones de los operadores". "No tendría sentido", señalan desde Uteca, "un esquema de financiación en el que se produjese al tiempo la participación en el mercado publicitario y las aportaciones de los operadores".

    La asociación también pide al nuevo Ejecutivo que se haga una planificación y gestión de la asignación del espectro radioeléctrico "a medio y largo plazo"y "en estrecha colaboración público-privada".

    Compartir
  • El 30 de diciembre de 2015, el Gobierno de Cantabria ha aprobado la adjudicación de 10 nuevas licencias de radio y 2 de televisión, correspondientes a la convocatoria realizada en marzo de 2014.

    En concreto se aprobó la adjudicación de 14 para la prestación de servicios de comunicación audiovisual en la Comunidad Autónoma. Son 10 licencias de radio y 4 de televisión, de las cuales 2 han quedado desiertas.

    Los beneficiarios de las licencias de radio son Radio Studio Torrelavega (Cabezón de la Sal 93.5), Medios Autonómicos de Radiodifusión Gallegos (Camargo 95.2), Comunicación Radiofónica, Televisión y Prensa Escrita Cantabria S.L. (Marina de Cudeyo 89.0 y Noja 100.5), Gestión de Comunicación Cantabria S.L. (Ramales de la Victoria 88.2 y Santander 99.2), Radio Popular (Santander 104.6 y Torrelavega 95.2), Altamar Radio (Torrelavega 89.9) y María Luisa Pereda Gómez (Torrelavega 104.2).

    En el caso de la televisión, los adjudicatarios son Televisión Popular de Santander (Televisión autonómica Canal 44) y Comunicación Radiofónica, Televisión y Prensa Escrita Cantabria S.L. (Televisión Local Castro Urdiales 39).

    Compartir
  • Nuevo éxito de Díez y Romeo en la defensa de emisoras de radio FM y televisiones frente a las sanciones impuestas por las administraciones.
    Esta semana se ha conocido 1 Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estima el recurso contencioso-administrativo contra una sanción de 100.000 € por realizar emisiones radiofónicas sin licencia previa. El fallo que también anula el cese de emisiones y el precinto de las instalaciones.
    Los hechos se remontan al acta de inspección que, tras detectar unas emisiones de comunicación radiofónica, terminó atribuyéndoselas a una emisora de Radio FM gallega.

    Acto seguido, la Xunta de Galicia inició el procediendo sancionador a estacionas de la Secretaría Xeral de Medios, que concluyó con una sanción de 100.000 € incluyendo el cese de emisiones y el precinto de las instalaciones.

    Tras ello, los abogados del despacho madrileño DÍEZ & ROMEO recomendaron acudir a la vía judicial, al ver opciones y viabilidad de anular las sanciones. Tras los trámites seguidos ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el Magistrado Ponente dictó, una sentencia anulado todas las actuaciones sancionadoras de la administración.

    Al dar por válidos los argumentos jurídicos esgrimidos bufete de abogados Díez y Romeo, la administración fue condenada en costas. Los puntos claves que figuraban en la demanda de la emisora de radio, fueron:

    • La falta de fiabilidad en la constatación de las interferencias.
    • La pérdida de la presunción de veracidad de los documentos de los inspectores.
    • La imposibilidad de justificar la responsabilidad al cliente de DÍEZ Y ROMEO.

    En definitiva, el nuevo éxito de los servicios jurídicos de DÍEZ Y ROMEO, ha conseguido anular una sanción de 100.000 €. El fallo también anuló el precinto e equipos e instalaciones.

    Los abogados Paula Romeo González y Jaime Rodríguez Díez, Díez & Romeo, cuenta con una dilatada experiencia en estas materias.

    Compartir
  • Las aeronaves no tripulados (RPAs) tienen últimamente muchísimo tirón entre los gigantes tecnológicos y no sólo para repartir paquetes. Que se lo digan, si no, a Twitter, que ha solicitado una patente para un dron capaz de tomar fotos y vídeos y transmitir esas fotos y vídeos a través de las cuentas de los usuarios de la red social del pajarito.

     Ni que decir tiene que el hecho de que Twitter haya solicitado una patente no significa necesariamente que la red de microblogging vaya de verdad a construir un dron. Sin embargo, esta patente es un claro síntoma de que la red social tiene el ojo puesto en los vehículos aéreos no tripulados.

     En su patente Twitter menciona que los “likes”, los retuits y las respuestas de los tuiteros podrían utilizarse para controlar la dirección del dron, grabar vídeos y tomar instantáneas.
     Otros “superpoderes” del dron que Twitter tiene supuestamente en el horno son la telepresencia (o posibilidad de realizar videoconferencias virtuales) y las entrevistas en vivo en formato vídeo. Suena bastante estrafalario, tanto desde el punto de vista de la tecnología como de la seguridad. Sin embargo, no se puede negar que es un concepto sumamente ambicioso que ninguna otra compañía había hasta ahora sobre la mesa (al menos de manera pública).

     Teniendo en cuenta que Twitter ha lanzado durante el último año la app de vídeo en streaming Periscope, es más que probable que esta aplicación forme tándem con los drones de la red de microblogging para transmitir eventos en directo.

    Se desconocen por el momento los planes concretos que Twitter se guarda en la recámara para sus drones, pero preguntado por  la CNBC por el nuevo invento de la red social del pajarito, un portavoz de la compañía se ha descolgado con una respuesta tan breve como enigmática: “Dos palabras: ‘drone selfies’”.

    ¿Qué pretende Twitter con sus drones? No lo sabemos a ciencia, pero quizás los fanáticos de los selfis tengan muchísimo que celebrar.

    Compartir
  • El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) confirmó la ilegalidad de las ayudas concedidas por las autoridades españolas a los operadores de la plataforma de televisión digital terrestre (TDT) entre 2005 y 2009, tal y como señaló la Comisión Europea en junio de 2013. El fallo obliga a España a recuperar 260 millones de euros —a los que podrían sumarse otros 46 correspondientes al procedimiento abierto por las ayudas públicas concedidas en Castilla-La Mancha.

    La justicia europea considera que las medidas adoptadas por España no respetaron el principio de neutralidad tecnológica. En concreto, el Tribunal señala que, ante la inexistencia de una definición clara del servicio de explotación de una red terrestre como servicio público, las medidas para permitir la transición de la televisión analógica a la digital, debían clasificarse de ayuda estatal.

    El Ejecutivo comunitario había declarado esta ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior a raíz de una denuncia del operador europeo de satélites SES Astra, que pidió que los beneficiarios la devolvieran. "Esta resolución es importante porque confirma el análisis de la Comisión sobre cómo los Estados miembros pueden asegurar una cobertura de televisión de acuerdo con el derecho europeo por vías tecnológicas neutras", comunicó el Ejecutivo comunitario en una nota.

    El fallo afecta a los operadores que transmiten las señales de TDT, entre ellos a Cellnex, filial de Abertis. En el folleto de su salida a Bolsa, Cellnex señalaba que Bruselas había cifrado las ayudas a devolver por la compañía en 40 millones, pero añadía que el Gobierno rebajaba el importe a unos 10 millones.

    La sentencia “es importante para España y para Europa porque sienta un precedente”, afirmó ayer Luis Sahún, director general de SES Iberica, quien destacó que, de esta forma, “se reconoce que el principio de neutralidad tecnológica es básico para garantizar la competencia”. “Es una gran victoria. Hemos luchado durante siete años y ahora España tendrá que cumplir con las obligaciones que le impone la Comisión. De lo contrario se expone a posibles sanciones”, agregó

    Compartir
  • Ante la progresiva integración de los drones en el espacio aéreo civil de la Unión Europea, surge la necesidad de fijar jurídicamente los límites de uso de estas aeronaves no tripuladas con el fin de garantizar las libertades civiles, el respeto de la privacidad individual y la protección de datos. Por esta razón, el grupo de trabajo GT29 que reúne a todas las agencias de protección de datos europeas, hizo público a mediados de este año un primer dictamen conjunto sobre estos vehículos aéreos no tripulados que ha servido de base para redactar las directrices sobre el uso de drones comerciales, aprobado recientemente por la UE.

    Su principal preocupación es la falta de claridad y el vacío legal existente, para garantizar que estos dispositivos no tripulados con fines comerciales no representen ninguna amenaza para la seguridad pública y la privacidad de los ciudadanos. En este aspecto, El GT29 advierte del riesgo que puede suponer para la protección de datos de los ciudadanos el uso de drones comerciales equipados de sensores, ya sea por la captación de imágenes, sonido o de datos de geolocalización de una persona identificable, como por el procesamiento de estos datos en manos de terceros.

    La inminente necesidad de desarrollar un paquete de medidas legales a través de la Agencia Europea de Seguridad Aérea que equipare la seguridad de estos vehículos aéreos no tripulados a la de cualquier otro aparato de aviación, ha culminado en la resolución aprobada recientemente por el parlamento con 581 votos a favor, 31 en contra y 21 abstenciones.

    Esta resolución permitirá crear un marco legislativo común, donde la Comisión Europea, los países de la UE, fabricantes, empresas y otras partes interesadas garanticen el uso seguro y responsable de estos dispositivos en el espacio aéreo civil de los países miembros. No solo por responsabilidad de sobrevolar áreas urbanas con este tipo de vehículos aéreos no tripulados, sino también por la cantidad de datos que pueden captar estas aeronaves durante su trayecto.

    Este marco legislativo garantizará que las autoridades y empresas que hagan uso de drones con fines comerciales realicen un tratamiento adecuado de los datos captados, que se ajuste a los principios de transparencia, minimización en la captura y rápida eliminación la información datos, tal y como dicta la actual normativa europea de protección de datos. Es por ello que la Unión Europea, en su afán de colaborar e impulsar las nuevas tecnologías, está trabajando a contra reloj para que el capital invertido en el potencial comercial que ofrece esta tecnología sufra las menores pérdidas posibles ante los vacíos legales que existen actualmente en cada país de la UE.

    Los expertos están convencidos de que el uso de drones comerciales bajo un marco normativo común, tendrá un impacto positivo para la economía y la creación de empleo de la zona euro. Más allá del uso recreativo que todos conocemos, los drones pueden proporcionar otros servicios mucho más específicos, como la inspección y detección de fallos técnicos en tendidos eléctricos, vías férreas o centrales eléctricas, así como la evaluación de desastres naturales o la esperada entrega de paquetes a domicilio que pretende implantar el gigante Amazon.

    Esta resolución, sumada a la actual ley 18/2014 de 15 de octubre que regula el uso de drones en nuestro país, deberá servir de hoja de ruta para la elaboración de una legislación nacional mucho más completa y ambiciosa que no sólo establezca los límites operativos de las aeronaves no tripuladas, sino también que proteja la intimidad individual de los ciudadanos.

    Autor: Miguel Angel Pérez

    Compartir
  • El Consejo de Gobierno de la Junta ha aprobado el pasado 1 de diciembre una modificación del contrato que garantiza la cobertura de la señal de Televisión Digital Terrestre (TDT) en las zonas rurales y menos edificadas de Andalucía, suscrito en 2009 con la entidad Retevisión.

    Según ha explicado en rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vázquez, el cambio consiste en ampliar su duración hasta que concluya el proceso de licitación del nuevo suministro, en cumplimiento de las últimas directrices de la Comisión Europea.

    Vázquez ha destacado que la medida impedirá el desabastecimiento en las zonas afectadas de las ocho provincias andaluzas, donde viven unas 350.000 personas, a partir del 5 de diciembre, fecha de finalización del contrato.

    En este sentido, la modificación también incluye disposiciones para que se asegure el mantenimiento del servicio hasta que la empresa adjudicataria se haga cargo del mismo.

    La ampliación del plazo se aprueba en cumplimiento de la Ley General de Telecomunicaciones, que considera los servicios de telecomunicaciones como de interés general y, por tanto, establece la primacía de su continuidad o no interrupción.

    Las zonas rurales beneficiadas reciben la señal de 64 centros de emisión y pertenecen a municipios en los que no hay cobertura de la señal de TDT garantizada por los licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal.

    LICENCIAS DE EMISORAS DE FM

    Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha acordado otorgar, por un plazo de diez años, sendas licencias de emisoras de radio en frecuencia modulada a los ayuntamientos de Gilena y La Roda de Andalucía (Sevilla).

    De acuerdo con las características técnicas aprobadas, las dos emisoras utilizarán la frecuencia 107.4 del dial. 

    Compartir
  • A tan solo un par de semanas de que se celebren las elecciones generales, el gobierno ha anunciado la reforma de la Ley del Cine, un sector muy castigado por el ejecutivo en los últimos años sobre todo a raíz del aumento del IVA cultural y de la reducción de las ayudas públicas. Así, ha sido la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría la encargada de presentar las modificaciones del texto legislativo que cambia en materia de financiación a las producciones españolas.

    De esta manera, las ayudas públicas, que antes llegaban a manos de los productores una vez estrenada la película y dependiendo del impacto del filme, serán otorgadas por anticipado antes de su salida a la luz. Esto supone un respiro para el cine en nuestro país que hasta ahora se veía obligado a recurrir a créditos bancarios mientras esperaba las ayudas estatales con el correspondiente perjuicio de los intereses generados.

    Lo que no ha detallado Sáenz de Santamaría es si habrá cambios en el montante adjudicado a las cintas, cuya cantidad máxima se había reducido de 1,5 millones de euros a 1,3, una medida muy protestada por parte del sector cinematográfico.

    Otro de los puntos que se incluyen en esta reforma es la eliminación de la obligatoria demora de tres meses entre el estreno de las películas y su ofrecimiento en otras ventanas de exhibición.

    Esta medida se dirigía a proteger los derechos de las salas de cine, muy castigadas por la crisis económica pero que, sin embargo, no ha estado exenta de polémica pues los canales legales aseguraban que este tiempo solo aumentaba las descargas ilegales al ofrecer los contenidos con bastante más antelación.

    Fuente: http://www.marketingdirecto.com/actualidad/tendencias/gobierno-da-respi…

    Compartir
  • Las nuevas previsiones efectuadas por ZenithOptimedia no son nada halagüeñas para el mundo de la televisión. De acuerdo a las mismas el dominio de la TV en el mix de medios de comunicación acabará en 2018 cuando su puesto sea usurpado por internet.

    En base al histórico de los datos relativos a la inversión en publicidad y con las previsiones en la mano, los expertos creen que la televisión alcanzó su máximo en 2012 cuando copaba el 37,9% y esperan que la cifra descienda hasta el 34,8% en 2018.

    La TV cuenta a su favor con el poder que tiene a la hora de generar conciencia de marca lo que hace que aún se sigan invirtiendo grandes presupuestos a través de, por ejemplo, canales online más directos que se utilizan para complementar el alcance de los tradicionales. Dejando a un lado el potencial de internet, la televisión se posiciona como el principal medio de exhibición representando el 44,7% del gasto en pantalla este 2015 con un descenso que lo situaría en el 42,9% para 2018.

    De acuerdo a las afirmaciones realizadas por Jonathan Barnard, responsable de las previsiones realizadas por ZenithOptimedia, “la publicidad en internet superará a la TV por primera vez en 2018” y esto será gracias a las búsquedas de pago.

    Dentro de la publicidad móvil digital vemos que superará a la de desktop también ese año pasando a representar el 50,2% del gasto total de la publicidad en internet.

    “El consumo de televisión se encuentra en declive (alrededor de un 2% cada año). Es el vídeo online quién se está llevando la mejor parte con un consumo que se incrementa hasta un 22% cada año”, ha destacado Barnard en relación a estas previsiones.

    Siguiendo las mismas nos encontramos con que la compra programática representará el 60% de la inversión en todas las pantallas digitales en 2016 tras experimentar un crecimiento del 34%. Uno de los datos más llamativos lo encontramos en el hecho de que la publicidad audiovisual representará el 48,4% de la publicidad en display este 2015 frente al 44,1% que reportaba en 2010.

    Se espera que el mobile se posicione como el principal motor del crecimiento de la publicidad a nivel global acaparando hasta el 87% de toda la inversión publicitaria adicional entre 2015 y 2018.

    En 2018 el gasto en publicidad móvil duplicará su tasa actual de 50.000 millones de dólares hasta los 114.000 millones de dólares. De esta forma superará a la publicidad en escritorio dejándolo con el 50,2% de toda la publicidad en internet.

    Compartir
  • Durante los meses de septiembre y octubre Constantes y Vitales, la campaña de Responsabilidad Corporativa de laSexta y la Fundación AXA, desarrolló el reto #CadaPasoEsVital.

    Una acción social que consistió en convertir el esfuerzo cotidiano en fondos para contribuir a combatir contra el cáncer. Cada kilómetro de esfuerzo que se realizara, bien andando, corriendo o montando en bicicleta, Constantes y Vitales lo convertiría en fondos para financiar el proyecto del CNIO del bioquímico Héctor Peinado (estudio sobre la metástasis). La donación de los kilómetros se realizó a través de la plataforma Iwopi.es

    La campaña de comunicación de 4 semanas de duración contó con un spot protagonizado por Mamen Mendizábal, embajadora de Constantes y Vitales. A este spot se le sumó la cobertura informativa en programas de la Sexta como Más vale tarde, La Sexta Noticias y Zapeando. Todo ello acompañado de un microsite y comunicación en las redes sociales del grupo Atresmedia.

    La combinación de los formatos convencionales y acciones especiales han demostrado la efectividad de la comunicación al convertirse en una campaña que ha batido récords en la plataforma Iwopi. Es la causa con más km totales donados, 600.000, y conseguidos en un tiempo récord, 4 semanas, alcanzando también récord en el número de donantes.

    Existe una clara correlación entre grp’s lanzados y kilómetros donados, así como la influencia de las menciones en las altas en Iwopi.

    Las menciones en los programas de La Sexta generaron automáticamente altas en la plataforma. A raíz de la acción en Zapeando y La Sexta Noticias 20h el día 1 de octubre se duplicó el ritmo de km donados.

    Las menciones en programas multiplican exponencialmente las altas de usuarios.

    Tras cada alusión en los diferentes programas los registros en la web manifestaron récord pues el promedio de altas se multiplica por 70%.

    Una acción con un resultado extraordinario para Iwopi y Constantes y Vitales, que vuelve a demostrar la eficacia de la televisión.

    Para más información el estudio completo se encuentra en la web de Atresmedia Publicidad.

    Fuente Marketing Directo: http://www.marketingdirecto.com/actualidad/medios/la-television-demuest…

    Compartir