30. Septiembre 2011

El Tribunal Supremo condena a Tele 5 a indemnizar con 310.000 € a Isabel Pantoja

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/27/comunicacion/1317140691.html

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a Telecinco a indemnizar a Isabel Pantoja y a su hija con 310.000 euros al considerar que las informaciones que emitieron varios programas de la cadena sobre las supuestas irregularidades en la adopción de la menor vulneraron el derecho a la intimidad de la cantante.

De esta manera, el TS confirma una sentencia dictada el 7 de enero de 2009 en la que el tribunal declaraba, además, que Telecinco debía, en los tres meses siguientes a la sentencia, publicar el fallo en el mismo programa y en otro de contenido similar.

Los hechos objeto de enjuiciamiento se refieren a la demanda interpuesta por Pantoja, en su nombre y en el de su hija, contra quien había sido su escolta y contra Telecinco por las informaciones vertidas en enero de 2004 en los espacios de la cadena 'Salsa Rosa' y 'A tu lado', en los que hacían referencia a "supuestas irregularidades" en el proceso de adopción.

La denuncia interpuesta por Isabel Pantoja ante el juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas (Madrid) fue desestimada, mientras que dicha decisión fue revocada por la Audiencia Provincial en enero de 2009. Entonces la audiencia provincial consideró que las informaciones emitidas suponían un ataque ilegitimo en el honor y la intimidad personal de Pantoja y su hija.

Información no contrastada

Ahora, el TS, en un sentencia de la que es ponente el magistrado Xiol Ríos, desestima los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por Telecinco. El TS señala que pese al interés público del asunto, que afecta, en su opinión, a una persona de "notoria proyección pública" y a una materia donde la objetividad y la transparencia son "requisitos indispensables", la difusión de la información no cumplía el deber de diligencia necesario en su obtención. De acuerdo con el TS, la fuente, el escolta, era una persona que no aportaba datos fácticos, "objetivos, y la información no había sido contrastada previamente. También supone un descrédito para las personas afectadas la información emitida, al implicar la imputación de hechos delictivos, añade el TS. Por último, el alto tribunal considera que se produce una vulneración de su derecho a la intimidad por la revelación de detalles del proceso de adopción de la menor.

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29. Septiembre 2011

Concurso de radio FM desierto en Valencia: Las razones oficiales dadas por los servicios jurídicos de la Generalitat

El pasado lunes, 26 de septiembre de 2011, se hacía público en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, número 6616, la argumentación que justifica la decisión de declarar el concurso de radio FM desierto. Se da así oficialidad al informe técnico que elaboraron los servicios jurídicos de la Generalitat valenciana ante la situación generada por dos fenómenos: (i) un retraso excesivo en la resolución; y (ii) la modificación del escenario radiofónico con la aprobación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.

Insatisfacción del interés general perseguido con el concurso de radio FM

Lo primero que hay que analizar es la verdadera finalidad del interés general de las Administraciones Públicas al convocar un concurso público para seleccionar a las empresas que puedan gestionar una emisora de radio.

En primer lugar, con estos procesos, se busca consolidar el último paso hacia la ordenación de medios de comunicación que utilizan un recurso escaso, las ondas hertzianas, para ejercer el derecho de información veraz. Así se trata de evitar el mantenimiento de un sector que se ha caracterizado por una falta de respuesta legal ante la aparición de nuevas iniciativas radiofónicas.

En segundo lugar, la administración busca realizar la selección más correcta posible de los solicitantes que presenten los mejores compromisos. Es decir, trata de adjudicar licencias de radio tras la localización de la oferta técnica más ventajosa.

Pero en el caso valenciano, el interés general no se puede considerar observado con un reparto de licencias tras más de 4 años y medio desde su convocatoria. De ahí que la demora en el tiempo (i) genere riesgos de obtener una selección incorrecta de los candidatos más competitivos; y (ii) vuelva a responder ineficazmente al sector sin contemplar las nuevas fórmulas radiofónicas que han ido apareciendo recurrentemente.

Por eso la decisión de la Generalitat manifiesta que:

“la satisfacción del interés general perseguida mediante la convocatoria del concurso no puede obtenerse con una resolución excesivamente tardía, que entrañaría el riesgo de no realizar una correcta selección de los contratistas más adecuados e idóneos y que, además, estaría viciada de nulidad por falta o pérdida de su objeto.”

De este modo, los servicios jurídicos de la Generalitat llegan a la conclusión de que el retraso producido en la tramitación del concurso impide valorar adecuadamente las proposiciones presentadas en su día por los licitadores, con arreglo a las circunstancias actuales.

Las razones en sí.-

Examinando el contenido de la resolución, se observan dos grandes razones que motivan el resultado de un concurso desierto: (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.

Capacidad y solvencia de las licitadoras mermada o desaparecida

Desde el ejecutivo levantino se esgrime la necesidad de declarar desierto el reparto porque la actual capacidad y solvencia de las empresas, pueden no coincidir con las existentes en el momento de la presentación de las proposiciones. De hecho, la valoración de los proyectos se realizó en su día tras analizar la mesa de contratación la documentación acreditativa presentada hace más de 4 años y medio.

A esto hay que añadir que, en algunos casos, las licitadoras han retirado las garantías provisionales excluyéndose por sí mismas del proceso. Y en otros, no menos numerosos, se ha producido incluso la desaparición de los candidatos como consecuencia de procesos de fusión y absorción empresarial.

Ofertas técnicas desfasadas

Otra de las motivaciones que han generado esta decisión se centra en que los proyectos de emisoras presentados antaño se encuentran hoy en día desfasados.

En este sentido, se afirma que las ofertas técnicas presentadas por los licitadores se realizaron teniendo en cuenta las circunstancias jurídicas, técnicas y económicas del momento de su elaboración. Y este dato es importante dado los criterios de adjudicación se han aplicado sobre unos proyectos cuyos condiciones han variado con el transcurso de los últimos cuatro años y medio. De ahí que se considere que las ofertas se encuentran absolutamente desfasadas.

Consideración final de la Generalitat.-

En cualquier concurso público se da a la administración la potestad de declarar desierta su resolución si así lo considera por decisión debidamente argumentada. Esto lo prevé el artículo 88.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicable por ser la norma vigente en el momento de la convocatoria del concurso.

Acogiéndose a esa posibilidad, la Generalitat valenciana ha decidido seguir las indicaciones del Informe emitido por los técnicos en la materia. Por eso, en virtud del contenido de las mismas, se estima procedente que la resolución del concurso en este momento: (i) no garantiza la selección de los contratistas más idóneos; (ii) ni las finalidades perseguidas por el procedimiento concursal.

Ello unido al desfase temporal producido, daría lugar, en caso de adjudicar las licencias, a un acto fácilmente anulable por los Tribunales que conduciría a los concesionarios a una deficiencia de difícil reparación

Decisión recurrible ante la vía judicial

La decisión es susceptible de ser recurrida en una doble vía. Por un lado, se podrá presentar un recurso administrativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación. O bien, se puede acudir directamente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación
 

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27. Septiembre 2011

Extremadura otorga 7 concesiones definitivas de emisoras de radio. Sólo falta la transformación a licencia audiovisual

 

El pasado viernes 23 de septiembre, la Junta de Extremadura por medio del Consejo de Gobierno decretó otorgar 7 concesiones definitivas de emisoras de Radiodifusión Sonora (radio FM) en otras tantas localidades de la geografía extremeña.

Las entidades agraciadas podrán finalmente realizar la gestión comercial de radio en las localidades de carácter comercial, cerrando un episodio más de la ordenación definitiva del régimen legal en Extremadura para dichas estaciones radioeléctricas. Ahora sólo faltará a transformación de las concesiones en licencias audiovisuales tal y como exige la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual para completar la adecuación al nuevo escenario normativo.

Y en este sentido, la Junta de Extremadura será rápida en efectuar la preceptiva transformación, ya que sus servicios jurídicos son conscientes de la diferencia sustancial entre el concepto de concesión administrativa y licencia audiovisual. Así, el cambio de título habilitante evidencia el paso de un sistema legal basado en la protección de un servicio público esencial (concesión administrativa) a la cobertura legal de un servicio de interés general con obligaciones de servicio público (licencia de comunicación radiofónica).

Por este motivo, tal y como se ha establecido desde Diez & Roemo, ahora con las nuevas licencias radiofónicas resulta más flexible la realización de negocios jurídicos como el arrendamiento y compraventa. Ya que la autorización por la autoridad audiovisual competente es un acto reglado: si cumples los requisitos deben autorizar; al contrario que en las concesiones administrativas, pues la autorización era una decisión discrecional: a pesar de cumplir los requisitos, la autoridad pública podía denegar la operación de alquiler o venta.

Otra de las consecuencias es la vigencia de las licencias que pasan de 10 a 15 años alejando la intervención de la administración pública en la renovación 5 años más.

La Vicepresidenta y Portavoz de la Junta de Extremadura, Cristina Teniente, en rueda de prensa hizo público el listado de los titulares de las concesiones administrativas:
1.- Sociedad Española de Radiodifusión (SER), 3 concesiones en las localidades de Badajoz, Calamonte y Jerez de los Caballeros.
2.- Kiss Radio (Kiss FM), 2 concesiones en Cabeza del Buey y Fregenal de la Sierra.
3.- Radio Popular (COPE), 1 en Badajoz.
4.- Canal Norte Extremadura, 1 en el municipio de Coria.

No obstante, frente a este reparto se han interpuesto los correspondientes recursos administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para verificar si la valoración de los méritos de cada proyecto efectuada por la Mesa de Contratación fue ajustado a Derecho. En su día se dirá si los recurrentes tienen razón o no.

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26. Septiembre 2011

Diez & Romeo analiza las consecuencias de la paralización de la política audiovisual hasta la formalización del nuevo Gobierno

El pasado lunes 26 de septiembre de 2011, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha firmado el decreto por el que se convocan de Elecciones Generales que tendrán lugar el próximo el 20 de noviembre.
El decreto de convocatoria de los comicios marca una nueva etapa cargada de intensidad informativa que culminará con la elección de 350 diputados y 208 senadores. Así, siguiendo las previsiones procedimentales, la campaña electoral comenzará el 4 de noviembre y la sesión constitutiva de las Cortes se celebrará el 13 de diciembre.
Con este acto, todos los proyectos parlamentarios e iniciativas regulatorias del sector audiovisual radiofónico y televisivo quedarán paralizados en su tramitación, del mismo modo que los impulsos normativos propuestos durante los últimos períodos. De este modo toda la regulación en materia de comunicación social en la que el Estado ostenta competencia básica se prorrogará hasta la formación del nuevo gobierno surgido tras las urnas. Y esto afecta de modo importante a las decisiones de las CCAA en aquellos asuntos en los que comparten la ordenación con la Administración General del Estado.

Dificultad en sancionar.-

El ejemplo más claro se encuentra en los servicios de comunicación audiovisual sin ánimo de lucro, tanto televisivos como radiofónicos. Las CCAA deben de convocar los concursos públicos para otorgar las licencias audiovisuales establecidas en el artículo 32 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual. Sin embargo, el Ministerio de Industria no ha aprobado ningún plan técnico nacional de TDT o radio FM comunitaria; lo que impide que los ejecutivos autonómicos permitan a las entidades acceder a estas licencias.
Ello da lugar a un escenario que se asemeja a lo acontecido entre los años 1995 y 2004. La Ley 41/1995 de Televisiones Locales requería a las emisoras locales una concesión administrativa que ninguna empresa pudo tener hasta 9 años después con la promulgación del Plan Técnico Nacional de la TDT Local. Por supuesto, todos los intentos de sancionar a las televisiones en ese período de inactividad se estrellaron en los Tribunales de Justicia.
De ahí que resultaría contrario al principio de tipicidad incoar un proceso sancionador a una televisión o radio por realizar emisiones sin las licencias que las administraciones están obligadas a activar. Ni el Estado ha planificado, ni las CCAA convocatorias de autorizaciones han publicado. Por eso no es posible defender legalmente la existencia de una sanción por una infracción que la pasividad administrativa está obligando a cometer.

Tres asuntos pendientes.-

El primer gran asunto guarda relación con lo ya abordado. Y es que con este escenario se mantiene pendiente el desarrollo normativo de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro, tanto en TDT como Radio FM o digital. Con la publicación de la Ley General de Comunicación Audiovisual, se reconocía por primera vez, de forma expresa, el denominado tercer sector. No obstante, se esperaba una política más activa por las emisoras no comerciales destinadas a favorecer un núcleo poblacional concreto. Una expectativa que se alarga desde los años 80.
No ha habido aprobación de ningún Plan Técnico Nacional de la comunicación radiofónica comunitaria ni de la TDT comunitaria, y el proyecto de Real Decreto de Servicios de Comunicación Audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro que tan avanzado estaba. tendrá que ser promulgado por el nuevo ejecutivo.

En segundo lugar, se han visto aplazados todos los reglamentos que estaban previstos tramitar en ejecución de la Ley General de Comunicación Audiovisual a fin de clarificar todos los conceptos que quedaban a una interpretación ambigua. Las empresas y profesionales del sector se quedan una vez más sin una línea jurídica clara sobre el alcance y significado de las nuevas nociones incluidas en el texto legal marco.

En tercer lugar, se nubla más la comunicación entre las CCAA y el Estado en relación a las modificaciones de las planificaciones de frecuencias radiofónicas y canales múltiples solicitadas por los gobiernos autonómicos. La escasez del espectro radioeléctrico ha sido el argumento que recurrentemente ha sido utilizado el Ministerio de Industria para limitar el número de licencias audiovisuales disponibles a las CCAA a fin de que las saquen a concurso. Y ahora la celebración de las Elecciones Generales de próximo 20 de noviembre se convierte en la razón impeditiva de la ausencia de ampliación de los planes técnicos nacionales de radio FM y TDT

En definitiva y a pesar de una estar ante la legislatura de la compilación de un sector audiovisual atomizado, el adelanto electoral ha paralizado los planes de desarrollo normativo previstos para estos últimos meses.

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24. Septiembre 2011

How to Start a Radio Station in U.S.

http://www.ehow.com

You can start a radio station even if you have no experience with the medium. You don't even have know anything about equipment or how to broadcast. You can get all the information you need on the Internet

Instructions

1. Get a license. Check Federal Communications Commission requirements. Application requirements include a completed FCC Form 605 along with a Proof of Passing Certificate issued by a Commercial Operator License Examination Manager (COLEM).

2 Figure out what you want to do on your radio station. It can be as simple as playing oldies to playing the top hits, but you need a plan. You can also do a talk radio show but this can become expensive since you must have a person there all the time. You are better off sticking with the music because you may be able to get away with not having a DJ at all, thereby eliminating this expense.

3 Pick out a name for your radio station. You want something catchy that will be remembered by people when they are looking for a channel to listen to. You can always use a letter with your frequency if you can't think up anything that isn't taken.

4 Obtain the necessary equipment that you will need to run your radio station and install it so it can be used. You will need to find where you can get the equipment and the cost to be sure you have budgeted enough money for starting your radio station.

5 Hire the DJs for your radio shows. Remember if you are stuck for money, you could play the music without a DJ. Continuous music is always a plus.

6 Seek sponsors for your radio sponsors. Although advertising cuts down on your listening audience, it is necessary to keep a radio station afloat. Make sure you find advertising that can appeal to your listening public.

7 Find a way to keep the listeners once you have them. You need to have some gimmicks that will keep listeners coming back. Things like contests where people can win prizes or money will keep them coming back. Also, people love quizzes, especially if they win something for their answer.

8 Let people call in and request songs. This is a sure way to keep listeners, since everyone wants to hear their requested song. Assure them that the music will be played.

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24. Septiembre 2011

Diez & Romeo revisa el analisis del proyecto de reglamento de radio y television comunitaria

Desde el pasado año 2010, la Comisión Permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, tiene en su seno el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de prestación de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios, con el fin de cumplir los últimos trámites para su promulgación. Aunque la proximidad de las elecciones del 20-N podría retrasar su publicación.

Esta norma, que se dictará al amparo de la competencia del Estado en materia de normativa básica sobre medios de comunicación social reconocida en el artículo 149.1.27 de la Constitución, supondrá un revulsivo legislativo en el marco de los medios del tercer sector al ser la primera vez que se aborda la regulación de este tipo de televisiones y radios.

Diez & Romeo ha efectuado una revisión del análisis exhaustivo que en diciembre del pasado año elabora sobre el proyecto de Reglamento y dispone de un Informe Técnico que detalla las generalidades plasmadas.
El texto legal establece que la prestación de este tipo de servicios requiere la previa obtención de licencia, otorgada mediante el procedimiento de concurso público convocado y resuelto por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Eso sí, una vez que el Ministerio de Industria efectúe la debida planificación de frecuencias para este servicio.

Las licencias habilitantes para la prestación de servicios de comunicación audiovisual comunitaria se otorgarán por un plazo de 15 años y los contenidos que se emitan serán siempre en abierto, limitando bastante la emisión de comunicaciones comerciales.
Con respecto a la convocatoria, todas las licencias disponibles deberán ofrecerse simultáneamente. Es decir, si el Ministerio asigna 7 canales de radio o televisión para Madrid, la Comunidad autónoma deberá sacar a licitación todos y cada uno de ellos.
Los mejores proyectos serán los seleccionados de entre tres grandes bloques: (i) Programación, (ii) viabilidad económica, (iii) viabilidad técnica; y (iv) la idoneidad en la atención de las necesidades específicas de grupos sociales determinados.

El Real Decreto establece un control económico importante por las comunidades autónomas. En este sentido establecerán un sistema de evaluación de gestión financiera y un registro específico para el depósito de la memoria económica que deberán presentar los adjudicatarios.
Asimismo, se establecen límites a los gastos de explotación anuales que no podrán ser superiores a 100.000 euros para las televisiones y de 50.000 euros para las radios comunitarias. No obstante, estos gastos podrán ser superiores si la autoridad de la comunidad autónoma lo autorizare.

Una de las características más importantes es el régimen transitorio que se establecerá. En primer lugar, las entidades de radio y televisión que realicen emisiones de conformidad con la Ley 56/2007, con una antigüedad al 1 de enero de 2009, podrán seguir emitiendo en el mismo ámbito territorial de cobertura en el que lo venían haciendo.
Así, con esta nueva reglamentación se dará finalmente cabida a las entidades sin ánimo de lucro que verán una nueva oportunidad de legalizar su actividad sin estar en un estado de continua alerta por la posible imposición de sanciones.

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24. Septiembre 2011

El Congreso confirma la elevación a 600.000 euros de la cuantía para interponer un pleito económico ante el Supremo

Fuente: http://www.lexureditorial.com/noticias/1109/21153708.htm

Los portavoces de los grupos parlamentarios del PSOE, ERC, PNV y CiU han expresado este miércoles su apoyo al proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal que finalmente elevará de 150.000 a 600.000 euros el límite mínimo para interponer un pleito económico ante el Tribunal Supremo.

La norma saldrá así adelante sin la modificación que introdujo la semana pasada el Senado en contra de la subida de esta cuantía en los órdenes Civil y Contencioso-Administrativo y pese a la "abstención crítica" que ha anunciado el PP para la votación de las enmiendas que tendrá lugar mañana en el Pleno del Congreso.

Desde la tribuna, el presidente de la Comisión de Justicia, Álvaro Cuesta, ha adelantado que su grupo defenderá el incremento a 600.000 euros para la interposición del recurso de casación y aceptará las enmiendas votadas por los senadores socialistas durante su tramitación parlamentaria, entre ellas la que propone ampliar "la protección del deudor sobre la vivienda" en el caso de subastas de bienes inmuebles diferentes del domicilio habitual del deudor.

Los socialistas también apoyarán denominar a este texto 'Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal', en vez de 'Proyecto de Ley de medidas de agilización procesal y de reforma del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 20 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social' como adoptó en un principio la Cámara Baja.

Cuesta ha elogiado la "brillante y productiva" gestión a favor de la Justicia durante la última legislatura que tiene como broche final esta Ley que ayudará a suprimir trámites "innecesarios", como los de preparación del recurso de queja, apelación o casación, reducir el número de procedimientos y potenciar el proceso monitorio, ampliándolo a cualquier reclamación de cantidad con independencia de su cuantía y extendiéndolo a los juicios de desahucio por falta de pago.

El PP carga contra una ley "maldita" e "injusta"

Por su parte, el PP ha anunciado una "abstención crítica" contra esta Ley, que ha calificado como "maldita" y "profunda y deliberadamente injusta". El diputado Vicente Ferrer también ha cargado contra la "improvisación" del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, que ha abordado de manera "precipitada" numerosas reformas en el último tramo de la legislatura.

El 'popular' ha avanzado igualmente que su partido revisará si llega al Gobierno la segunda instancia con el fin de combatir el colapso en la Justicia pero sin perjudicar a las clases medias. "Son ustedes los que quieren afrontar una campaña electoral presentándose como los adalides de los pobres frente a los ricos, pues no será hoy señorías", ha afeado a los socialistas.

Tras tildar de "disparatada" la reforma, Ferrer ha preguntado al resto de parlamentarios: "¿Cuántos conocen ustedes con viviendas valoradas en más de 600.000 euros, cuántas pymes y autónomos que facturen más de 600.000 euros anuales conocen?". "¿En qué ambiente se mueven, qué amistades frecuentan", ha cuestionado.

ERC se ha inclinado por apoyar la enmienda introducida por la Cámara Alta que rechaza aumentar la cantidad para recurrir al alto tribunal, aunque ha anunciado que respaldará el conjunto del proyecto de Ley. A juicio del diputado Joan Ridao, la norma sustituye "un paso positivo" aunque, eso sí, "modesto" para la modernización de la Justicia.

Según ha dicho, la actual legislatura se presentó como el ejercicio de "la Justicia" y sin embargo ha sido "la legislatura de la crisis". "Queda mucho camino por recorrer para que los ciudadanos obtengan una respuesta rápida a los problemas que plantean", ha advertido.

Desde el PNV, Emilio Olabarría también ha avanzado que los nacionalistas vascos darán un espaldarazo a la Ley por considerarla "correcta". "El sentido de nuestro voto será prácticamente en su totalidad favorable a las enmiendas aprobadas por el Senado", ha añadido.

De todos modos, Olabarría ha estimado la ley insuficiente para acabar con el actual colapso que impera en la Administración de Justicia y que requiere de "un gran pacto de Estado" para poner fin a esta situación.

Finalmente, el diputado de CiU Jordi Jané ha expuesto que su grupo rechazará la iniciativa del Senado para mantener intacta la actual cuantía exigida para recurrir ante el Supremo y ha recordado que los nacionalistas abogan por fortalecer "en la medida de lo posible" la "función casacional" que deben llevar a cabo los Tribunales Superiores de Justicia.

Jané ha recordado que este proyecto de ley no está exento de "tensiones" tras la polémica que se generó después de que miembros del Poder Judicial intentaran aprovechar el trámite parlamentario para "mejorar la Administración de Justicia".

Durante su tramitación, el Senado también aprobó la propuesta que rechaza elevar de 18.000 a 30.000 euros el límite para que las sentencias de los juzgados de lo Contencioso que puedan ser susceptibles de recurso de apelación.

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22. Septiembre 2011

Telemadrid podría permitir la entrada de capital privado en su accionariado

Fuente: Javier Hernández http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/sociedad/sociedad/telemadr…

El cuestionamiento de las televisiones autonómicas públicas por diversos activos del sector y la necesidad de reformar la concepción de la televisión autonómica creada con la extinta Ley del Tercer Canal de 1983, como se explica en http://www.diariojuridico.com/opinion/la-crisis-en-las-televisiones-aut… es cada vez más evidente a tenor de los últimos ejercicios Desde Intereconomía se hacía público una noticia donde se plasma que Telemadrid se plantea dar entrada de capital privado en su accionariado.

Se especifica que aunque no hay fecha todavía, Telemadrid puede tener los días contados como canal público. Un viejo anhelo del Gobierno de Esperanza Aguirre y un aviso a navegantes –encuadrados en la federación de canales autonómicos Forta– del sector público audiovisual, de que va llegando la hora de llevar a cabo medidas firmes de ahorro y de austeridad. La televisión pública madrileña es quizá una de las que más avanzada tienen la idea, hasta el punto de que, como manifestó el pasado martes el vicepresidente madrileño, Ignacio González, en comparecencia en la Asamblea regional, parecen estar trabajando incluso en el modelo de futuro, que pasa por usar una fórmula de capitalización (entrada de dinero privado), al estilo de otras instituciones madrileñas, caso del Canal de Isabel II.

Por supuesto, cualquier iniciativa ha de pasar por modificar la Ley General Audiovisual, un trámite que tiene que ser procesado por el Congreso de los Diputados. Después de las elecciones, si gobierna el Partido Popular, será más fácil que hace unos años, cuando CiU tumbó la propuesta del ahora alcalde de la capital, Alberto Ruiz-Gallardón, de privatizar la televisión de esta comunidad.

El caso de Telemadrid no es un islote en el panorama público audiovisual.María Dolores de Cospedal también secunda la idea de privatizar la televisión manchega, habida cuenta de las deudas millonarias que acarrea. Por lo pronto, su nuevo gestor, Ignacio Villa, ha iniciado el mandato con la rebaja de puestos directivos, de 49 a ocho, y ha bajado la dotación presupuestaria hasta en un 20%, sin que, por el momento, haya entrado la tijera en la plantilla. “La imaginación al poder”, suele decir Villa. Falta hará también en la televisión valenciana.

En el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid, se empiezan a plantear otras medidas para intentar atajar su deuda, cifrada, según algunas fuentes, en cerca de 1.300 millones. Las audiencias bajan y los ingresos publicitarios han caído (la facturación ha descendido una media del 7,45% en el primer semestre de 2011, según InfoAdex), y por eso urge poner en marcha un plan de choque. En este caso, cabe tocar la plantilla, quizá, a través de un expediente de regulación de empleo. “Hay que elegir otras fórmulas de gestión de estas televisiones”, sentenció Soraya Sáenz de Santamaría al tratar del tema. Por ejemplo, para aligerar la financiación de RTVE en unos 200 millones de euros. En concreto, el Partido Popular así lo establecía en una de sus enmiendas al proyecto presupuestario de 2011, cuando tocó debatirlo en la Cámara baja.

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21. Septiembre 2011

La CNC incoa expediente sancionador a Microsoft por posibles prácticas restrictivas de la competencia

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador contra Microsoft Ibérica, S.R.L. Unipersonal y Microsoft Ireland Operations Limited conjuntamente (MICROSOFT) por impedir o limitar de forma injustificada la reventa de licencias de software usado de este operador, especialmente en el ámbito de los sistemas operativos para ordenadores personales, en los que contaría con una posición de dominio.

Según afirma la nota de prensa publicada en su web, el expediente tiene origen en una denuncia presentada por Elegant Business, S.C. por una posible infracción de la normativa de competencia.

En el marco de la instrucción del mencionado expediente, la Dirección de Investigación ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la comisión, por parte de MICROSOFT, de una infracción de los artículos 1 y 2 de la LDC y de los artículos 101 y 102 del TFUE, como consecuencia de las actuaciones y los acuerdos de MICROSOFT tendentes a impedir o limitar injustificadamente la reventa de licencias de software de este operador.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.
 

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21. Septiembre 2011

Airbus prevé que la flota de aeronaves alcanzará los 31.500 aviones

Airbus prevé que la demanda de aviones comerciales se incremente en 27.800 aviones en los próximos 20 años, de forma que la flota mundial de aeronaves alcance los 31.500 en 2030, cifra que duplica a los 15.000 aviones actuales, según su última Previsión Global del Mercado (GMF, por sus siglas en inglés).

El fabricante constató la "fuerte demanda" de aviones comerciales a pesar de las actuales turbulencias en los mercados financieros. Según estimó estos 27.800 nuevos aviones --26.900 de más de 100 plazas y más de 900 de carga-- estarán valorados en 3,5 billones de dólares (2,5 billones de euros).

Esta cifra engloba 27.800 aviones nuevos que cubrirán la creciente demanda del mercado de los que 10.500 reemplazarán los aviones más antiguos y, por tanto, menos eficientes en consumo de combustible. "La tendencia hacia aviones más grandes va a continuar, acorde al ritmo de crecimiento de la demanda", aseguró el constructor europeo.

Se espera que, durante los próximos 20 años, el sector de la aviación siga mostrando su resistencia a los ciclos económicos del mercado. Airbus prevé un incremento medio anual del 4,8% de los ingresos por pasajero por kilómetro transportados (RPK), superando el doble del tráfico actual.

Para el constructor, el crecimiento de la población y del poder adquisitivo, el ritmo de crecimiento de las economías emergentes y la aparición de nuevas mega-ciudades, son factores que impulsarán la demanda de aviones nuevos, así como la continua expansión de compañías de bajo coste y la necesidad de reemplazar los aviones más antiguos por aviones modernos y ecoeficientes.

Por regiones, en los próximos 20 años, Asia-Pacífico representará aproximadamente el 34% de la demanda, seguido de Europa (22%) y Norteamérica (22%). En cuanto al tráfico de pasajeros, Asia-Pacífico tendrá la mayor cuota de mercado con un 33%, seguido de Europa (23%) y Norteamérica (20%).

En el mercado doméstico de pasajeros, India (+9,8%) y China (+7,2%) experimentarán la tasa de crecimiento más rápida. Los mercados domésticos más sólidos también seguirán creciendo, EE.UU. (+11,1%) y Europa Occidental (+7,5%), ocupando el primer y tercer puesto en cuota de mercado por tráfico total en 2030.

"El sector de la aviación es un elemento esencial en la actual economía global, razón por la cual cada vez hay más gente que necesita y quiere volar", ha asegurado el director del Área de Clientes de Airbus, John Leahy.

Aviones de gran tamaño.

La demanda de aviones de gran tamaño, con capacidad para más de 400 pasajeros, como el A380, alcanzará las 1.781 unidades (superando los 1.738 previstos en 2010), y están valorados en 600.000 millones de dólares (440.000 millones de euros), un 17% del valor total o el 6% de las unidades totales. De ellos, el 43% se entregarán en Asia, el 23% en Oriente Medio y el 19% a Europa.

En el segmento de aviones de dos pasillos (con capacidad entre 250 y 400 pasajeros), serán entregados unos 6.900 aviones nuevos, tanto de pasajeros como de carga, doblando la actual flota en 2030 y valorados en unos 1,5 billones de dólares (1,1 billón de euros), un 43% del valor total o el 25% de las unidades totales. Del total, unos 4.800 serán de pequeño tamaño (250-300 asientos) y unos 2.100 de tamaño medio (350 a 400 plazas).

En el segmento de aviones de pasillo único, cerca de 19.200 aviones, valorados en unos 1,4 billones de dólares (más de un billón de euros), un 40% del valor total o el 69% de las unidades totales serán entregados en los próximos 20 años. El 50% de las entregas de aviones de pasillo único se destinará a los mercados bien consolidados, como América del Norte y Europa.
 

 

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21. Septiembre 2011

Diez & Romeo informa favorablemente sobre la compra de licencias de TDT en la provincia de Málaga

La semana pasada un importante grupo de comunicación malagueño ha cerrado la compra de 2 licencias de TDT en una de las demarcaciones que conforman la provincia de Málaga. El acuerdo quedó absolutamente cerrado en los términos planteados tras un minucioso análisis de las posibles incompatibilidades que podrían haberse dado.

Una de las máximas preocupaciones del grupo comprador ha sido que la entidad concesionaria haya respetado, en todo momento, (i) la legislación sectorial vigente y (ii) los compromisos asumidos en las ofertas técnicas cuyos méritos le dieron los puntos necesarios para tener licencia.

Ha de recordarse que la justicia ha declarado nulas numerosas adjudicaciones de TDTL en España, como son los casos de Canarias, Galicia, Madrid y Galicia. Y que a día de hoy se mantienen los procesos judiciales contra el reparto de la TDTL en Murcia, Cantabria, Castilla-La Mancha, y Andalucía.
Muy en especial estas dos últimas CCAA han otorgado licencias a grupos de comunicación que han entrado en concurso de acreedores o tienen serios problemas con respecto a estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social. Lo cual les dificulta la venta o arrendamiento de sus licencias por incurrir en supuestos de extinción o revocación los títulos habilitantes. De ahí que lo primero a analizar sean las posibles causas de insostenibilidad de las licencias de TDT

Tras un informe exhaustivo de todas las empresas adjudicatarias en la provincia de Málaga, se constató que las finalmente enajenadas no se encontraban incursas en ninguno de los supuestos de los artículos 26, 29 y 30 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual. Asimismo, también se verificó que: (i) no han sido declaradas insolventes o en concurso de acreedores; (ii) no han sido sancionadas en materia social o de prevención de riesgos laborales; (iii) no tienen deudas con la Seguridad Social, ni con la Agencia Tributaria; (iv) no han incumplido con las condiciones de las bases de la convocatoria, ni las obligaciones asumidas con sus ofertas técnicas; y (v) no han infringido las prohibiciones para contratar en otras CCAA.
 

De este modo se dio luz verde a la firma del contrato de compraventa que va a permitir la expansión del grupo malacitano en la prestación de servicios de comunicación audiovisual televisiva. Diez & Romeo presentó el Informe de Viabilidad Jurídica, el Dictamen de maximización competitiva, negoció las cláusulas de los contratos, y formalizó los trámites a realizar con la autoridad audiovisual competente andaluza. Es decir, la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

Diez & Romeo lleva en la actualidad las negociaciones de más 20 operaciones de compraventa y arrendamiento de licencias audiovisuales y actúa como mediador en la transmisión de autorizaciones de radio y TDT en toda la geografía nacional.

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19. Septiembre 2011

Los colegios de farmacia dispuestos a acudir a la vía judicial por el retraso en el pago

 

La batalla de los farmacéuticos no ha terminado. La junta directiva de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) instó el pasado 7 de septiembre a los colegios oficiales de farmacéuticos, como firmantes del concierto y depositarios de la factura, a que reclamen el pago de la deuda por vía administrativa y judicial y con carácter solidario al Sistema Nacional de Salud (SNS), comunidades autónomas, Ministerio de Sanidad, Instituto Nacional y Tesorería de la Seguridad Social.

"Esta decisión ha sido adoptada ante la incapacidad demostrada hasta el momento por los responsables políticos para solucionar la crisis que están sufriendo las farmacias de comunidades autónomas como Castilla-La Mancha, Baleares, La Rioja y Murcia, y que está poniendo en grave peligro la prestación farmacéutica accesible, de calidad e igualdad a la que tienen derecho los ciudadanos", explicaron desde la federación.
 

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19. Septiembre 2011

Las licencias de radio FM en País Vasco y Cantabria

En los próximos meses España va a asistir a 4 concursos públicos para el otorgamiento de licencias de radio FM para la gestión de emisoras. Estas licencias permitirán a sus titulares regularizar la actividad de comunicación radiofónica de ámbito comercial y dejarán cerrado el modelo jurídico instaurado con el advenimiento de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual.

Las CCAA autónomas que van a culminar el tránsito hacia la adecuación de la nueva normativa son: Cantabria, País Vasco, Cataluña y Valencia. Pero el camino será duro ya que hace tan sólo 1 año y medio de la publicación de la nueva Ley Audiovisual. Un texto legal que cambió sustancialmente el marco radiofónico. Por desgracia esta modificación aún no se ha asumido del todo por los interesados y las administraciones públicas. Prueba de ello son las últimas Sentencias Judiciales y actuaciones de las CCAA que muestran la necesidad de reforzarse en este ámbito legal tan específico.

 

CANTABRIA.-

En Cantabria van a ser sacadas a concurso 10 licencias de comunicación radiofónica correspondientes a otras tantas frecuencias de las 20 que le asignó el Plan Técnico Nacional de Radio FM (Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre; BOE nº 223, de 18 de septiembre de 2006), a la comunidad cántabra. En concreto, las frecuencias a las que tendrán acceso los licitadores son:

CABEZON SAL       93.500

CAMARGO             95.200

MARINA CUDEYO   89.000

NOJA                   100.500

RAMALES VICTORIA 88.200

SANTANDER           90.300

SANTANDER           99.200

SANTANDER         104.600

TORRELAVEGA        89.900

TORRELAVEGA        95.200

TORRELAVEGA      104.200

Es llamativo como en Cantabria la adjudicación de las 20 frecuencias se va a relaizar en 2 bloques temporales agrupados en 2 concursos públicos. Uno celebrado el pasado año 2007 (10 diales), y otro que será convocado en los próximamente, dotado de otras 10 frecuencias. Con la nueva Ley Audiovisual esto no se podrá repetir, ya que se obliga a que las CCAA saquen todas las frecuencias disponibles en una sola convocatoria.

 

PAIS VASCO.-

Euskadi va a regularizar definitivamente su espacio radiofónico tras la aprobación del Decreto que adecue su régimen jurídico al nuevo escenario legal audiovisual. Tras ello, el Gobierno Vasco publicará la convocatoria del concurso de 34 licencias para la gestión de emisoras comerciales de radio FM. De las 34 frecuencias, 13 pertenecen a Vizcaya/Bizkaia, de las cuales 6 se concentran en Bilbao; 11 conciernen a Guipúzcoa/Gipuzkoa localizando 4 en San Sebastián; y por último 10 frecuencias en la provincia de Álava/Araba, todas ellas asignadas a Vitoria-Gasteiz. El listado de frecuencias es el siguiente:

BILBAO 1       88.500

BILBAO 1       90.100

BILBAO 1       92.700

BILBAO 1       95.100

BILBAO 2       92.200

BILBAO 2       94.300

DURANGO      96.700

DURANGUESADO 97.400

GERNIKA       96.700

GETXO          95.800

GETXO        101.100

GETXO        104.800

GETXO        105.600

AZKOITIA     91.800

BEASAIN      102.200

BEASAIN      105.400

BEASAIN      106.500

LEGAZPIA      94.600

LEGAZPIA     100.500

S SEBASTIAN   93.800

S SEBASTIAN   94.800

S SEBASTIAN   95.600

S SEBASTIAN  105.800

S SEBASTIAN  106.900

VITORIA 1        87.700

VITORIA 1        92.000

VITORIA 2        89.900

VITORIA 2      101.600

VITORIA 2      104.600

VITORIA 3       90.400

VITORIA 3       95.600

VITORIA 4       91.500

VITORIA 4       94.500

VITORIA 4     106.100

 

Particularidades Técnicas del País Vasco

Se da la particularidad de que en el País Vasco existen diferenciaciones técnicas en cuanto a las frecuencias disponibles. En concreto, esto se pone de manifiesto en Vitoria y Bilbao. Vitoria tiene 4 cotas distintas y 4 alturas efectivas máximas de la antena, lo que da lugar a unas variables que oscilan entre 601 617, 665, y 836 metros. Por otro lado, 3 de las 10 frecuencias se caracterizan por ser de radiación no directiva. Las coordenadas gráficas de las ubicaciones de los emplazamientos transmisores varían igualmente por lo que se dan 3 supuestos: (Vitoria 1 y 2, Vitoria 3 y Vitoria 4). Finalmente, se observa que Vitoria detenta frecuencias con P.R.A. (potencia radiada aparente) de dos clases, 3 de 8 kW y 7 de 2 KW, lo que incidirá en amplitud de la cobertura radiofónica.

El caso de Bilbao es muy similar ya que de las 6 frecuencias que tiene atribuidas se contemplan 2 cotas y 2 alturas efectivas máximas de la antena. La radiación no directiva se contempla en 2 de las 6 frecuencias. Existen 2 tipos de coordenadas gráficas de las ubicaciones de los emplazamientos transmisores por lo que se dan 2 supuestos: (Bilbao 1 y Bilbao 2). Por último, se aprecia que Bilbao cuenta de frecuencias con P.R.A., de dos clases, 2 de 8 kW y 4 de 4 KW.

Estas cuestiones específicas se han de tener en cuenta por los futuros solicitantes a fin de que puedan trazar su estrategia operativa en el acceso a las licencias

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18. Septiembre 2011

La importancia de los Clúster Audiovisuales en España

La importancia de los Clústers: participación en Broadcast 2011.

La incidencia de los clústers audiovisuales va creciendo en intensidad en nuestro país a la hora de marcar pautas y recomendaciones que se debaten previamente en su seno.De ahí que la feria española Broadcast 2011, Salón Profesional Internacional de la Tecnología Audiovisual, (IFEMA-Madrid) que se celebrará los días 25 al 28 de octubre próximos, tenga la necesidad de acoger una serie de encuentros de los clústers audiovisuales como generadores de contenidos y negocio. Su importancia en el sector mediático hace que se aborden el primer día, esto es, el 25 de octubre.

El certamen organizado por IFEMA será el escenario de la Mesa Redonda “Los Cluster Audiovisuales como generadores de contenidos y negocio en el sector audiovisual”, que coordina Fernando de Garcillán Prieto, director gerente de Madrid Network Cluster Audiovisual. Los integrantes de la Mesa Redonda serán el propio Fernando de Garcillán; la gerente del Cluster Audiovisual Gallego, Mar Varela; la Directora de Eiken, Itziar Mena, y los gerentes de los Clusters Audiovisuales de Valencia, Javier López; de Extremadura, Beatriz Tello; de las Islas Baleares, Cristina Gómez, y de Andalucía, en este caso a través de su Presidente, Ignacio Gallego, y su Gerente, Marta Izquierdo. Cada uno de ellos realizarán un repaso de sus respectivos ámbitos, para a continuación y dirigidos por un moderador, iniciar un turno de debate y preguntas.

Naturaleza de los Clúster Audiovisuales

Los clúster audiovisuales son asociaciones de carácter profesional compuestas por empresas competitivas, innovadoras y creativas que representan la cadena de valor del sector audiovisual de cada ámbito geográfico. Generalmente la Comunidad Autónoma. Estas plataformas de cooperación, se configurara como un grupos de excelencia y coordinación técnico-científica sectorial, enmarcados en este caso en el ámbito específico de la producción de contenidos audiovisuales.

Los objetivos de los Clúster

Las finalidades de los clústers audiovisuales están bastante definidas aunque van modulándose a medida que el sector demanda nuevas necesidades. Los más destacable son:

Convertirse en entidad de referencia para la comunidad dedicada al desarrollo tecnológico desde la perspectiva de los contenidos y convirtiéndose en el referente de conocimiento y contacto con los agentes de la I+D+I.

Realizar estudios y caracterización de la industria a nivel autonómico. Todo ello con la finalidad de alcanzará las aportaciones continuas de informaciones estratégicas para el análisis y las tomas de decisiones tanto empresariales como gubernamentales.

Establecer líneas de desarrollo formativo. Busqueda de convenios de colaboración con la Administración, las Universidades y demás agentes del sector audiovisual a fin de garantizar una formación de calidad. Orientada a la generación de profesionales cualificados con integración inmediata en la actividad productiva.

Búsqueda de concentración de empresas en el desarrollo de proyectos. Se afianza con esto la idea de clúster, que se define como una concentración útil de organizaciones en un marco geográfico para la búsqueda de intereses e interacciones comunes que aumenten la capacidad competitiva de sus miembros y ayuden a dar respuestas conjuntas a los retos que presentan el mercado.

Maximizar las relaciones con las administraciones públicas. Se busca la génisis un marco de relación con los diferentes agentes de la Administración pública, propiciando la colaboración publico-privada que el entorno de los Clusters necesitan.

 

De este modo los Clúster Audiovisuales llevan desempeñando su función con resultados bastante gratificantes para el sector, ya que las empresas asociadas encuentran un cauce para profesionalizar el mercado en virtud de las sinergias generadas

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17. Septiembre 2011

La plataforma de afectados por el conflicto de los controladores aereos que asesora Diez & Romeo mantiene sus opciones

El pasado mes de diciembre de 2010, se vivió un caos tremendo en el sector aeronáutico español con la conducta de los controladores aereos. Muchos fueron los pasajeros que se han vieron afectados por las bajas masivas de controladores aéreos en los aeropuertos afectados que han generaron al cierre del espacio aéreo. Por ello, se plantearon numerosas las reclamaciones contra AENA y el Ministerio de Fomento con el objetivo de solicitar los daños y perjuicios causados.

El bufete de abogados Díez & Romeo, especialista en Derecho Administrativo y en Derecho de Daños, mantiene la línea de comunicación para informar a sus clientes en su reclamación contra las administraciones públicas de AENA y el Ministerio de Fomento. Los expertos que forman parte de la plataforma legal de Díez & Romeo, afirman que nuestras Leyes Administrativas, y nuestros Códigos Civil y Penal amparan la exigencia de responsabilidades por situaciones como esta. Se abrieron así tres posibles vías para resarcir a los perjudicados de este caos administrativo: (i) La administrativa; (ii) la civil y (iii) la vía penal Desde el bufete ya se informó y se mantiene informando a los afectados de la intención de suscribir una masiva reclamación, a presentar por correo administrativo, ante la comisaría o ante el juzgado de guardia.

La normativa comunitaria establece la posibilidad de reclamar ante su propio Estado la compensación y la asistencia en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso del vuelo. En el caso de España, el organismo competente es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Diez & Romeo advierte que ésta es una de las vías de reclamación, esto es, la reclamación frente a la agencia estatal de seguridad aérea, ya que las compañías aéreas podrían alegar que carecen de responsabilidad sobre las cancelaciones y retrasos de los vuelos, al tratarse de una situación de “causa de fuerza mayor” provocada por los controladores. Además, reclamar de esta forma hará que repercuta directamente a cada controlador como persona física y “será la única forma de evitar estas situaciones en el futuro”.

Responsabilidad Patrimonial del Estado

En este punto concreto la responsabilidad del Estado podría prosperar si se acredita que las actuaciones del Ministerio de Fomento fueron las causantes de las bajas masivas de los controladores. Se deberá analizar si los decretos que afectan al ramo o las presuntas irregularidades del proceso de negociación colectiva que se viene manteniendo desde hace meses, han podido ser el detonante de la paralización del espacio aéreo español.

La vía penal

Desde Diez & Romeo, tampoco se descarta la esfera penal como vía de reclamación, pues antes de la declaración del Estado de Alarma los controladores podrían haber incurrido en en los delitos de sedición en materia de tráfico aéreo y falsedad en certificado médico, entre otros. De ahí que el Ministerio de Fomento ha advertido que el abandono de los puestos de trabajo por parte de los controladores vulnera el artículo 409 del Código Penal, que castiga el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público.

Ayuda directa prestada 

Diez & Romeo ha creado una plataforma para prestar asesoramiento a los afectados por la huelga de los controladores aéreos, que se constituyó el pasado domingo, 5 de diciembre de 2010. Una primera media ha sido establecer un análisis de las consecuencias legales originadas por el caos del pasado fin de semana. Así una conclusión preliminar es que: los pasajeros deberán presentar una reclamación ante Fomento y AENA, y ambos organismos podrán solicitar la responsabilidad civil subsidiaria de los controladores ante los Juzgados de Primera Instancia.

Díez & Romeo pone a disposición de los usuarios los siguientes canales de información:

Twitter: @Diezromeo
e-mail: info@diezromeo.com
Teléfonos: +34 91 799 29 24 ó al 91 521 51 89
y en caso de urgencias : +34 648 235 142 ó al +34 648 235 137
Facebooke-mail: info@diezromeo.com

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17. Septiembre 2011

Los expedientes sancionadores por infracciones en publicidad crecen en 2011

El pasado año 2010 el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio impuso sanciones por valor de 2,48 millones de euros a medios audiovosuales por la comisión de un total de 98 infracciones en materia de publicidad y protección de menores de edad, aunque el importe podría ser mayor dado que no se han resuelto 13 de los casos que fueron incoados. En lo que va de 2011 se han abierto más de 20 expedientes.
Según datos oficiales, el año pasado se sancionó a dos operadores con 300.000 euros de multa por vulnerar la protección de los menores de edad y se abrieron tres expedientes de los que dos siguen abiertos.

En materia de exceso de publicidad, que es la infracción por la que tradicionalmente se imponen mayores sanciones y por la que se han recaudado desde 2005 más de 15 millones de euros, fueron seis los operadores sancionados en 2010 con más de un millón y medio de euros. En total, se incoaron 13 expedientes, de los que cinco quedaron pendientes de resolución, por lo que la cuantía podría ser mayor.

Asimismo, Industria impuso multas por valor de 613.040 euros a ocho operadores, que cometieron en total 19 infracciones en materia de publicidad ilícita, y aunque se incoaron tres expedientes por publicidad encubierta y dos por exceso de interrupciones publicitarias ninguno fue resuelto en 2010, por lo que no se han aplicado de momento sanciones sobre estas infracciones

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16. Septiembre 2011

RNE abre la posibilidad de negociar un pago con la LPF

El camino hacia el entendimiento parece acercarse algo más en la polémica entre las radios y la LFP (Liga de Fútbol Profesional) por el cobro de las retransmisiones del futbol. Y es que a pesar del último anuncio de las emisoras tendente a seguír negándose a cualquier tipo de negociación, el director de RNE, Benigno Moreno, ha manifestado que las cadenas radiofónicas están abiertas a discutir con la Liga pagar algún tipo de "extra" por su presencia en los estadios. No obstante, sigue manteniendo que no se efectuaría en concepto de derecho a retransmitir un partido, porque eso es algo "puramente informativo".

Tal y como ha señalado el máximo responsable de RNE "podemos discutir con LFP, si hay que llegar a algún tipo de acuerdo económico, para algún concepto extra a lo que sea puramente la propia información, que es contarle a los ciudadanos cómo son los partidos, que es lo único de lo que se está hablando".

Por los medios que más siguen este fenómeno, Benigno Moreno, ha insistido en que el planteamiento actual de las emisoras de radio es "que no se puede discutir que se pueda entrar en un campo de fútbol a contar lo que ocurre". Y manteniendose en el discurso ha apuntado que "a los propios clubes esto no les ayuda a darse a conocer y a fomentar el deporte del fútbol".

No obstante, el debate no se ciñe a negar los derechos de exclusiva sino al derecho a la libertad de información veráz, y así ha subrayado que "lo que nosotros planteamos, y así lo dicen nuestros servicios jurídicos, es que lo que está en discusión es una cuestión previa: que el acceso a los campos de fútbol está protegido por el derecho a la información y esa es la discusión".

Derechos de exclusiva por supuesto, negativa a entrar en los campos jamás.

Lo verdaderamente relevante es que la denuncia de las emisoras persiste en cuanto a la imposibilidad de acceder a los campos para poder ejecer su labor informativa y en esta sintonía, ha aclarado que "a partir de ahí, habrá cosas que se puedan negociar, pero no se puede negociar que las radios puedan entrar en un deporte, como es el fútbol, que además está apoyado por la legislación española, donde se tiene la obligación de cubrir de forma especial". Por lo tanto, ha criticado que "no se permita a las radios entrar en un estadio de fútbol o en una rueda de prensa".

Del mismo modo, el director de RNE ha defendido que "sería adecuado y muy razonable parar este planteamiento y dar un tiempo -la Liga completa- para hablar, negociar y discutir de verdad cómo se puede solucionar el problema a largo plazo, teniendo en cuenta que el planteamiento de la LFP ha sido en verano, que la primera comunicación se produjo en julio, que no han permitido a las emisoras reaccionar y hablar y que se les ha dicho que no hay otra posibilidad".

"Se lo hemos dicho a los clubes, espero que muchos de ellos lo hayan valorado, estoy seguro de que muchos lo tienen en mente y creo que ese sería un primer paso muy importante para todos", ha relatado. Además, ha apuntado que "lo que hay encima de la mesa en actualmente es una denuncia de la LFP ante la Comisión Nacional de la Competencia porque entiende que hay un bloqueo del mercado por parte de los operadores radiofónicos".

Con esta nueva conducta de mano tendida parece que el diálogo puede ser una realidad si ahora la LPF recoge el mensaje de forma conciliadora.

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15. Septiembre 2011

La supresión del Consejo Audiovisual de Navarra ya es una realidad

La austeridad de las CCAA se ha cobrado el sacrifico de las autoridades audiovisuales independientes, comenzando por Navarra. De este, el Gobierno de Navarra ha aprobado dos Proyectos de Ley Foral para eliminar el Consejo Audiovisual de Navarra y el Consejo Asesor de Radiotelevisión Española (RTVE) en la Comunidad foral. Se trata de dos iniciativas que buscan el objetivo de seguir racionalizando el funcionamiento de la Administración, suprimiendo todos aquellos órganos cuya existencia no resulte imprescindible con el fin de conseguir un mayor nivel de austeridad y eficiencia.

El ejecutivo remitirá los dos Proyectos de Ley Foral al Parlamento de Navarra para su aprobación. Se calcula que la supresión de estos dos órganos permitirá un ahorro anual de más de 500.000 euros. Adelantandose a la Ley Audiovisual de 2010, el Consejo Audiovisual de Navarra (COAN) fue creado por Ley Foral en 2001 como “autoridad independiente con la finalidad de velar sobre los contenidos del sector audiovisual en Navarra”. El Gobierno reconoce “la importante labor” realizada por el COAN con el desarrollo de diversas acciones y normativas, especialmente para la protección de los menores frente a los contenidos de la televisión, la defensa de la audiencia y el establecimiento de un código de autorregulación para la calidad de los contenidos audiovisuales.

No obstante, en un contexto de crisis económica, el Ejecutivo pasará a ejercer las funciones del Consejo Audiovisual, de manera que no supongan una mayor carga al erario público. De hecho, actualmente en España únicamente se han dotado de la figura del Consejo Audiovisual otras 3 de las 17 comunidades autónomas: Cataluña, Andalucía y Baleares. El COAN está integrado por siete miembros, de los cuales cinco son nombrados por el Parlamento de Navarra y dos por el Gobierno foral. Tiene una plantilla propia compuesta por un gerente y una secretaria (personal eventual) y cuatro funcionarios (dos letrados, un periodista y un administrativo).

El COAN cuenta este año con un presupuesto de 612.105 euros. Esta cuantía financia la plantilla del organismo, las dietas que perciben sus 7 miembros y los diversos trabajos e informes realizados. Suprimido el COAN, se integraría al Gobierno de Navarra el personal funcionario.

Ahora nos encontramos ante una Ley estatal que fomenta la génesis de los Consejos Audiovisuales y una Ley Autonómica que suprime tales entidades en Navarra

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15. Septiembre 2011

La guerra entre grandes corporaciones tecnológicas motivan operaciones comerciales

Debido a los numerosos ataques legales que está sufriendo Android por parte Apple o Microsoft, Google se ha embarcado en una campaña para adquirir derechos de patentes. Su último movimiento ha sido la adquisición de más de 1.000 patentes a IBM, que antes también le había vendido una cantidad similar.

Según Bloomberg, la estrategia de Google se ha basado en una estrategia de contención ante los procesos judiciales abiertos contra su plataforma móvil. Pero su reacción no se ha hecho esperar contraatacando con la adquisición de 1.023 patentes más a IBM el pasado mes de agosto. Con esta operación Google pretende prepararse para lo parece ser una campaña hostil, contra el sistema operativo Android.

La guerra que mantienen Google contra compañías como Apple y Microsoft hace de esta pugna algo interesante de analizar desde la perspectiva jurídica. Desde hace varios años la competencia de mercados se trata de solucionar en los Tribunales lo que da lugar a intuir cuando esta en juego en esta sociedad de la información.

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15. Septiembre 2011

Diez & Romeo analiza las razones para declarar el concurso de emisoras FM en Valencia desierto

 

En los últimos días hemos visto como el concurso de emisoras de radio FM de Valencia ha sido declarado desierto por el Consell, algo que podría repetirse en otras CCAA pendientes de resolver. Diez & Romeo ha analizado los fundamentos legales y los precedentes jurisprudenciales de la decisión en una reunión de trabajo celebrada el pasado martes, 13 de septiembre, en su sede de General Pardiñas.

Cuando una CCAA saca un concurso de radio o de TDT, ha de tramitarlo con la máxima pulcritud, siguiendo las pautas marcadas por la norma. Las tres grandes fases son (i) publicación, (ii) evaluación de la documentación y del proyecto; y (iii) decisión de los beneficiarios, en función de sus méritos. Pero cuando se produce un cambio de normativa tan sustancial como el acaecido el pasado año con la promulgación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, Genaral de Comunicación Audiovisual, se hace necesaria una adecuación a la misma lo más rápido posible.

En la comunidad Valenciana nos encontramos que había un concurso convocado al amparo de la anterior legislación con el agravante de que hacía 4 años y medio que se esperaba la resolución. Dos elementos muy relevantes a la hora de la toma de decisiones. La adjudicación conforme a la anterior ley hubiera sido un cúmulo de problemas en su desarrollo, puesto situaría tanto a la Generalitat como a los adjudicatarios ante una serie de trámites cuya mínima inobservancia supondría una declaración de nulidad plena. Por ejemplo, los proyectos estaban diseñados para una concesión de 10 años y ahora la vigencia de la licencia (ya no concesión) es de 15 años. Lo propio con los posibles negocios jurídicos a realizar, una vez obtenida la licencias; en los proyectos presentados con la antigua normativa se afirmaba que no se transmitiría o arrendaría la concesión. Ahora con la nueva Ley se puede hacer con mayor flexibilidad.

Y lo más importante, el anterior concurso estaba sometido a la legislación de contratación pública, lo que hace que cualquier desliz del adjudicatario pueda acabar en una revocación de su concesión. Ahora, los criterios son absolutamente distintos.  

 

La legislación aplicable y la doctrina del Tribunal Supremo

Como ya se dijo en anteriores publicaciones, la ley aplicable al concurso de emisoras de radio FM de Valencia es el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP). No es de aplicación la nueva Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público porque entró en vigor después de la publicación del concurso: febrero de 2007.

De este modo, el artículo 88.2 de TRLCAP dispone que

la Administración tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el art. 86 , sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el pliego

Esto dificultaría la viabilidad de un eventual recurso judicial contra la resolución del Consell, ya que la jurisprudencia ya ha tratado casos similares al de Valencia. Y viene muy al caso traer a colación la decisión del Gobierno de Cantabria de declarar desierto el concurso de la radio FM el 29 de diciembre de 2003. Además, por razones por razones técnicas y legales, al considerar inviable las propuestas y no poder aplicar los criterios de valoración contenidos en el pliego.

Dicha resolución fue recurrida por varios licitadores y la discusión jurídica se cerró con la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2010, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta. La Sentencia, en su Fundamento de Derecho Segundo, respondía a los ataques de los demandantes y aseverando que:

En este contexto y atendiendo la finalidad pública del servicio, cabe concluir que éste se sirve mejor con proyectos actualizados y mejorados, que profundicen en las innovaciones tecnológicas habidas y se adapten a la normativa vigente, al tiempo que minimicen el riesgo para la salubridad.

Y profundizando en este mismo sentido, el fallo legitimaba una nueva convocatoria tal y como podría ocurrir en Valencia al determinar que:

La opción entre resolver conforme a anteproyectos mejorables o efectuar nueva convocatoria en la que se permita la actualización de las anteriores ofertas y, a lo sumo, se incremente la concurrencia de otros licitadores, debe decantarse a favor de esta última, precisamente en atención al interés público y no del particular de los licitadores.

 

Breve Conclusión.-

En definitiva, lo que debe de primar es el interés público de adecuar las ofertas presentadas al nuevo régimen jurídico generado con la promulgación de la Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual. Y cuando los proyectos técnicos presentados sean mejorables técnica y jurídicamente, la administración convocante del concurso podría ampararse en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para declarar desierto un concurso público. De ahí, que el nuevo marco normativo exija que en el plazo de 6 meses los concursos de licencias de radio FM y TDT estén resueltos. Esta garantía de 6 meses permite al ciudadano un mayor control sobre los tiempos a emplear por la administratción pública en valorar las ofertas

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