9. Octubre 2011

Wikipedia Italia regresa tras su cierre voluntario como protesta por la DLL intercettazioni

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2010/05/22/comunicacion/1274519769.html

La Wikipedia italiana decidió cerrar voluntariamente como protesta contra una ley que está siendo debatida en el Parlamento del país. Actualmente ya vuelve a estar activa, pero sigue apareciendo un gran anuncio en el que la organización muestra su desacuerdo con la ley, que obligaría a publicar rectificaciones en 48 horas sin la intervención de un organismo imparcial.

Esta no es la primera vez que en Italia se hace un ataque a la libertad de expresión, pero sí la primera vez que la Wikipedia italiana toma partido.
"Estimado lector, en este momento, la Wikipedia en italiano está en riesgo de no poder seguir proporcionando el servicio que a lo largo de estos años te fue tan útil y que ahora, como antes, estabas buscando", este es el anuncio que la página ha tenido colgado en la web.

El motivo, según explica Wikipedia, es el apartado 29 de la ley conocida como DDL intercettazioni (proyecto de ley sobre escuchas telefónicas), que hace peligrar 'los pilares' del proyecto Wikipedia: "neutralidad, libertad y verificabilidad de sus contenidos".
Esta ley obligaría a todas las webs a publicar sin ningún tipo de comentario, una rectificación sobre cualquier contenido que el solicitante juzgue perjudicial a él o a su imagen. Además, esta rectificación tendría que publicarse 48 horas después de solicitar la medida.
 

Por si fuera poco, la evaluación de lo perjudicial de los contenidos no se realizaría por un organismo independiente o un juez, sino que bastaría la opinión de la persona que se sintiera perjudicada.
"La obligación de publicar entre nuestros contenidos la rectificación, según lo previsto por el apartado 29, sin poder discutir o analizar la reclamación y prescindiendo de toda verificabilidad, constituye para Wikipedia una inaceptable limitación de su propia libertad e independencia: tal limitación desnaturaliza los principios que fundaron la Enciclopedia Libre y paraliza la modalidad horizontal de acceso y contribución, pudiendo de hecho poner 'fin' a su existencia tal como la conocimos hasta hoy", ha explicado la enciclopedia 'online'.
 

También ha añadido: "Con este comunicado, queremos avisar a los lectores y a las lectoras sobre los riesgos que derivan de dejar a merced de los particulares la protección de su propia imagen y reputación, invadiendo los intereses legítimos de otros".
 

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9. Octubre 2011

Las asociaciones bancarias latinoamericanas presentarán observaciones a ley bancaria de EE.UU.

Las asociaciones bancarias de América Latina deben trasladar sus observaciones a las autoridades norteamericanas a fin de que analicen qué van a hacer con la nueva ley de cumplimiento de impuestos conocida como Fatca.

En entrevista exclusiva con Prensa Latina, Ricardo Carbonell, primer vicepresidente del Comité Latinoamericano de Derecho Bancario, cuestionó la Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca), aprobada por el Congreso de Estados Unidos en 2010 la cual no ha entrado aún en vigor.

Carbonell copresidió el XXX Congreso de la institución que cerró hoy sus puertas con la asistencia de ejecutivos de bancos y asociaciones de 15 países latinoamericanos e invitados de Estados Unidos.

El Fatca, dijo, es el punto más importante del encuentro porque es el primer paso para que públicamente conozcamos esta ley que debe ser analizada por las asociaciones bancarias de Latinoamérica. Hay que discutirla y llevar a las autoridades norteamericanas nuestras observaciones.

Explicó que el sistema bancario de Estados Unidos tiene inversiones que hacer en su propio país, en sus organizaciones, pero aquí nos están exigiendo aportes muy importantes para controlar a sus ciudadanos.

Carbonell, quien también preside la asociación bancaria de Venezuela, insiste en que la nueva legislación debe ser objeto de revisión y así lo planteó el Congreso Latinoamericano a los expositores norteamericanos quienes dijeron que están dispuestos a escucharlos.

Creo, expresó, que se va a abrir un compás para la reflexión y la acción por parte de los países latinoamericanos ante esta legislación norteamericana. Según su definición, el Fatca es una ley que tiene como características el interés de los gobernantes norteamericanos de conocer a sus propios contribuyentes en el exterior.

Si mal no entendí, en 2013 empieza a aplicarse (la multa de 30 por ciento de los ingresos de fuentes norteamericanas a aquellos bancos que no firmen el contrato a que los obliga la ley), así que hay oportunidades para que cambien y analicen lo que quieren hacer, señaló Carbonell. Ellos estás buscando recursos y están tratando de que los sistemas financieros, especialmente latinoamericanos, seamos parte de eso.

No dudo que vamos a cumplir, pero nosotros tenemos efectivamente muchos asuntos que tratar, inversiones que realizar y es necesario que haya una interrelación recíproca para que podamos colaborar, pero siempre y cuando ese no sea un mandato principal pues tenemos asuntos que resolver. Podemos ser colaboradores, expresó, podemos coadyuvar pero requerimos que empiecen a revisar los trabajos de cooperación y entendimiento para mejorar esas relaciones y no que ese sea el tema en especial.

En cuanto al XXX congreso se mostró complacido de sus resultados pues se trataron temas relevantes como el mercado de integración latinoamericana de valores, los megacontratos, las realidades y normativas que están aplicando los gobiernos de la región, entre otros muchos. Elogió al congreso por ser una de las maneras de que los países latinoamericanos nos podamos conocer mejor, y por ser un paso previo a la integración la cual es imposible sin un conocimiento previo de nuestras realidades y eso lo facilitan oportunidades como ésta

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9. Octubre 2011

En agosto se reformó la Ley de Sociedades de Capital

Fuente: http://derechobancario.es/index.php/89-derecho-societario/136-reforma-de-la-ley-de-sociedades-de-capital

Mediante la Ley 25/2011, de 1 de agosto, se ha reformado parcialmente la Ley de Sociedades de Capital, siendo dos los objetivos de dicha reforma: a) por una lado, la modernización de este tipo de entidades y reducción de sus costes, y; b) la transposición a la legislación interna de la Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas.

Mediante la Ley 25/2011, de 1 de agosto, se ha reformado parcialmente la Ley de Sociedades de Capital, siendo dos los objetivos de dicha reforma: a) por una lado, la modernización de este tipo de entidades y reducción de sus costes, y; b) la transposición a la legislación interna de la Directiva 2007/36/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 11 de julio, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas.

Entre las principales novedades introducidas por dicha reforma, cabe señalar:

• Sede electrónica: La creación de una página web corporativa deberá acordarse por la junta de la sociedad. El acuerdo de creación deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o bien ser notificado a todos los socios.

Asimismo, la supresión y traslado de la página web de la sociedad podrá ser acordada por el órgano de administración, salvo disposición estatutaria en contra. Dicho acuerdo deberá ser inscrito en el Registro Mercantil o ser notificado a todos los socios, y en todo caso, se hará constar en la propia página web suprimida o trasladada, durante los 30 días posteriores a la adopción de dicho acuerdo de traslado o supresión.

• En los Estatutos sociales deberá incluirse el modo de organizarse la administración de la sociedad o, al menos, el número máximo y mínimo de miembros, el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si lo tuvieren. • Se añade como causa de nulidad la no expresión de la cifra del capital social en los Estatutos sociales.

• Se establece la posibilidad de que la convocatoria de Junta General sea realizada mediante publicación en la página web corporativa y publicación en el BORME, eliminando la obligación de que la convocatoria sea publicada en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social.

• En caso de ser nombrado una persona jurídica como administrador, será necesario que ésta designe a una persona física para el ejercicio de sus funciones. • En el artículo 363, se establece la aplicación de algunas causas de disolución de las sociedades limitadas a las anónimas.

Sin duda, la reforma está inspirada por los principios de igualdad de trato de accionistas, equiparación entre las distintas formas jurídicas, reducción de costes y modernización.

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7. Octubre 2011

El concurso de radio FM en Valencia cercano a convocarse

Tras las últimas novedades informativas, se ha tenido conocimiento de que el concurso de radio FM en Valencia podría convocarse en un espacio temporal muy reducido. En concreto, según las últimas fuentes del sector, la fecha indicada podría estar cercana al viernes 21 de octubre de 2011. Aunque no se descarta que se realice en algún otro día de la semana comprendido entre el 17 al 21 de octubre.

Parece que dar el paso final hacia la nueva regulación es una cuestión a solventar en este mes. De ahí que la Generalitat valenciana, en su finalidad de adecuar la política de comunicación social con la nueva legislación audiovisual, haya efectuado con celeridad los pasos previos a la publicación de las bases del concurso. Así, con el nuevo reparto verificado, la Generalitat cerrará la completa armonización del parque de emisoras radiofónicas que opera en su ámbito territorial.

Los pasos previos ya dados.-

La actividad de los departamentos relacionados con comunicación social ha sido de lo más intensa en las últimas semanas. La convocatoria del concurso de licencias de comunicación radiofónica requiere el cumplimiento de una serie de formalismos previos cuya pulcritud no puede obviarse. P

or eso, en primer lugar, la Generalitat efectuó el proyecto de bases rectoras del concurso para que los servicios jurídicos puedan elaborar el correspondiente informe sobre la idoneidad jurídica de su contenido. Un acto de capital importancia ya que los abogados deben de hacer un estudio minucioso para evitar un contratiempo judicial que pudiera declarar nulo el proceso selectivo.

En segundo lugar, los letrados de la Generalidad analiza las bases para asegurarse que se adecuan a la Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual. Apartado por apartado, los expertos jurídicos escudriñan cualquier inconveniente y dan el visto bueno al borrador del pliego presentado. Se ha de tener en cuenta la importancia de los expertos en derecho audiovisual cuya visión integral puede aportar soluciones prácticas que hagan más fácil la operatividad de la radio.

Por último, tras la entrega del Informe jurídico favorable, la administración valenciana publicará las bases definitivas en el DOCV. Eso sí, con una adecuación plena a la legislación audiovisual.

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7. Octubre 2011

LA MUJER DE ETERNAUTA EN SECCION OFICIAL DEL FESTIVAL DE SITGES. FRIDA FILMS

 

El largometraje documental producido por Frida Films ha sido seleccionado para participar en la sección “Oficial Noves Visions- No Ficció”

Del 6 al 16 de octubre en Sitges tendrá lugar la 44 edición del Festival Internacional de Cinema Fantastic de Catalunya. “La mujer del Eternauta” compite en una sección “Oficial Noves Visions- No Ficció” marcada por la calidad de las propuestas y la trayectoria de sus realizadores: “Arirang” de Kim Ki-duk, ganador de la sección Un Certain Regard en Cannes 2011, “Project Nim” del oscarizado James Marsh por “Man on Wire” o “Resurrect Dead: The Mystery of the Toynbee Tiles” de Jon Foy, ganador en Sundance como mejor director de documental son solo algunas de las propuestas con las que “La Mujer del Eternauta” competirá por el galardón a la mejor película no ficción.

Coproducida por Frida Films (España) y Utópica Cine (Argentina), la película recorre la vida de Elsa Sánchez, viuda de Héctor Germán Oesterheld, creador del mítico comic “El Eternauta”. “La mujer del Eternauta” es Elsa Sánchez. Viuda de Héctor Germán Oesterheld, creador y guionista de “El Eternauta”, Elsa tuvo que asistir impotente al exterminio planificado de su familia a manos de la dictadura militar que gobernó Argentina a finales de los años 70. Su marido y sus cuatro hijas fueron ejecutados por el gobierno de la Junta Militar. Sus nietos, Fernando y Martín, le fueron arrebatados por lo militares aunque posteriormente pudo recuperarlos. Todavía hoy, a sus 85 años, Elsa alberga la esperanza de recuperar a otros dos nietos que pudieron nacer en cautividad. Abuela de la Plaza Mayo, luchadora incansable, Elsa ha consagrado su vida a mantener vivo el recuerdo de su familia y la memoria de las víctimas de aquel horror.

“La mujer del Eternauta” es el tercer largometraje de Adán Aliga tras su exitoso documental “La casa de mi Abuela” (premiado, entre otros, en Miami, Chicago, Toronto e IDFA, Ámsterdam), y su primer largo de ficción, “Estigmas” (premio Pilar Miró en la Seminci de Valladolid).

“La mujer del Eternauta” cuenta con el apoyo del Ministerio de Cultura (ICAA), de la Consellería de Cultura de la Xunta de Galicia, con el soporte del programa Ibermedia y con la participación de la Televisión de Galicia.

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7. Octubre 2011

Un Tribunal condena a Mediapro a indemnizar a la Televisión pública valenciana: Derechos del futbol

La pugna judicial entre Radio Televisión Valenciana (RTVV) y Mediapro por los derechos de retransmisión del futbol se ha solventado con una sentencia favorable al ente autonómico levantino. ¿En juego?, saber si el juez consideraba ajustado a derecho la negativa, por la empresa de Jaume Roures, a facilitar el acceso a los equipos del ente valenciano para cubrir varios encuentros de futbol

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona ha dictado un fallo por el que se declara a Mediapro
"responsable de los daños y perjuicios que el incumplimiento de los contratos de 25 de agosto de 2006 y 12 de febrero de 2010 se hayan derivado a TVV".
Es decir, que ha existido responsabilidad contractual en las relaciones que vinculaban a ambas entidades, de ahí que la televisión valenciana tenga derecho a ser indemnizada.

Y es que en virtud de los contratos suscritos, RTVV ostentaba (i) los derechos de retransmisión en abierto, hasta el final de la temporada 2010-2011, de un partido de fútbol por jornada de Primera División y de dos partidos del Campeonato Copa de S.M. El Rey. Igualmente, la emisora pública tenía (ii) los derechos de emisión y resúmenes de los partidos de Primera, Segunda División y del Campeonato Copa de S.M. El Rey de cada jornada, y (iii) el derecho de transmisión de un partido de fútbol por jornada de Segunda División hasta la temporada 2011-2012.

Mediapro se negó a facilitar el acceso a la televisión valenciana en el encuentro Atlético de Madrid Vs Sporting de Gijón (temporada 2010-2011) Un partido designado en abierto de la primera jornada de la Liga de Fútbol Española. Verificada la negativa en varias ocasiones, la TV demandó a la empresa accionista de La Sexta. Mientras se tramitaba el proceso principal, el Juzgado Mercantil Número 7 de Barcelona estimó la medida cautelar consistente en obligar a Mediapro al cumplimiento provisional de los acuerdos suscritos con RTVV. Esto acaeció el pasado 17 septiembre de 2010.

Tramitados todos los formalismos procesales, el pleito quedo visto para Sentencia que fue favorable para los intereses del ente televisivo valenciano. Se concluía que Mediapro había incumplido los contratos suscritos. El fallo determinó la condena a la productora
"a cumplir lo estipulado en dichos contratos dando acceso a TVV a la señal correspondiente a la retransmisión en abierto de los partidos del Campeonato Nacional de Liga de Primera División que se emitan en la cadena televisiva denominada La Sexta, así como de dos partidos del Campeonato de Copa de S.M. El Rey, en los términos acordados en el contrato suscrito por las partes el 25-08-06".

La sentencia también indica que Mediapro deberá facilitar a TVV los resúmenes informativos correspondientes a las jornadas del campeonato de Liga de Primera y Segunda División y de la Copa de S.M. El Rey, así como la señal correspondiente a la retransmisión en abierto de los partidos de Segunda División A, en los términos acordados en el contrato suscrito por las partes el 12 de febrero de 2010.
 

La resolución es susceptible de ser recurrida en apelación como parece que así se hará, con lo que el tribunal de apelación deberá revisar si la sentencia dictada en primera instancia ha sido correcta o no.
 

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5. Octubre 2011

Todo listo para la convocatria de la radio FM en Valencia

Todo indica que el Consell podría convocar el concurso público de 31 emisoras de radio FM antes del próximo 15 de octubre de 2011.
 

I.- Rápido proceder tras ser declarado desierto el anterior concurso.-

Varias son las razones que motivaron a la Generalitat valenciana la decisión de declarar desierto el concurso de emisoras de radio FM, tal y como se expresaron en el informe legal remitido, por un lado, y la publicación de la resolución en el DOCV. En concreto se argumentó que el transcurso de más de 4 años y medio afectó a: (i) la pérdida de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la concurrencia de unos proyectos de radio FM obsoletos tras el tiempo pasado.

Ahora el ejecutivo de Alberto Fabra ultima todos los trámites previos para anunciar la convocatoria del nuevo concurso para la gestión de emisoras de radio FM.

II.- Pasos dados hasta la publicación de las nuevas bases.-

Los futuros licitadores deben saber los pasos que la Generalitat ha dado para convocar el proceso selectivo de las nuevas licencias FM. Tres son los hitos que marcan el buen hacer de una administración ante la nueva legislación radiofónica. Uno, el borrador de las bases que regirán el concurso; dos, el informe de los servicios jurídicos sobre la conformidad de las bases a la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual; y tres, el visto bueno del órgano de contratación tras ajustarlo al informe legal. Tras estos despachos, se dicta la resolución con las bases definitivas y finalmente se publica en el DOCV. Hecho que podría tener lugar el antes del próximo 15 de octubre.

III.- Contenido de las nuevas bases.-

Tras haber analizado todas las particularidades de los concursos de radio convocados con el nuevo Plan Técnico Nacional de la Radio FM de 2006, se hace necesario que las bases contengan, al menos:

1.- Requisitos para ser titular de una licencia, aquí se describe el régimen de limitaciones e incompatibilidades de los solicitantes.

2.- Contenido del Sobre nº 1, documentación administrativa

3.- Contenido del Sobre nº 2, Oferta técnica que comprenderá: (i) propuesta de programación; (ii) viabilidad económica; (iii) Viabilidad tecnológica. En algunos concursos se ha añadido un bloque más: (iv) fomento del empleo.

4.- El plazo de presentación, que puede oscilar entre 15 días y 2 meses.

5.- La composición de la Mesa de Evaluación, que valorará los proyectos de emisora.

6.- Criterios de valoración, con las fórmulas de puntuación bien explicadas.

7.- El proceso de baremación, o lo que es igual: como se aplican las fórmulas de puntuación a los contenidos de las ofertas presentadas.

8.- Los pasos a dar desde la propuesta de selección hasta la adjudicación definitiva

9.- El otorgamiento de las licencias, que debe de efectuarse en plazo máximo de 6 meses.

10.- La firma del documento contractual, ya que el adjudicatario debe suscribir un contrato con la Generalitat por el tiempo que dura las licencias de radio FM: 15 años.

IV.- Nuevo concurso, nueva Ley.-

Resulta indispensable conocer jurídicamente las diferencias entre el concurso anterior de 2007 y el nuevo concurso de licencias radiofónicas. Aspectos tan importantes como la modificación del régimen legal aplicable es de necesario conocimiento. La Ley de Contratos del Sector Públicos deja de tener protagonismo en favor de la Ley General de Comunicación Audiovisual y la Ley del patrimonio de la comunidad valenciana. Las autorizaciones ya no se llamarán concesiones administrativas sino licencias audiovisuales, y la duración será de 15 años en lugar de 10.

Las operaciones de venta o arrendamiento sobre las licencias son más factibles que las que se pretendían con las antiguas concesiones administrativas. Ya que la autorización previa era discrecional al contrario que en la actualidad Las garantías ya no tendrán que mantenerse durante los años que dure la licencia. Andalucía ya está devolviendo los avales definitivos de las anteriores concesiones de la TDT. Distinto es la aportación de garantías con la presentación de solicitudes. Antes de aprobarse la nueva Ley Audiovisual, la Ley de Contratos del Sector Público ya contemplaba la posibilidad de eximir a los licitadores de presentar aval. Extremadura, en el concurso de la TDT de 2009, optó por esa vía. Ahora con la nueva regulación hemos asistido a varias posibilidades: La licitación del pasado mes de junio en Castilla y León no exigía avales. En cambio las convocatorias de Canarias (julio 2010) o de Galicia (mayo 2011), si lo demandaba.

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4. Octubre 2011

La UE pretende reducir el coste del acceso a las redes

Desde El Mundo, Cesar Urrutia ha informado http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/03/navegante/1317667022.html

 

Bruselas lanzó un aviso a las grandes operadoras telefónicas a rebajar el precio de alquiler de sus redes de cobre para favorecer la inversión en una nueva infraestructura más veloz y con más capacidad basada en la fibra óptica.

La vicepresidenta de la Comisión Europea y responsable de Telecomunicaciones, Neelie Kroes, indicó que trabajará para introducir una rebaja en los precios de acceso a estas redes, dado que los operadores alternativos se quejan constantemente de estos precios. La presión ejercida por Kroes obedece a los objetivos establecidos en la Agenda Digital Europea, por la que Bruselas pretende que en 2020 toda la población tenga una velocidad de acceso a Internet mínima de 30 megas y que el 50% disponga de 100 megas. Teniendo en cuenta que en España no estará garantizado contar con una conexión de 1 mega en cualquier sitio de España, pueden comprenderse las prisas de Bruselas.

Pero antes habrá que desbloquear la situación. El objetivo de la Agenda Digital exige el despliegue de una nueva infraestructura de fibra óptica. El problema es quién asume la factura. Los operadores que heredaron la red actual tras la ronda de privatizaciones de los años 90 -Telefonica, Deutsche Telekom, Telecom Italia, France Telecom...- quieren seguridad jurídica antes de invertir grandes sumas de dinero y aún no están claras las condiciones en las que se debería ceder el uso de la red a operadores alternativos. Por otro lado, están los efectos de la crisis económica. En el caso de Telefonica, que atraviesa una difícil situación en España por la pérdida de clientes, la inversión necesaria para desplegar la red en 2020 ascendería a 4.700 millones de euros, según un estudio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).
"Bajar los precios en el actual contexto de crisis económica y fuertes requerimientos de inversión, sería muy negativo para el sector y pondría en peligro los objetivos de la Agenda Digital", manifestó el presidente de Telefónica, César Alierta, frente a Kroes en un discurso pronunciado en Bruselas.

Redes ya amortizadas

La visión de los operadores alternativos es bien distinta, por supuesto. En su opinión las grandes compañías están exprimiendo las redes que heredaron hace más de 10 años, trasladando unos costes ya amortizados a los usuarios y ralentizando el desarrollo de la agenda digital. "Ahora mismo, podemos perder el tren de la agenda digital. Hacen falta políticas más decididas para evitar el efecto perverso de la falta de inversión de las compañías dominantes", advirtió Tom Ruhan, presidente de la asociación de operadores alternativos europeos, Ecta.

Por esta razón es Bruselas la que quiere obligar al sector a moverse. Como paso previo, ha abierto un periodo de consulta pública sobre la cuestión. Con los resultados en la mano, intervendrá a través de los reguladores de cada país miembro. La UE tiene un sólido historial en la regulación del sector de las telecomunicaciones. La ex comisaria Viviane Reding asombró a la industria en 2008 al limitar lo que las empresas de telefonía móvil podían cobrar por llamar, enviar mensajes de texto y descargar datos en el extranjero.
 

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3. Octubre 2011

Galicia amplía el plazo para resolver el reparto de las FM en 6 meses

 

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 22 de septiembre de 2011, ha dictado una resolución por la que se amplía el plazo inicial para resolver el concurso público de licencias de comunicación radiofónica. Con esta nueva actuación se aplaza la resolución del concurso por 3 meses más de los inicialmente concedidos por las bases reguladoras del procedimiento selectivo, en concreto la cláusula 19ª . Esto ha sido publicado hoy por el Diario Oficial de Galicia, núm. 189, de lunes, 3 de octubre de 2011.

La resolución se ha adoptado tras la reunión que tuvo la Mesa de Evaluación del concurso el día 27 de julio de 2001 en cuyo seno se abordó: (i) los trámites necesarios para su constitución formal, (ii) y la solicitud de ampliación del plazo para resolver por seis meses.

Las razones esgrimidas por la Mesa fueron: (i) El gran número de solicitudes que tienen que ser valoradas en el tiempo que resta para la finalización del plazo inicial (6 meses),y (ii) la imposibilidad de acudir a medidas adicionales como la habilitación de medios personales y materiales en tan escaso margen.

Desde la perspectiva jurídica, la Xunta de Galicia se encuentra facultada para realizar esta prórroga siempre y cuando el volumen de solicitudes pueda generar dificultades en incumplir el plazo fijado inicialmente. Eso sí, la prórroga debe de estar suficientemente motivada en derecho. De este modo se satisfacen los requisitos del artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Este tipo de medidas no suponen ninguna novedad ya que la mayoría de las comunidades autónomas han ampliado el plazo para resolver las concesiones por la misma motivación: la ingente cantidad de proyectos presentados para un número limitado de licencias.

Muestra de ello son los casi 4 años y medio que llevan esperando los licitadores en la Región de Murcia para que se decidan los concursos convocados en el 2007, el mismo tiempo aproximado que tardaron en resolver recientemente en Andalucía y en Valencia. Ya entrando en los precedentes de concursos convocados con la nueva Ley Audiovisual, como es el caso de Galicia, también se han dado supuestos de uso de prórrogas. Así Canarias solicito dos ampliaciones de plazo para resolver su proceso de licitación de licencias FM.

No obstante, los inconvenientes acaecidos en estas comunidades son varios: los avales van generando gastos no previstos por los licitadores y ello ha provocado que, en no pocas ocasiones, se retiren del concurso por desgaste.

Así, el plazo para resolver queda fijado para el próximo 7 de abril de 2012, teniendo en cuenta que entendiendo que el plazo de los 12 meses (6 meses iniciales + 6 de ampliación) comienza a contar desde el día de la publicación de las bases (7 de abril de 2011).

Tras esta decisión de la Secretaria General de Medios, todo parece indicar que, ya sea mediante informe interno del Xunta de Galicia o por medio de la intervención de una consultora externa como ocurre en numerosas convocatorias de radio y TDT, las 84 licencias de radio FM podrían estar dadas antes del próximo mes de abril de 2011.
 

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2. Octubre 2011

El Tribunal prohíbe hablar a los abogados del proceso de la muerte de Michael Jackson

Fuente: http://www.elmundo.es/america/2011/10/01/gentes/1317489019.html

En numerosas ocasiones, cuando los asuntos judiciales son verdaderamente espinosos o hay menores o intereses que afectan a las privacidades más básicas, se decreta el secreto de sumario.

En este caso, el magistrado que encabeza el proceso contra el médico de Michael Jackson, Conrad Murray, por homicidio negligente, prohibió a los abogados que participan en el proceso que hablen sobre el mismo, informa este sábado el diario 'Los Angeles Times'.
Con esa decisión, reacciona a la aparición televisiva de un abogado de la defensa de Murray. Matthew Alford señaló en una entrevista concedida a la emisora NBC el viernes que uno de los testigos se contradigo en varias ocasiones en su testificación.

El rey del pop murió el 25 de junio de 2009 a los 50 años debido a un paro cardíaco. Según los médicos forenses, el detonante fue una dosis demasiado elevada de tranquilizantes y somníferos que tomó para combatir su insomnio.
Murray está acusado de homicidio negligente. La defensa quiere probar que el día de su muerte, Jackson había tomado medicamentos sin el conocimiento de su médico. Si es declarado culpable, Murray podría ser condenado a cuatro años de prisión
 

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1. Octubre 2011

Diez & Romeo Abogados asesora a los medios sobre la nueva regulación de publicidad electoral

Ante las próximas Elecciones Generales del 11-N, los medios de comunicación deberán de adecuar su proceder a la nueva reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General acaecida con la promulgación de la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero.

Entre las numerosas cuestiones, destacan aquellas que afectan a los medios de comunicación social como la prohibición de efectuar publicidad o propaganda electoral desde la convocatoria de los comicios hasta el inicio legal de la campaña electoral. Prohibición que contempla inclusive a las nuevas estructuras comunicativas que los candidatos están preparando como los medios digitales y las redes sociales.

De ahí que la nueva redacción del artículo 53 de la Ley Electoral que ha dado la nueva regulación está siendo objeto de las más diversas interpretaciones en el sector. En cualquier caso, la prensa en todos sus formatos, debe de cumplir con la LO 2/2011 para que sus acciones no se vean invalidadas por sanciones graves de distinta naturaleza. Desde la firma, se lleva asesorando a entidades multimedia para que el impacto de esta normativa repercuta lo menos posible en su cuenta de resultados, proyectando soluciones legales que maximicen la operatividad en estos periodos.

No obstante, lo cierto es que las próximas elecciones generales se convierten en el segundoi escenario sobre el que televisiones, radios, diarios digitales y redes sociales deberán de aplicar la nueva regulación en materia de publicidad electoral. Por eso, la innovación se convierte en el arma más preciada de los medios, siempre que se convine con la oportuna protección jurídica.

El respeto a la normativa electoral vigente es uno de los requisitos esenciales para cumplir con las obligaciones de las concesiones administrativas y licencias audiovisuales de TDT y radio. Circunstancia por la que los prestadores de servicios audiovisuales implementan sus efectivos para evitar pérdidas relevantes que hicieran peligrar el medio de comunicación.

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