30. Mayo 2012

La CMT dirimirá el concflicto entre LFP y las emisoras de radio

El Gobierno dio el primer paso. Aprobó un decreto que permite la entrada de las radios a los campos de fútbol para informar sin necesidad de pagar, amparadas por el derecho a la información, sí deben abonar una cantidad a la LFP por el uso de las instalaciones. Las emisoras y la patronal de los clubes deben negociar cuánto dinero. En una reunión celebrada el pasado 8 de mayo, la LFP puso su propuesta sobre la mesa: 700.000 euros por emisora para entrar en los campos de Primera y Segunda. Pero esta cantidad no incluye ni las líneas -las pagan las radios-, ni el acceso a la zona mixta, la rueda de prensa o al césped con un inalámbrico. Eso se cobra a parte. Las radios no están dispuestas y estudian acudir a la CMT, el órgano designado por el Gobierno como árbitro en caso de conflicto.

La propuesta de la LFP a las radios contempla el pago 456.000 euros por emisora por los 380 partidos de Primera más los de la Copa y 252.000 por los 462 de Segunda más la Copa. En total, 708.000 euros. 1.200 euros por cada partido de Primera, 545 por cada uno de Segunda. En todos los casos se habla del acceso a una cabina de comentarista para un máximo de tres personas. "A ese dinero hay que añadir lo que pidan por las ruedas de prensa o las zonas mixta. Les hemos pedido que concreten esas condiciones pero aún no lo han hecho", comentan desde una de las radios más importantes en España.

Este martes, el presidente de turno de RTVE, Manuel Esteve, confirmó en la Comisión de Control a la corporación que RNE ha remitido una nota a la Liga en la que le anuncia que si sigue sin recibir una respuesta sobre el acceso a la zona mixta para entrevistar a los jugadores y sobre la asistencia a las conferencias de prensa.

Las principales radios consideran que esos 708.000 euros que debería pagar cada una podrían "incrementarse de manera más que importante", contando los 'extras' de los inalámbricos, las ruedas de prensa y las zonas mixtas. Esto es, ocho emisoras principales (Ser, Cope, Onda Cero, RNE, Radio Marca, Punto Radio, Forta y RAC1), más el resto de emisoras independientes, situaría el montante total en torno a los 8,5 millones de euros.
"No hemos renunciado a negociar, pero no nos gusta la deriva de las conversaciones, explican a ELMUNDO.es fuentes de las emisoras privadas. "Estamos muy lejos de un acuerdo. De seguir así, habrá que recurrir a la CMT".

La LFP considera el acceso a las ruedas de prensa o las zonas mixtas como "servicios de valor añadido" y su intención es acordar las cantidades individualmente con cada emisora, sin que se pueda garantizar el acceso a todas por razones de espacio físico. Las emisoras, por su parte, consideran que estos servicios deben formar parte del paquete básico, al considerarlos "elementos esenciales a la función informativa reconocida en el decreto" y recuerdan que se ofrecen a la prensa de forma gratuita.

Fuente: Raúl Piña, El Mundo

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29. Mayo 2012

La televisión vasca, EITB, no será privatizada

El director general de EITB, Alberto Surio, ha descartado en el 'Fórum Europa. Tribuna Euskadi' una posible privatización del ente que dirige y ha advertido de que "ir más allá en el ajuste presupuestario sería traspasar algunas líneas rojas que pondrían en riesgo el servicio público".

Durante su intervención en el citado foro de debate, organizado en Bilbao por Nueva Economía Fórum, Surio ha lamentado que la hegemonía cultural y política del nacionalismo institucional "ha sido un contexto muy explícito que ha estado muy presente en el sector público vasco". Además, cree que el debate sobre la financiación del ente no debe centrarse en el número de canales y ha defendido los tres de la televisión vasca, aunque ha reconocido que "en el futuro esta realidad no tiene por qué ser inamovible".

Alberto Surio ha afirmado que "si hay democracia, habrá periodistas y televisión pública", aunque ha lamentado que "poca gente se cree de verdad lo que significa". Asimismo, ha insistido en que sin EITB, Euskadi "tendría muy serias dificultades para tener una ventana al exterior y hacerse visible".
Surio ha reconocido que la crisis ha afectado a EITB, que ha visto reducido su presupuesto en 22 millones de euros de dinero público y 8 millones en publicidad, lo que se compensa aplicando un plan de ahorro. Para el director general de EITB, ir más allá en el ajuste presupuestario sería "traspasar algunas líneas rojas que pondrían en riesgo el servicio público".

Igualmente, ha descartado una posible privatización del ente vasco y ha considerado "muy difícil que pudiera darse en otras comunidades, al margen de la externalización de algunos servicios".
Surio estima que la defensa del modelo público encaja perfectamente con una oferta bilingüe en euskera y castellano, algo que no considera un capricho, sino "un reflejo de la diversidad cultural". Sin embargo, ha advertido de que esta realidad no tiene por qué ser "inamovible", ya que en unos años "esta sociedad será plenamente bilingüe, por lo que quizá pueda hacerse algún replanteamiento".
En este sentido, ha reconocido el inconveniente de que el sistema bilingüe tiene un coste, porque "hacer las cosas en dos idiomas es más caro que en uno", pero considera que cualquier otra alternativa sería "un reduccionismo alejado de la realidad".

Además, no cree que la supresión de dos canales a uno conllevara una reducción de costes proporcional, por lo que ha opinado que el debate de los costes no estriba en el número de canales, sino en "si se emplean los recursos de manera eficiente". También ha recordado que 90 de cada 100 euros invertidos en EITB revierten en sueldos de los trabajadores, lo que supone invertir en empleo en Euskadi.

Fuente: Servimedia

 

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29. Mayo 2012

La radio por internet se escucha por mas de 11 millones en España

Más de 11 millones de españoles escuchan la radio a través de internet cada mes, lo que representan el 47,2% de los internautas, según pone de manifiesto el estudio 'La Radio: Tradicional vs on line', realizado por la Asociación para la Investigación de Medios de Comunicación (AIMC).
Este último estudio indaga en los comportamientos, actitudes y preferencias ante los dos sistemas de distribución de los contenidos radiofónicos, tanto 'tradicional' -es decir, la radio convencional- como a través de la Red. De hecho, el 15% de los encuestados afirma acceder en el mismo día a ambos tipos de soporte, cifra que se eleva al 47% si se refiere al último mes.

En cualquier caso, dentro de este colectivo, el 79% afirma que no han reducido su tiempo de consumo de radio tradicional, por lo que el consumo de radio 'on line' ha incrementado su tiempo total dedicado a escuchar la radio de forma general. Así, a pesar de estar en la era de Internet, el 48,4 por ciento de los encuestados reconocen acceder a la radio tradicional y no a la radio 'on line'.

Los dispositivos móviles también han influido en este aspecto y cerca del 18% de los oyentes de radio 'on line' la escuchan a través del teléfono. Sin embargo, el dispositivo más utilizado a la hora de escuchar la radio a través de Internet es el ordenador portátil, al que se dedica el 48% del tiempo, seguido del ordenador de sobremesa con el 29%.

Según este estudio, una de las ventajas que ofrece el servicio de radio a través de la red es el de "multiplicar la oferta existente, bien con cadenas completamente novedosas, tanto en su concepción como por no tener cobertura en esa zona, como por ofrecer dentro del paraguas de una marca tradicional contenidos diferentes a los habituales".

En esta línea, el 80% de los radioyentes 'on line' declara haber escuchado en el último mes una emisora exclusiva en internet. Además, un 18% ha recurrido a contenidos diferentes a una emisora tradicional y un 2% a los contenidos de una emisora tradicional sin cobertura tradicional en su zona.
Por último, se pone de manifiesto que el consumo 'on line' en directo prevalece sobre el 'podcast'. En concreto, las escuchas en diferido son menores en comparación con las escuchas en directo, representando sólo el 4% del tiempo dedicado al consumo de radio a través de la red.

Fuente: Europa Press

 

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26. Mayo 2012

El conflicto entre Iberia y el Sepla resuelto por un laudo: Iberia Express es legal y la tripularán los pilotos de Iberia

Jaime Montalvo, el árbitro designado para resolver el conflicto entre Iberia y el Sepla, comunicó el viernes a las partes el contenido de su laudo, y después explicó sus detalles a los medios de comunicación durante más de dos horas. Siguiendo el guion del propio texto de la resolución, el árbitro detalló las principales decisiones de cumplimiento obligatorio que dan contenido al laudo.

La idea inicial coincide con la que ha mantenido la dirección de la compañía aérea desde el comienzo del conflicto. Montalvo considera que la filial de bajo coste para el corto y medio radio Iberia Express, que inició su actividad el 25 de marzo, "es completamente legal". Y va más allá, al señalar que su dirección tiene total autonomía de gestión lo que le permitirá establecer las condiciones de trabajo de sus tripulaciones. Tales condiciones, explica el árbitro, tienen que ser competitivas con los rivales del segmento en el que se moverá Express, esto es, las low cost.
Montalvo, en su segundo elemento argumental, se alinea con las posiciones mantenidas por el Sepla. Así, indica que los aviones de Express deben ser tripulados por los pilotos del escalafón de Iberia. Los tripulantes contratados en los últimos meses al margen de la estructura de la matriz tendrán opción de incorporarse en los últimos puestos de dicho escalafón.

Como tercer elemento argumental, Montalvo describió las condiciones excepcionalmente difíciles en las que se desenvuelve la economía nacional y, en particular, el transporte aéreo. Ello obliga a los tripulantes de la matriz a hacer un "esfuerzo extraordinario de solidaridad". En este sentido, los pilotos deberán aceptar una rebaja en sus ingresos que evaluó en un 10%. Esta rebaja se conseguirá con la congelación de sus salarios y de otros beneficios laborales como su antigüedad, la aportaciones al fondo de pensiones y una buena parte de los complementos de que disfrutan, "que, en algunos casos, se reducen de manera drástica o desaparecen".

Jaime Montalvo indicó que la retribución de los comandantes de la matriz oscilan entre 210.000 y 270.000 euros anuales, por lo que la rebaja del 10% por la vía de la congelación de ingresos y reducción de beneficios "supondrá unos importantes ahorros para la compañía".

El laudo sustituye al actual convenio y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014. Al objeto de evitar nuevas disputas y para poder resolver por la vía pacífica los contenciones que se planteen en los próximos dos años, Montalvo ha planteado una fórmula de solución pacífica del complemento a través de la creación de una comisión tripartita. En ella estarán los pilotos, la empresa y se aceptará la figura de un árbitro que tendrá capacidad de decisión en el caso de que no se alcancen acuerdos de manera negociada.

El laudo arbitral acaba con recomendaciones para instar el entendimiento y la buena voluntad entre la partes. Señala que tras un periodo prolongado de anormalidad y conflicto, se han producido situaciones que han provocado despidos. Montalvo considera "reprobable" la actitud de los pilotos que han cometido faltas. Sin embargo, "suplica" a la dirección de la empresa "que haga una valoración atenuada de los comportamientos, y rebaje en un grado las sanciones a los trabajadores".

En la dirección opuesta, el árbitro pide al sindicato de pilotos que "decida de manera voluntaria renunciar a la huelga durante el periodo de vigencia del laudo.

Fuente: Cinco Días

 

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25. Mayo 2012

Las entidades de gestión alarmadas por la inseguridad jurídica del nuevo modelo de canon por copia privada

Las entidades de gestión agrupadas en Ibercopia Audiovisual (AISGE, EGEDA y DAMA) han emitido un comunicado en el que dicen estar "alarmadas" por la inseguridad jurídica que ha creado a los titulares de derechos el nuevo modelo del canon por copia privada, y avisan que en los Presupuestos Generales del Estado de 2012 no se reserva una partida presupuestaria para su pago.

Hasta el pasado 31 de diciembre, el canon por copia privada se repercutía entre todos los equipos, aparatos y soportes que permitían realizar copias para uso privado de obras de creación. En teoría, eran las empresas tecnológicas, los importadores y los fabricantes de estos equipos quienes pagaban esta compensación, si bien éstos lo repercutían en los clientes. Sin embargo, el 30 de diciembre de 2011 el actual Gobierno aprobó un Real Decreto Ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2012, por el que el canon por copia privada pasaba a pagarse con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de forma que dejaron de abonarlo las empresas tecnológicas, importadores y fabricantes de equipos a partir de esa fecha.

Desde Ibercopia Audiovisual aseguran que, con la asunción del canon por el Estado, los precios de la práctica totalidad de los aparatos y soportes que permiten la copia privada no han variado, "a pesar de lo que el Gobierno esperaba" y de lo que "las empresas tecnológicas han repetido durante años". También recuerdan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la sentencia del caso Padawan, declaró que el canon español no se ajustaba a la legislación comunitaria por ser indiscriminado, y creen que el nuevo modelo implantado por el Gobierno, a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, que pagarán todos los ciudadanos a través de sus impuestos, es aún más indiscriminado e injusto.

Desde las entidades de gestión denuncian que en los Presupuestos Generales del Estado de 2012 que están aún en fase de debate en el Congreso de los Diputados, no se ha dotado una partida presupuestaria para el canon por copia privada, y que eso "ha creado inseguridad jurídica a los titulares de derechos representados en las entidades de gestión", que no están recibiendo la remuneración que les corresponde. También dicen que la entrada en vigor del nuevo modelo el 1 de enero de 2012 ha propiciado que algunas empresas hayan intentado aprovecharse de la situación, poniendo en el mercado materiales adquiridos antes de esa fecha sin repercutir el canon por copia privada, para obtener una ventaja competitiva frente a las que cumplen con sus obligaciones. Ante estas situaciones, Ibercopia Audiovisual concluye diciendo que no les corresponde a las entidades de gestión, sino al Estado, resarcir a los distribuidores y fabricantes y a los titulares de derechos por la inadecuación de la Ley española al derecho comunitario, ya que, según aseguran, el sistema en vigor hasta el 1 de enero pasado es el mismo que se sigue aplicando en la práctica totalidad de los países de la Unión Europea.

 

Fuente: Cineporlared
 

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24. Mayo 2012

Iberia Express, La 8ª compañía con más clientes: 148.305 pasajeros españoles en 37 días

La filial de bajo coste de Iberia, que inició sus operaciones el 25 de marzo, se ha convertido en la octava aerolínea que más clientes nacionales transportó en abril. De nuevo, Ryanair volvió a liderar clasificación, con más de 2,6 millones de viajeros.

Iberia Express pisa fuerte en el mercado español. Es una recién llegada que debutó el pasado 25 de marzo, en medio de una gran expectación y, en su primer mes completo de operaciones, ha transportado más de 123.700 pasajeros nacionales. Desde que inició su actividad, 148.305 clientes han viajado la filial de bajo coste de Iberia, cuya propuesta se basa en mantener la calidad y el nivel de servicios de su matriz, pero a un precio más bajo y con unos costes operativos más reducidos.

En este periodo, la compañía nacida con el propósito de que Iberia deje de perder dinero en sus rutas domésticas y europeas, ha logrado coronarse como la octava aerolínea que más clientes españoles transportó. Lidera la clasificación la hasta ahora imbatible Ryanair, con 573.758 pasajeros. La irlandesa, comandada por Michael O’Leary, también ha repetido en el número uno en el ránking general, que combina pasajeros españoles e internacionales, según los datos de Aena. Con 2,68 millones de clientes, Ryanair disfruta de una holgada distancia respecto a Iberia (1,29 millones), Vueling (1,10 millones) y easyJet (1,01 millones).

Flota

En la actualidad, Iberia Express, liderada por Luis Gallego, opera rutas nacionales con cuatro aviones Airbus A320 procedentes de su matriz. En junio, dará el salto a destinos europeos como Dublín y Nápoles, hasta alcanzar 17 rutas en la temporada de verano, e irá ganando tamaño con nuevas aeronaves. La previsión es que, a finales de año, Iberia Express cuente con 14 aviones y que, en tres años, alcance los siete millones de clientes y ahorre 100 millones de euros a su matriz (un 45% provendrá del lado de las tripulaciones).
La creación de esta nueva filial ha desatado un conflicto laboral con los pilotos, que defiende que Iberia Express es ilegal y que supondrá la destrucción de 4.000 empleos.

Fuente: Cinco Días

 

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24. Mayo 2012

Orange pierde el recurso administrativo frente a la CMT para eludir la cuota de financiación de RTVE

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha desestimado el recurso de reposición planteado por Orange para eludir el pago de la cuota que, en calidad de operador de comunicaciones electrónicas de ámbito estatal y de prestador de servicios de televisión, le corresponde abonar según la Ley de Financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española.
De esta manera, el regulador rechaza por segunda vez la pretensión del operador, que en agosto de 2011 había planteado el mismo recurso frente al pago de los 6,4 millones de euros que debía abonar en julio de aquel año en calidad de operadora de comunicaciones electrónicas y los 18.793 euros que se le exigían por ser prestadora del servicio de televisión a nivel nacional.

Orange alega que la imposición de este pago a los operadores que, como es su caso, no ofrecen servicios audiovisuales, es "inconstitucional" porque "vulnera los principios tributarios de capacidad económica e igualdad". Además, afirma que el decreto que desarrolla la ley de financiación de la Corporación "vulnera el principio de legalidad tributaria", es "contrario al ordenamiento jurídico comunitario" y contiene "un error de hecho" en la cuantificación de la deuda tributaria que le corresponde aportar.

Desestimado el primer recurso, la compañía acudió a la CMT el pasado mes de abril solicitando se den por rectificadas las autoliquidaciones presentadas en su día y se acuerde la devolución de las cantidades ingresadas como aportación para la financiación de la RTVE, extremo que el regulador rechaza por entender que hay que cumplir la ley "por muy razonables que puedan ser las dudas en cuanto a su constitucionalidad o su acomodo al ordenamiento jurídico comunitario".

"La aportación que regula la ley es exigible a los obligados a su pago sujetos pasivos y esta Comisión tiene el deber ineludible de proceder a su liquidación y cobro en periodo voluntario", ha explica el regulador en su resolución, en la que recuerda además, que la Directiva europea 2002/20 del 7 de marzo de 2002 sobre autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas "proscribe la imposición de cargas económicas" a los operadores de telecomunicaciones "por el mero hecho de serlo".
Por ello, acuerda "desestimar íntegramente el recurso de reposición" en una resolución contra la que ya no cabe alegación, de modo que si Orange quiere seguir con la reivindicación, tendrá que hacerlo mediante la presentación de una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). Esta reclamación, tendría carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

 

Fuente: El Mundo

 

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24. Mayo 2012

El Consejo Audiovisual de Andalucía refuerza la transparencia y aumenta la eficacia modificando su reglamento

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) reforzará la transparencia y la eficacia de su funcionamiento con mejoras en los mecanismos de participación ciudadana y en las competencias que desarrolla. Así se recoge en la modificación del reglamento de este organismo, que ha sido aprobada ayer, 22 de mayo, por el Consejo de Gobierno andaluz para, entre otros objetivos, avanzar en su adaptación a la Ley estatal de Comunicación Audiovisual de 2010.

El Consejo Audiovisual de Andalucía, creado en 2004, es la autoridad independiente de extracción parlamentaria constituida para velar por el respeto a los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en los medios audiovisuales que operan en Andalucía. Entre otras funciones, el CAA asesora al Parlamento de Andalucía y a las administraciones autonómica y local en la ordenación y regulación del sistema audiovisual; informa sobre proyectos normativos; elabora informes tanto por iniciativa propia como a petición del Parlamento y del Consejo de Gobierno; atiende las demandas formuladas por los usuarios; y actúa como órgano de conciliación de los intereses de los distintos agentes económicos y socioculturales en el ámbito de la comunicación audiovisual.

Durante los últimos años, su trabajo ha permitido, entre otros logros, la práctica erradicación de la pornografía de las televisiones en Andalucía; la realización de informes pioneros en España sobre el pluralismo político; el desarrollo de iniciativas de alfabetización mediática; la incoación de más de medio centenar de expedientes sancionadores a radios y televisiones por infracciones contra la legislación en materia audiovisual; o la atención de más de un millar de reclamaciones de la ciudadanía a través de la ODA.

Los miembros del Consejo son once especialistas elegidos por mayoría de tres quintos del Parlamento entre personas de reconocido prestigio, por un periodo de cinco años y con un máximo de dos mandatos. Estos consejeros tienen dedicación exclusiva y su condición es incompatible, incluso dos años después de dejar la institución, con el ejercicio de cargos de elección o designación política, actividades en las administraciones y funciones ejecutivas en partidos políticos, organizaciones sindicales o empresariales.

El nuevo reglamento del Consejo Audiovisual de Andalucía aprobado ayer martes, 22 de mayo, por el Consejo de Gobierno andaluz recoge, para reforzar la transparencia del organismo, las medidas que de hecho ya se vienen implantando para facilitar la tramitación electrónica de las quejas, peticiones y sugerencias de la ciudadanía ante la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA), integrada en la estructura del propio Consejo. Asimismo, establece la obligatoriedad de dar publicidad a todos los acuerdos, estudios e informes del Consejo. La norma modificada incorpora también las funciones que la nueva legislación estatal prevé en relación con el fomento de códigos de autorregulación y corregulación en materia de publicidad, especialmente para salvaguardar los derechos de los menores.

De igual modo, se afianzan las garantías jurídicas en los procedimientos sancionadores. Respecto a la estructura y el funcionamiento de la entidad, los principales cambios son la reordenación de las comisiones del CAA, con la limitación a cinco de su número máximo de miembros, y un nuevo apartado que regula los mecanismos de sustitución de la Presidencia en supuestos de vacante.

 

Fuente: Cineporlared

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23. Mayo 2012

Díez & Romeo obtiene un pronunciamiento judicial que evita el cierre de una emisora de TDT

En estos últimos meses se han hecho públicas varias resoluciones anulando las actuaciones de las autoridades audiovisuales de las CCAA consistentes en abrir expedientes sancionadores a diversas radios y televisiones por presuntas infracciones administrativas. Ya sea por ausencia de concesión administrativa (ahora licencia audiovisual) o por infracciones en el régimen legal de contenidos, diversas CCAA han incrementado los procesos sancionadores frente a radios y televisiones de una forma considerable.

Igualmente, los Tribunales de Justicia se han pronunciado denegando la autorización de entrada a las administraciones para precintar las emisiones. Una de las Sentencias más relevantes se dio a conocer por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Jerez de la Frontera, el pasado 21 de Mayo de 2012. En el fallo se rechazaba la entrada de los funcionarios públicos solicitada por la Junta de Andalucía para precintar los equipos y proceder al cese de las emisiones de una emisora de televisión ubicada en la localidad gaditana.  Díez & Romeo ha dirigido la defensa legal de la TDT cuyas emisiones se pretendía clausurar.

El Juzgado, en su decisión, cuestiona la facultad de la Consejería de la Presidencia para realizar la entrada en lugar cerrado ya que el expediente sancionador ha caducado.  De ahí, que sea difícil que el derecho fundamental a la Inviolabilidad del Domicilio, consagrado en el artículo 18 de la Constitución Española, sea respetado con la  actuación de la administración.

En concreto, la Sentencia 102/2012 que se dicto en el procedimiento nº 14/2011 invocó la Ley Andaluza 9/2001, de 12 de julio, para denegar la autorización para el cese de las emisores y precinto de los equipos técnicos que posibilitan la emisión en TDT. En su Razonamiento Jurídico Segundo afirma expresamente que:

“Así resulta forzoso concluir que no existe título jurídico que habilite a la administración a realizar la entrada en el lugar cerrado que se pretende, razón por la que se procede a su denegación.”

Con carácter previo, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Jerez de la Frontera examinó las circunstancias que deben de darse para otorgar la autorización a la administración al cese y precinto de emisiones televisivas.

“El juzgador se limita a constatar que la ejecución del acto es en principio válida, que se requiere la entrada en lugar inaccesible sin el concurso de la voluntad de su titular y que, en definitiva, se trata de una petición proporcional a los que hechos que se ponen de manifiesto (SSTC 35/92 y 174/93)”

Tras aplicar dicho análisis al caso concreto que se debatía, el tribunal falló en contra de la Junta de Andalucía denegando la entrada en la emisora radicada en Jerez de la Frontera. Ahora, la administración tiene 15 días para recurrir en apelación la decisión judicial

Una vez más se constata que no es posible el cierre de ningún medio de comunicación  (radio FM o TDT) sin que exista una autorización judicial previa que habilite a la autoridad administrativa al cese o precinto. Es decir, a pesar de que en una resolución administrativa se establezca en cese de las emisiones, la autoridad audiovisual no puede ejecutar forzosamente su decisión sin permiso de los Tribunales de Justicia.  Esta particularidad se da en el caso de emisoras de radio y televisión porque es necesario invadir un espacio cerrado de propiedad privada (centros emisores) para decretar el fin de la actividad de comunicación audiovisual.

 

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21. Mayo 2012

Ratiotelevision Valenciana (RTVV) permitirá la gestión de programación a empresas privadas

Según explicaba el vicepresidente y portavoz del Consell, José Císcar, la nueva ley de RTVV establece un modelo de financiación mixta --de colaboración publico-privada--, que permitirá que determinadas franjas de programación "puedan ser realizadas por la iniciativa privada". Así, la Generalitat sólo se encargará de financiar aquellos contenidos que sean de "servicio público", que será definido en un contrato-programa revisable cada tres años.

Para la adjudicación de franjas de programación a empresas privadas, está previsto el pago de un canon por explotar este servicio o, cabe la posibilidad de que el Consell "pueda tener interés" en productos de iniciativa privada y aporte para ello fondos públicos, ha dicho.

Císcar se ha pronunciado de esta manera en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell en relación a la aprobación del proyecto de ley del Estatuto de Raditelevisión valenciana (RTVV). El Consell espera que pueda ser aprobada por las Corts antes de que finalice el próximo mes de julio y espera que entre en funcionamiento antes de que acabe el año. De esta manera, RTVV SA se convierte en una sociedad mercantil con especial autonomía que sucede a las sociedades TVV y Radio Autonomía Valenciana, como consecuencia de su fusión.

Uno de los puntos sobre los que se asienta la nueva ley es el 'Mandato-marco' que fija los objetivos y obligaciones de la programación y que será revisado cada nueve años por las Corts. Estos objetivos se desarrollarán con el contrato-programa --revisable cada tres años por las Corts--, que debe suscribirse tres meses después de la aprobación de la ley.

Por lo que se refiere a la financiación mixta, se consolida la separación de las actividades audiovisuales de servicio público de las que no lo son a fin de que la financiación pública "no sostenga contenido ni actividades ajenas al cumplimiento de la función esencial de servicio público".

En cuanto a lo que será "servicio público", Císcar ha explicado que serán "básicamente" los informativos, aquellos programas relacionados con la defensa y promoción del valenciano y de la cultura y señas de identidad valencianas. Así, ha puesto como ejemplo de servicio público la serie 'L'Alqueria Blanca' y como no servicio público, 'Tómbola'.

"Lo que no hace, por una cuestión de técnica legislativa" es concretar qué programación es servicio público y qué no; eso se hará mediante el contrato-programa", que deberá suscribir el Consell y RTVV, ha apuntado Císcar.

En este caso, ha precisado, preguntado por si el fútbol será de interés público, que eso lo determinará el contrato-programa aunque el parámetro que marcará "hasta dónde se puede llegar" es el objetivo de déficit cero.

Fuente: Lainformación.com
 

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19. Mayo 2012

La Televisión Conectada comienza a consolidarse en pleno 2012

 

 

Desde hace meses la Comisión Legal HbbTV creada por Diez & Romeo se encarga de hacer el máximo seguimiento de todas las iniciativas legales y técnicas vinculadas con la Televisión Conectada: http://www.lawyerpress.com/news/2012_03/Legal%20_HBB_TV.html

A tenor de los últimos acontecimientos podemos decir que la televisión conectada comienza a consolidarse. El hecho de que France Télévision realice la cobertura del popular torneo Roland Garros apoyándose en la televisión híbrida y el estándar HbbTV, marca un referente importante en la consolidación.

La televisión híbrida es una nueva tecnología ligada a lo digital y a internet. Una auténtica revolución a la que se enfrenta los grupos audiovisuales, en la que sus modelos de negocio tienen que reformularse y ser capaces ahora más que nunca de llegar de manera eficaz al usuario. Un nuevo tipo de espectador llamado asincrónico que requiere un consumo inmediato o lo buscará en otras plataformas.

Recientemente el evento R-Evolution TV 2012 organizado por iiR España, aglutinó a las iniciativas más relevantes en el sector.  Según Iván de Cristobal, gerente del área de Medios de Comunicación y Entretenimiento de Accenture, el 60% de las teles de 40” del mercado son conectadas, pero muchos usuarios aun no conectan su televisor a internet por desconocimiento

Los beneficios de la televisión conectada

Las ventajas de la televisión conectada permiten darle al espectador un auténtico mando libre para que puedan ver cualquier contenido audiovisual usando servicios a la carta, en el que se puede interactuar con una infinidad de aplicaciones multimedia y recibir, por ejemplo, información de última hora o incorporar la potencia de las redes sociales en la manera de consumir el audiovisual. Estamos ante la convergencia de los contenidos, las redes y las aplicaciones.

Sin embargo, a pesar de las ventajas reales, una encuesta realizada por Accenture, refleja que los usuarios aun no tienen muy claro cuál es concepto y la funcionalidad de la tele conectada. El 28 % opinaba que era una opción para ver algo de televisión cuando no echaban nada de interés y el 31 %, un lugar para ver contenidos que no eran posible ver en directo.

Un proceso como insiste María Maicas, subdirectora de participación de RTVE.es, en el que como se ha hecho otras veces, hay que hacer una labor de alfabetización.

Los nuevos desafíos

Como todo lo nuevo, la televisión conectada se enfrenta al problema de la monetización. En este entorno, según Iván de Cristóbal, parece que las marcas publicitarias van a ser los grandes dinamizadores del sistema y que tendrán mucho que decir en cómo se desarrollen incluso los contenidos o parte de ellos. Es un tablero de ajedrez complejo, donde cadenas, creadores de los soportes, distribuidores y marcas, están condenadas a entenderse.

El modelo de negocio parece posible y en él se está trabajando. Según una encuentra realizada a nivel internacional (presentada por Miguel Voces de Accenture,) entre más de 7000 usuarios, el 69% de los usuarios estaría dispuesto a pagar por determinados contenidos en una media de entre 5 y 10 dólares. Eso sí, no quieren que haya publicidad intrusiva, que los tiempos de descarga sean bajos y calidad del video sea buena.

El HbbTV: un estándar de integración

Tecnológicamente el modelo se asienta sobre el estándar HbbTV que, aunque no está implantado en toda Europa como dice Cristina Garcés, vocal de AEDETi va por buen camino. Francia, Alemania y España son los abanderados.

EE.UU. y Japón harán pruebas con el estándar este año. Esto supondría suponer el espaldarazo definitivo a esta norma que ahora acaba de lanzar su versión 1.5. En definitiva un ahorro de costes ya no habría que hacer diferentes desarrollos según las soluciones propietario propuestas por los fabricantes u otros países no adheridos al estándar

La Unión Europea reconoce que la televisión conectada es el futuro. Y para impulsarla, a través de la UER creará plataformas blancas que distribuirán de manera gratuita con los Juegos Olímpicos y con Eurovisión. Un intento de alfabetización para que no sean sólo los más jóvenes los que se interesen por esta manera de consumir los contenidos.

El botón rojo del nuevo mando, puede ser parte de la clave de esta alfabetización, pulsado sobre él se accede a los contenidos de manera directa y de una manera intuitiva se pueden localizar los contenidos deseados. En España la apuesta es clara y los radiodifusores, como dice María Maicas, se han unido más allá de las diferencias que pueden tener para avanzar en la implantación de esta tecnología.

Aun quedan otros interrogantes, cómo el intento de unificar los distintos sistemas de medición de la audiencia, y plantear una solución común que convenza a todos.

Como afirma Alex Marquina, director Comercial de New Business y Medios Digitales de TV3, los medios están sufriendo una mediamorfosis, donde los medios no mueren sino que se transforman y la televisión conectada es parte de este cambio. Se estima, que 2015 habrá 500 millones de televisiones conectadas y que en 2019, se producirá un gran giro en la manera de entender los medios audiovisuales. El año cero de una nueva era audiovisual

El futuro está en la televisión conectada y aprovechar todas sus cualidades también pasa por nosotros.

Fuente: Cesar Vallejo
 

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18. Mayo 2012

France Télévisions emite el torneo Roland Garros en HbbTv

La televisión híbrida basada en HbbTv dará un nuevo paso cuando el 29 de mayo arranque el popular torneo Roland Garros. France Télévision, con IBM y Panasonic como socios tecnológicos, desarrollará una ambiciosa cobertura apoyándose en la televisión híbrida y el estándar HbbTv.

Este planteamiento híbrido permitirá a los espectadores no sólo seguir la emisión en directo sino también acceder a una gran cantidad de información y contenidos exclusivos como estadísticas en tiempo real, información de última hora e imágenes de los participantes.
France Television cubrirá un total de 130 horas a través de sus canales France 2, France 3 y France 4, incluyendo emisiones en estereoscópico gracias a los sistemas de captación 3D de Panasonic.

Esta primera experiencia con HbbTV en Roland Garros se ha puesto en marcha en apenas tres semanas. Para acceder a esta experiencia enriquecida que ofrece la televisión híbrida, el espectador únicamente deberá pulsar el botón de acceso de su televisor inteligente en aquellos programas identificados con el logo de HbbTv.

Junto al contenido de media, France Television ha desarrollado una aplicación sobre HTML 4+JavaScript, ya que se ha optado por no emplear HTML 5 al no estar aún estandarizado.

En el desarrollo ha intervenido WizTiVi que ha diseñado la interfaz de usuario y recoge datos a través de servidores de IBM que gestionan la información deportiva de la competición, y entonces le inyecta los datos en el stream a través de Internet (plataforma en la nube escalable de Wiztivi en Amazon), así como la señal de emisión.

 

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18. Mayo 2012

Murcia y Galicia declaran desiertos sus concursos de Radio FM: Breve análisis

En el día de hoy, la Xunta de Galicia y la Región de Murcia han declarado los  concursos públicos el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación radiofónica desiertos. Ambas CCAA basan sus razonamientos en incompatibilidades derivadas de la nueva legislación audiovisual, aunque con ciertos matices.

I.- La cuestión de Galicia.-

El ejecutivo gallego toma esta decisión tras la entrada en vigor, el día 3 de abril, del Decreto 102/2012, de 29 de marzo, por el que se desarrolla el servicio de comunicación audiovisual radiofónica en el ámbito de la Comunidad gallega.
Esta normativa prevé, en su disposición última, la posibilidad de declarar desierto los procedimientos para el otorgamiento de licencias que se encuentren en tramitación, en el caso de existir incompatibilidad entre el régimen previsto en las bases de la convocatoria y el régimen previsto en el mismo decreto.
Este es el caso del concurso público para el otorgamiento de licencias FM en la Comunidad Autónoma de Galicia, que estaba en proceso de tramitación.

II.- Las razones de la Xunta.-

1.- Emisoras de carácter comercial: Denominación incorrecta.
El Consello de la Xunta decidió declarar desierto este concurso para evitar una posible situación de inseguridad jurídica, fundamentándose en una serie de incompatibilidades entre las bases de dicho concurso y el decreto de comunicación audiovisual radiofónica.
En este sentido, en primer lugar tuvo en cuenta el criterio del dictamen emitido en su día por el Consello Consultivo de Galicia sobre el mencionado decreto, que consideraba que la denominación ”emisoras de carácter comercial” no es correcta, dado que impedía concurrir a aquellas entidades que no tuviesen ese carácter. Entidades sin ánimo de lucro o Universidades públicas tenía vedada su participación.

2.- La desestimación del Decreto no casa con la caducidad de las bases
Por otro lado, también se observaba una incompatibilidad entre el régimen jurídico de desestimación previsto en el decreto y el régimen jurídico de caducidad establecido en las bases del concurso. De este modo, los supuestos para entender rechazadas las ofertas tienen naturaleza jurídica distinta., ya que no es lo mismo la caducidad que la desestimación.

3.- El concurso sólo versaba sobre radio analógica.
Entre otras incompatibilidades, se tuvo en cuenta que, mientras que las bases del concurso limitaban a prestación de servicios la tecnología analógica, el decreto abre la posibilidad de usar cualquier tipo de tecnología, bien de tipo digital o de otra naturaleza.
El advenimiento de la televisión y radio conectada, así como con las nuevas aplicaciones en la radiodifusión exige una regulación que no contenían las bases del concurso.

III.- El caso de la Región de Murcia.-

Lo de Murcia era una decisión esperada por todo el sector, tras la declarar Valencia el concurso desierto. Se da así oficialidad al informe técnico que elaboraron los servicios jurídicos de la Región de Murcia ante la situación generada por dos fenómenos: (i) un retraso excesivo en la resolución, se convocó en marzo de 2007; y (ii) la modificación del escenario radiofónico con la aprobación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.

IV.- Las razones similares a las de Valencia.-

En Murcia, se observan dos grandes razones que motivan el resultado de un concurso desierto: (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.
Con ello se puede percibir que la capacidad de las licitadoras ha quedado mermada o desaparecida, dado el tiempo transcurrido: más de 5 años. De ahí que la actual solvencia no pueda coincidir con la existente en el momento de la presentación de las proposiciones

Por otro lado, se aprecia una incompatibilidad entre las bases que regulaban los aspectos del concurso y la nueva regulación audiovisual emanada tras la publicación de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esa falta de adecuación a la nueva normativa resulta imposible de casar con la propuesta de adjudicación que ya tenía la Mesa de Contratación en Murcia, de ahí que se haya optado por declarar desierto el concurso.

V.- Posibles recursos y nuevo concurso en los próximos 6 meses.-

Ahora algunos licitadores se plantean acciones legales por los daños y perjuicios que podría haber causado las expectativas de estar concursando para unas resoluciones tan insatisfactorias.

En cualquier caso, las garantías comenzarán a ser devueltas en un plazo corto de tiempo con el fin de no incrementar el daño ocasionado.
Todo apunta a que en los próximos meses se convocará rápidamente un nuevo concurso público en Murcia y en Galicia, tal y como lo hiciera Valencia. Lo que se trata de aclarar es si se volverán a exigir garantías para participar. Parece que en Murcia no, pero en Galicia aún se mediata sobre ello. No obstante, los precedentes indican que no, ejemplos como Valencia, Castilla y León, Extremadura (en la TDT) dan buena cuenta de ello.
 

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18. Mayo 2012

Galicia declara desierto el concurso de la FM

El Consello de la Xunta declaro hoy desierto el concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio de comunicación radiofónica, de carácter comercial, en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Gobierno gallego toma esta decisión tras la entrada en vigor, el día 3 de abril, del Decreto 102/2012, de 29 de marzo, por el que se desarrolla el servicio de comunicación audiovisual radiofónica en el ámbito de la Comunidad gallega.

Este decreto prevé, en su disposición ultima, la posibilidad de declarar desierto los procedimientos para el otorgamiento de licencias que se encuentren en tramitación, en el caso de existir incompatibilidad entre el régimen previsto en las bases de la convocatoria y el régimen previsto en el mismo decreto.

Este es el caso del concurso público para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica de carácter comercial en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma de Galicia, que estaba en proceso de tramitación.

Razones: Denominación comercial incorrecta e incompatibilidades jurídicas

El Consello de la Xunta decidió declarar desierto este concurso para evitar una posible situación de inseguridad jurídica, fundamentándose en una serie de incompatibilidades entre las bases de dicho concurso y el decreto de comunicación audiovisual radiofónica.

En este sentido, en primeo lugar tuvo en cuenta el criterio del dictamen emitido en su día por el Consello Consultivo de Galicia sobre el mencionado decreto, que consideraba que la denominación ”emisoras de carácter comercial” no es correcta, dado que impedía concurrir a aquellas entidades que no tuviesen ese carácter.

Asimismo, también se observaba una incompatibilidad entre el régimen jurídico de desestimación previsto en el decreto y el régimen jurídico de caducidad establecido en las bases del concurso. Entre otras incompatibilidades, se tuvo en cuenta que, mientras que las bases del concurso limitaban a prestación de servicios la tecnología analógica, el decreto abre la posibilidad de usar cualquier tipo de tecnología, bien de tipo digital o de otra naturaleza

Por todo esto, el Ejecutivo autonómico trata, con esta declaración, de salvaguardar el interés público y proteger la seguridad jurídica de cualquier posible licitador o adjudicatario de dichas licencias. Ágora se abre un plazo de seis meses para convocar un nuevo concurso.
 

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18. Mayo 2012

El Tribunal Constitucional decapita al reportaje con cámara oculta

El Tribunal Constitucional ha denegado sendos recursos de amparo de la Televisión Autonómica Valenciana y Canal Mundo Producciones Audiovisuales contra la condena que les impuso el Tribunal Supremo por un programa con imágenes grabadas con cámara oculta.

El programa, producido por Canal Mundo Producciones Audiovisuales, lo emitió Canal 9 el 3 de mayo de 2002 y se titulaba 'Mundos del más allá'. En él se incluían varios reportajes grabados con cámara oculta sobre pseudociencias. El Constitucional se ratifica en los argumentos del fallo que hizo público el pasado enero sobre este mismo uso de una cámara escondida.

"Con independencia de la relevancia pública de la información que se pretenda obtener y difundir, la captación videográfica inconsentida de imágenes mediante la utilización de cámaras ocultas para su posterior difusión, también inconsentida, en que aparezca plenamente identificado el afectado, no resulta necesaria ni adecuada, desde la perspectiva del derecho a la libertad de información ñart. 20.1 d) CEí, al existir, con carácter general, métodos de obtención de la información y, en su caso, una manera de difundirla en que no queden comprometidos y afectados otros derechos con rango y protección constitucional”, afirma la sentencia publicada.

Según el TC, ha quedado acreditado que los demandantes de amparo produjeron y emitieron, respectivamente, unas imágenes grabadas con el método de cámara oculta en que se observaba cómo dos periodistas se hacían pasar por potenciales clientes de la consulta de parapsicología de la persona que interpuso la primera demanda, con la finalidad de hacer pública y denunciar la existencia de prácticas supuestamente fraudulentas en el campo de la parapsicología.

Las imágenes, tal como también han declarado probado las resoluciones judiciales, se obtuvieron y reprodujeron sin el consentimiento de la persona afectada y su emisión se efectuó reproduciendo la representación de su aspecto físico sin matiz alguno, de manera que era patente la cognoscibilidad de la persona grabada.

"Debe concluirse que no se ha producido la vulneración aducida por los recurrentes de su derecho a la información (...) no solo porque el método utilizado para obtener la captación intrusiva –la llamada cámara oculta– en absoluto fuese necesario ni adecuado para el objetivo de la averiguación de la actividad desarrollada, para lo que hubiera bastado con realizar entrevistas a sus clientes, sino, sobre todo, y en todo caso, porque, tuviese o no relevancia pública lo investigado por el periodista, lo que está constitucionalmente prohibido es justamente la utilización del método mismo (cámara oculta) por las razones que antes hemos expuesto".

Fuente: Servimedia

 

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17. Mayo 2012

El CAC regula la prestación de comunicación audiovisual mediante tecnologías distintas del espectro radioeléctrico

El Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC), reunido el 26 de abril en sesión plenaria, aprobó la Instrucción general sobre las condiciones y el procedimiento de la comunicación previa para la prestación de servicios de comunicación audiovisual mediante tecnologías distintas del espectro radioeléctrico.

La Instrucción es una disposición reglamentaria que desarrolla las previsiones incluidas en el capítulo IV del título IV de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña (LCA). En dicha Ley, que es la norma de referencia del sistema audiovisual catalán, se establece un doble régimen jurídico para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual que prestan esa actividad en Cataluña, en función de si utilizan o no el espectro radioeléctrico.
En concreto, el modelo que se establece en la LCA consiste, por una parte, en un régimen de licencias para aquellos servicios de comunicación que utilizan el espectro radioeléctrico y, por otro, un régimen de comunicación previa si el servicio de comunicación se presta mediante tecnologías que no utilizan el espectro radioeléctrico.

El régimen jurídico de la LCA ha quedado reforzado por la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual (LGCA), que regula la comunicación audiovisual de cobertura estatal y establece las normas básicas en materia audiovisual sin perjuicio de las competencias reservadas a las comunidades autónomas y a los entes locales en sus respectivos ámbitos.
En ese sentido, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, así como los gobiernos de Canarias, País Vasco y Navarra, ya han aprobado disposiciones que regulan el mencionado sistema de comunicación previa en los ámbitos respectivos.

En el caso de Cataluña, la prestación del servicio de comunicación audiovisual mediante tecnologías distintas del espectro radioeléctrico puede iniciarse en el plazo de un mes a contar desde la presentación de la declaración de comunicación previa, si el CAC no manifiesta de forma motivada su disconformidad.
El ámbito de aplicación de la instrucción del CAC es el mismo al que se hace referencia en el artículo 2 de la LCA. En cualquier caso, se consideran servicios de comunicación audiovisual los servicios cuya responsabilidad editorial corresponde a un prestador de servicios y cuya principal finalidad es proporcionar programas y contenidos a través de redes de comunicaciones electrónicas (cable, ADSL, internet...), con el objeto de informar, entretener o educar al público en general, así como de emitir comunicaciones comerciales.

Son modalidades del servicio de comunicación audiovisual, tanto en lo referente a la radio como a la televisión, los servicios de comunicación de visionado o audición simultáneos de acuerdo con un horario de programación, los servicios a petición por parte de la persona usuaria, partiendo de un catálogo de programas y los servicios en movilidad.

En cambio, no son modalidad del servicio de comunicación audiovisual y, por tanto, no están sometidos ni a la LCA ni a la instrucción, aquellos sistemas de comunicación electrónica que no tienen como finalidad principal la emisión de programas, como las versiones digitales los diarios, aunque incluyan elementos de vídeo o audio.

El CAC, en el ámbito de su actuación, tiene la potestad de adoptar instrucciones generales de carácter vinculante dirigidas a los prestadores con el fin de garantizar el cumplimiento de la vigente legislación audiovisual (letra f del artículo 10 de la Ley 2/2000, de 4 de mayo).
A raíz de la entrada en vigor de la LCA, dicha potestad quedó reforzada con el artículo 117, que, de forma expresa, confiere al Consejo la potestad reglamentaria para el desarrollo de los preceptos de la LCA y de las demás leyes en materia audiovisual.

Con esta, el Consejo ha aprobado ocho instrucciones generales, que establecen normas reglamentarias sobre cuestiones como la protección de los menores y la señalización, la presencia de la lengua y la cultura catalanas, las cuotas de producción europeas y la limitación de publicidad en la radio pública

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17. Mayo 2012

La nueva Ministra francesa de Cultura enemiga de la ley Hadopi contra las descargas

Nuevo Ejecutivo en Francia encabezado por Jean-Marc Ayrault, y nueva ministra de Cultura. Aurélie Filippetti es la antítesis de su predecesor, Frédéric Mitterrand, y es una enemiga declarada de la controvertida ley antidescargas francesa, que prevé cortar Internet a los reincidentes.
Tal y como publica hoy el blog especializado Nación Red, Filippetti, escogida por el primer ministros Jean-Marc Ayrault para la citada cartera, no sólo está en contra de la ley Hadopi, sino también del ACTA, el polémico tratado internacional antipiratería firmado hace meses en bloque por la UE, y que aún ha de ser ratificado.

De hecho, en un post publicado el pasado mes de febrero, la ahora ministra (junto con Fleur Pellerin, nueva ministra de PYMES, Innovación y Economía Digital) arremete contra el ACTA y pide al Parlamento Europeo que lo rechace, al subrayar su "compromiso con la libertad de expresión" así como con "el principio de la neutralidad de la red", frente a la posibilidad de que se permita una vigilancia en la Red en busca de contenidos 'pirateados'.

Asimismo, la nueva ministra de Cultura, en la línea del presidente Françoise Hollande, se ha mostrado repetidamente en contra de la controvertida ley antipiratería, conocida como Ley Hadopi por el organismo que aplica las sanciones (tres avisos y desconexión de Internet para los más reincidentes).
Mientras que el propio Hollande ya prometía antes de ser elegido presidente de la República que iba a suprimir la norma por "una ley más consecuente" ("la cultura a domicilio no puede ser considerada como una amenaza, sino al contrario como un impulso a la difusión y el conocimiento compartido", afirmó), Filippetti afirmaba poco después y sin dudar que "el fin de Hadopi es una victoria para la creación".

No obstante, Hollande ha sido criticado por la falta de planes sobre el mundo digital en su programa electoral, más alá de un "pacto para la creación digital". Y sobre la mesa está el espinoso asunto de la remuneración de los derechos de autor. ¿Cómo defender dicha remuneración desde el punto de vista normativo?

Lo cierto es que, según la propia ministra, Hadopi no ha mejorado la remuneración de los creadores, y además ha enfrentado al público contra los artistas por su impopularidad. Ella se ha mostrado partidaria de una licencia que permita al usuario (por ejemplo, a los estudiantes) acceder a contenidos a cambio de una cuota mensual de unos pocos euros
 

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15. Mayo 2012

Se aplaza la adjudicación de licencias de FM en Valencia hasta el 14 de agosto

La Generalitat Valenciana  ha dictado una resolución por la que se amplía el plazo inicial para resolver el concurso público de licencias de radio FM que vencía el pasado 14 de mayo. Con esta nueva actuación se aplaza la resolución del concurso hasta el próximo 14 de agosto. 3 meses más de los inicialmente concedidos por las bases reguladoras del procedimiento selectivo.

La resolución se ha adoptado el pasado 11 de mayo de 2012, y se ha dado a conocer en el día de hoy, 15 de mayo de 2012, por la publicación en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.

Las razones que esgrime la Generalitat son:
• El excesivo número de ofertas presentadas al concurso, 462 formuladas por 115 empresas .
• La complejidad de su valoración.
• Y la imposibilidad de acudir a medidas alternativas como habilitar más medios personales y materiales.

Por estos tres motivos se impide a la administración cumplir con los plazos previstos, de ahí que se amplíe el plazo de 3 meses.

Este tipo de medidas no suponen ninguna novedad ya que la mayoría de las comunidades autónomas han ampliado el plazo para resolver las concesiones por la misma motivación: la ingente cantidad de proyectos presentados para un número limitado de licencias.
Muestra de ello son los casi 5 años que llevan esperando los licitadores en la Región de Murcia para que se decidan el concurso convocado en el 2007.
Así, el plazo para resolver queda fijado para el próximo 14 de agosto de 2012.
 

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15. Mayo 2012

Dos nuevas Sentencias anulan las decisiones audiovisuales del Gobierno de Canarias

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado el concurso por el que la Televisión Autonómica Canaria adjudicó en 2008 la gestión de sus informativos a la empresa Videoreport, debido a la exclusión de otro licitante, Socater.

Este Juzgado ha dictado dos sentencias, hechas públicas el pasado 4 de mayo, que cuestionan la legalidad del contrato firmado por Radiotelevisión Canaria (RTVC) con Videoreport tras el cambio de gestión introducido en la cadena cuando se decidió sacar a concurso la gestión de informativos, publicidad y programas en tres lotes diferentes.

La primera de esas sentencias falla que RTVC vulneró la ley cuando en 2007 declaró desierto el concurso de adjudicación de los informativos, al que solo se había presentado la Sociedad Canaria de Televisión Regional (Socater), empresa participada por Prisa que le venía proporcionando contenidos desde el inicio de sus emisiones.

RTVC argumentó su decisión en una supuesta falta de aceptación por parte de Socater de las condiciones del concurso, porque en su oferta advertía de que sólo se haría cargo de la producción de los servicios informativos si también se le adjudicaba otro lote.
La juez Esperanza Ramírez considera que esa decisión fue "desproporcionada" y recuerda que la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas determina que toda aquella empresa que se presenta a una licitación acepta, por el mero hecho de hacerlo, la totalidad de las condiciones del concurso de manera incondicional.

La sentencia sostiene que el hecho de que Socacer dijera que sólo asumiría los informativos si también se le contrataba otro lote "de ninguna manera vulnera" el pliego del concurso y que, lo "más lógico", es que RTVC hubiera tenido "por no puesta" esa cláusula y hubiera presumido que esta empresa aceptaba todas las condiciones.

La segunda sentencia se deriva directamente de la primera, ya que anula la adjudicación a Videreport en el concurso de 2008 por no observar motivos para que se declarara desierto el de 2007.

Contra estas dos resoluciones, tanto RTVC y Videoreport, como el Gobierno canario, que tiene la condición de codemandado en este litigio, pueden presentar recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)

Fuente: ABC

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15. Mayo 2012

Navarra Televisión: el fruto de la triple fusión entre Canal 4, Popular TV y Canal 6

Navarra Televisión estrena emisiones con el objetivo de acercar la realidad de la Comunidad Autonómica a sus ciudadanos. El proyecto surge de la unión de Canal 4, Canal 6 y Popular Televisión. El canal ha inaugurado esta semana sus emisiones y lo ha hecho con la retransmisión de los informativos de la cadena, y es que precisamente la información local y regional serán parte muy destacada de la parrilla de programación de este nuevo canal autonómico. La crisis no ha sido impedimento para este lanzamiento que surge fruto de la necesidad de aunar esfuerzos para sobrevivir en un contexto muy complicado para las televisiones autonómicas.

Navarra Televisión cuenta con 60 profesionales del sector que trabajarán para dar forma a la programación de la cadena. Roberto Cámara, Director de Navarra Televisión, ha dejado claro en el estreno de las emisiones que el objetivo del canal es convertirse en un referente en la región por su apuesta por “una televisión de servicio público”.

Cámara ha dicho que el objetivo final es que Navarra Televisión se convierta en la televisión de todos los navarros, y que son los espectadores quienes tienen que hacer suyo este proyecto. Navarra Televisión ha confirmado que dispone de casi 2 millones de euros en concepto de subvención por parte del Gobierno de Navarra. El grupo dispondrá de dos canales en TDT, y tiene entre sus prioridades ofrecer voz a todas las opiniones y tendencias políticas.

Entre los programas ya confirmados por Navarra Televisión se encuentra Navarra en abierto, un espacio donde los verdaderos protagonistas serán los espectadores que podrán participar en el programa

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