Wed, 03/25/2015 - 19:45

El CAA pide al Gobierno regular la publicidad de juegos de azar online

La creciente publicidad y promoción televisiva y radiofónica de actividades de juego de azar online ha sido uno de los motivos para que el Consejo Audiovisual de Andalucía dictase la Decisión 08 /2015, de 11 de febrero de 2015, por la que urge al Gobierno regular la publicidad de juegos de azar y establecer un marco jurídico de obligado cumplimiento que garantice una promoción responsable de las actividades de juego online.

  En dicha decisión se refleja la preocupación de ciertas organizaciones que vinculan la proliferación de la publicidad de juego online a la contribución del fomento a la adicción al juego, el juego patológico o ludopatía, entre jóvenes y adolescentes. A pesar de que la industria niegue que esto sea así.

  Desde la concesión en 2012 de 53 licencias para la gestión de casinos, salas de póquer, apuestas deportivas, loterías y bingos online, hizo que en ese año su publicidad se incrementase en un 37%. La previsión para el 2013 era de ascenso imparable. Algo que se ha confirmado a la luz del informe de la Dirección General de Juego correspondiente al 2º trimestre de 2014 que sitúa en el 32,57% el crecimiento de los jugadores activos respecto al mismo periodo del año anterior, en tanto que el gasto publicitario ha aumentado un 47,13%.

  En junio de 2012, el Gobierno firmó un código de conducta sobre comunicaciones comerciales de actividades de juego en el sector audiovisual, asunto que no está expresamente regulado en la Ley General de Comunicación Audiovisual ni en la legislación básica aplicable a la publicidad, dado lo reciente de la actividad. El código de autorregulación español ha sido suscrito por 63 empresas y el Gobierno ha encomendado su seguimiento a Autocontrol –asociación privada para la autorregulación en la publicidad- que, entre otras funciones, debe publicar informes generales sobre el grado de cumplimiento de los requisitos exigidos. El control del cumplimiento de las normas del Código corresponde al Jurado de la Publicidad de Autocontrol, en la que se ha derivado la resolución de las reclamaciones y la facultad de proceder, en el caso de infracción, a solicitar el cese o modificación de la publicidad afectada.

A tenor de esto el Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía, reunido el 11 de febrero de 2015, a propuesta de la Comisión de Contenidos y Publicidad, adopta las siguientes

DECISIONES

PRIMERA: El Consejo Audiovisual de Andalucía considera urgente que nuestro país afronte la regulación, mediante ley, de la publicidad de juegos de azar para establecer un marco jurídico de obligado cumplimiento que garantice una promoción responsable de las actividades de juego, desde la perspectiva de la necesaria protección de los menores de edad, la salvaguarda de otros colectivos vulnerables y la prevención de las ludopatías.

SEGUNDA: En ausencia de una regulación expresa, el Código de Conducta adoptado en España establece normas éticas en un marco flexible y confuso, que se presta a interpretaciones subjetivas y que expone a los menores a la saturación de mensajes publicitarios que fomentan actividades y comportamientos que les son vetados y que generan adicciones, lo que en sí mismo es contradictorio. En la muestra analizada por el Consejo, el 68% de los anuncios de juego y apuestas deportivas en línea emitidos en radio y el 27% de las comunicaciones comerciales televisivas se difundieron en franjas horarias de protección de menores. Se han detectado asimismo el incumplimiento de otras reglas, que el propio acuerdo de autorregulación, exige para promover la responsabilidad social frente a la creciente proliferación del juego en línea.

TERCERA: Las competencias exclusivas de Andalucía en materia de publicidad y juego están reguladas por una normativa de 1986 absolutamente desfasada respecto a la realidad, especialmente después del desarrollo que ha experimentado el sector a partir de 2011 con la proliferación de empresas que ofrecen juegos y apuestas en línea. Otras Comunidades Autónomas han dictado normativas al respecto. Todo ello hace muy necesario que Andalucía acometa la elaboración de normas que regulen las comunicaciones comerciales de juegos de azar, por lo que el Consejo Audiovisual insta al Gobierno Andaluz y a los Grupos Políticos que conforman el Parlamento de Andalucía para que actúen en este sentido en sus respectivos ámbitos competenciales.

CUARTA: Remitir esta decisión, junto con los informes realizados por los servicios técnicos del Consejo Audiovisual de Andalucía al Parlamento de Andalucía, la Dirección General de Comunicación Social de la Junta de Andalucía y la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la CNMC (Comisión Nacional del Mercado de la Competencia)

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Wed, 03/25/2015 - 18:32

Desestimada la via administrativa en la adjudicación de 7RM

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) se reunió el pasado 13 de marzo de 2015 para desestimar los recursos especiales en materia de contratación interpuestos por licitadores que participaron en el concurso público para gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual televisivo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

De este modo, se ha levantado la suspensión cautelar del contrato de la televisión autonómica adjudicado provisionalmente a Central Broadcaster Media, S.L.U., (Grupo Secuoya) por el anterior Consejero de Hacienda, Francisco Martínez Asensio.

El fallo, de 50 folios, responde a los cuatro presentados por GTM, Tres (60), Mediapro y Canal 8, y fue notificado formalmente a los interesados  el 20 de marzo. No se descarta que ahora presenten un recurso contencioso, ya que uno de los argumentos expuestos, adelantar información del sobre 3 en el sobre 2, ha sido desestimado a pesar de reconocerlo la propia Mesa de Contratación.

Parece que la justicia tendrá que dilucidar si lo que numerosas mesas de contratación esgrimen para rechazar ofertas  es correcto. En algunos concursos audiovisuales abiertos hay licitadores que han sido rechazados por adelantar información del sobre nº 2 en el sobre nº 1. Y según la nueva decisión del TACRC eso no es suficiente para la exclusión.

Otra de las cuestiones a tener en cuenta es la rapidez con la que ha fallado el TACRC, que ha sorprendido a los licitadores que habían presentado los recursos, dado que este órgano había suspendido cautelarmente el contrato el pasado día 2 de marzo. Algunos de ellos aseguran que hasta el pasado día 6 de marzo no acabaron de enviar al Tribunal de Recursos Contractuales la documentación aportada al recurso, lo que significa que este órgano dependiente del ministerio de Hacienda ha tomado la decisión en favor de Central Broadcaster Media, S.L.U., en apenas dos semanas, cuando se esperaba que tardaría varios meses.

Tras la resolución del TACRC, se activa  nuevamente la adjudicación de la gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual televisivo de la de la Comunidad Autónoma de Murcia, a favor de la empresa Central Broadcaster Media S.L.U., por un importe de 26.776.859,50 € (IVA excluido), 5.623.140,50 € (IVA), total 32.400.000,00 € (IVA incluido), y según la siguiente distribución de anualidades:

Anualidad 2014: 7.200.000,00 € (01-05-14 a 31-12-14)

Anualidad 2015: 10.800.000,00 € (01-01-15 a 31-12-15)

Anualidad 2016: 10.800.000,00 € (01-01-16 a 31-12-16)

Anualidad 2017: 3.600.000,00 € (01-01-17 a 30-04-17)

El plazo para presentar recurso ante los Tribunales vence el próximo 20 de mayo de 2015

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Mon, 03/09/2015 - 10:58

Las barreras legales al sector del juego tras el último reparto de licencias

El pasado 9 de diciembre de 2014 finalizó el plazo para aspirar a las nuevas licencias generales de la última convocatoria realizada por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ). Al igual que las licencias de comunicación audiovisual, las autoridades públicas se toman bastante tiempo a la hora de abrir nuevamente la posibilidad de acceder a las nuevas licencias. Se prevé que sea, como mínimo, dentro de 2 años.

 Con carácter general, las empresas que deseen entrar en el mercado del juego en España sin contar con el preceptivo título habilitante tendrán que esperar a la nueva convocatoria ya que el artículo 6.1 del Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego, en lo referente a licencias, autorizaciones y registros del juego, especifica que:
 
 “Los títulos habilitantes para el desarrollo de actividades de juego no  podrán ser objeto de cesión o explotación por terceras personas.  Únicamente podrá llevarse a cabo la transmisión total o parcial del título,  previa autorización de la Comisión Nacional del Juego, en los casos  de fusión, escisión o aportación de rama de actividad, motivada por  una reestructuración empresarial”.

 Como se puede ver está expresamente prohibido:

• La cesión o explotación por terceras personas de las licencias.

• La transmisión total o parcial de las licencias, salvo en los casos de fusión, escisión o aportación de rama de actividad tras una reestructuración empresarial.

 En consecuencia, se abren 2 vías para que los operadores que no han conseguido licencia general aún puedan entrar en el mercado español:

I. Transmisión de la licencia de una empresa saliente a la nueva que la desea explotar, tras la reestructuración empresarial.

II. Adquisición de la licencia por el operador saliente que se integra en un grupo de empresas, tras la reestructuración societaria.
 Ambos escenarios tienen que ser derivados de una  de fusión, escisión o aportación de rama de actividad, motivada por una reestructuración empresarial. Fuera de esos casos, no es posible adquirir una licencia general.

Desde luego toda operación societaria de las anteriormente descritas deberá notificarse a la DGOJ.

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Sun, 03/08/2015 - 05:21

Licencias FM y TDT en Cantabria: Los proyectos cántabros obtienen las máximas puntuaciones

Como en Aragón, la particularidad del concurso de licencias audiovisuales en Cantabria exige que la oferta técnica vaya dividida en Sobre-B-2 y B-2

El 4 de agosto de 2014 tuvo lugar el Acto Público de lectura de los solicitantes definitivamente admitidos y la Apertura del Sobre B-1, relativo a la evaluación de los criterios dependientes de un juicio de valor.

Tras ello, previos los trámites respectivos, el 5 de marzo de 2015 tuvo lugar el acto público de lectura de los resultados de la Fase I de valoración relativa a los criterios dependientes de un juicio de valor y la apertura de los Sobres B-2 de las solicitudes presentadas al  concurso público.

Los resultados de la Mesa de Valoración han dado las máximas puntuaciones a los proyectos de empresarios audiovisuales cántabros en detrimento de ciertas cadenas nacionales. Según fuentes presentes en el acto, uno de los motivos podría haber sido la incredulidad de los puestos comprometidos para emisoras que remiten la programación de Madrid, lo que imposibilita la contratación de empleo en las ciudades donde pretenden la licencia.

Todo apunta a que Cantabria se ha decantado por las empresas de la región debido a que, según fuentes del sector, son las que garantizan contenidos locales y cántabros.

No obstante, ahora falta por valorar el Sobre B-2 que desvelará a quienes otorgan las licencias audiovisuales

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Sun, 03/08/2015 - 04:46

Aragón a un paso de adjudicar las licencias FM y TDT

El 28 de noviembre de 2014 se convocó el concurso público para el otorgamiento de 39 licencias de comunicación audiovisual por ondas terrestres (TDT local y FM), con ánimo de lucro, en Aragón.

La particularidad de esta licitación es que, aparte de la documentación administrativa –sobre A-, los proyectos se presentan en dos plicas:
• Sobre B-1 (evaluación de criterios de juicio de valor).
• Sobre B-2 (evalúa los criterios por aplicación de fórmulas matemáticas). 

Tras la primera criba, la Mesa admitió 13 licitadores, de los cuales 10 son empresas y 3 personas físicas, y excluyó totalmente a 3 y parcialmente a 2.

La valoración de los 30 sobres B-1 se inició el pasado 25 de febrero y se dieron a conocer el 4 de marzo.

Tras la lectura de los resultados, las ofertas de COPE y SER se sitúan como las propuestas más valoradas con 290 puntos. Las siguientes son las empresas aragonesas de comunicaciones cuya valoración oscila entre 222, 217, y 177.

Desde el 4 de marzo se están siguiendo los trámites para la valoración del sobre B-2 donde los apartados de la experiencia podrían decidir el concurso.

En muy poco tiempo, cuestión de semanas, lo sabremos.

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Sun, 03/08/2015 - 04:17

Se suspende la adjudicación para gestionar 7RM por posibles irregularidades en la valoracion

La Comunidad Autónoma de la Region de Murcia no podrá decidir qué empresa se lleva el contrato de la televisión autonómica. La decisión del departamento del anterior consejero de Hacienda, Francisco Martínez Asensio, de adjudicar a Secuoya el canal autonómico ha quedado suspendida por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, un órgano dependiente del ministerio de Hacienda que es el encargado de dirimir las reclamaciones que presentan los licitadores en los recursos públicos. Este tribunal ha admitido la petición de la empresa Mediapro Audiovisual, que solicitó la suspensión cautelar del proceso de adjudicación, tal y como informó La Opinión, al considerar que su puntuación no se corresponde con su oferta económica, que era la más baja de todas. Cuatro de los cinco grupos que participaron en el concurso han presentado recursos contra la adjudicación provisional del contrato de 7RM a Secuoya, que serán resueltos en Madrid por el Tribunal dependiente del Departamento de Montoro. Todos ellos han denunciando irregularidades.

De acuerdo con las condicones recogidas en la oferta presentada por Secuoya –la empresa que estuvo vinculada al director de Comunicación de José María Aznar, Miguel Ángel Rodríguez–, las emisiones de 7RM tendría que haber empezado a principios de marzo, pero los recursos de los demás aspirantes han obligado a suspender el proceso de adjudicación, que ahora será resuelto en Madrid. En este momento resulta difícil saber cuando se conocerá la decisión definitiva del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, que previsiblemente llevará meses. La resolución de este órgano dependiente de Hadienda, que lleva fecha del lunes, establece que «el análisis de los motivos que fundamentan la interposición del citado recurso pone de manifiesto que los perjuicios que podrían derivarse para el recurrente por el levantamiento de la suspensión son de difícil reparación, por lo que procede acordar el mantenimiento». Por este motivo, ha resuelto mantener suspendida la adjudicación del concurso.

Cuatro de los cinco grupos empresariales que se presentaron al concurso convocado por la Comunidad para adjudicar la explotación de 7RM han recurrido la decisión de la mesa de contratación que atribuyó a Secuoya la mayor puntuación del concurso, a pesar de carecer de instalaciones propias en Murcia para garantizar sus emisiones.

La Consejería ha remitido al Tribunal de Recursos Contractuales las impugnaciones de la sociedad murciana GTM, que obtuvo una puntuación inferior a la de Secuoya en el apartado técnico, a pesar de disponer del centro de producción que estrenó la televisión autonómica y fue utilizado hasta el cierre de 7RM en agosto de 2012; el de Tres 60, que ha obtenido un cero en viabilidad económica, aunque esta empresa ha ganado el concurso convocado por Renfe y Adif para gestionar la publicidad exterior de ambas compañías durante los próximos diez años, hasta 25; y de Mediapro Audiovisual, que presentó la oferta económica más baja. El recurso de Canal 8 ha sido el último en llegar. Esta empresa pidió a la mesa de contratación que identificara a los asesores de la mesa de contratacion.

A partir de ahora, la consejería queda al margen de la adjudicación a 7RM, que debe ser resuelta en Madrid por tribunal dependiente del ministerio de Hacienda. Este órgano será el encargado de resolver los recursos y decidir si da por buenas las puntuaciones de la mesa de contratación o atendie la reclamaciones de los licitadores disconformes. Tampoco sería descartable que el Tribunal de Recursos Contractuales optara por anular el concurso, dado que algunos de las condiciones estipuladas han quedado desfasadas, como ocurre con las ofertas económicas, que se estipularon para un periodo de tres años, hasta el 30 de abril de 2017, pero parte del plazo ya se ha consumido.

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