• Telebilbao será la cadena que gestionará la Televisión Digital Terrestre de Barakaldo tras el fracasado intento de los ayuntamientos socialistas de la comarca por llevar adelante un proyecto para tener un canal televisivo propio. El Gobierno vasco concedió ayer al canal bilbaino la licencia que habían dejado libre las administraciones locales en el Consejo de Gobierno al ser la primera suplente de la lista.

    Esta adjudicación pone fin a la polémica cuestión de la TDT de Ezkerraldea. El Ejecutivo vasco concedió el 17 de julio de 2007 el permiso a Barakaldo, Portugalete y Santurtzi para la prestación de este servicio. Sin embargo, la iniciativa pronto se vino abajo.

    Tras el cambio de gobierno en la localidad marinera, el nuevo alcalde del PNV, Ricardo Ituarte, anunció rápidamente que su municipio abandonaba este proyecto por su alto coste, que se estimaba en 1,2 millones de euros anuales a abonar a partes iguales entre las tres localidades. Apenas unas semanas después, los grupos municipales del PP en Barakaldo y Portugalete sumaban sus votos a los de la oposición para sentenciar el plan argumentando además que no quedaba clara su pluralidad desde el punto de vista ideológico. El Consistorio fabril mantuvo la esperanza hasta última hora pero al final tuvo que renunciar a la licencia.

    La portavoz del Gobierno vasco, Miren Azkarate, explicó ayer que en la comarca de Ezkerraldea existían numerosas solicitudes para la gestión indirecta del canal que no pudieron ser atendidas, por lo que se ha acordado conceder la frecuencia a Telebilbao por ser la primera suplente de la lista.

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  • La Audiencia Provincial de Toledo ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Telma Ortiz Rocasolano, hermana de la Princesa Letizia, y su pareja, Enrique Martín Llop, contra el auto dictado en mayo pasado que se opuso a la adopción de medidas cautelares en defensa de su imagen y privacidad.En un auto de 24 páginas fechado el 3 de noviembre y difundido hoy, la sección primera de la Audiencia Provincial rechaza uno por uno los fundamentos de la apelación al auto dictado por la juez María Lourdes Pérez Padilla el pasado 15 de mayo y condena a la pareja al pago de las costas, cifradas de unos 45.000 euros.

    El auto de la Audiencia señala la inexistencia de la "apariencia de buen derecho" y, sobre todo, caución (reclamación de daños y perjuicios), ni siquiera solicitada por los demandantes, bastaría para rechazar la apelación.

    Sin embargo, ahonda en extenso en los fundamentos de derecho del auto de la juez Pérez Padilla y, aunque el presidente y los tres magistrados autores del auto dicen abrigar dudas sobre si Telma Ortiz es o no un personaje de proyección pública, "nos hemos limitado -dicen- a exponer cuál es la consideración de la jurisprudencia española".

    "Esas dudas generales", prosiguen, "se nos acrecientan si se tiene en cuenta que la Sra. Ortiz Rocasolano sí tiene, con independencia de su asistencia a actos protocolarios u oficiales, una cierta proyección pública".

    Telma Ortiz, agrega, al intervenir en actos sociales y oficiales "ha dado pie a considerar que por actos propios, al responder a cuestiones de tipo íntimo, se ha colocado en una situación de mayor relieve social, sin bien que de modo muy limitado".

    "Todo lo dicho lleva consigo que esta Sala no pueda afirmar ni negar, del modo tan tajante a como se recoge en el auto recurrido, si en este caso se da o no la condición de persona con proyección pública puesto que ni por la jurisprudencia, contradictoria (...), ni por el contenido de la actividad de Dª Telma Ortiz, cabe sostener una posición clara".

    Telma Ortiz y su pareja, Enrique Martín, emprendieron una guerra judicial contra la prensa rosa. La hermana de la Princesa de Asturias presentó a través de sus representantes legales en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo una solicitud en la que pedía al juez que instase los medios a que "se abstuvieran de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir" imágenes o instantáneas suyas o de su pareja.

    La juez de primera instancia número 3 de Toledo, María Lourdes Pérez Padilla, denegó la petición  en un auto de ocho páginas en el que afirmaba que, "sin hacer referencia" al parentesco de Telma Ortiz con su hermana Letizia, Princesa de Asturias, señalaba que era "evidente" la "inviabilidad jurídica" de su solicitud.

    La juez subrayó la aparente contradicción de que Telma Ortiz y su pareja, Enrique Martín-Llop, defendieran ser personas "sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que participan de hechos y actos que sí la tienen".

    Fernando Garrido, abogado de Telma Ortiz, presentó un recurso contra el auto  que denegó las medidas cautelares, insistiendo en que esas medidas cautelares tenían por objetivo el de "impedir la injerencia en la cotidianeidad de los demandantes de quienes desean conseguir, por puro interés económico, imágenes foto o videográficas sin interés general", y apunta que "la relevancia comunicativa no puede confundirse con la simple satisfacción de la curiosidad ajena".

    El escrito de recurso elaborado por el Despacho Garrido Abogados recogía jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, relativa a la consideración que ambas instancias tienen de quienes pueden ser considerados personajes públicos, notorios, de proyección pública o privados.

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  • Javier nació a mediados de octubre en Sevilla. Las células madre de su cordón umbilical servirán para curar a su hermano Andrés, que padece una enfermedad congénita, la beta talasemia mayor, de la que él mismo está libre gracias al diagnóstico genético preimplantacional. Pero, ¿qué ocurriría si sus genes llevasen impresa una predisposición a algún tipo de cáncer? ¿Es ético utilizar esta técnica para prevenir tumores hereditarios? Los oncólogos españoles lo han debatido recientemente y dos familias esperan una decisión. Nadie duda de que el tema suscita aún importantes cuestiones éticas y legales. La técnica, autorizada en España desde hace años, permite analizar los preembriones concebidos mediante una fecundación 'in vitro' para ver si son portadores de determinadas alteraciones genéticas e implantar en el útero materno únicamente aquellos que están libres de dicha herencia.

    En la actualidad, se calcula que un 5%-10% de todos los cánceres tienen carácter hereditario, es decir, son consecuencia de mutaciones germinales en ciertos genes que aumentan la susceptibilidad a enfermar en el futuro. En total, se conocen alrededor de 40 genes implicados en este tipo de síndromes hereditarios poco frecuentes, pero aunque la cuestión ha empezado ya a surgir en las consultas de consejo genético, no hay constancia de que el método se haya empleado aún en ningún centro público.

    "Al menos en los síndromes más frecuentes, como el de mama y el de colon", según confirmó la doctora Ana Polo, del Hospital Sant Pau de Barcelona, en una jornada organizada recientemente en Madrid por la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) y el Instituto Roche.

    Joan Brunet, coordinador de la sección SEOM de Cáncer Hereditario y Consejo Genético, reconoce que desde hace siete u ocho años ha aumentado el número de parejas que acuden a las consultas con este dilema. "Se trata de gente sana, que sabe que es portadora de esta presdisposición, y que se encuentra en edad fértil", apunta a elmundo.es. Y de la misma manera que este diagnóstico preimplantacional ya se aplica desde hace años a otras enfermedades genéticas de manera rutinaria, ¿dónde está el límite para emplearlo en el caso de tumores?".
    Tres condiciones
    De hecho, Brunet no quiere dar ejemplos concretos y prefiere ceñirse a la ley 14/2006 que ha regulado más en detalle esta cuestión recientemente. Según el artículo 12 de este texto, el diagnóstico preimplantacional únicamente es legal para enfermedades graves, con muchas probabilidades de desarrollarse en los primeros años de vida, y con una alta tasa de mortalidad por falta de tratamientos. "¿Qué se entiende por grave? Algunos síndromes hereditarios entran claramente dentro de esta definición, pero ¿qué ocurre con una mujer joven, que quiere tener hijos y cuya madre, tía y hermana han muerto jóvenes por el cáncer de mama? Eso es lo que estamos intentando determinar con este tipo de debates", apunta.

    Julio Martín, director del laboratorio de enfermedades del Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI), prefiere hablar de 'neoplasias' en lugar de cáncer, y recuerda que existen muchos síndromes ("poco frecuentes") que se manifiestan con una proliferación celular irregular. "Como la neoplasia múltiple endocrina de tipo 2 A, un carcinoma de la glándula tiroidea, y que tiene una penetrancia del 95%, es decir, que las personas portadoras desarrollaban la enfermedad con mucha probabilidad", explica.

    En este centro, se han realizado ya siete diagnósticos de esta enfermedad que han acabado en cuatro gestaciones. Igual que otros 14 diagnósticos de neurofibromatosis tipo 1 (que provoca la aparición de múltiples fibromas dérmicos, complicaciones óseas -displasia vertebral, escoliosis -, posibles malformaciones en la cara, y en un 50% de los casos, retraso en el aprendizaje), que han culminado en cinco embarazos, dos de ellos aún en curso.

    En ambos ejemplos, se trata de patologías con un patrón hereditario dominante, es decir, que el riesgo de que los hijos de los afectados hereden la misma mutación que sus padres es del 50%. "Estas personas han visto la enfermedad en su familia, generación tras generación, y antes de disponer de esta posibilidad algunas de ellas incluso decidían no tener hijos".
    Informe de la comisión
    Según explican fuentes del Ministerio de Sanidad, las comunidades autónomas están autorizando la técnica siempre que la solicitud cumpla las tres condiciones del artículo 12. Sólo en caso de duda solicitan el informe (favorable o desfavorable) de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, que debería evaluar caso por caso tras revisar la documentación pertinente (mutación, historia familiar...). Aunque por el momento, añaden, aún no han tenido que pronunciarse en ninguna solicitud de este tipo; probablemente porque los trámites todavía no han traspasado las 'fronteras' autonómicas.

    "El departamento catalán de Salud tiene un grupo asesor que informa sobre la conveniencia o no de enviar la solicitud a la comisión nacional", añade por su parte Josep Maria Busquets, secretario del comité de Bioética de Cataluña (dependiente de la Generalitat). De manera que "este tipo de solicitudes [tipo BRCA] requieren la autorización del departamento de Salud, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida". Busquets, añade que por el momento sólo se ha recibido una petición, "a la que se ha solicitado documentación complementaria".

    Martín confirma que el IVI ha realizado dos consultas para las que aún espera respuesta. "Una, por un varón portador del gen BRCA1, que podía suponer para sus futuras hijas un mayor riesgo de cáncer de mama. La segunda, para una mujer con mutación en el gen BRCA2 y cuyo árbol genealógico mostraba una penetrancia de casi el 100%", explica. La razón para consultar estos casos y no el resto de síndromes neoplásicos, explica, es que nunca antes se ha utilizado en España el diagnóstico preimplantacional para cáncer de mama. "Los embriones portadores de la mutación no tienen porqué desarrollar la enfermedad en el futuro, de manera que nos vemos más respaldados solicitando este informe".

    Las principales dudas (éticas y legales), coinciden todos los especialistas, surgen en el caso de familias con una fuerte penetrancia de los genes relacionados con algunos tumores de mama y de colon, que no se desarrollan hasta la edad adulta, y que no todos los portadores llegan a manifestar.

    En general, los especialistas coinciden en que el uso de esta técnica para genes oncológicos debería estar sujeto a una serie de requisitos, "que pasan necesariamente por la consulta de consejo genético, la intervención de un equipo multidisciplinar, la valoración del riesgo de transmisión del tumor hereditario, la implementación de un estudio genético y el asesoramiento sobre medidas de detección precoz o prevención disponibles", según la nota de prensa de la SEOM sobre este foro de debate.

    El uso del diagnóstico genético para casos de cáncer ya está aprobado en el Reino Unido desde 2006, aunque cada caso debe ser autorizado uno por uno, tras valorar la historia familiar, el tipo de mutación y otras circunstancias. En el caso español, el proceso sería el mismo, como explica Mónica Parriego, responsable del laboratorio de diagnóstico preimplantacional del USP Instituto Universitario Dexeus de Barcelona, donde aún no han tramitado ningún DGP relacionado con el cáncer.
    Poco frecuentes
    "Si la solicitud se saliese de los tres supuestos que marca la ley, la comisión debería evaluar cada caso y emitir un informe favorable o desfavorable", explica esta especialista a elmundo.es. "Aunque finalmente son las comunidades las encargadas de autorizarlo".

    La técnica requiere extraer una o dos células del embrión cuando se encuentra en la fase de mórula (es decir, está formado aún por sólo de ocho a 12 células). Por cada célula se puede analizar una única patología, mientras que el resto del embrión sigue en cultivo a la espera de conocer el diagnóstico y pueda ser transferido a la madre. "No hacemos un 'barrido' a ver qué error encontramos, sino que estudiamos a la familia y acudimos exactamente a la mutación que causa la enfermedad en los progenitores", aclara Parriego. De hecho, la ley prohibe expresamente la selección positiva, es decir, la elección del embrión más fuerte, más inteligente, o el que tenga los ojos de un determinado color.

    Brunet reconoce que es probable que algunas parejas se echen atrás después de informarse y conocer los riesgos y las limitaciones de la técnica. Por ejemplo, el tratamiento hormonal necesario para la reproducción asistida que puede aumentar el riesgo de cáncer de mama, los costes económicos, el tiempo, la burocracia o la probabilidad de que finalmente el embrión elegido no 'agarre' con éxito en el útero materno. "El debate es necesario", concluye, al tiempo que recuerda que la mayor parte de los tumores son de tipo esporádico y no hereditarios.

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  • La Junta de Castilla y León ha publicado en el BOCYL de ayer lunes, la Resolución de 31 de octubre de 2008, de la Consejería de Fomento, por la que se anuncia la convocatoria del concurso público para la adjudicación de una licencia de TDT de ámbito autonómico (TDTA).

    La Junta, que con esta medida da un paso decisivo en la configuración del mapa de medios audiovisuales de la Comunidad, fija, a partir de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín, un mes para la presentación de ofertas, plazo que finaliza el proximo 3 de diciembre.

    CARACTERISTICAS ESPECIALES

    Una de las particularidades es que Castilla y León ha sido la primera comunidad en convocar un concurso de TDT con la nueva Ley de Contratos Públicos (Ley 30/2007, de 30 de octubre) por lo que esta licitación exigirá de un conocimiento global del Derecho de la Contratación Pública en materia Audiovisual.

    Otra peculiariedad es que la resolución del concurso tendrá un único adjudicatario que obtendrá la concesión para la explotación conjunta e inseparable de 2 canales digitales  integrados el múltiple digital autonómico asignado a Castilla y León. Ello permitirá la prestación del servicio público de televisión digital terrestre, en abierto, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    La concesión comprende tanto la habilitación para la explotación del servicio como la gestión de los centros de emisores y de la red de transporte y difusión necesarios para la prestación del servicio con los estándares de cobertura y calidad establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas.

    CRITERIOS DE ADJUDICACION

    La mesa de contratación premiará a la mejor propuesta sobre 100 puntos, y valorará las ofertas en base a tres parámetros: propuesta de programación: 50 puntos; propuesta técnica: 30 puntos; y propuesta económica: 20 puntos. Estos criterios suponen la primacía de la calidad de los contenidos (50% de la concesión) sobre el resto de los bloques, no por ello menos importantes.

    Con esto la Comunidad de Castilla y León pretende situarse a la vanguardia en el fomento de la programación como eje fundamental de la introducción de la Televisión Digital Terrestre (TDT) en el conjunto de la región, más aún, teniendo en cuenta que Soria ha sido elegida por el Gobierno central como territorio para pilotar el llamado apagón analógico.

    DOS CANALES.

    La licencia de TDT autonómica habilitará al adjudicatario para la gestión de 2 de los 4 canales digitales que integran el MUX autonómico de Castilla y León. Uno de estos canales realizará sus emisiones de forma unitaria, sin desconexiones territoriales durante todo el horario de su programación, y el otro realizará sus emisiones de forma mixta, de modo que parte de su programación se lleve a cabo mediante desconexiones territoriales de ámbito provincial y programación específica.
    Toda la información relativa a la convocatoria, a los plazos y a los pliegos de condiciones podrán consultarse en la página web de la Junta de Castilla y León http://www.jcyl.es.

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  • El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para aumentar el control y la protección de los ciudadanos y el medio ambiente con respecto a sustancias y productos químicos.
    Esta normativa, propuesta por los ministerios de Sanidad y Consumo; Industria, Turismo y Comercio y Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, modifica el reglamento ya existente sobre notificación de productos nuevos y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, para adaptarse a la normativa europea.

    En concreto, la nueva legislación se enmarca dentro del reglamento REACH, una normativa que regula la comercialización de sustancias químicas en el ámbito europeo y fija un sistema integrado único para su registro, evaluación y autorización. De este modo, ningún producto que no esté notificado en ese registro único podrá comercializarse en la UE.

    Hasta el momento, la notificación de una sustancia sólo se realizaba en el país europeo que la comercializaba por primera vez (y a partir de los 10 kg de producción). Sin embargo, a partir de ahora será obligatorio registrar en la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos toda las sustancias químicas que se empleen, independientemente de que ya estén en el mercado o se comercialicen por primera vez.
    Notificación de sustancias peligrosas
    Por otro lado, este reglamento también establece cómo ha de ser la comunicación, la información de los peligros y la manera de utilizar las sustancias químicas de forma segura en todo el proceso de producción y comercialización.

    Además, a través de esta normativa también se regula la autorización de sustancias que necesitan especial atención, como son las cancerígenas, las mutagénicas y las tóxicas para la reproducción.

    Del mismo modo, según ha anunciado el Ministerio de Sanidad, el nuevo reglamento también prevé la posibilidad de restringir o frenar la fabricación, comercialización o empleo de una determinada sustancia de origen químico.

    El Gobierno también ha aprobado el anteproyecto de ley que establece un régimen sancionador para los casos en los que se incumpla esta normativa. Así, será punible comercializar sustancias químicas sin registro previo o sin la ficha de seguridad obligatoria; la falta de implantación por el solicitante del registro o del usuario de las medidas de control del riesgo; no conservar durante 10 años la información necesaria para cumplir con las obligaciones del reglamento y ponerla a disposición de las autoridades competentes.

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  • El Gobierno balear está pensando utilizar uno de los dos canales que su radiodifusor autonómico tiene, IB3, en la parrilla de emisiones de la TDT con el objetivo de emitir la señal de la TV autonómica catalana, TV3, a la espera de disponer de una frecuencia propia para dicho radiodifusor. Esta sería una solución de emergencia ante la voluntad de mantener las emisiones del canal autonómico catalán, mientras el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio no apruebe un segundo múltiplex que permita recibir todos los canales de lengua catalana en los receptores de Menorca. De este modo, IB3 cedería a Cataluña el que actualmente repite la señal de su versión satelital y que, en la TDT, aparece como IB3 Sat.
    El radiodifusor balear estaría dispuesto a ceder un canal para una televisión exterior a su territorio, cuando aseguraba que le resultaba imposible emitir las desconexiones de las islas menores por motivos técnicos.
    Este plan obedece a que, a siete meses del "apagón" analógico, en Menorca, aún no se puede ver la TDT por ninguna de las emisiones de las otras autonomías que hablan catalán, como el mencionado TV3, Canal 33, Canal 9 y Punt 2. Todos sus respectivos gobiernos autonómicos explican que existen acuerdos y conversaciones para que se puedan recibir sus contenidos en Baleares aunque, desde el organismo Consolat de Mar, se exige una reciprocidad y que IB3 pueda captarse en Cataluña y Valencia en condiciones normales. Esta posibilidad está actualmente paralizada a la espera de la concesión del segundo múltiplex, por parte de Industria.

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  • En un comunicado, la Unión de Televisiones Comerciales de España (UTECA) argumenta que "la dura crisis financiera y económica que sufre España debe hacer reflexionar a los partidos políticos sobre lo que supone el actual y mal llamado sistema público de televisión.Según la nota, UTECA observa estos días con preocupación "cómo varias Comunidades Autónomas con dos canales analógicos de televisión pública generalista y comercial recortan presupuestos en Sanidad y Educación, mientras mantienen íntegros los planes de expansión de sus canales digitales".

    Las televisiones comerciales recuerdan que el actual vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía, Pedro Solbes, "afirmó en 2005 que los españoles tendrían que elegir si quieren que sus impuestos se dediquen a (más) televisión pública o a garantizar las pensiones, la sanidad o la educación".

    UTECA pide al Gobiernos y a los Parlamentos autonómicos que hagan "un ejercicio de responsabilidad política" y adoptar medidas para reducir el número de canales públicos analógicos "que actualmente tienen en funcionamiento, y para renunciar a la mayor parte de los digitales".

    Esta organización resalta en su comunicado que cuatro comunidades autónomas (Cantabria, Navarra, Rioja y Castilla y León) no tienen televisión pública y que los responsables políticos decidieron en su día "ahorrar recursos públicos de sus ciudadanos en estos menesteres y dedicarlos a lo que propugna Solbes", y que esta decisión debe servir "para entrar en razón a los de las 13 restantes y reconducir el sistema audiovisual hacia un canal digital público por Comunidad, que sea de auténtica televisión pública".

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  • Da igual que se tomen en lugares públicos. Emitir imágenes de noviazgos o relaciones sentimentales de los famosos -algo que se hace a diario en los programas y la prensa del corazón- atenta contra los derechos fundamentales a la intimidad y la propia imagen de los afectados si éstos se niegan a hacer pública su relación. Así lo establece la Audiencia de Madrid, que ha condenado a Telecinco, la agencia de noticias Atlas y a la productora del programa Salsa Rosa (Boomerang) por reproducir grabaciones de la relación entre Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo. El tribunal obliga a esas empresas a indemnizar con 54.000 euros al copresentador de Las mañanas de Cuatro.

    La sentencia, redactada el pasado 2 de octubre, analiza imágenes emitidas en agosto y septiembre de 2005, en los ya desaparecidos programas de Telecinco Aquí hay tomate, TNT y Salsa Rosa. En este último aparece Miró acompañando a su pareja a su domicilio de Madrid, en el palacio de Liria, y sacando bultos del coche. En TNT, del 19 de agosto de 2005, se veía a ambos en una jaima en Marruecos y en una discoteca. Estas grabaciones fueron obtenidas con teléfonos móviles o cámaras ocultas, según la sentencia.En Aquí hay tomate también aparecieron imágenes de Miró llevando a Martínez de Irujo a su casa, "con comentarios como 'le han pillado llevando a la duquesita al palacio de Liria" o especulaciones sobre si "la duquesa de Alba había dado el visto bueno a esta relación".

    En otras ediciones, Miró aparecía saliendo y entrando de vehículos y locales, en una gasolinera, y hasta se reprodujo un beso entre ambos. Siempre que Miró fue preguntado por su relación con Martínez de Irujo, respondió "que sólo a él y a su gente le importaba el tema"."No podemos admitir", apuntan los magistrados en la resolución, "que la aparición de imágenes constantes [de Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo], los comentarios día a día sobre el desarrollo de dicha relación, lo que la misma pueda parecer a la familia de los afectados, las escenas de la pareja en actitud tierna o cariñosa, etcétera, al margen de la curiosidad generada por los programas en los que se han venido reproduciendo con sus anuncios y comentarios, pueda confundirse con un interés público digno de protección".

    La sentencia establece que "no cabe duda que las relaciones afectivas y sentimentales de las personas pertenecen al ámbito privado de las mismas, sin que pierdan ese carácter las posibles relaciones que pudieran entablarse entre personas con proyección pública, ya que ésta no elimina su derecho a la intimidad". "Si tales personas deciden mantener estas relaciones al margen del conocimiento público", tal y como repitió reiteradamente Miró a los distintos reporteros de los programas del corazón que le preguntaron, "tal límite no puede ser traspasado". Y añade: "No importa que las imágenes capturadas lo fueran en lugares públicos", ya que "fueron obtenidas en el círculo íntimo de las personas afectadas".El tribunal da la razón a Miró, que había recurrido una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pozuelo de Alarcón (Madrid). Esta primera resolución sólo reconocía vulnerada la intimidad y la imagen del presentador por las imágenes de TNT y Aquí hay tomate en las que aparecía la pareja en una jaima y en una discoteca, pero no las demás, ni las de Salsa Rosa, por lo que dejaba la indemnización en 6.000 euros.

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  • El Gobierno español ha aprobado una partida de 1,57 millones de euros para el desarrollo de la TDT en Castilla-La Mancha. Esta cantidad irá dirigida a los 32 proyectos técnicos incluidos en la Fase I del Plan Nacional de Transición a la TDT, cuya fecha límite de cese de emisiones analógicas es el 30 de junio del año que viene. Finalizado dicho plazo, un total de 5,6 millones de españoles (un 12,6 por ciento del total) exclusivamente dispondrá de la recepción de la señal digital. De este modo, estos recursos se aplicarán a la digitalización de los Centros de Extensión de la Cobertura, en la parte correspondiente a los múltiplex de los radiodifusores de ámbito nacional (públicos y privados).
    En relación a los centros excedentes de la red principal analógica (desplegados en la red analógica de los radiodifusores privados nacionales pero que no se incluyen en su planificación de despliegue de estaciones para la TDT), el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio financiará el cien por ciento de los costes de la digitalización. Esta aportación alcanzará los 2,3 millones de euros y cada comunidad autonómica asumirá los costes recurrentes.
    En cuanto a los centros de convenio (centros analógicos desplegados mediante convenios de extensión de cobertura con las comunidades autonómicas o con las diputaciones provinciales), dicho Ministerio financiará la mitad de los costes de digitalización correspondientes a Radio Televisión Española (RTVE) y a los radiodifusores privados nacionales. En esta ocasión, la aportación será de 1,96 millones de euros, mientras que cada comunidad autonómica asumirá la otra mitad de los costes de digitalización, así como los costes recurrentes.
    Finalmente, aquellos centros analógicos desplegados directamente por otras entidades (públicas o privadas) serán financiados con 4,44 millones de euros del Ministerio, la mtad de los costes de digitalización correspondientes a RTVE y a los radiodifusores privados nacionales (únicamente, en los centros de titularidad pública).
    Cada comunidad autonómica asumirá el restante cincuenta por cicento de los costes de digitalización, así como los correspondientes costes recurrentes. Además, las anticipaciones de la cobertura -que significa el adelanto temporal del encendido digital de los centros que tienen que ser desplegados por los difusores en cumplimiento de sus compromisos de cobertura) también son garantizados por este organismo.

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  • Diariamente llegan a nuestra bandeja de entrada mensajes como éste: "Saludos. Nos dedicamos a la venta de automóviles de conocidas marcas como Ferrari, Bentley, Mercedes, BMW, etcétera. Requerimos de consultantes a distancia para nuestros clientes. Le garantizamos un pago de entre 800 y 1.150 euros a la semana, trabajando de 3,5 a 6,5 horas al día. Sólo necesita tener ordenador y teléfono. Para recibir información detallada, escriba, por favor, al e-mail... Comuníquenos su nombre, edad y ciudad".

    Quien acepte una oferta de este tipo puede acabar haciendo de intermediario, no entre una empresa y sus clientes, sino entre un grupo de estafadores y sus víctimas. Lo que implica a veces que quien pique en la falsa oferta de empleo acabe sentado en el banquillo de los acusados por recibir fondos de otros timados.

    María, un personaje inventado para este reportaje, responde al mensaje. Aporta la información requerida. Tiene 42 años, vive en Madrid. En horas llega la respuesta: "Buenos días. Permítame presentarme, mi nombre es Pilar Navarro Camino. La presente tiene por objetivo ofrecerle trabajo en nuestra compañía. Somos la compañía Car Shop y nuestra sede principal se encuentra en los EE UU (...). Haga el favor de familiarizarse con la información básica que ofrecemos en nuestro sitio web eurocarshop.org".

    María entra en la web, que está en español y en italiano (curioso para una empresa con sede en EE UU). Hay fotos de coches de alta gama, recortes de prensa que hablan de la empresa y fotos de varios directivos (guapos como modelos). Pilar explica que dado el aumento de la demanda de automóviles de lujo en Europa buscan personal en España, Portugal e Italia. María recibirá en su cuenta ingresos de clientes de Eurocarshop. Tras descontar el 8% (su comisión) enviará el resto a través de Money Gram o Western Union "a un representante". Dos días después, Pilar le manda el contrato número 7660/48. Éste detalla datos de la empresa, incluido un número de teléfono (que no se corresponde con una empresa de venta de coches). María debe aportar los suyos: dirección, móvil, entidad bancaria, cuenta, dirección de la sucursal y código Iban (imprescindible para operaciones internacionales). Le recuerdan que dispone de 24 horas para realizar el envío de dinero. Y añaden: "El departamento de finanzas estará observando su trabajo. Cualquier retraso puede tener consecuencias indeseables, que pueden influenciar en su reputación en la compañía".

    El año pasado circularon por España 3.000 tipos de mensajes electrónicos con un mismo objetivo: obtener datos bancarios de usuarios para estafarles. No es nuevo. Hace más de 10 años que existe el phishing, pero se ha sofisticado. Para evitar su rastreo, los estafadores han ideado la figura del mulero. Al igual que las mulas transportan droga, los muleros transportan dinero. La diferencia es que muchos son captados con ofertas de trabajo como la de este reportaje. Ignoran ser parte de una estafa.

    En abril de 2006, Fernando (nombre falso) recibió un e-mail de la empresa E-Sellers Global Financial Group ofreciéndole el cargo de "gestor de transferencias". Mandó su currículo y tras un breve intercambio de mensajes con una tal Milana, aceptó el empleo. Un lunes, Fernando recibió 3.000 euros. Como pactado, descontó el 10% y envió el resto vía Wester Union a un ciudadano ruso. La operación se repitió cuatro veces.

    Fernando asegura que no imaginó que el dinero procedía de las cuentas de dos ciudadanos a los que les habían sustraído las claves. En total, recibió transferencias por valor de 15.000 euros. Las víctimas enseguida denunciaron los hechos. Fernando le pidió explicaciones a Milana, pero ésta nunca contestó. El juez del primer caso sobreseyó la denuncia al considerar que no había pruebas suficientes para culpar a Fernando. El segundo le declaró culpable de estafa y le condenó a año y medio de prisión y a devolver los 6.000 euros a la víctima (dinero que Fernando ya no tenía). "Ahora me doy cuenta de que he sido un pringado, pero me lo creí. Tengo un familiar enfermo y necesitaba completar mi sueldo. Ha sido la peor experiencia de mi vida".

    El caso de Fernando resume la división de opiniones imperante. ¿Son los muleros culpables o no de estafa? Eloy Velasco, juez de la Audiencia Nacional, resumió en un artículo la opinión de muchos: "Lo normal es preguntarse, indagar y verificar el origen del dinero que tan masivamente se le transfiere [al mulero], y no preguntarlo es como asumir que no importa de dónde venga, aunque sea de origen ilícito". Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, defiende la inocencia de la mayoría de los muleros: "Fíjate si serán inocentes que proporcionan su cuenta corriente a estafadores. Si fueran conscientes de ello darían otra cuenta y no la que usan todos los días".

    Desde su despacho en la Brigada de Delitos Informáticos de la Policía Nacional, Nieves G. S., jefe del área de delitos tecnológicos, se muestra escéptica: "Muchos de estos e-mails proceden de ciudadanos del Este que no hablan español y que usan cualquier traductor de la Red. El resultado es pésimo y debería provocar recelo. La avaricia es la principal motivación. ¿Le ocurre a gente realmente inocente? Sí. El juez debe valorar cada caso".

    "Los muleros ni engañan, ni sustraen dinero de otras cuentas, ni saben que es fraudulento", se queja Ofelia Tejer la Asociación de Internautas. "Que les acusen de imprudencia, vale. Pero el 'debió sospechar' es un argumento subjetivo. No se puede declarar a alguien culpable por eso".

    CARMEN PÉREZ-LANZAC - El Pais 24/10/2008

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  • Fraude de identidad, expansión incontrolada de nuestros datos personales o la posibilidad de que una empresa nos espíe antes de tomar la decisión sobre nuestro empleo. Son algunos de los riesgos que inconscientemente asumen quienes utilizan redes sociales como Facebook, Twenty, MySpace o Hi5. Las autoridades de protección de datos y privacidad de más de 37 países, entre ellos la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), adoptaron ayer en Estrasburgo, en la 30ª Conferencia Internacional de Privacidad, una resolución que alerta de la indiscreción de estos sitios.

    Su principal preocupación es el aumento del fraude de identidad. Destacan que el auge experimentado por estos servicios ha propiciado un nivel sin precedentes de divulgación de datos personales y se advierte de los potenciales riesgos para la privacidad de los usuarios e incluso de sus amigos.

    Para quien nunca haya entrado en una de estas web, son auténticas minas de información personal. Un usuario medio tiene en su perfil su nombre, fecha de nacimiento y la ciudad en la que vive, además de alguna fotografía suya y de sus amigos. Otros, sin embargo, regalan a todo el que la quiera leer información sobre su religión, su estado civil, vídeos personales...

    Estos 37 guardianes de la privacidad insisten en la escasez de medidas de protección frente a la copia de todo tipo de datos personales. Destacan que pueden filtrarse fuera de la red cuando son indexados por los buscadores.

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  • El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha decidido otorgar a Gol TV, el canal de fútbol de pago de la productora Mediapro, una autorización administrativa para difundir por la televisión digital por satélite.Según ha informado la CMT el acuerdo fue adoptado el pasado 16 de octubre y responde al escrito presentado el 29 de agosto de este año por parte de Jaume Roures, presidente de Mediapro. En dicho escrito Roures solicitaba la prestación del servicio de difusión de Gol TV por satélite.

    En su resolución, la CMT señala que Gol TV emitirá a través del satélite Hispasat 1D y que la autorización tendrá una duración de cinco años a partir de la resolución adoptada el pasado 16 de octubre.

    A su vez señala que Gol TV deberá cumplir lo dispuesto en la legislación nacional y comunitaria en materia de propiedad intelectual y su programación sometida a lo dispuesto en la ley por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva sobre coordinación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva.

    Gol TV, el canal de fútbol de pago anunciado por la productora Mediapro, comenzó a verse el pasado 20 y 21 de septiembre por los operadores de cable Orange, Euskaltel y Telecable.

    Según un comunicado difundido entonces por la productora, Gol TV iba a emitir 24 horas diarias e incluiría retransmisiones de partidos de las principales ligas mundiales, incluida la española.

    Gol TV emite encuentros de la Premier League inglesa, la Bundesliga alemana, la Ligue 1 (Francia), Eredivise (Holanda), Serie A (Italia), Scottish Premier League (Escocia), Liga Sagres (Portugal), Torneo Apertura (Argentina), Copa Pilsener (Ecuador), Copa Mustang (Colombia) y de la Gnfe1 (Marruecos).

    En cuanto a la Liga española, el canal emite partidos en directo y resúmenes de cada jornada. Durante la presente temporada, el citado canal temático también ofrecerá partidos de Copa de la UEFA, de clasificación para el Mundial 2010, además de encuentros amistosos entre selecciones nacionales.

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  • Football World Cup, Hollyoaks, Lewis and Films to be in HD

    Ofcom has today announced its decision to reserve capacity for Channel 4 together with Welsh-language broadcaster S4C, and Channel 3 licensees (ITV plc, Channel TV, stv and UTV) to broadcast new High Definition (HD) services on digital terrestrial television (DTT).

    The announcement follows a tender process and means that these public service broadcasters will join the BBC in launching three HD services on DTT, expected to start with the Granada region from late autumn 2009, with nationwide coverage by the end of digital switchover (DSO) in 2012.

    To access the HD programmes and new services on DTT, viewers will need an HD Ready TV set and a new HD set-top box that is capable of receiving the new services.  

    Ofcom also believes that a fourth HD service could be launched on DTT as soon as 2010. We expect to outline the process for awarding the licence for that service by the end of this year.
    Broadcasters pledge popular programmes in HD
    Channel 4 and S4C
    Channel 4 made a joint proposal with Welsh-language broadcaster S4C which involves a simultaneous broadcast of the HD version of the Channel 4 service across the UK. In Wales, viewers will receive an HD version of the S4C Digidol service. This means popular Channel 4 shows such as Hollyoaks, and a third of S4C’s productions will be available in HD.

    Channel 4 and S4C have stated that their service will also include:

    a strong film component (4HD expects to broadcast over 150 hours of films in HD during the first twelve months, with the majority shown in peak-time);
    drama, comedy, science programmes and documentaries made in the UK in HD and programmes imported from the US such as Desperate Housewives; and
    viewers of S4C HD will be able to watch Welsh-language programmes such as  children’s programmes and European Cup Rugby games in HD.

    In addition, the joint Channel 4 / S4C proposal may offer in future an on demand service or sub-let during overnight hours.

    Channel 4 already broadcasts a HD service on Sky.
    Channel 3
    ITV plc, Channel TV, stv and UTV have stated that they will simultaneously broadcast the current peak-time (18.00-23.00) ITV1 schedule in HD. This will mean that ITV1’s most popular programmes, such as Lewis, will be available in HD.

    The new ITV HD service will also include:

    sport programmes, such as the FA Cup and the 2010 Football World Cup, in HD;

    newly-commissioned drama series such as Miss Marple in HD; and
    programmes about the UK’s nations and regions in place of the early evening and late night regional news services.

    In addition, ITV proposes to offer on demand services and sub-let services outside of peak-time hours to allow other broadcasters to offer HD or other services on DTT.

    ITV already broadcasts a HD service on the BBC and ITV free satellite service, Freesat.
    BBC
    As previously stated in April 2008, the BBC Trust will decide on the service to be carried on one of the three slots currently available. A BBC HD service is currently available on BSkyB, Virgin Media and Freesat which includes programmes such as Torchwood and Strictly Come Dancing.
    Availability of HD programmes and switchover
    The services will become available across the UK as each region completes digital switchover. We expect that the first region in which the HD services will be made available will be the Granada region in 2009, this will be followed by:

    • Wales, Scotland and the West Country in 2010;
    • Central, Yorkshire, Anglia and Meridian in 2011; and
    • London, Tyne Tees and Ulster by 2012.

    As part of their applications the broadcasters have included proposals to ensure that consumers are properly informed about the new services as digital switchover takes place region by region.
    Upgrading DTT for HD services
    An upgrade of the DTT platform to new and more efficient technologies will allow the broadcasters to free-up capacity in order to offer new HD services.

    The upgrade includes using two new broadcasting standards, known as MPEG-4 and DVB-T2 which are not available on current DTT devices. Many of the leading UK and international manufacturers are now developing receivers that include these new standards. Although compatible receivers are not yet available we are aware from discussions with manufacturers that they are now developing suitable equipment with the intention of launching products in time for digital switchover in the Granada region in late 2009.

    Digital terrestrial TV programmes are broadcast on six distinct multiplexes (each using a group of radio frequencies). Ofcom will reorganise existing services onto five of the multiplexes, freeing the sixth multiplex to be upgraded to MPEG-4 and DVB-T2 for the new services. This multiplex is currently licenced to BBC Free to View Ltd (known as Multiplex B).

    Ed Richards, Ofcom Chief Executive said: “This is a significant step forward in the range of choice available in the UK. It will enable viewers to watch some of the very best programmes free-to-air in high definition through their television aerials.”

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  • La cadena de televisión del grupo que preside Julio Ariza y la plataforma digital han partido peras definitivamente tras dos años de batallas y tensiones.

    Intereconomía TV ha dejado de emitirse definitivamente en Digital + "tras una larga y compleja relación que incluyó la adopción de medidas cautelares contra Digital +, por parte de los tribunales", según ha informado en una nota el grupo propiedad de Julio Ariza. El cese de la relación es la conclusión de una escalada de tensión, con judicialización por medio, entre Intereconomía y la filial de Prisa. La prehistoria del conflicto se remonta al contrato de colaboración firmado en junio de 2005. El acuerdo especificaba que las partes deberían avisar con sesenta días de antelación al vencimiento del contrato en caso de ruptura del mismo.

    Tras un año de vigencia, en abril de 2006 Digital + se negó a prorrogar el contrato más allá del 29 de noviembre de 2007. En ese mes Intereconomía recurrió a la Justicia, que dictó como medida cautelar el mantenimiento de la televisión de Ariza en dicha plataforma.

    La batalla mediática y judicial no quedó ahí. El 1 de septiembre una resolución judicial permitía a Intereconomía abandonar Digital +.

    La salida se concretó en la noche del martes al miércoles, cuando el espacio ocupado por el citado canal de televisión quedó en blanco. A partir de ahora, Intereconomía TV puede verse a través del canal 66 de TDT, de ONO y de la plataforma Imagenio.

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  • El Pleno del Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), en la sesión mantenida el 8 de octubre, ha aprobado iniciar una serie de actuaciones con el objetivo de evitar posibles irregularidades que se producirían en determinados concursos de televisión que utilizan teléfonos de tarificación especial (con prefijo 905). El CAC ha constatado que, actualmente, este tipo de programas se emiten por parte de prestadores privados de servicios de televisión de ámbito local, autonómico y estatal.
    El Consejo se ha dirigido a cuatro administraciones con competencias sobre aspectos concretos que afectan a dichos programas para que estas valoren la posibilidad de iniciar, en su caso, actuaciones en sus respectivos ámbitos de competencia. Las cuatro administraciones son las siguientes: la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat; la Dirección General del Juego y de Espectáculos de la Generalitat; la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo; y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).
    Asimismo, el CAC sigue acumulando información y se reserva la posibilidad de trasladarla al Ministerio Fiscal para lleve a cabo, en su caso, las actuaciones que considere oportunas. Esta actuación puede realizarse en el marco del artículo 10.n) de la Ley 2/2000, de 4 de mayo, del CAC y del artículo 115.h) de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
    Las actuaciones del CAC se iniciaron a raíz de varias denuncias de personas telespectadoras del pasado mes de mayo, en este caso referidas a prestadores de servicios de televisión local. El Foro de entidades de personas usuarias del audiovisual, del que el Consejo forma parte, alertó sobre la situación y, el pasado 15 de julio, difundió una serie de recomendaciones sobre los programas de televisión que utilizan teléfonos con prefijo 905.
    Por otra parte, las asociaciones de consumidores han alertado sobre los programas que utilizan el prefijo telefónico 905 y han destacado el aumento de las reclamaciones por las facturas telefónicas recibidas por los consumidores.
    Análisis de localización
    El Consejo ha analizado el contenido de varios programas y ha elaborado un informe para localizar a los prestadores de servicios de televisión de ámbito local, autonómico y estatal que emiten este tipo de programas. El informe de localización se ha hecho durante los meses de julio, agosto y septiembre y ha consistido en buscar programas de juegos y concursos con llamadas telefónicas a partir de una muestra, no exhaustiva, de 23 prestadores de ámbito local y autonómico de Cataluña y de 4 prestadores de ámbito estatal. El análisis se ha hecho en relación con un día concreto para cada prestador.
    El resultado del informe es que, en el caso de la muestra de 23 televisiones autonómicas y locales, hay 14 prestadores que emitieron este tipo de programas, con un total de 48 programas, puesto que en la mayoría de los casos se emite más de uno al día. Con respecto a los 4 prestadores de ámbito estatales, todos emitieron concursos con llamadas telefónicas, con un total de 5 programas en el día analizado.
    Cuatro actuaciones
    El Pleno del Consejo, vistas las posibles implicaciones en aspectos que podrían afectar a los derechos de las personas consumidoras, la legislación sobre los juegos de azar, la asignación de teléfonos y la regulación de las telecomunicaciones, ha adoptado cuatro acuerdos, que se resumen a continuación:
    1. Ha trasladado un escrito a la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat, en el que se señala que, al utilizarse el prefijo 905, que en principio está diseñado para televoto y encuestas, la persona consumidora podría dejar de tener las cautelas previstas en los teléfonos de tarificación adicional como, por ejemplo, la posibilidad de restringir las llamadas.
    2. Se ha dirigido a la Dirección General del Juego y de Espectáculos de la Generalitat para que, en su caso, lleve a cabo las actuaciones que considere oportunas ante la posibilidad de que estos concursos pudieran incluirse en la categoría juegos de azar.
    3. Se ha dirigido también a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para que valore la conveniencia de que los teléfonos con prefijo 905 se incluyan en la categoría servicios de tarificación adicional (como el 803, 806 y otros) para que las personas usuarias dispongan de una mayor protección.
    4. Y, finalmente, ha trasladado un escrito a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), que es el organismo competente para asignar recursos públicos de numeración. Esta asignación debe realizarse en las condiciones establecidas en el Plan Nacional de Numeración (PNN) y en sus disposiciones de desarrollo. Los recursos asignados deben utilizarse para la finalidad especificada en la solicitud de la persona titular de la asignación, salvo que la CMT autorice expresamente su modificación.
    - Acuerdo por el que el CAC se dirige a la Agencia Catalana del Consumo de la Generalitat
    - Acuerdo por el que el CAC se dirige a la Dirección General del Juego y de Espectáculos de la Generalitat

    - Acuerdo por el que el CAC se dirige a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

    - Acuerdo por el que el CAC se dirige a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones

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