Thu, 04/28/2016 - 09:45

El Consell podría repetir el concurso de las licencias de radio FM en Valencia

El Gobierno valenciano ha encontrado un resquicio legal para lograr con las radios lo que no pudo con las adjudicaciones de las TDT, un concurso que el anterior Consell liderado por Alberto Fabra (PP) dejó aprobado y que el nuevo Ejecutivo solo pudo limitarse a poner en marcha. Así lo dejó entrever el secretario autonómico de Comunicación, José María Vidal, en su comparecencia de este lunes en Les Corts Valencianes, donde admitió que estudian sacar adelante un nuevo concurso, ya que quedan 31 licencias de FM pendientes de adjudicar y el mapa se encuentra "un poco deshecho".

En esta ocasión, las condiciones para iniciar un nuevo proceso, a diferencia de las televisiones, sí se producen y podrían justificarse jurídicamente. En aquél caso, la Mesa de Contratación aprobó todas las valoraciones y entregó al presidente de la Generalitat una propuesta. Sin embargo, la situación ahora es distinta dado que el informe técnico no está completo porque falta una valoración preceptiva para que la Mesa pueda dar luz verde.

Con este escenario, podrían entenderse desestimadas por silencio las solicitudes presentadas por haber transcurrido el plazo para resolver sin que se hubiera dictado resolución expresa. Es decir, el Consell podría resetear este proceso -de 2011, aunque son las mismas licencias que se habían convocado en 2007- e iniciar uno nuevo que pudiera, de alguna manera, moldear adecuándolo a la situación actual y sin verse encorsetado por las directrices marcadas por la anterior Administración. Esta posibilidad, según fuentes del Gobierno valenciano, habría obtenido luz verde por parte de la Abogacía de la Generalitat.

En cuanto a la iniciativa de reiniciar este proceso, el propio Vidal subrayó que, en la actualidad, la adjudicación de estas 31 emisoras podrían romper el mercado comercial. De hecho, el mapa señala por ejemplo que habría seis nuevas licencias en Castellón o tres en Alcoi, una distribución que genera dudas en el Gobierno valenciano. En este sentido, Vidal planteó en su intervención la posibilidad de que algunas emisoras se reservaran para instituciones sin ánimo de lucro. En esta línea, planteó la convocatoria de un nuevo concurso para atender estas cuestiones. Asimismo, reclamó al Ministerio más licencias para estas entidades culturales y educativas puedan entrar.

Por otro lado, explicó que están en conversaciones con la FVMP (Federación Valenciana de Municipios y Provincias) para propiciar la asociación de programación entre los operadores de radios municipales para que sea "más económica y de mayor calidad".

Cuatro años sin adjudicar

El concurso para adjudicar 31 licencias de radio lo convocó el Gobierno de Alberto Fabra en noviembre de 2011, pocos meses después de asumir el poder tras la dimisión de Camps. Las bases preveían la adjudicación en seis meses, pero el Ejecutivo popular no firmó el reparto a pesar de que se habían cumplido prácticamente toda la tramitación.

La resolución estuvo tres años sobre la mesa del Consell, hasta que tras las elecciones de mayo de 2015, el nuevo Gobierno de Ximo Puig heredó el expediente. Según fuentes de la Generalitat, uno de los motivos por los que no se adjudicó es que el informe técnico dejaba sin nuevas emisoras a una de las grandes cadenas nacionales, Onda Cero.

En su comparecencia, Vidal explicó que, además de las 31 emisoras de radio, quedan 63 licencias de titularidad municipal provisional pendientes de concesión definitiva y la resolución de las 14 demarcaciones para las concesiones de TDT. Además, hay 620 emisores ilegales.

Respecto a las ilegales, anuncio que se trabajará junto con el Gobierno central y los ayuntamientos para el control y cierre de las 400 emisoras de FM y 120 TDT que carecen de licencia, frente a la "permisividad" del anterior Consell y pese a los medios "escasos" con los que cuenta con "solo" cinco funcionarios.

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Thu, 04/28/2016 - 09:40

Castilla y León apoya el desarrollo de drones proyectados por Auvsi en León

Justo un año después de que un grupo de estudiantes de Ingeniería Aeronáutica echara a volar su sueño con un viaje a Atlanta para conseguir que Auvsi, la mayor organización mundial dedicada a los drones y a la robótica, escogiera León para abrir una nueva delegación, un nuevo equipo emprenderá de nuevo el vuelo hacia Estados Unidos, en este caso a Nueva Orleans, para presentar oficialmente Auvsi Spain. La delegación española se dará a conocer oficialmente en Exponential 2016, el encuentro que anualmente organiza la matriz de la organización, en el que contará con el respaldo del Instituto de Comercio Exterior del Ministerio de Economía y Competitividad, con cuyos representantes también se entrevistarán los integrantes de Auvsi Spain.

Serán cuatro días intensos de reuniones, contactos y entrevistas en Nueva Orleans, del 2 al 5 de mayo. Efrén Alonso, quien es el vicepresidente de la sede española, y el profesor Héctor Alaiz repetirán el viaje a Estados Unidos. La comitiva española sumará en esta ocasión, al responsable de las Relaciones Institucionales, Alfredo Labarta, y al director de la Escuela de Ingenierías, Ramón Ángel Fernández. Un equipo que presentará a León como un territorio que lucha por hacerse un enclave de referencia en el sector aeronáutico y de los vehículos no tripulados y con mucho potencial.

El desarrollo

La matriz estadounidense ha dado su visto bueno al proyecto leonés, lo que supone «un gran salto para la Universidad y para la ciudad, que genera grandes ilusiones y expectativas de futuro», tal y como indicó Efrén Alonso, uno de los impulsores de esta iniciativa. «Estados Unidos ha visto el gran potencial con el que cuenta León para desarrollar a través de Auvsi Spain los sistemas no tripulados por tierra, mar y aire», resaltó Alonso, quien se encargará el lunes de la presentación en Nueva Orleans. «Nuestro objetivo es promover el desarrollo de esta tecnología desde aquí, desde León, pero estamos abiertos a toda España, a que cualquier empresa, organización o institución académica que quiera involucrarse activamente en el desarrollo de estas tecnologías se quiera incorporar a nosotros y formar parte de la organización», añadió Efrén Alonso.

Los avales

El sueño del grupo de estudiantes «se ha convertido en algo serio», como concretó el vicepresidente de Auvsi Spain durante la primera presentación ayer en el Ayuntamiento de León. Entre los requisitos que reclamaba la matriz estadounidense se encontraba el apoyo de las instituciones de la zona así como un número de socios y de empresas, que dieran aval al potencial con el que cuenta la ciudad. Además de cumplir estos objetivos básicos, entre las bazas leonesas están el apoyo del Ejército, con las bases de Tierra y Aire, y la reciente creación en la base Conde de Gazola de Ferral del Grupo de Reconocimiento y Observación por Sistemas Aéreos, el primer batallón de inteligencia español que opera con drones de clase 2, el aeropuerto, el aeródromo de los Oteros o el clima, la orografía y el espacio aéreo de la provincia. A todo ello, los más de dos mil alumnos de la Escuela de Ingeniería de la Universidad de León, la implicación de la institución académica en la iniciativa y proyectos tan pioneros e innovadores como Drotium.

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Thu, 04/28/2016 - 09:37

Noruega apagará toda su señal FM por la radio digital DAB

En enero de 2017, Noruega será el primer país en sustituir sus emisiones de radio por FM para digitalizarlas, implantando tecnología Digital Audio Broadcasting.

Primero fueron los tocadiscos, después las cabinas telefónicas y ahora les ha llegado el turno a los radiotransistores. Estos aparatos, que poco a poco estaban cayendo más y más en desuso, definitivamente se convertirán en reliquias de coleccionistas dentro de unos meses, al menos en Noruega. El país escandinavo se convertirá en el primero en apagar su señal de de Frecuencia Modulada (FM) a partir del 11 de enero de 2017, para sustituirla por radio digital.

Así lo ha anunciado la ministra noruega de Cultura, Thorhild Widvey, en un comunicado donde ha explicado que el apagón de la radio FM se efectuará implantado la tecnología conocida como DAB (Digital Audio Broadcasting), ampliamente extendida en el país, ya que más de la mitad de los hogares noruegos tiene un aparato con un terminal adaptado a este sistema.

Los oyentes tendrán acceso a contenidos de radio más diversos y plurales con nuevas funciones y una mejor calidad de sonido“, ha dicho la ministra, “es menos vulnerable a errores en la transmisión en condiciones extremas, permite acceder a todos los canales y, finalmente, permite la transmisión, en simultánea y a través de todos los canales, de mensajes de emergencia para la población“.

8 de cada 10 Internautas escuchan la radio online

Según el gobierno noruego, actualmente el país cuenta con 22 estaciones nacionales de emisión digital, y aún hay espacio en su plataforma digital para otras 20. Además estima que la digitalización de sus emisiones nacionales de radio supondrá un ahorro anual de unos 25 millones de dólares.

La tecnología DAB pronto se extenderá al resto de países de occidente. Esta transición recuerda a la que hace unos años se produjo con la televisión digital terrestre en nuestro país. Sin embargo, mientras que la transición a los sistemas TDT solo implicaba a los televisores, las emisiones de radio afectan a muchos más equipos y escenarios. Por ejemplo, las radios de los coches o incluso de los smartphones. De ahí que el sector automovilístico noruego sea el principal afectado por esta transición, que no se producirá repentinamente, sino de forma gradual a partir del 11 de enero de 2017.

 

Fuente: TicBeat

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Thu, 04/28/2016 - 09:31

Valencia adjudica 10 licencias TDT en 4 Demarcaciones

El Consell de la Generalitat Valenciana ha aprobado la adjudicación de las concesiones administrativas para la explotación de programas del servicio público de la Televisión Digital Terrestre (TDT) con cobertura local pertenecientes a 4 demarcaciones.

En concreto, se adjudican las concesiones y se transforman en licencias los lotes 5-Elda (Canal 30 TL06A), 8-Morella (Canal 37 TL02CS), 12-Sagunto/Sagunt (Canal 36 TL04V) y 14-Torrent (Canal 35 TL07V).

El lote 5-Elda (Canal 30 TL06A), se ha adjudicado a favor de:
• Editorial Prensa Alicantina, S.A.,
• Consorcio de Televisión Comarcal, S.L.
• Comercial Narmasal, S.L.

El lote 12-Sagunto/Sagunt (Canal 36 TL04V), se ha adjudicado a:
• Editorial Prensa Valenciana, S.A.

Los licitadores a los que se adjudica el lote 8-Morella (Canal 37 TL02CS) son
• Editorial Prensa Valenciana, S.A.
• TV CS Retransmisiones S.L.
• Comunicaciones Els Ports, S.A.

Los licitadores a los que se adjudica el lote 14-Torrent (Canal 35 TL07V), son:
• Editorial Prensa Valenciana, S.A.
• Radio Difusión Torre, S.A.
• Ribera Televisión, S.L.U.

Todos los licitadores adjudicados han acreditado, ante el órgano competente para su tramitación, la documentación preceptiva prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares, de conformidad con la decisión elevada por la Mesa de Contratación.

Las empresas reúnen los requisitos establecidos en la Ley General de la Comunicación Audiovisual para ser titulares de una licencia de comunicación audiovisual.

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Thu, 04/07/2016 - 17:41

Defensa ante la difusión de fotos y vídeos íntimos

El denominado "porno de revancha", publicación de fotografías o vídeos íntimos o eróticos que llega al conocimiento de la víctima por las redes sociales, es un fenómeno que desgraciadamente está cada vez más en auge.

 Incluso en ocasiones viene precedido de amenazas o coacciones para que la víctima lleve a cabo algún tipo de acción, normalmente de carácter sexual o económico.

 El Jefe de la Unidad de Delitos Fiscales de la Policía Nacional, Roberto Fernández, señala que la vergüenza y la culpabilidad son los sentimientos que afloran a la víctima cuando sus imágenes más privadas son difundidas en la red. "Se bloquean, porque es un mazazo muy fuerte", destaca.

 No obstante, una vez que esto ha acontecido, ¿cómo debe reaccionar la víctima?. ¿Cuáles son los mecanismos para defendernos de tal agravio?

Los pasos para defendernos de la difusión de fotos y videos íntimos.

 El Código Penal español registra desde el año pasado este tipo de comportamientos como delitos que, además, son castigados con penas de hasta un 1 de prisión. Y la condena será la más alta posible si, además, el delito es cometido por el marido, mujer, pareja o ex pareja de las víctimas.

 La asociación estadounidense Without My Consent, que lucha contra este tipo de delitos, publica ahora una guía para enfrentarse a este tipo de situaciones.

 Son 5 pasos a seguir para que la eliminación de las fotos o vídeos sea segura, ya sea por las buenas o por los tribunales de justicia.

1. El pantallazo

Si se han difundido fotos o vídeo a través de WhatsApp, Twitter, Youtube o sitios web de pornografía, Without My Consent recomienda registrar los pantallazos como prueba de la publicación o envío de los contenidos. De tal manera que en esa imagen quede registrado el nombre del usuario responsable de la publicación, el día, la fecha y el lugar en el que se ha hecho público. Además, es recomendable descargar los vídeos y las imágenes y guardarlas tanto en formato digital como impreso o en CD.

"Aunque lo primero que se debe hacer es denunciar este hecho, este paso es también fundamental", dice el inspector Fernández. Sin esas pruebas se complica mucho el trabajo de la Policía, ya que este tipo de contenidos se suelen retirar muy rápido de la red, bien sea por el propio delincuente o los operadores de los sitios web que alojan el documento.

2. Borrado del contenido 'online'

Existen leyes en contra de lo que se ha conocido como porno de revancha. Japón, algunas regiones de Reino Unido como Inglaterra y Gales y algunos estados de los Estados Unidos las han implantado ya. La guía de la asociación norteamericana recomienda aprovechar esta ventaja legal, pero también las normas internas de los propios canales de difusión. Muchas de las webs especializadas en contenidos pornográficos tienen normas propias en contra de este tipo de sucesos y, según esta organización, se eliminan fácilmente si se les solicita.

 Además, existe la posibilidad de enviar una carta de solicitud de información para ser presentada como prueba en caso de iniciar un procedimiento legal. "En esos casos cuanta más información se tenga, mejor. Así que se puede solicitar a las webs o los proveedores de emails la IP del ordenador desde el que ha sido enviado el vídeo o las fotografías para identificar a la persona en concreto", dice la guía. Aunque es un buen recurso, no suele ser necesario "porque aunque no se conozca con seguridad la identidad de quien ha subido el contenido, se suelen tener sospechas" aclara el inspector Fernández.

3. Registro del copyright

Esta iniciativa es sobre todo útil en Estados Unidos, y muy poco en nuestro país. Desde la organización norteamericana recomiendan que la víctima registre todos los contenidos publicados para tener constancia de la propiedad de los mismos según la ley de aquel país. También puede hacerse en España, pero no supone una garantía de tan alto calibre.

4. Sentido común

"Hay que educar para que no sucedan estas cosas", previene Ricard Martínez, presidente de la Asociación Profesional Española de la Privacidad. Ya existen recursos legales para compensar a las víctimas, pero, según Martínez, también deben existir para prevenir estos comportamientos.
 "Hay que tener sentido común y saber evaluar el nivel de confianza que se tiene con la pareja", dice Martínez. Esta asociación reclama más educación en ese sentido, porque en muchos casos no se piensa en las consecuencias del sexting: "es perfectamente lícito y placentero, pero deben que sentirse cómodos y cómodas para llevarlo a cabo. Hay que pensar si nos apetece tener ese vídeo o esa imagen", afirma su presidente.

5. Guardar las imágenes a buen recaudo

Una segunda derivada de este tipo de casos tienen que ver con la seguridad. Ya hemos capturado estas imágenes, ahora bien, ¿dónde las guardamos? Desde la Asociación Profesional Española de la Intimidad recomiendan hacerlo en un disco duro portátil, externo y sin conexión a internet para evitar el robo de los datos en caso de que nuestro ordenador sea hackeado. Además, durante la actividad también hay que tomar ciertas precauciones. Si se trata de una webcam, siempre será mejor que sea un dispositivo externo, que se pueda desconectar del PC. Y si no, al menos que su objetivo se pueda cubrir de alguna manera para que si la hackean, no se pueda grabar nada. "Esas imágenes son tan o más valiosas que el propio dinero, por lo tanto hay que tener unos estándares de seguridad más altos de lo que normalmente adaptamos" dice Martínez.

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Thu, 04/07/2016 - 16:33

La nueva regulación audiovisual de Castilla y León

El pasado 9 de marzo se publicó en el BOCYL, la ORDEN FYM/148/2016, de 23 de febrero, por la que se regulan los procedimientos en materia de servicios de comunicación audiovisual, en Castilla y León.

Con esta Orden se culmina la labor de adecuación a la nueva normativa de medios surgida de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

Todo comenzó el año pasado cuando la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 59/2015, de 17 de septiembre, por el que se regulan los servicios de comunicación audiovisual. Desde entonces se hacía necesario regular los diferentes procedimientos y trámites que tienen que pasar todas las empresas o entidades que quieran prestar radio o televisión en Castilla y León.

La nueva Orden FYM/148/2016, de 23 de febrero, marca las pautas a respetar en los ámbitos de:

• La comunicación fehaciente y previa prevista en el artículo 23 de la Ley 7/2010, General de la Comunicación Audiovisual.
• Los concursos públicos para la obtención de licencias audiovisuales (Televisión y Radio FM).
• La autorización de negocios jurídicos sobre las licencias.
• La obtención de la habilitación para que las entidades locales puedan prestar servicios audiovisuales públicos (TV y Radio municipales).
• La tramitación de los proyectos técnicos y de la inspección de las instalaciones.
• El acceso y la práctica de inscripciones en el Registro de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de Castilla y León,

Con esta Orden se satisface la necesidad de desarrollar y articular todos estos procedimientos, especificando los plazos para presentar las solicitudes y para resolver, y detallando la documentación y los datos que deben acompañar a los diferentes modelos normalizados de solicitud que se encontrarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

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Mon, 04/04/2016 - 12:19

Díez y Romeo: la hoja de ruta hacia la nueva Ley de Drones

Desde Díez y Romeo se están analizando los aspectos legales más relevantes de los drones y el sector pide cada vez más una regulación definitiva que dote de seguridad jurídica plena a los operadores.

Sin embargo, a día de hoy todavía nos encontramos bajo el régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto (Drones), a pesar de haber transcurrido casi 2 años desde la entrada en vigor de dicha normativa. 

I.- La normativa actual.-

El Consejo de Ministros del 4 de julio de 2014 aprobó el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Y en la sección 6ª se recogía el régimen temporal para los Drones de peso inferior a los 150 kg al despegue, en el que se establecen las condiciones de explotación para la realización de trabajos técnicos y científicos.
Posteriormente, dicha normativa ha sido tramitada como ley, proceso que ha culminado el pasado 17 de octubre de 2014 con la publicación en el BOE de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Este reglamento temporal contempla los distintos escenarios en los que se podrán realizar los distintos trabajos aéreos y en función del peso del Dron. Y es completado con el régimen general de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, definiendo las condiciones de operación, además de otras obligaciones

No obstante, la falta de un desarrollo reglamentario definitivo sitúa a los operadores en una situación de incertidumbre que impide su desarrollo. Los abogados de Díez & Romeo, en su labor de asesoría al sector, aprecian como nuevamente un sector tecnológicamente puntero y emergente parece frenado por una legislación final que, a pesar de ser anunciada, no termina de promulgarse.

Aunque desde varios sectores implicados se esté esperando la nueva normativa, lo cierto es que su tramitación requiere de varias fases que han de concluir hasta su publicación.

La directora de AESA, Isabel Maestre anunció en la feria de Expodrónica, en Zaragoza, que desde la Agencia se habían iniciado los trámites para un nuevo y definitivo planteamiento normativo sobre el uso de Drones.

II.- Modificaciones sustanciales de la nueva normativa de Drones.-

La directora de AESA, Isabel Maestre informó en la feria de Expodrónica, (Zaragoza, septiembre 2015), que desde la Agencia se habían iniciado los trámites para un nuevo y definitivo planteamiento normativo sobre el uso de Drones.
La propuesta de AESA integra, entre otras, las siguientes modificaciones:

Se posibilita volar en aglomeraciones de edificios en ciudades. Será posible volar en zonas urbanas (ahora prohibido) siempre que se cumplan las siguientes circunstancias:
    • Las operaciones han de hacerse con drones de menos de 10Kg.
    • Sólo para vuelos a un máximo de 100 metros de distancia y 120 metros (400 pies) de altura.
    • Solicitar permiso a la Delegación del Gobierno geográficamente competente.
    • Aportar un estudio aeronáutico que atenúe el riesgo añadido de volar en zonas urbanas.

Se puede autorizar volar en espacio aéreo controlado. Los vuelos en espacio aéreo controlado también requerirán de un estudio aeronáutico que atenúe el nuevo riesgo añadido. AESA mantendrá un control férreo sobre estos vuelos y a la Agencia deberá dirigirse el mencionado estudio.

Se flexibiliza volar sin tener contacto visual con el dron (BVLOS). Con la legislación actual tan sólo los drones de hasta 2 Kg pueden volar fuera de la línea de vista del piloto. La nueva normativa permitirá que las aeronaves de 2 a 5 Kg lo puedan hacer. Queda prohibido superar los 5 Kg de masa máxima al despegue.

Pero estas modificaciones tan sólo verán la luz cuando culmine la hoja de ruta trazada que a continuación de plasma.

III.- La hoja de ruta de la nueva normativa de Drones

Para que la nueva normativa sobre Drones se promulgue definitivamente es necesario efectuar las siguientes fases que, en ante la falta de Gobierno, pueden dilatarse algo más de lo previsto.

En Díez y Romeo hemos glosado las fases en 7 apartados que han de llevarse a cabo.

1.- Elaboración de la propuesta de nuevo texto normativo por los técnicos de AESA. El pasado septiembre de 2015, la Directora de AESA informó que el trámite había sido cumplimentado por su departamento para su remisión a los organismos competentes.

2.- Remisión de la propuesta al Ministerio de Fomento para su análisis, estudio y aprobación. AESA remite al Ministerio de Fomento la propuesta de texto normativo para que la Abogacía del Estado realice los informes correspondientes en cuanto a la viabilidad de la futura normativa.

3.- Aportación de observaciones de otros departamentos ministeriales. Se da trámite a los Ministerios de Industria, Interior, etc…., así como a los organismos públicos que pudieran verse afectados competencialmente para formular manifestaciones al respecto sobre la nueva legislación.

4.- Informe del Consejo de Estado. Un vez tenga la condición de anteproyecto de Ley, se remite al Consejo de Estado para que informe sobre su adecuación a derecho. El Consejo de Estado puede dar trámite a las entidades del sector para que formulen las alegaciones que consideren oportunas.

5.- Aprobación del Consejo de Ministros. Tras el informe del Consejo de Estado, que no es vinculante, el Consejo de Ministros aprobará el anteproyecto para su posterior elevación a las Cortes Generales como proyecto de Ley.

6.-  Aprobación del proyecto de Ley en Cortes. Las CCGG deberán aprobar el proyecto de Ley, y una vez se hayan pronunciado ambas cámaras se envía al Consejo de Ministros para su promulgación final.

7.- Promulgación del Consejo de Ministros y publicación en el BOE. Una vez que el Consejo de Ministros de luz verde, se publica en el BOE y desde ese momento entra vigor la nueva ley.

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Mon, 04/04/2016 - 11:36

Las modificaciones normativas de Drones, ¿en 2016?

A día de hoy todavía nos encontramos bajo el régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto (Drones), a pesar de haber transcurrido casi 2 años desde la entrada en vigor de dicha normativa. 

La normativa actual.-

En efecto, el Consejo de Ministros del 4 de julio de 2014 aprobó el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Y en la sección 6ª se recogía el régimen temporal para los Drones de peso inferior a los 150 kg al despegue, en el que se establecen las condiciones de explotación para la realización de trabajos técnicos y científicos.
Posteriormente, dicha normativa ha sido tramitada como ley, proceso que ha culminado el pasado 17 de octubre de 2014 con la publicación en el BOE de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
Este reglamento temporal contempla los distintos escenarios en los que se podrán realizar los distintos trabajos aéreos y en función del peso del Dron. Y es completado con el régimen general de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, definiendo las condiciones de operación, además de otras obligaciones.

No obstante, la falta de un desarrollo reglamentario definitivo sitúa a los operadores en una situación de incertidumbre que impide su desarrollo. Nuevamente un sector tecnológicamente puntero y emergente parece frenado por una legislación final que, a pesar de ser anunciada, no termina de promulgarse.

Aunque desde varios sectores implicados se esté esperando la nueva normativa, lo cierto es que su tramitación requiere de varias fases que han de concluir hasta su publicación.

Modificaciones sustanciales de la nueva normativa de Drones.-

La directora de AESA, Isabel Maestre informó en la feria de Expodrónica, (Zaragoza, septiembre 2015), que desde la Agencia se habían iniciado los trámites para un nuevo y definitivo planteamiento normativo sobre el uso de Drones.
La propuesta de AESA integra, entre otras, las siguientes modificaciones:

•Se posibilita volar en aglomeraciones de edificios en ciudades. Será posible volar en zonas urbanas (ahora prohibido) siempre que se cumplan las siguientes circunstancias:
    • Las operaciones han de hacerse con drones de menos de 10Kg.
    • Sólo para vuelos a un máximo de 100 metros de distancia y 120 metros (400 pies) de altura.
    • Solicitar permiso a la Delegación del Gobierno geográficamente competente.
    • Aportar un estudio aeronáutico que atenúe el riesgo añadido de volar en zonas urbanas.

•Se puede autorizar volar en espacio aéreo controlado. Los vuelos en espacio aéreo controlado también requerirán de un estudio aeronáutico que atenúe el nuevo riesgo añadido. AESA mantendrá un control férreo sobre estos vuelos y a la Agencia deberá dirigirse el mencionado estudio.

•Se flexibiliza volar sin tener contacto visual con el dron (BVLOS). Con la legislación actual tan sólo los drones de hasta 2 Kg pueden volar fuera de la línea de vista del piloto. La nueva normativa permitirá que las aeronaves de 2 a 5 Kg lo puedan hacer. Queda prohibido superar los 5 Kg de masa máxima al despegue.

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Sun, 04/03/2016 - 13:41

Ojo con el Stalking (acoso a traves de medios): de 3 meses a 2 años de cárcel

El artículo 172 ter del Código Penal afronta el denominado hostigamiento a través de los medios de comunicación. En concreto se define dicha conducta como "el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, (...) Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación".

La pena oscila entre los 3 meses y 2 años de prisión dependiendo de la gravedad de la conducta y de si concurren circunstancias atenuantes o agravantes.

Entre las notas definitorias del stalking podemos encontrar, por tanto:
a) la existencia de actos de acoso de distinta naturaleza de forma continuada, insistente y reiterada.
b) falta de consentimiento de la víctima.
c) alteración grave del desarrollo de la vida cotidiana de la víctima.

El Código Penal da un paso más allá en la recriminación de conductas de acecho y/u hostigamiento, como ya estaban reprendidas el acoso laboral (mobbing), el escolar (bullying), el inmobiliario (blockbusting) o el cibersexual a menores (child grooming).

El bien jurídico protegido es la libertad de obrar, entendida como la capacidad de decidir libremente. Nuestro Código Penal tiene que garantizar que un ciudadano no es obligado a cambiar sus hábitos, sus horarios, sus lugares de paso, sus números de teléfono, cuentas de correo electrónico e incluso de lugar de residencia y trabajo.

Eso es lo que genera el acosador cuando efectúa un repetido acechamiento por todos los medios que pone a su disposición las redes sociales y las aplicaciones móviles. La victima termina siendo invadida por la sensación de temor, intranquilidad, o angustia. Y eso nuestro sistema penal no lo puede admitir.

Con la introducción de esta nueva figura en julio de 2015, el Código Penal se adecúa a un escenario en el que las aplicaciones móviles o redes sociales son instrumentos que un acosador puede usar para enviar mensajes, audios o archivos de todo tipo las veces que quiera. Además gratuitamente y durante las 24 horas del día.

Nuestros jueces ya están condenando a acosadores por este tipo penal.

Concretamente, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Tudela, ha condenado a un acusado que alteró la vida de una mujer al hacerle llamadas de teléfono y enviarle mensajes de audio y texto —los últimos de contenido sexual—, así como fotografías.
En la sentencia, el magistrado ha impuesto al inculpado una multa de 480 euros, así como la prohibición de comunicarse con la denunciante de cualquier forma o manera -por escrito o verbalmente- durante 6 meses.

En la resolución se considera probado que el acusado, de 37 años, en diferentes fechas a lo largo del presente mes de marzo, a raíz de conocer a la denunciante por la pérdida y recuperación de un perro de su propiedad, comenzó a realizarle llamadas telefónicas y enviarle los citados mensajes, que alteraron su vida cotidiana.

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Sun, 04/03/2016 - 12:53

Se consolidan los Portales de Transparencia de los TSJ

Los Portales de Transparencia de los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias, Extremadura, Galicia y el País Vasco estraron el pasado 1 de abril de 2016 en funcionamiento en la página web www.poderjudicial.es, sumándose así a la política de transparencia que el Consejo General del Poder Judicial ha convertido en seña de identidad y que aparece recogida como objetivo en la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, según ha informado el CGPJ.

Los Portales de Transparencia de estos Tribunales Superiores permitirán que ciudadanos y profesionales de la Justicia de estas Comunidades Autónomas puedan acceder a contenidos como las normas de reparto de cada órgano judicial y los órdenes del día y acuerdos de las Salas de Gobierno.
Quienes accedan a ellos –a través del Portal de Transparencia del CGPJ o desde la pestaña que cada Tribunal Superior tiene en la web- podrán consultar también otros documentos relevantes –circulares, unificación de criterios, etc.- e información de utilidad pública como las agendas de señalamientos, los calendarios de guardia o las convocatorias de plazas de magistrados suplentes y jueces sustitutos.

La agenda institucional y del presidente del TSJ, el directorio de órganos judiciales y de la Fiscalía de cada territorio, las Memorias, los protocolos y convenios también tendrán presencia en los Portales, que informarán asimismo de la gestión del presupuesto para actos protocolarios de que dispone cada Tribunal Superior.

Inicio de los Portales de Transparencia

La puesta en marcha de los Portales de Transparencia de los Tribunales Superiores de Justicia se inició el pasado 23 de noviembre, con la entrada en funcionamiento como "proyectos piloto" de los de Illes Balears y Murcia.
El pasado 1 de febrero activaron sus Portales los TSJ de Andalucía, Castilla-La Mancha, Castilla y León y la Comunidad Valenciana; a los que el día 24 de ese mismo mes se sumaron los Tribunales Superiores de Aragón, Asturias, Navarra y La Rioja.
El proceso culminará antes de que finalice el primer semestre de este año, con la puesta en marcha de los Portales de Transparencia de los TSJ de Cantabria, Cataluña y Madrid.
 

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